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FOROS OPOSICIONES FORO Oposiciones Auxiliares Administrativos del Estado
709.293 mensajes • 396.056 usuarios registrados desde el 25/05/2005
• 17/10/2019 10:27:00.
• Mensajes: 82
• Registrado: julio 2018.
El INAP ha impedido que opositores presenten su solicitud, al no disponer de medios electrónicos, ni acceso.
¿Qué normativas y artículos habría incumplido?
¿Que reglamento es el que obliga a presentar solicitudes solo vía telemáticas en las oposiciones de la AGE?
• 17/10/2019 10:34:00.
• Mensajes: 31
• Registrado: abril 2018.
"Infiltrát"??????
• 17/10/2019 10:55:00.
• Mensajes: 93
• Registrado: marzo 2017.
Pues yo entiendo que no se han saltado ninguna ley.
Mirate el articulo 14.3 de la ley 39/2015
Madre mia!! que ganas de tocar los c.....s los dias anteriores al examen...
• 17/10/2019 11:07:00.
• Mensajes: 94
• Registrado: junio 2018.
Veo que no andas muy puesto de cómo hicieron la obligatoriedad esta ni de la ley 39/15. Te lo refresco un poco:
Orden TFP/510/2019, de 30 de abril, por la que se establece la obligatoriedad de la inscripción electrónica en los procesos selectivos para el ingreso o el acceso a los cuerpos o escalas de funcionarios cuya selección corresponde al Ministerio de Política Territorial y Función Pública.
La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece en su artículo 12 la obligación de las Administraciones públicas de garantizar que los interesados puedan relacionarse con la Administración a través de medios electrónicos, poniendo a su disposición los canales de acceso que sean necesarios, así como los sistemas y aplicaciones que en cada caso se determinen.
Igualmente, el artículo 14 de la citada norma regula el derecho y la obligación de relacionarse electrónicamente con las Administraciones públicas, y permite en su apartado 3 establecer reglamentariamente la obligación de relacionarse con la Administración solamente a través de medios electrónicos para determinados procedimientos y para ciertos colectivos de personas físicas que, por razón de su capacidad económica, técnica, dedicación profesional u otros motivos, quede acreditado que tienen acceso y disponibilidad de los medios electrónicos necesarios.
En desarrollo de esta previsión legal, a través de la presente Orden ministerial se establece la obligatoriedad del uso de medios electrónicos en la inscripción de las solicitudes de participación en las convocatorias de procesos selectivos para el ingreso o el acceso a cuerpos o escalas de funcionarios cuya selección corresponde al Ministerio de Política Territorial y Función Pública.
[--https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2019-6789--]
• 17/10/2019 11:08:00.
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• Registrado: julio 2019.
Buuuu.... las preguntas 5 y 6 son calcadas de la 4. Así no se vale :P