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antiguo

No Registrado

• 31/01/2018 17:07:00.
• No registrado.

Sobre exención de tasas y documentos adjuntos

15 RESPUESTAS AL MENSAJE

Aidametalllica

Metal up your ass!!

• 31/01/2018 17:24:00.
Mensajes: 409
• Registrado: julio 2007.

RE:Sobre exención de tasas y documentos adjuntos

Está bien así, tranquila, si no has marcado la casilla ya comprueban ellos los datos de rentas y demás con Hacienda, y también comprueban la demanda de empleo.

marenz

• 31/01/2018 23:41:00.
Mensajes: 38
• Registrado: enero 2016.

RE:Sobre exención de tasas y documentos adjuntos

A mi ayer me daba error de pago al intentar hacerlo asi que hoy he ido al Sae, he pedido la documentación y la he adjuntado. Lo unico raro fue que la declaracion de la renta (ya puestos lo enviaba todo) no se ha subido y lo demas si.

XXXXXXX

• 01/02/2018 11:24:00.
Mensajes: 13
• Registrado: marzo 2007.

RE:Sobre exención de tasas y documentos adjuntos

A mi me surge la siguiente duda en la exención de tasas hay que carecer de rentas superiores, en cómputo mensual, al Salario Mínimo Interprofesional en computo personal o familiar??
Otros años solo había que adjuntar una declaración jurada, pero este año puedes consentir para que lo comprueben ellos o adjuntar un certificado de la declaración del IRPF. Entonces si has realizado una declaración conjunta con tu cónyuge, como ven ellos que no has tenido ingresos, creo que no hay forma de verlo.
He llamado al inap y la persona que me ha contestado no tenía ni idea, me ha dicho que diera el consentimiento y sino ya saldría excluida y lo subsanaría después, pero por lo que yo entiendo en la convocatoria la falta de pago de tasas no es subsanable.
También envié ayer un mail y no me contestan....otras veces han tardado un mes.
Alguien sabe realmente si es computo propio o familiar?? y como lo comprueban??

Soiña

• 01/02/2018 11:50:00.
Mensajes: 403
• Registrado: enero 2018.

RE:Sobre exención de tasas y documentos adjuntos

Dices: " Entonces si has realizado una declaración conjunta con tu cónyuge, como ven ellos que no has tenido ingresos, creo que no hay forma de verlo." ... Si que hay manera de verlo, en una declaración conjunta se especifica quien es el perceptor de los ingresos, si el declarante o el cónyuge.

"entiendo en la convocatoria la falta de pago de tasas no es subsanable." ... A ciencia cierta no lo sé, pero hace 2 años me presenté a las opos en mi Comunidad y, si me dejaron, dentro del plazo de 10 días, subsanar un problema con las tasas ... doy por hecho que en el Estado será igual

Y, en cuanto al cómputo, sinceramente, no sé si tomarán en cuenta los ingresos de la unidad familiar o los tuyos solos. Saludos

primachony

• 01/02/2018 12:02:00.
Mensajes: 327
• Registrado: enero 2016.

RE:Sobre exención de tasas y documentos adjuntos

Vamos a ver si has hecho la declaracion conjunta con tu conyuge te has beneficiado de una devolucion a tu favor digo yo...con lo cual a pesar de no ser la preceptora directa de los ingresos,compartes la mitad de ello y ademas sales mas beneficiada que si lo haces por separado
Eso se ve con la tarjeta sanitaria y en el pago de los medicamentos:al estar en el paro no pagas nada de la receta,pero si has hecho la declaracion conjunta pagaras el % que te toca en funcion de la renta declarada
lo mejor ir al SEPE que te lo aclare y hbl despues con el INAP ,pero vamos que en la lista provisional si sales excluida la puedes subsanar en 10 dias

XXXXXXX

• 01/02/2018 12:30:00.
Mensajes: 13
• Registrado: marzo 2007.

RE:Sobre exención de tasas y documentos adjuntos

Muchas gracias por las respuestas.
Al final he llamado a la agencia tributaria porque me parecía muy raro que se pudiera ver en la declaración conjunta quien ha sido el perceptor de los ingresos, y me han comentado que no se puede saber y que no existen ninguna forma a través de sus certificados de saberlo, además tendrían que especificar si son en computo personal o familiar.
Vaya lio, nunca dejan nada claro.

Er menda

• 01/02/2018 16:32:00.
Mensajes: 25
• Registrado: junio 2016.

RE:Sobre exención de tasas y documentos adjuntos

Pero no os compliqueis la vida, en caso de duda pagar la tasa y ya está os quitais de posibles problemas

Kesiman

• 01/02/2018 22:41:00.
Mensajes: 82
• Registrado: diciembre 2016.

RE:Sobre exención de tasas y documentos adjuntos

En otras administraciones tienes que estar x tiempo al paro y punto.
Esto que hacen en la age es una chorrada y además muy injusto.

Ejemplo:
Pepito trabajó en 2016 entre enero y julio, luego cobró el subsidio 6 meses,
en total en el irpf le sale 11.000 €. Lleva en paro desde julio 2016 (18 meses) y cobra 0€

Monolito trabajó en 2016 y 2017. En 2016 en el irpf le sale 9900€ y en 2017 37.000€
En noviembre 2017 quedó en paro, lleva 2 meses en paro cobrando 1400€.

PEPITO tiene que pagar tasas
MANOLINO NO tiene que pagar tasas.

Muy bien inap!!!

Blas80

• 01/02/2018 23:11:00.
Mensajes: 682
• Desde: Coruña (A).
• Registrado: julio 2012.

RE:Sobre exención de tasas y documentos adjuntos

En estos casos no debería haber duda, se paga aunque moleste en lo moral y duela en el bolsillo, es la única forma de evitar problemas, como dice Er menda, que pocas cosas hay más complicadas de subsanar en esto del opositar que el no haber pagado.
Un saludo.

bufalo valiente

al pan pan y al vino vino

• 02/02/2018 0:49:00.
Mensajes: 70
• Registrado: octubre 2008.

RE:Sobre exención de tasas y documentos adjuntos

::: --> Editado el dia : 02/02/2018 0:52:43
::: --> Motivo :

llevo 4 meses en paro, pido el certifsicado del SAE y lo adjunto, con eso es suficiente o también las rentas? creo que tampoco llego al mínimo y actualmente no cobro prestaciones de ningún tipo.
Es necesario el papel de inem? veo que la compañera con poner desempleo y no marcar "no consiento " parece suficiente.

Cresteaza

• 02/02/2018 6:58:00.
Mensajes: 83
• Registrado: julio 2017.

RE:Sobre exención de tasas y documentos adjuntos

Bufalo valiente, si consientes que ellos te miren los datos creo que no hay que adjuntar ningun documento. Aver si alguien lo confirma

bufalo valiente

al pan pan y al vino vino

• 02/02/2018 22:02:00.
Mensajes: 70
• Registrado: octubre 2008.

RE:Sobre exención de tasas y documentos adjuntos

gracias, eso es precisamente lo que estoy buscando confirmar.

Zakumi

• 04/02/2018 19:20:00.
Mensajes: 36
• Registrado: mayo 2016.

RE:Sobre exención de tasas y documentos adjuntos

::: --> Editado el dia : 04/02/2018 19:59:18
::: --> Motivo :

Hola,
Pues yo estoy apuntada al paro desde el 2 de enero. Acabé de trabajar el 31 de diciembre, así que creo que me toca pagar, no? Porque pone un mes como demandante de empleo mes antes de la fecha de la convocatoria...Si fuera un mes antes de la inscripción en la oposición...

Blas80

• 05/02/2018 1:40:00.
Mensajes: 682
• Desde: Coruña (A).
• Registrado: julio 2012.

RE:Sobre exención de tasas y documentos adjuntos

Te toca pagar de todas todas, Zakumi. Y bufalo valiente, no basta con creer que no superas las rentas, debes estar seguro o acabarás en una lista desagradable de ver o aparecer en ella. Si mal no recuerdo el SMI este año está en 735,90€. Sobre lo de presentar documentación de exención, las bases dicen que solo se deberá presentar en caso de que no se consienta la comprobación de datos por el órgano gestor, de manera que en lo que a esta parte refiere mientras no hayáis marcado casillas de no consentimiento estad tranquilos.
Un saludo.


Seguro que tienes mucho que decir, te estamos esperando.


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