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FOROS OPOSICIONES FORO Oposiciones Auxiliares Administrativos del Estado
709.308 mensajes • 396.057 usuarios registrados desde el 25/05/2005
• 02/08/2017 15:07:00.
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• Registrado: septiembre 2010.
[--http://www.sae.fsc.ccoo.es/noticia:242729--Estabil...eral_del_Estado--]
• 02/08/2017 15:13:00.
• Mensajes: 277
• Registrado: enero 2017.
::: --> Editado el dia : 02/08/2017 15:16:20
::: --> Motivo :
Estoy hasta los cojines de los sindicatos. Por que narices se esfuerzan tanto en defender a los interinos y no a los funcionarios de carrera y a los opositores?
Aaaaaaah claro! Va a ser porque los interinos son los que mas se afilian y los que mas cursos hacen para sumar puntos de mérito a gogo y claro... eso significa más subvenciones para el sindicato de turno!
En fin pero que estabilización mi consolidación ni 4 pollas es que de verdad ya! El que quiera una plaza fija que se la saque en una oposición por libre en igualdad de condiciones todos y punto
• 02/08/2017 15:13:00.
• Mensajes: 30
• Registrado: septiembre 2010.
[--https://www.csif.es/sites/default/files/field/file...2027-7-2017.pdf--]
• 02/08/2017 16:59:00.
• Mensajes: 82
• Registrado: diciembre 2016.
Yo me giño en los seudosindicatos y en sus...en fin que impotencia, gente que sin plaza y saltándose todas las leyes se mantienen como interinos durante años, se llevan como premio un segundo regalo aún mejor con una fase de concurso hecha ad hoc, al tiempo.
NO!!! A LAS CONSOLIDACIONES DE EMPLEO.
• 02/08/2017 18:06:00.
• Mensajes: 277
• Registrado: enero 2017.
::: --> Editado el dia : 02/08/2017 18:10:15
::: --> Motivo :
A ver es que el que quiera que le valoren la experiencia, cursos y demás rollos que lo ponga en un curriculum, lo mande a una empresa y el de la empresa como si las da mil puntos y un Danone de premio por cada mes trabajado que para eso la empresa es suya.
En el sector público deberían ser ilegales los concurso-oposición o los concurso para gente de nuevo ingreso y solo estar permitidos para la promoción interna. Es que indirectamente obstaculizan (cuando no se cargan directamente) el derecho constitucional de acceso al empleo público en igualdad de condiciones.
Por que nadie recoge firmas para esto o nadie lo denuncia en vez de recoger firmas para cosas absurdas y a las que nadie les importa cómo hacen siempre? Me cago en el niño Jesús ya me he envenenado. Voy a mandar una queja al defensor de montoro que para eso lo he tenido que estudiar. Y lo digo en serio. Ya os informaré.
• 03/08/2017 1:31:00.
• Mensajes: 1123
• Registrado: marzo 2011.
La CE dice en su art. 103 que la ley regulará el acceso a la función pública de acuerdo con los principios de mérito y capacidad, con lo cual, los concursos-oposiciones nos guste o no no son ilegales, aunque está intimamente relacionado con el art.23.2
[--http://www.congreso.es/consti/constitucion/indice/...sp?art=23tipo=2--]
• 03/08/2017 8:16:00.
• Mensajes: 33
• Registrado: mayo 2017.
Por desgracia Nuritaone, es más que legal. El TREBEP contempla como sistemas de selección el concurso-oposición y la oposición punto 6 del articulo 61. Solo excepcionalmente (que tampoco lo prohíbe podrá hacer concurso de méritos)
Lo siento pero si quieren hacer procesos de concurso-oposición no tenéis nada que hacer. Es completamente legal
Artículo 61 Sistemas selectivos
1. Los procesos selectivos tendrán carácter abierto y garantizarán la libre concurrencia, sin perjuicio de lo establecido para la promoción interna y de las medidas de discriminación positiva previstas en este Estatuto.
Los órganos de selección velarán por el cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre sexos.
2. Los procedimientos de selección cuidarán especialmente la conexión entre el tipo de pruebas a superar y la adecuación al desempeño de las tareas de los puestos de trabajo convocados, incluyendo, en su caso, las pruebas prácticas que sean precisas.
Las pruebas podrán consistir en la comprobación de los conocimientos y la capacidad analítica de los aspirantes, expresados de forma oral o escrita, en la realización de ejercicios que demuestren la posesión de habilidades y destrezas, en la comprobación del dominio de lenguas extranjeras y, en su caso, en la superación de pruebas físicas.
3. Los procesos selectivos que incluyan, además de las preceptivas pruebas de capacidad, la valoración de méritos de los aspirantes sólo podrán otorgar a dicha valoración una puntuación proporcionada que no determinará, en ningún caso, por sí misma el resultado del proceso selectivo.
4. Las Administraciones Públicas podrán crear órganos especializados y permanentes para la organización de procesos selectivos, pudiéndose encomendar estas funciones a los Institutos o Escuelas de Administración Pública.
5. Para asegurar la objetividad y la racionalidad de los procesos selectivos, las pruebas podrán completarse con la superación de cursos, de periodos de prácticas, con la exposición curricular por los candidatos, con pruebas psicotécnicas o con la realización de entrevistas. Igualmente podrán exigirse reconocimientos médicos.
6. Los sistemas selectivos de funcionarios de carrera serán los de oposición y concurso-oposición que deberán incluir, en todo caso, una o varias pruebas para determinar la capacidad de los aspirantes y establecer el orden de prelación.
Sólo en virtud de ley podrá aplicarse, con carácter excepcional, el sistema de concurso que consistirá únicamente en la valoración de méritos.
• 03/08/2017 8:44:00.
• Mensajes: 120
• Registrado: junio 2017.
Buenas, si es totalmente legal concurso oposicion, pero no creo que sea asi, los sindicatos son especialistas en medias verdades, yo creo que seran todas oposicion, otra cosa es que convoquen plazas especificas con temario especifico, pero creo que eso vulnera el principio de igualdad, a malas seria concurso oposicion pero la gente que tiene muchos años de interinos puede hacer un examen justo para pasar el corte y subir muchisimo en la fase de concurso, de todas maneras hasta que no se publique nada son especulaciones.
• 03/08/2017 8:56:00.
• Mensajes: 82
• Registrado: diciembre 2016.
A ver si nos enteramos, si el trebep o cualquier otra ley va contra la CE puede y debe ser declarada inconstitucional y por tanto derogada. Entretanto será legal obviamente, lo que algunos decimos es que el concurso o concurso oposición (sobretodo en los procesos que llaman de consolidación con valoración de méritos hecha ad hoc ) va contra el principio de igualdad del artículo 23.2 de la CE.
Lo que pasa es que cuando los poderes públicos (políticos, sindicatos y empresarios) quieren sí pueden saltarse la ley, la CE y lo que se ponga por delante como han demostrado tantísimas veces.
• 03/08/2017 13:16:00.
• Mensajes: 39
• Registrado: julio 2009.
El concurso-oposición no va contra la Constitución. Se habla de mérito y capacidad. La experiencia, por tanto, puede contar como mérito. Si no se está de acuerdo, al Constitucional. Pero se desestimará fijo.
• 03/08/2017 13:41:00.
• Mensajes: 82
• Registrado: diciembre 2016.
Y porque tiene más mérito haber trabajado en la administración que en la privada? Más bien sería al revés. En cualquier caso lo que no se respeta es el principio de IGUALDAD.
• 03/08/2017 13:49:00.
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• Registrado: septiembre 2010.
::: --> Editado el dia : 03/08/2017 13:50:36
::: --> Motivo :
Pues no pretendía yo generar tanto debate forero ;)está claro que el concurso opo no nos beneficia a los que no seamos interinos.. simplemente me pareció interesante que no se reunan hasta Septiembre.. y que el proceso de consolidación será un proceso independiente al de la OEP aprobada en Julio..
• 03/08/2017 15:30:00.
• Mensajes: 277
• Registrado: enero 2017.
::: --> Editado el dia : 03/08/2017 17:36:25
::: --> Motivo :
No me explique bien antes. Me refería a que los concursos-oposición o los concursos directamente para nuevo ingreso para cualquier administración vulnera la igualdad entre todos los españoles y sobre todo indirectamente se está obstaculizando el derecho constitucional al acceso al empleo público ya que los que tienen puntos de merito por haber trabajado en la administración parten con ventaja y los que no los tienen pues tienen menos posibilidades de acceder al empleo público en la convocatoria de la que se trate.
Es por esto que dije que debería ser declarado ilegal o inconstitucional para convocatorias de nuevo ingreso
• 03/08/2017 16:09:00.
• Mensajes: 82
• Registrado: diciembre 2016.
::: --> Editado el dia : 03/08/2017 16:10:53
::: --> Motivo :
Opositorindignado te explicaste perfectamente antes y ahora también, y tienes más razón que un santo, lo que no es entendible es que absolutamente ningún organismo, asociación o lo que sea haya intentado algo, recurrir la ley en su momento, llevarlo al constitucional o al menos poner el grito en el cielo, nada de nada, ni un blog, periódico... y esto es lo que peor me parece. Eso y que para que a los interinos les paguen el despido o a los maestros el verano van hasta la justicia europea o La Haya si hace falta.
Luego cuando se publican cosas como "las cloacas del estado" nos llevamos las manos a la cabeza.
• 03/08/2017 17:02:00.
• Mensajes: 382
• Registrado: junio 2010.
Anticonstitucional un concurso oposicion?, anda que no hay q oir tonterias aqui, entonces los trienios tb serian inconstitucionales y otras tantas cosas, en fin. Y no se en que veis que los sindicatos apoyen a los interinos, porque yo no lo veo por ningùn lado.
• 04/08/2017 17:36:00.
• Mensajes: 82
• Registrado: diciembre 2016.
Las tonterías en todo caso las leerás.
En cuanto a lo de los sindicatos, sino lo ves es porque no lees o porque no te quieres enterar.
Luego comparar un proceso de concurso con los trienios pues ya está todo dicho.
Kesiman, en los casos de concurso-oposición es porque así lo determinan las bases.
La fase de concurso es básicamente la parte que se refiere a mérito.
A mi tampoco me gusta lo del concurso-oposición, y por desgracia es algo que va en aumento, ya que cada vez más oposiciones tienen fase de concurso y en muchas que ya lo tenían, ha subido el valor del concurso con respecto al total. Pero me temo que toca aguantarse e intentar tomar ventaja de ello.
• 05/08/2017 2:06:00.
• Mensajes: 82
• Registrado: diciembre 2016.
::: --> Editado el dia : 05/08/2017 2:10:04
::: --> Motivo :
Se de que van los concursos y que toca aguantarse, pero no se puede negar que un 80% es culpa de los sindicatos por presionar. Y que los concursos hechos ad hoc (cada vez más y más descarados, antes se cortaban un poco) van contra el principio de igualdad y por tanto anticonstitucional e ilegal. Mírate las bases del concurso-oposición de la universidad de Zaragoza y me cuentas, o ejemplo más claro (si es que se puede) en los maestros con un concurso-oposición que les permite ir a firmar y seguir de interinos, hace 4 años la comunidad de Madrid cambió eso, e hizo 3 listas de interinos, la primera era para los que habían aprobado los 2 exámenes de la oposición en curso, iban por delante de todos los demás independientemente de la fase de concurso, la segunda lista para los que habían superado el primer examen pero no El Segundo y la tercera lista para los que habían suspendido los 2 exámenes. Algo que cualquiera con un mínimo sentido común ve que es lo lógico, lo justo y lo más legal. El resultado es que muchos interinos que llevaban años quedaron fuera, y los sindicatos a quien defendieron, a los interinos antiguos o a los actuales??? Siguiendo su propia lógica pusieron el grito en el cielo porque maestros de 55-60 años no podían quedar sin trabajo (da igual que aprueben que no, que sepan algo o estén atrasados) los opositores de 30 años no necesitan trabajar...ni tienen los mismos derechos, pa que???, como digo presionaron al gobierno de Madrid para que cambiara la confección de las bolsas, pasando a ser listado único, dando por bueno el mejor examen de los últimos 10 años y contando como mérito tener más de 55 años. Pero algunos siguen pensando que: sindicatos buenos, sindicatos guapos, sindicatos amigos, pobrecitos hacen su trabajo...
Pasaos por el foro de cyl y veréis la que han montado con los exámenes y el retraso que llevan (todo apunta a que esperando poder cambiar las normas de elaboración de la bolsa pudiendo incluir méritos, al tiempo!)
El día que quedéis en un examen concurso-oposición los primeros de la lista porque habéis hecho un examen de puta madre, y estáis ahí en la lista los número "one" sin pensar que hay más exámenes, y sabiendo que te has matado a estudiar y que más nota no se puede sacar en esa fase... cuando os pase eso y de repente veáis en concurso que por no tener ni un punto viene una interina que lleva 15 años ahí metida, 15 años ahí metida por haber sacado en su día una nota que no llega a la tuya ni a la suela de los zapatos, que ni se esforzo para llegar a una respuesta razonable en su día, pero como de aquella habían mil plazas los cortes eran una mierda... en el momento que veáis que esa persona os coge y os funde en la lista y se queda con la plaza sin haber estudiado la primera vez ni por supuesto esta... entonces si diréis me cago en la igualdad y en el mérito para entrar !! porque el mérito me lo deberían de dar a mí por estudiar como una cabrona mientras trabajo !!!... de ahí las quejas de que cada vez sea más complicado entrar. Cuando os pase esto veréis lo que jode e intentaréis luchar para que las pocas plazas que son libres sigan siendo así.
• 05/08/2017 9:43:00.
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• Registrado: agosto 2010.
Yo lo tengo claro: si sale algún concurso-oposición y la parte del concurso es escandalosamente beneficiosa para los interinos, recurro. De hecho, hace unas semanas recurrí esto para una Universidad, pues el peso del concurso era del 30 % y es prácticamente imposible arañar un punto ahí si no eres un interino de pata negra. Esperando la respuesta estoy - van a pasar de mí, lo sé, pero el recurso ahí está y al menos que se molesten en contestarme si no se les cae la cara de vergüenza. Los/las interino/as que conozco, obviamente, todo/as callado/as como putas (lo entiendo, por otra parte).
• 05/08/2017 11:39:00.
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• Registrado: abril 2016.
Aquí otro damnificado, concurso-oposición 65%-35%, quedé el 30, bajé al 91 tras el concurso, y eso que algunos puntos tenía, pero claro no es lo mismo 3 o 4 puntillos que interinos con 30 puntazos......en fin, ya sabía lo que había, pero dije: ya no más....y al Estado que me vine, y muy feliz de que los 400 hayamos aprobado en igualdad de condiciones. Saludos
• 05/08/2017 12:38:00.
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• Registrado: noviembre 2006.
Pego solo el párrafo de una revista jurídica de Castilla y León, que habla sobre los servicios prestados y el artículo 23 de la constitución. Pero recomiendo que os descarguéis el pdf con el artículo completo y os lo leáis.
1.2.2. El cómputo de los servicios prestados a la Administración
La valoración que se dé al tiempo de servicios prestados en una Administración
puede producir en la práctica un efecto similar al de las pruebas restringidas.
Así puede ocurrir cuando se permite valorar el tiempo de servicios
prestados tanto en la fase de concurso como en la de oposición, al admitir en
caso necesario que la puntuación asignada en la fase de concurso se sume a
la obtenida en fase de oposición y permita remontar el resultado de esta prueba.
El Tribunal Constitucional ha señalado que no resulta admisible que la puntuación
obtenida en la fase de concurso pueda computarse en la subsiguiente
de oposición al objeto de obtener la puntuación mínima exigida en la convocatoria,
porque esto supondría favorecer desproporcionadamente a unos opositores
frente a otros (9). La STC 67/1989, de 18 de abril, se pronuncia sobre
esta cuestión, indicando que se trata ésta de una técnica de favorecimiento a
los funcionarios interinos y contratados frente a los opositores libres en materia
de concurso-oposición para el ingreso en la función pública. Señala la sentencia
que con ello se consigue el mismo efecto que con la práctica de pruebas
restringidas, y señala que «Esta desigualdad de trato, en cuanto al nivel de exigencia
entre unos y otros opositores, por la sola razón de la existencia o no de
un periodo previo de servicios administrativos, ha de ser estimada como arbitraria
e incompatible con los principios de mérito y capacidad. Por ello ha de
declararse que es contraria al artículo 23.2 de la Constitución y que lesiona el
derecho a la igualdad en el acceso a las funciones públicas».
La segunda vertiente de la cuestión que analizamos consiste en considerar el
tiempo de servicios como mérito valorable dentro de un concurso-oposición en
la fase de concurso. En este caso, el Tribunal Constitucional estima como no lesivo al principio de igualdad que el tiempo de servicios sea el único mérito
valorable en la fase de concurso por considerar que tal medida no trata de favorecer
desproporcionadamente a determinados aspirantes con exclusión de
otros, y tampoco se impide que los aspirantes externos puedan demostrar sus
méritos y capacidades en la fase de oposición. Entiende el Tribunal Constitucional
que con ello no se producen acepciones o pretericiones «ad personam»,
de manera que las reglas de procedimiento para el acceso a las
funciones o cargos públicos se establecen en términos abstractos y generales
y no mediante referencias individualizadas. Pueden verse así las SSTC
67/1989, de 18 de abril, y la 60/1987, de 20 de mayo.
El Tribunal Constitucional señala también que la valoración de los servicios
prestados como mérito en los concursos para el acceso a la función pública,
aunque no puede admitirse como regla general, no es de por sí discriminatoria,
siempre que se prevea de forma razonable y proporcionada (STC 67/1989,
de 18 de abril).
Por lo que se refiere a la concreta valoración otorgada a los servicios prestados,
la STC 11/1996 (LOGSE) señala que la valoración preferente de los servicios
prestados, otorgando a profesores interinos por previa experiencia
docente una puntuación que representa un tercio del total de puntos, puede
considerarse incluida dentro del límite de lo tolerable (10).
El Estatuto Básico del Empleado público ha intentado dar solución a estas
cuestiones al regular los sistemas selectivos, como veremos más adelante.
______________________
9. Igualmente las SSTC 185/1994, de 20 de junio, y 93/1995, de 19 de junio
Fuente: www.jcyl.es/web/jcyl/binarios/579/849/Garcia_Garcia.pdf
• 05/08/2017 13:02:00.
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• Registrado: agosto 2010.
Muy interesante lo que pones, HéroedelSilencio. El quid de la cuestión está en acordar qué es razonable y proporcionado para considerar un baremo correcto o no. Cierto es que siempre habrá favorecidos y damnificados, pero al menos que no sea tan alevoso y que no imposibilite la entrada de gente que viene de la calle con una mano delante y otra atrás.
• 05/08/2017 14:47:00.
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• Registrado: diciembre 2016.
Octavus68, probablemente hayas recurrido la de auxiliar de la Universidad de Zaragoza, o similar, y es que clama al cielo, un 30% en la fase de concurso de los que la mitad es haber aprobado los examenes de la ultima convocatoria del mismo puesto, si alguien me dice que eso no esta dirigido a que se queden las plazas los que estan de interinos que deje de presentarse donde haya psicotécnicos. Cito:
[--http://www.boa.aragon.es/cgi-bin/EBOA/BRSCGI?CMD=V...C-C=AUTORIDADES--] Y PERSONALPUBL-C=20170704
2.º Superación de ejercicios en las últimas pruebas selectivas para el acceso a plazas de la Escala auxiliar de la Universidad de Zaragoza, hasta un máximo de 15 puntos, con la siguiente ponderación:
1er. ejercicio: 10 puntos.
2.º ejercicio: 5 puntos.
La otra mitad haber trabajado como auxiliar en universidad pública, o la mitad de puntos en otra administracion. Un sinsentido para quien quiera verlo.
Terriblemente descarados. Y que nadie entre de oficio? Para que pagamos con dinero público a los sindicatos, defensor del pueblo...
Gracias heroe, algunos nos toman por tontos, o locos.