Inicia sesión
FOROS OPOSICIONES FORO Oposiciones Auxiliares Administrativos del Estado
709.275 mensajes • 396.053 usuarios registrados desde el 25/05/2005
• 17/07/2020 12:21:00.
• No registrado.
• 17/07/2020 18:12:00.
• Mensajes: 196
• Registrado: noviembre 2019.
Es curioso el caso... un funcionario de carrera pide excedencia para ir a un puesto como funcionario interino...
La voluntaria por interés particular es la única que se me ocurre... como también la renuncia a la condición de funcionario.
Lo "normal" es que no haya facilidades para que un funcionario de carrera pase a lo que "de verdad" debería ser una interinidad... porque los cuatro supuestos de interinidades están muy claros.
Otra cosa diferentes es la provisión de puestos de trabajo dentro de la administración... pero para mí es un poco retorcido que un funcionario de carrera pida una excedencia para cubrir una interinidad... pero como se incumple constantemente la ley con los interinos... pues igual interesa.
• 17/07/2020 20:41:00.
• Mensajes: 61
• Registrado: julio 2019.
Yo pensaba que si tenías plaza fija, eres funcionario de carrera, no te podían llamar de otra administración diferente. ¿ Te llaman? ¿Te saltan????????
::: --> Editado el dia : 17/07/2020 20:43:58
::: --> Motivo :
Eo Ipso Pues tal cual lo has dicho, mínimo 5 añitos en el puesto y luego no puedes volver hasta que pasen 2, no compensa mucho ese plan. Cuando lleves 5 años lo más normal será que te enfoques en concursar para volver a tu tierra... pero oye, allá cada uno con sus cosas
Edito: lobuenonuncafue Hasta donde yo sé de otra AAPP si te pueden llamar... no lo he vivido yo pero si una compañera
• 18/07/2020 22:14:00.
• Mensajes: 1123
• Registrado: marzo 2011.
Excedencia voluntaria por interés particular no, pero posiblemente si pueda solicitar una excedencia por incompatibilidad.
Esta no se recoge en el TREBEP, sino en la, ley de incompatibilidades de 1984
• 19/07/2020 10:39:00.
• Mensajes: 196
• Registrado: noviembre 2019.
Cuando has obtenido por oposición o concurso-oposición dos plazas en la administración pública, la ley de incompatibilidades te impide desarrollar las dos, así que eliges una y en la otra estás en excedencia por incompatibiidad.
La duda es cuando en una la plaza la has obtenido y eres funcionario de carrera... y en la otra funcionario interino... puede ser que, al igual que en supuesto anterior, cuando tomes posesión como funcionario interino, quedes en excedencia por incompatibilidad en la de funcionario de carrera... pero yo antes de hacer eso me enteraría muy bien de todo... no vaya a ser que metamos la pata.