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FOROS OPOSICIONES FORO Oposiciones Auxiliares Administrativos del Estado
709.293 mensajes • 396.056 usuarios registrados desde el 25/05/2005
Hola, buenas tardes.
Agradecería que alguien me explicara el apartado b) del artículo 159 de la Ley de Contratos, referido al Procedimiento Abierto Simplificado.
Copio textualmente el apartado en cuestión:
b) Que entre los criterios de adjudicación previstos en el pliego no haya ninguno
evaluable mediante juicio de valor o, de haberlos, su ponderación no supere el veinticinco
por ciento del total, salvo en el caso de que el contrato tenga por objeto prestaciones de
carácter intelectual, como los servicios de ingeniería y arquitectura, en que su ponderación
no podrá superar el cuarenta y cinco por ciento del total.
Muchas gracias.
• 01/03/2019 13:43:00.
• Mensajes: 558
• Registrado: marzo 2018.
::: --> Editado el dia : 01/03/2019 13:47:27
::: --> Motivo :
::: -- Editado el dia : 01/03/2019 13:45:39
::: -- Motivo :
::: -- Editado el dia : 01/03/2019 13:44:12
::: -- Motivo :
Pues eso mismo. Q los criterios de selección de la mejor oferta no pueden ser juicios de valor y si los hay, q representen no más del 25%.
X ejemplo si los criterios de la.construccion de un pabellón son el precio, la capacidad y la estetica. El precio y la capacidad son criterios objetivos. En cambio la valoración estética, es un juicio de valor. Es subjetivo. Por lo tanto, entre el precio y la capacidad tienen q ser como mínimo el 75% de la "nota final" q le pones a cada oferta. Para evitar q la valoración estética supere el 25%. Esto se hace para evitar el mamoneo y la corrupción. Piensa q si se pudiesen introducir criterios subjetivos más altos, sería un subterfugio para elegir la oferta que les dé la gana como la más ventajosa.
-Vale, tu oferta es más barata y tiene más capacidad. Pero la de la empresa B, nos parece mucho más bonita y como la estética pondera un 99%, pues ha ganado. Y casualmente la empresa B hace donaciones a mi partido, o a enchufado al hermano de mi mujer en su consejo de administración.
Los de carácter intelectual, pueden ponderarse más los criterios subjetivos. Al ser trabajos intelectuales, son menos cuantificables. Es razonable.
Tienes q pensar q la mayoría de trabas que pone la LCSP, son para evitar la corrupción en la contratación pública.
• 02/03/2019 8:06:00.
• Mensajes: 71
• Registrado: febrero 2008.
¿entra? c2=auxiliar administrativo. De los 27 temas que hay en la convocatoria ¿cual es el de contratos? yo no lo veo por ningún lado
• 02/03/2019 10:04:00.
• Mensajes: 311
• Registrado: septiembre 2016.
En la última convocatoria de Auxiliar (C2) no entró.
• 02/03/2019 13:41:00.
• Mensajes: 155
• Registrado: junio 2018.
¿Pero no os dáis cuenta de que el trollazo empanado de Espar1331, os está trolleando con lo de que entra el tema de contratos en C2?. Es otro bocachancla que va de graciosete por el foro diciendo tonterías por su boquita como la de que van a poner psicotécnicos de inglés este año. Se quiere hacer el graciosete y la gracia la tiene en el culo.
Los verdaderos empanaos son los que abren hilos y vienen a preguntar cosas de C1 en un foro de C2.
• 02/03/2019 18:18:00.
• Mensajes: 558
• Registrado: marzo 2018.
Si nos vamos a poner gilipollas, habrá q decir q no hay subforo de C1.
• 02/03/2019 22:16:00.
• Mensajes: 155
• Registrado: junio 2018.
Lo primero de todo no tienes ni puñetera idea de lo que es un papanatas, búscatelo en la rae así lo mismo aprendes una palabreja más para el examen. Precisamente si te estoy diciendo que a mí no me la das fácilmente como a los demás de este foro a los que quieres trollear, es porque no soy un papanatas. Ale, trollazo, te vuelvo a repetir, que la gracia la tienes en el puto culo, límpiatelo un poco que ya te huele demasiado.
Y si nos vamos a poner a responder chorradas solo por quedar de guay, habrá que decir que el que no haya un subforo de C1, no implica que se tenga que abrir hilos en un foro de C2, y confundir a la gente que sí se esté preparando C2, mezclando distintos temarios de distintas oposiciones.