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709.308 mensajes • 396.057 usuarios registrados desde el 25/05/2005

elciego87

Más cornás da el hambre

• 10/06/2020 12:19:00.
Mensajes: 50
• Registrado: mayo 2017.

Toma de posesión y embarazo o parto

Buenos días:

¿Alguien sabe que se hace si en el momento de la toma de posesión estás de baja por parto o de baja al final del embarazo? ¿lo retrasan? ¿algún caso que conozcais?

9 RESPUESTAS AL MENSAJE

alderman

• 10/06/2020 14:16:00.
Mensajes: 520
• Desde: Almería.
• Registrado: abril 2020.

RE:Toma de posesión y embarazo o parto

Ni idea, Lo mejor es preguntar en sindicatos o en personal.

Yo tenog entendido que para ser funcionario es condición indispensable tomar posesión y ser nombrado. Pero claro, nuinca he pensado si estas de baja por parto o por riesgo en el embarazo. No sabría decirte.

A lo mejor el acto en sí de toma de posesión se puede realizar y enseguida seguir con la baja y luego excedencia por cuidado de familiar (hijo menor de 3 años). Pero insisito, la verdad es que a mi me pillas en esto.

Un saludo.

granadino78

• 10/06/2020 17:57:00.
Mensajes: 196
• Registrado: noviembre 2019.

RE:Toma de posesión y embarazo o parto

Aunque estés de baja toma posesión... en la subdelegación del gobierno de tu provincia, por ejemplo. Dices que vas a tomar posesión, con tu DNI y un escrito. Pase lo que pase toma posesión... y a partir de ahí ya podrás pedir la baja que te corresponda, el permiso, la excedencia.

Si puedes desplazarte a tu destino mejor. Llega, toma posesión y luego te vas al médico.

elciego87

Más cornás da el hambre

• 16/06/2020 10:42:00.
Mensajes: 50
• Registrado: mayo 2017.

RE:Toma de posesión y embarazo o parto

Muchas gracias a todos por las respuestas. He estado mirando por internet y parece que depende un poco de la administración que sea, hay administraciones que retrasan la toma de posesión (y el sueldo) y otras que tomas posesión y solicitas la baja inmediatamente o algo así. Tendré que comunicarlo antes.

También depende mucho de cuando tomemos posesión. En octubre, noviembre genial, pero si se va a enero...

Estoy en una interinidad así que espero estar de alta en la Seguridad Social.

Un saludo y gracias

Kathiruxia

• 07/08/2020 10:11:00.
Mensajes: 1
• Registrado: agosto 2020.

RE:Toma de posesión y embarazo o parto

Hola soy nueva por aquí y e visto este foro, tengo una gran duda estoy opositando auxiliar administrativo del estado soy ya mamá de un nene de 6 años y no quiero dejar pasar mucho en tener mucho tiempo en tener el segundo, mis dudas son.
Qué pasaría si estoy embarazada en la convocatoria y apruebo?
-mi destino no cambiaría por tener un bebé me podrían mandar a otra ciudad?
- y si al tomar posesión estoy embarazada me tendría que marchar?
-no hay posibilidad de quedarme en mi localidad?
Mi miedo es tener que irme y dejar a un bebé tan pequeño....
Gracias

Cuentando

• 07/08/2020 10:50:00.
Mensajes: 382
• Registrado: mayo 2018.

RE:Toma de posesión y embarazo o parto

Tu destino no depende de tu embarazo ni de tu número de hijos, sino de tu posición en el proceso selectivo (se elije por orden de nota).
Si estas embarazada y no te dan la baja digo yo que tendrás que ir a trabajar.
Si tu hijo es menor de tres años puedes coger una excedencia por cuidado de hijos (existen más tipos de excedencias), se cotiza pero no se cobra.
Échale un vistazo a los destinos ofertados en las últimas convocatorias.

rakarth

• 07/08/2020 11:17:00.
Mensajes: 65
• Registrado: abril 2020.

RE:Toma de posesión y embarazo o parto

Kathiruxia si no quieres cambiar de localidad, salvo que seas de madrid o barcelona, prerara oposiciones locales

Tarahumara

• 07/08/2020 11:44:00.
Mensajes: 104
• Registrado: octubre 2019.

RE:Toma de posesión y embarazo o parto

Y el bebé te lo puedes llevar contigo.

alderman

• 07/08/2020 15:50:00.
Mensajes: 520
• Desde: Almería.
• Registrado: abril 2020.

RE:Toma de posesión y embarazo o parto

::: --> Editado el dia : 07/08/2020 15:50:53
::: --> Motivo :

No estoy de acuerdo Rekarth. Puede sacarse las que quiera si tiene capacidad económica para pedir la excedencia por cuidado de familiar, en este caso menor de 3 años.

A diferencia de otras excedencias donde además de no cobrar ni trabajar no computa para nada (por ejemplo excedencia por agrupación familiar por ser pareja de un/a funcionario/a) la excedencia por cuidado de familiar computa a efectos de trienios, antigüedad, régimen de la Seguridad Social, etc. Solo que no se trabaja y no se cobra... es decir... EXCEDENCIA, pero con una condiciones muy favorables en comparación de otras.

No se si ella esta casada, vive con su pareja, si su pareja tiene o no trabajo... Eso ya lo tendría que estudiar ella con calma y detalle. Pero claro que puede sacarse las oposiciones que quiera.

Un saludo.

rakarth

• 07/08/2020 16:39:00.
Mensajes: 65
• Registrado: abril 2020.

RE:Toma de posesión y embarazo o parto

alderman tu te vas por los cerros de ubeda, ya estas liando todo con hipotesis, excedencias etc. (y me alegro por ti que te sepas la leccion) que yo sepa esta chica pregunta por la posibilidad de quedarse en su localidad recien sacada la oposicion, y salvo que sea de madrid o barcelona, o quede de las primerísimas de la lista, la respuesta es NO. que en unos años pueda volver? evidentemente, es lo que queremos todos, pero reitero, esa no fue la pregunta.
Mi consejo es que si quiere sacar la oposicion para trabajar ya (y no en unos años como tu bien nos has deleitado con tu sabiduria) mi recomendación es que saque oposiciones locales o de la diputacion (o autonomica si vive en comunidad pequeña)


Seguro que tienes mucho que decir, te estamos esperando.


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