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709.293 mensajes • 396.056 usuarios registrados desde el 25/05/2005

Albertcoma

• 26/02/2018 19:37:00.
Mensajes: 113
• Registrado: enero 2018.

El reglamento (UE) 2016/679 apreciaciones

::: --> Editado el dia : 26/02/2018 19:41:45
::: --> Motivo :

Vamos a ver,

Primera providencia, todos de buen rollo por favor, y si algún sabelotodo no le gusta lo que pregunto que ni lo comente, que aquí habemos muchos que queremos ayudarnos.

Por partes,

Una de las novedades de este año El reglamento de la UE 2016/679 en uno de sus artículos indica,

Exactamente en el articulo 9 Tratamiento de categorías especiales de datos personales en su apartado uno indica,

art. 9 apartado 1) Quedan PROHIBIDOS el tratamientos de datos personales que revelen el origen étnico racial, las opiniones políticas, las convicciones religiosas o filosóficas, o la AFILIACIÓN SINDICAL y el tratamiento de datos .......
..... .................., datos relativos a la SALUD, O DATOS RELATIVOS A LA VIDA SEXUAL o LAS ORIENTACIONES SEXUALES DE UNA PERSONA FÍSICA.

Vale? Sigo resulta que el apartado 2 del mismo articulo, el articulo 9.2) indica: El apartado 1 (art. 9.1) NO será de aplicación cuando concurra UNA DE LAS circunstancias siguientes,

a)....
b)...
.
.
.
.
g) (este es el que me interesa) -- el tratamiento es necesario por razones de interés público esencial , sobre la base del Derecho de la Unión de los Estados miembros...................................)

VAMOS A VER si en el apartado 9.1 indica entre otros datos relativos a la SALUD, puedo llegar a entender que en una EMPRESA DE AVIONES le interese saber por RAZÓN DE INTERÉS ESENCIAL (para ser piloto de avión), el expediente médico del candidato ,vaya ser , que se produjera un accidente aéreo.

PÈRO,PERO, PERO, a quien carajo (empresa o persona) le tiene que interesar LA ORIENTACIÓN SEXUAL DE LA PERSONA (no lo entiendo , ¿no es ilegal? ¿alguien puede dar un ejemplo? y ya puestos, a quien MOTIVADAMENTE le importa a que sindicato estoy o no afiliado. (solo se me ocurre en las fuerzas armadas y cuerpos de seguridad (limitación o excepción)

Y ADEMÁS,...... sabemos que el REGLAMENTO comunitario está por encima de la legislación de los Estados miembros, entre ellos España, os lo digo , por que como indica la Ley Orgánica de Protección de Datos Personal (15/99 LOPD) que tambien tenemos que echarle un ojo, fijaros que en su articulo 7.2) indica que,

art 7.2: Datos ESPECIALMENTE protegidos (ideologia, RELIGIÓN,....) necesitará, OJO, CONSENTIMIENTO EXPRESO Y POR ESCRITO DEL AFECTADO (excepto si los datos se hubieran hecho publico anteriormente por el afectado, (que no sería el caso del ejemplo anterior)

vale de acuerto el art 7.3 de la LOPD indica que los datos que hacen referencia al origne racial, a la salud y a la vida sexual , a parte del consentimiento expreso del afectaod, PODRIA cuando lo disponga un norma con rango de LEY (aquí ninguna duda por que el Reglamento Europeo esta por encima que rango de Ley)

PERO QUE OCURRE CON EL ARTICULO 7.2 de la LOPD (RELIGIÓN.. REPITO CONSENTIMIENTO EXPRESO POR ESCRITO POR EL AFECTADO , aquí NO da la opción que a traves de una LEY se pueda como dice el articulo 7.3 de la LOPD), y en frente tenemos el Reglamento de la UE 9.1 (dice lo mismo), PERO el artiuclo 9.2 del Reglamento lo permite si es por INTERÉS GENERAL ESENCIAL.?

¿Que opinaís? ¿es decir, queda sin efecto entonces el articulo 7.3 de LOPD por decir lo contrario el articulo 9.2 del Reglamento de la UE? Es decir, por el principio de Jerarquía Normativa.

Saludos a todos/as

7 RESPUESTAS AL MENSAJE

bufalo valiente

al pan pan y al vino vino

• 27/02/2018 1:44:00.
Mensajes: 70
• Registrado: octubre 2008.

RE:El reglamento (UE) 2016/679 apreciaciones

::: --> Editado el dia : 27/02/2018 1:48:22
::: --> Motivo :

Creo que nada más salir la LOPD de España quedará sin efecto por el reglamento europeo. Un coñazo insoportable y reiterativo de reglamento europeo de protección de datos además muy mal redactado.o

A saber delimitar eso de "esencial". Como es ambiguo creo que lo pasarán por alto.

FMAA

• 27/02/2018 9:36:00.
Mensajes: 665
• Registrado: abril 2017.

RE:El reglamento (UE) 2016/679 apreciaciones

Por mas que leo la nota informativa, lo dice muy claro. Reglamento (UE) 2016/769 y la LOPD. Las dos entran, del reglamento los capítulos II, III y IV, y da a entender que la LOPD entra entera, al no quedar derogada por dicho reglamento.

Erjamon22

• 27/02/2018 9:38:00.
Mensajes: 51
• Registrado: febrero 2016.

RE:El reglamento (UE) 2016/679 apreciaciones

¿A quién le interesan datos sobre orientación sexual? Se me ocurre que a una investigación científica sobre una nueva enfermedad de transmisión sexual. ¿Y mis datos de afiliación sindical? A Hacienda por temas de desgravación.
A tope chic@s, que va quedando menos

Albertcoma

• 01/03/2018 11:54:00.
Mensajes: 113
• Registrado: enero 2018.

RE:El reglamento (UE) 2016/679 apreciaciones

Por cierto, de paso tambien se pasan por el forro el siguiente,

artiuclo 16.2 de la CE
Nadie podrá ser obligado a declarar sobre su ideología, religión o creencias.

carlete79

• 01/03/2018 12:12:00.
Mensajes: 380
• Registrado: abril 2012.

RE:El reglamento (UE) 2016/679 apreciaciones

Yo entiendo que esas excepciones referentes al tratamiento de ciertos datos personales tienen una función básicamente estadística y de investigación.
Aunque igual no viene mucho al caso, en Alemania, al menos en algunas regiones, al firmar un contrato de trabajo puedes dejar dicha tu religión, y te conceden los festivos en función de la religión que hayas puesto.
Lo de los datos personales en puntuales casos me hace gracia: hay gente que se escandaliza cuando ven que se pueden tratar sus datos sobre ideología, religión o condición sexual y sin embargo no tienen reparo ninguno en ir por ahí soltando sus convicciones ideológicas, religiosas (o no religiosas) o sexuales sin que nadie les haya preguntado y peor aún, acusándote de cosas atroces si no las compartes.

lox

• 01/03/2018 12:35:00.
Mensajes: 114
• Registrado: abril 2007.

RE:El reglamento (UE) 2016/679 apreciaciones

En que está muy mal redactado coincido plenamente y es bastante tedioso, luego para que pregunten cualquier chorrada, y lo de la constitución, el reglamento pasa también por encima de la constitución, de hecho la reforma de la constitución del articulo 135 se hizo por la entrada en vigor de un Reglamento de la U.E.


Seguro que tienes mucho que decir, te estamos esperando.


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