Inicia sesión
FOROS OPOSICIONES FORO Oposiciones Auxiliares Administrativos del Estado
709.293 mensajes • 396.056 usuarios registrados desde el 25/05/2005
• 15/02/2022 2:13:00.
• Mensajes: 4
• Registrado: febrero 2009.
Hola:
PREGUNTA 19. A tenor de lo dispuesto en la Ley 29/1998, el plazo par interponer el recurso contencioso -administrativo será:
a) Dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación de la disposición impugnada o al de la notificación o `publicación del acto expreso que ponga fin a la vía administrativa, o desde el día siguiente a aquel en que , de acuerdo con su normativa especifica, se produzca el acto presunto.
b)Dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación de la disposición impugnada o al de la notificación o publicación del acto que ponga fin a la vía administrativa, si fuera expreso.
c) TRes meses contados a partir del siga siguiente a aquel en que, de acuerdo con su normativa especifica, se produzca el acto presunto.
d) SEis meses contados desde el día siguiente al de la publicación de la disposición impugnada o al de la notificación o publicación del acto que ponga fin a la vía administrativa, si fuera expreso.
Aqui han dado como correcta la respuesta B. Yo puse como correcta la respuesta A basandome que como las dos respuestas A y B están incompletas cuando este sucede siempre hay que decantarse por la más completa que a mi juicio es la A aunque le falte la coletilla de que se produzca el plazo presunto dentro de los seis meses a partir del día siguiente en que de acuerdo con su normativa aespecica se produzca el acto presunto.
Ya que las dos respuestas son desde mi juicio incompletas, la respuesta A es la más completa no? Se podria impugnar??
Gracias
PREGUNTA 19. A tenor de lo dispuesto en la Ley 29/1998, el plazo par interponer el recurso contencioso -administrativo será:
a) Dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación de la disposición impugnada o al de la notificación o `publicación del acto expreso que ponga fin a la vía administrativa, o desde el día siguiente a aquel en que , de acuerdo con su normativa especifica, se produzca el acto presunto.
b)Dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación de la disposición impugnada o al de la notificación o publicación del acto que ponga fin a la vía administrativa, si fuera expreso.
c) TRes meses contados a partir del siga siguiente a aquel en que, de acuerdo con su normativa especifica, se produzca el acto presunto.
d) SEis meses contados desde el día siguiente al de la publicación de la disposición impugnada o al de la notificación o publicación del acto que ponga fin a la vía administrativa, si fuera expreso.
Aqui han dado como correcta la respuesta B. Yo puse como correcta la respuesta A basandome que como las dos respuestas A y B están incompletas cuando este sucede siempre hay que decantarse por la más completa que a mi juicio es la A aunque le falte la coletilla de que se produzca el plazo presunto dentro de los seis meses a partir del día siguiente en que de acuerdo con su normativa aespecica se produzca el acto presunto.
Ya que las dos respuestas son desde mi juicio incompletas la respuesta A es la más completa no? Se podria impugnar??
Gracias
• 15/02/2022 3:45:00.
• Mensajes: 13
• Registrado: marzo 2013.
La A está mal porque de ser presunto el acto, el plazo son seis meses