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FOROS OPOSICIONES FORO Oposiciones Auxiliares Administrativos del Estado
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• 08/10/2017 13:17:00.
• Mensajes: 7
• Registrado: septiembre 2017.
::: --> Editado el dia : 08/10/2017 13:18:17
::: --> Motivo :
Hola, tengo una duda sobre el art 56 de la ley de procedimiento, a ver si alguien lo sabe,
Dice que frente al acuerdo de aprobación de medidas provisionales antes de la iniciación del procedimiento cabrá el recurso que proceda, sería reposición no?
Y frente a las tomadas antes del inicio del procedimiento? No dice nada, entonces no cabe?
• 08/10/2017 15:49:00.
• Mensajes: 277
• Registrado: enero 2017.
::: --> Editado el dia : 08/10/2017 19:16:53
::: --> Motivo :
Si te das cuenta la ley de procedimiento administrativo dice que contra los actos de trámite cualificados cabe recurso. En este caso el acto de adopción de medidas provisionales resuelve el fondo del asunto porque, sin haber finalizado el procedimiento en si ni haber resolución, pues la administración ya ha resuelto imponer una medida. Además la medida provisional puede ser de muy difícil o imposible reparación posteriormente, con lo cual también estamos hablando de un acto cualificado recurrible.
Una vez adoptado el acuerdo de medidas provisionales tendrías que recurrirlo en los plazos que marca la ley. Si no lo haces tendrías que esperar a que la administración levante o confirme las medidas antes de iniciar el procedimiento en si.