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FOROS OPOSICIONES FORO Oposiciones Auxiliares Administrativos del Estado
710.599 mensajes • 396.154 usuarios registrados desde el 25/05/2005
• 30/12/2017 12:09:00.
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• Desde: Sant Cugat del Vallès.
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Vamo a ver,
articulo 62. a) El Rey tiene como función sancionar y promulgar las leyes.
¿Que leyes? Leyes a secas, disposiciones con rango de Ley/fuerza de Ley ? (RDLegislativos y Real Decretos Leyes (urgentes))
¿O también quizá las Disposiciones sin fuerza de Ley? O sease entre otros UN DECRETO DE UN MINISTERIO, O SEA MINISTERIAL, O UN DECRETO DE VARIOS MINISTERIOS REVESTIDO EN FORMADO DE DECRETO DEL MINISTRO DE LA PRESIDENCIA o un mismo DECRETO DEL PRESIDENTE DEL GOBIERNO?
Mi apuesta es el Rey debe SANCIONAR Y PROMULGAR:
- Las Leyes (emanadas directamente de las CORTES GRALES) (es decir, Orgánicas y Ordinarias, y los Estatutos de Autonomía de las diferentes CCAA)
- Tambien las Disposiciones con Rango de Ley (Real Decreto Legislativo y Real Decreto Ley de medidas Urgentes)
PERO sobre las Disposiciones sin Rango de Ley ( Decretos a secas,..) SOLO tiene que PROMULGARLAS es decir darles el caracter de REAL , así tendriamos por ejemplo un REAL DECRETO Ministerial , o un REAL DECRETO del Presidente del Gobierno. (Fijaros que indica la CE que el REY deberá EXPEDIR LOS ACUERDOS los DECRETOS acordados en el consejo de Ministros)--EXPEDIR=A PROMULGAR PERO NO SANCIONAR?
¿Que opinaís?
Por cierto, ya puestos, ¿ el Rey debe SANCIONAR Y/O promulgar Decretos de las Asambleas Legislativas de cada CCAA? (yo creo promulgarlas NO porque NO revisten JAMAS como REAL DECRETEO, y SANCIONARLAS CREO QUE TAMPOCO, ¿lo que no se si las TIENE QUE REFRENDAR EN NOMBRE DEL REY el PRESIDENTE DE LA CCAA?)
Muchas gracias,
PD. a los alumnos más avanzados de la clase, siempre hemos tenido claro que por el principio de Jeraquía un RDLey (urgéncia) no podria modificar ni revocar una Ley Orgánica, pues yo no lo tengo tan claro.
Miguel
• 30/12/2017 12:18:00.
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::: --> Editado el dia : 30/12/2017 12:27:44
::: --> Motivo :
Oye amigo! Te recomiendo que cuando interiorices un artículo simplemente pases al siguiente sin más (que total lo único que nos van a preguntar en el examen es por lo que dicen tal cual) y que apuntes las pajas mentales y dudas jurídicas y filosóficas en un papel aparte o donde te salga de los guevos y si tal las resuelvas cuando todo pase.. por ahora solo valen para perder el tiempo y rayarte tu y sobre todo at nosotros para nada porque acabas de ametrallar una liada mental para estar posteando en este hilo hasta el examen y total no ponernos de acuerdo
• 30/12/2017 12:34:00.
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• Registrado: septiembre 2017.
loloma, eres bastante pesado con tus rayadas filosoficas de los articulos. ¿Te piensas que este foro es un foro de abogados del estado o que?. Que es simplemente de auxiliares y como te dicen esas pajas que te haces no nos viene a cuento a nosotros que solamente nos van a preguntar quién es el que sanciona las leyes. SIN MAS. Y si te entra curiosidad por ver qué sanciona el Rey o no, pues te coges, te vas al boe, te miras esos decretos que dices que dudas, miras a ver si pone FELIPE VI sanciona...
Pero como te digo, es mejor que te pires con estas rayadas a un foro de abogados que fijo que te responden mejor, y dejes de liar a la gente en este que es simplemente de auxiliares.
• 30/12/2017 13:12:00.
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• Desde: Sant Cugat del Vallès.
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::: --> Editado el dia : 30/12/2017 13:21:58
::: --> Motivo :
::: -- Editado el dia : 30/12/2017 13:21:05
::: -- Motivo :
::: -- Editado el dia : 30/12/2017 13:20:11
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::: -- Editado el dia : 30/12/2017 13:19:37
::: -- Motivo :
::: -- Editado el dia : 30/12/2017 13:16:04
::: -- Motivo :
::: -- Editado el dia : 30/12/2017 13:15:28
::: -- Motivo :
Trollopositor
Eres un maleducado , seguro que tu jeto es como el de tu mierda de avatar,
Paja mental? abogados?
que te crees que no puede entrar una pregunta del estilo
El Rey sanciona,
a) Las Leyes,
b) Leyes y disposiciones con rango de Ley
c) Leyes, y disposicions con y sin rango de Ley
d) El Troll del Trollopositor
Desde luego, chaval, haztelo mirar, yo me he limitado a plantear una consulta, no soy tan lumbreras com tu y tu amiguete el opositorindignado, que el nombre le va con anillo en el dedo, vaya par de pedazos de capullos, y el resto de todos los otros opositores si quereis ayudadme gracias, a este par de obtusos como que paso de ellos, seguro que son los típicos que van dan dando clases en charlas de bares, ¿sabeís por que? porque en su casa no les dejan hablar, no pintan nada. A estos dos, cuando traspasen la web de buscaoposiciones, los traspasaran, como parte del mobiliario. Menudo miedo que te atiendan en un mostrador dos impresentables de "servidores públicos" como estos.
Para variedad los colores, aquí , con respeto , todo el mundo tiene derecho a plasmar sus inquietudes, y hacer los sondes y preguntas que considere oportuno, y si por el motivo que sea no os parece correcto, lo respetaré, pero limitaros a no contestarme, porque para leer la mierda de ayuda que daís en la respuesta mejor quedaros callados. Cumpliís el perfil tipico, de sujetos inhumanos que no dejan libre el asiento en el metro para que sea usado por una anciana. IM-PRE-SEN-TA-BLES.
Gracias al resto.
• 30/12/2017 13:26:00.
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Dejad al pobre loloma resolver sus dudas de opositor, que después de sus 848394893 mensajes de recordatorio de excedencia en la toma de posesion ha decidido ponerse a estudiar....
• 30/12/2017 13:42:00.
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otro tontín
¿y eso que tiene que ver?
desde luego macho, si te fijaras mas en recordar las Leyes importantes, menudo trío.
Un bodevil
• 30/12/2017 13:54:00.
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::: --> Editado el dia : 30/12/2017 13:55:13
::: --> Motivo :
Lololo, pues no listo, ese tipo de preguntas no las hacen en auxiliares del estado, si acaso en auxiliares autonómicos o locales, pero no en esta opo. Aquí se limitan a preguntar literalmente de la ley, no pajas mentales filosóficas sobre que significa un articulo, vamos que la típica doctrina jurídica para expertos abogados u otras oposiciones no en esta. Y si encuentras la ley donde diga exactamente, el tipo de normas que sanciona el Rey y cuales no sanciona, pues entonces te dire que si puede que sea preguntable, aunque lo dudo, porque como te digo estas opos son más genéricas, no como otras donde entra más derecho.
A ver lolololo, como te digo y te repito, todas tus preguntas en este foro, son pajas mentales que te haces en base a un articulo. Eso como te digo es pura doctrina jurídica, y la doctrina no nos entra. Lo que tienes que hacer es primero de todo, saber a que tipo de oposicion te presentas y como son los examenes, antes de ponerte a estudiar y pajearte mentalmente.
• 30/12/2017 14:05:00.
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[--http://4.bp.blogspot.com/-iFV_n-HktXc/Uz6-b33QR-I/...on_pop_corn.gif--]
A mí me pasa mucho esto que le pasa a loloma... no se porque os lo tomáis tan a coña la verdad, son cosas que suceden, vas leyendo las leyes y te haces preguntas......
Por ejemplo, artículo 56 punto 3 (sus 6 primeras palabras)... a quien no le han asaltado dudas leyendo esa parte de ese artículo ???.... Tiene el Rey un sistema de defensa ancestral como Antonio Recio ???.... si señores la constitución es "tan ambigua" que te asaltan millones de cuestiones leyéndola y te haces tantas tantas preguntas que faltaría foro para todas ellas. :D
::: --> Editado el dia : 30/12/2017 19:00:22
::: --> Motivo :
Posdata.... cuando salgas del título de la Corona... y del artículo 62 asomate por el artículo 91 !!!... a ver si vas un poquito más rápido estudiando que te pilla el toro !!!..
• 30/12/2017 15:56:00.
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::: --> Editado el dia : 30/12/2017 16:16:27
::: --> Motivo :
Loloma pues yo prefiero tener de compañeros a impresentables como dices tu que no se rompen la cabeza ni a ellos ni a los demas y se dedican a vivir que es lo que hay que hacer que a retardadados amargados comeollas que solo abren la boca para incordiar o crear problemas donde no los hay. Deja de rayar con gilipolleces que ni siquiera nos van a preguntar y si tanto te gusta la doctrina jurídica y preguntarte por que por que por que pues corre a matricularte en derecho para retrasados mentales y deja de dar la tabarra en este foro o sino pregunta cosas que tengan sentido o que nos vayan a valer para algo. Ostia ya contigo!
Y energy respecto a lo último que has apuntado el rey SI tiene que obligatoriamente sancionar las leyes (es un acto debido al cual le obliga la constitución) para que se pueda proceder a su promulgación y publicación aunque sea un mero formalismo y ni siquiera las mire ni por encima. Si el rey se negase acto seguido tendría que abdicar si o si.
Entonces edito el otro comentario opositor indignado... no quiero llevar a errores a nadie, y te daré las gracias por solventarme esa duda puesto que no la tenía muy clara la verdad, lo que es la obligatoriedad de este señor no me la tengo muy vista :D
Golden gracias por el enlace, yo lo me lo tengo mirado varias veces y es muy interesante !!!. Lo que pasa que artículo por artículo no da tiempo a nada pero para matizar cosas está muy bien.
• 31/12/2017 13:12:00.
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Comprobado,
Una Decreto Ley puede MODIFICAR una Ley Orgánica
• 31/12/2017 13:16:00.
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Gracias Ridasan,
Hablas que las Leyes de las CCAA las promulga y ordena su publicación el presidente de cada CCAA en nombre del Rey pero ¿ se sancionan?
y dos,
Tu Ridasan, no sabrás si las disposiciones sin rango de ley (reglamentos-- decreto de los ministros, del presidente del Gobierno) las sanciona/promulga el Rey)?
Gracias,
(OpositorIndignado, TrollOpositor NO contesteís comeros las uvas y pasad de mí y por ende a lugue85)
al resto Feliz año 2018.
• 31/12/2017 14:42:00.
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Ridasan, muchas gracias por tus explicaciones
• 31/12/2017 14:58:00.
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Claro que me voy a comer las uvas loloma34, tendré que celebrar que paso a 2018 con mi plaza :-)
Ahora viene de estudiante super guay pero la lata que ha dado en cada hilo hablando de la dichosa excedencia tenía tela, ¿verdad Isaisinha? jajaja, pero ya ha modificado la mayoría de esos mensajes, con palabras como 'hola' o 'buenos días', etc...pero bueno me alegro de que te hayas puesto a estudiar y no estés dependiendo de cuantos de los que se sacan plaza van a pedir excendecia, más que nada porque no era asunto tuyo. Aleee a pasar buen fin de año :)
• 01/01/2018 9:16:00.
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• Registrado: marzo 2008.
::: --> Editado el dia : 01/01/2018 11:38:26
::: --> Motivo :
::: -- Editado el dia : 01/01/2018 11:23:37
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::: -- Editado el dia : 01/01/2018 9:20:26
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::: -- Editado el dia : 01/01/2018 9:17:27
::: -- Motivo :
::: -- Editado el dia : 01/01/2018 9:16:25
::: -- Motivo :
Ridasan muchas gracias por tu respuesta, no obstante, ¿cabría la posibilidad que en tu último parrafo, todo y estar totalmente de acuerdo en los articulos 81 CE y 28.2 de LOTC, igualmente, sigua teniendo mis dudas?
Te pongo un ejemplo , porque estoy echo un lío de un Real Decreto Ley que modifica una Ley Orgánica: ( te pongo el ejemplo por tu afirmación categorica de que un RDLey NO puede modificar una Ley Orgánica.)
[--https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2017-1674--]
Por lo demás me ha quedado si no me dices lo contrario claro,
Rey sanciona y promulga Leyes , com Disposiciones con Rango de Ley (eso sí, solo de carácter Estatal.)
Disposiciones con rango de Ley y sin rango de caracter Estatal y Autonómico NO se sancionan y se promulgan, simplemente se EXPIDEN (exactamente juridicamente que es expedir?)
En las CCAA -- las Leyes, que aprueben y Disposiciones con y sin rango de Ley no se sancionan pero Sí las promulga el pste. de la CCAA en nombre del Rey.
Por lo demás, felicitar a lugue85 por la plaza que va a "sacar" y a ocupar en 2018, para mi un poco intrigante, las plazas de Aux. advo. libre OEP 2016 tomaron posesión (que me lo digan a mí jeje) en noviembre y diciembre del 2017, las plazas Aux. Advo. Libre OEP 2017 como sabeís hay CERO patatero, entonces, chico, o bien te presentas para aux. advo. PInterna en 2018 o bien tu de preparación de Auxiliar como que no, yo creo que tu te estás preparando o bien el Cuerpo Gral Advo. del AGE (C1) o Agentes de H.P. (C1) jeje alee buen año.
Gracias a los que de verdad son generosos en las respuestas. Nadie, nadie empezo enseñado.
• 01/01/2018 13:17:00.
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::: --> Editado el dia : 01/01/2018 13:18:18
::: --> Motivo :
Ridasan, comprobado, que lucido/a!!!!
Tienes toda la razón, si no he visto mal , lo que contempla el Real DLey es la modificación de los apartados que precisamente son los articulos que no tienen carácter de Orgánicos.
Muy bien.
Otra cosilla, vamo a ver,
Ayer , viendo las noticias sobre el asesino de la chica , me parece que se llamaba Quer, reflexioné y al ver las imagenes con la cara del presunta asesino, (aunque en este caso el confesó), pero imaginemos por un momento que él no hubiera confesado y sacan imagenes suyas igualmente en un medio público como ayer en la televisión, yo me pregunté ayer, ¿que ocurre con la presunción de inocencia?) , es decir, ¿por que no se aplican los siguientes articulos?
-art. 18.1 de la CE derecho al honor, a la intimidad personal familiar y a LA, OJO, PROPIA IMAGEN.
-LOPD (Ley Orgánica protección de Datos personales-- de acuerdo, no sale en el temario, pero mucho OJO por que la Ley 19/2013 transparencia, acceso a la información y buen gobierno, este si que está en el temario, y en el algun apartado de la Ley hace mención un par de ocasiones a la LOPD), a lo que, voy ¿que ocurre con los articulos art.15 Proteccion de datos personales de la Ley 19/2013 apartado 1) (que hace referencia al apartado 2 del articulo 7 de la Ley Organcia 15/99 LOPD, DICE EXPLICITAMENTE si la información incluyese datos especialmente protegidos (yo entiendo mi imagen, porque si realmente no soy el asesino, aunque lo dictamine un Juez, igualmente mi imagen ya ha sido gravemente dañado para siempre, en ese caso se podrá autorizar el acceso a la información exclusivamente con la autorización por escrito del afectado.)
A ver si alguien se atreve aclarar todo este follon.
Gracias.