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FOROS OPOSICIONES FORO Oposiciones Auxiliares Administrativos del Estado



710.643 mensajes • 396.156 usuarios registrados desde el 25/05/2005

opositoparatocarmeelpito

• 24/05/2019 13:23:00.
Mensajes: 223
• Registrado: diciembre 2018.

Agosto es inhábil también para la empresa que tramita las solicitudes?

::: --> Editado el dia : 24/05/2019 13:24:45
::: --> Motivo :

No se si alguien lo puede aclarar pero siempre he tenido esta duda. Cuando declaren como siempre el mes de agosto inhábil para todo lo relacionado con el proceso selectivo eso que significa? Que la administración pasa de todo lo que tenga que ver con la oposición durante agosto pero la empresa encargada sigue revisando solicitudes o la empresa también tiene que parar obligatoriamente durante agosto y no puede revisar ninguna solicitud? Es que esto es fundamental para saber si el examen se va a más temprano o más tarde

13 RESPUESTAS AL MENSAJE

Drsam

• 24/05/2019 15:15:00.
Mensajes: 173
• Registrado: octubre 2018.

RE:Agosto es inhábil también para la empresa que tramita las solicitudes?

::: --> Editado el dia : 24/05/2019 15:16:43
::: --> Motivo :

No, es solo para la administración, y que sea inhábil no significa que no se trabaje sino que si hubiese un plazo afectado contaría como periodo inhábil para su cómputo

Franaux

• 24/05/2019 16:06:00.
Mensajes: 71
• Desde: Málaga.
• Registrado: marzo 2018.

RE:Agosto es inhábil también para la empresa que tramita las solicitudes?

Cuanto antes os hagáis a la idea de que el primer examen será en octubre/noviembre mejor.

rectormagnifico

Nunc est bibendum

• 27/05/2019 18:20:00.
Mensajes: 588
• Registrado: junio 2008.

RE:Agosto es inhábil también para la empresa que tramita las solicitudes?

No, la empresa seguirá trabajando pero como el inap estará de vacaciones no saldrá la resolución con la lista provisional de admitidos y excluidos hasta pasado agosto. O sea que en la empresa trabajarán pero para los opositores dará igual.

UnaPlazaParaLaRata

No me vacuné de la rabia.

• 27/05/2019 19:00:00.
Mensajes: 666
• Desde: Albacete.
• Registrado: noviembre 2017.

RE:Agosto es inhábil también para la empresa que tramita las solicitudes?

agosto sin tener ni puñetera idea de fecha va a ser matador

OpositadoQueEsParticipio

• 28/05/2019 4:46:00.
Mensajes: 558
• Registrado: marzo 2018.

RE:Agosto es inhábil también para la empresa que tramita las solicitudes?

Yo esq creo q no hay meses inhábiles

MartyFriedman

• 28/05/2019 10:24:00.
Mensajes: 857
• Registrado: julio 2017.

RE:Agosto es inhábil también para la empresa que tramita las solicitudes?

Es inhábil para la administración por tanto aunque la empresa pueda estar trabajando no van a publicar ningún listado de admitidos hasta septiembre y desde que se publica esa lista hasta el examen suele transcurrir un mes y unos días o aveces incluso más .Por ese motivo para que el examen fuese en septiembre la lista de admitidos la tendrían que sacar en julio y como no saquen la convocatoria esta semana esa posibilidad se complica y mucho .

atopede2018a2020

• 28/05/2019 10:38:00.
Mensajes: 266
• Registrado: mayo 2018.

RE:Agosto es inhábil también para la empresa que tramita las solicitudes?

::: --> Editado el dia : 28/05/2019 10:38:47
::: --> Motivo :

Vamos a ver, agosto no es INHÁBIL para la Administración, solo es INHÁBIL para el cómputo de plazos derivados de los procesos selectivos cuando así lo especifiquen en la propia convocatoria o en una resolución. Ni el INAP se va de vacaciones, ni el Ministerio de Función Pública. Ni por supuesto la empresa que tramita las solicitudes. El único Ministerio que declara agosto como inhábil, creo que es el Ministerio de Justicia cerrando los juzgados durante ese mes.
Hoy mismo han sacado una resolución en el BOE, declarando inhábil agosto para un proceso selectivo:

[--https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2019-7914--]


Dicho esto, la lista de admitidos la pueden publicar perfectamente a finales de agosto, al igual que publicaron en su día las convocatorias de los años 2013 y 2014, el día 28 de agosto.
Otra cosa es, que en cuanto publiquen ese listado, hasta el día 1 de septiembre no empezaría a contar el plazo de 10 días hábiles para subsanarlo.

Creo que se entiende bien cuando dice, "A EFECTOS DE CÓMPUTO DE PLAZOS".

Nova8

• 28/05/2019 14:52:00.
Mensajes: 64
• Registrado: enero 2019.

RE:Agosto es inhábil también para la empresa que tramita las solicitudes?

Te puedo asegurar que no hay ningún juzgado que cuelgue el cartelito de "cerramos en agosto". Otra cosa es, que atendiendo al tipo de juzgado ya sea civil, penal, social etc.se celebren o no juicios.

MartyFriedman

• 28/05/2019 15:02:00.
Mensajes: 857
• Registrado: julio 2017.

RE:Agosto es inhábil también para la empresa que tramita las solicitudes?

Atope te estas contestando a ti mismo en el enlace que pones.Si te fijas en ese enlace pone lo siguiente en el segundo párrafo:

"A la vista de las dificultades que entraña el cumplimiento de los referidos plazos durante el mes de agosto"

Es decir que evidentemente la administración no esta cerrada a cal y canto pero debido a que suele ser el mes en que mas se reduce el personal debido a las vacaciones ,consideran muy complicado poder cumplir los plazo y por eso lo declaran inhábil a tal efecto.Y esto para una oposición que se presentan cuatro gatos imagínate para las nuestras que va a ir todo dios .

Si no la han sacado por temas electorales seguramente esperen a que el tema del contrato este finiquitado,que por otro lado seria lo correcto y así se evitan situaciones rocambolescas como en 2016.

deseoSerFuncionario

• 28/05/2019 16:13:00.
Mensajes: 1022
• Desde: Málaga.
• Registrado: diciembre 2011.

RE:Agosto es inhábil también para la empresa que tramita las solicitudes?

Lo de agosto inhábil lo ponen para el plazo que hay entre convocatoria y examen, que ponen que es de cuatro meses, con agosto serían cinco. Así que este año entre convocatoria y examen no deben pasar más de cinco meses. Si sacan la convocatoria esta semana el examen tendría que ser como muy tarde en octubre.

atopede2018a2020

• 28/05/2019 18:09:00.
Mensajes: 266
• Registrado: mayo 2018.

RE:Agosto es inhábil también para la empresa que tramita las solicitudes?

No, lo de agosto inhábil no lo ponen para el plazo que hay entre convocatoria y examen. Lo pone bien clarito en la convocatoria del 2016 o en las resoluciones que sacan declarándolo como la que puse antes del boe de hoy:


Base 3.7 de la convocatoria del 2016:


3.7 El desarrollo de estos procesos selectivos exige el cumplimiento de determinados
plazos en concordancia con lo establecido en el Reglamento General de Ingreso del
Personal al servicio de la Administración General del Estado, y de Provisión de Puestos de
Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General
del Estado, aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo. A la vista de las
dificultades que entraña el cumplimiento de los referidos plazos durante el mes de agosto,
se declara inhábil dicho mes, a efectos del cómputo de plazos en las pruebas selectivas
de la presente Convocatoria.


No habla para nada del plazo máximo de 4 meses entre convocatoria y examen, ya que ese plazo puede ser ampliado si gustan. Habla del cumplimiento de los plazos exigidos en el RD 364/1995, donde los plazos son estos:

Art. 18 Solicitudes

20 días naturales a partir del siguiente al de publicación de la convocatoria respectiva en el «Boletín Oficial del Estado». (que desde la convocatoria pasada son 20 días hábiles)

Art. 20.8194Listas de admitidos y excluidos.

1. Expirado el plazo de presentación de solicitudes, la autoridad convocante dictará
resolución, en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista de admitidos y
excluidos. En dicha resolución, que deberá publicarse en el «Boletín Oficial del Estado», se
indicarán los lugares en que se encuentran expuestas al público las listas certificadas
completas de aspirantes admitidos y excluidos, señalándose un plazo de diez días hábiles
para subsanación y determinándose el lugar y fecha de comienzo de los ejercicios y, en su
caso, el orden de actuación de los aspirantes.



Esos son los plazos a los que hace referencia esa inhabilitación del mes de agosto. Los plazos de entrega de los listados por parte de la empresa, aquí ni pinchan ni cortan en esa inhabilitación de plazos.
Por tanto, resumiendo tenemos...

20 DÍAS HÁBILES........para solicitudes
1 MES........................ máximo para DICTAR la resolución de admitidos/excluidos provisionales (pero pueden dictarla antes de que se cumpla ese mes y publicarla en BOE al finalizar el mes)
10 DÍAS HÁBILES....... para subsanaciones


Total, que
-Si publicasen la convocatoria a finales de esta semana, cuenta 20 días hábiles + 1 mes = finales de julio, podrían publicar los admitidos, + 10 días hábiles a partir ya del 1 de septiembre.
-Si publicasen la convocatoria la 1ª semana de junio, cuenta 20 días hábiles + 1 mes = principios de septiembre, podrían publicar los admitidos, + 10 días hábiles a partir de esos primeros días de septiembre
-Si publicasen la convocatoria la 2ª semana de junio, cuenta 20 días hábiles + 1 mes = mediados de septiembre, podrían publicar los admitidos, + 10 días hábiles a partir de mediados de septiembre

Así que todo depende más bien, de cuándo publiquen esos listados provisionales en el BOE. Y para que la publiquen en máximo 1 mes, se tienen que cumplir 2 premisas:

1) Que la empresa se de caña en realizar los listados, y no teniendo ya el trámite de tener que pasar esos datos de solicitudes en papel al ordenador, pues algo puede agilizarse. Todo depende de cómo de automatizado tengan ese proceso de generar listados.

2) Que dicten la resolución antes del vencimiento del mes de plazo máximo que tienen, y se publique en BOE 1 semana o así después.

Si no se cumple estas 2 premisas, los plazos seguirán computando ya desde el 1 de septiembre, porque en agosto no contarán.

deseoSerFuncionario

• 29/05/2019 16:08:00.
Mensajes: 1022
• Desde: Málaga.
• Registrado: diciembre 2011.

RE:Agosto es inhábil también para la empresa que tramita las solicitudes?

Justo en el párrafo anterior viene lo de los 4 meses. Entiendo que ese plazo también se ve afectado por la inhabilitación de agosto. Cierto que es para todos los plazos, no solo para el del examen.

3.6 Según lo establecido por la Oferta de Empleo Público de 2016, el primer ejercicio
de la fase de oposición, tendrá que celebrarse en un plazo máximo de cuatro meses,
contados a partir de la publicación de esta convocatoria. Se prevé la finalización de las
fases de oposición de los distintos procesos selectivos, en el mes de abril de 2017. Con el
fin de respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y seguridad jurídica
que deben regir el acceso al empleo público, el Tribunal deberá publicar un cronograma
orientativo con las fechas de realización de las pruebas relativas a este proceso selectivo.

atopede2018a2020

• 29/05/2019 16:57:00.
Mensajes: 266
• Registrado: mayo 2018.

RE:Agosto es inhábil también para la empresa que tramita las solicitudes?

::: --> Editado el dia : 29/05/2019 17:03:29
::: --> Motivo :

Vuelve a leer el punto 3.7 de las bases:

"en concordancia con lo establecido en el Reglamento General de Ingreso..."


¿Dónde indica que sea en concordancia con lo establecido en el punto 3.6 de la convocatoria?.nQue sería el caso que tú indicas. Cada punto de las convocatorias es distinto y regula distintas cosas. Si hiciera referencia al plazo de los 4 meses del punto 3.6, lo especificaría claramente en el punto 3.7.

Y vuelvo a repetirte, ese plazo no se ve afectado por una inhabilitación del mes de agosto, porque ya le ponen que en caso necesario lo podrían ampliar si quisiesen, caiga agosto en ese plazo de 4 meses o no caiga. Pero para los otros plazo, sí tienen que inhabilitar agosto, porque como dicen puede entrañar dificultades el cumplirlos.


Seguro que tienes mucho que decir, te estamos esperando.


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