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FOROS OPOSICIONES FORO Oposiciones Auxiliares de la Comunidad Autonoma de Madrid
709.308 mensajes • 396.057 usuarios registrados desde el 25/05/2005
• 22/01/2013 13:55:00.
• Mensajes: 8
• Registrado: abril 2008.
Hola. Estoy en un cole. Me quedaban unos días de vacaciones y al decir que los tenía que gastar antes del 31 me han planteado que cómo iba lo de los días no lectivos para nosotros, aludiendo aldía 28 de enero. ( hasta hoy me han dado vacaciones sin problemas e incluso los moscosos). Les digo que cómo voy a venir a trabajar si el centro cierra y me dicen que que abren el centro para mí y el conserje para venir a trabajar. Yo les he dicho que tenía entendido que no puedo estar sola que tiene que estar alguno de ellos conmigo y me dicen que no. que basta con el conserje. Acra, por fa, eso es así. al final el 28 me lo cojo como vacaciones. o sea que me birlan un día
En este primer semestre del año hasta el 15 de julio cuantos dias de vacaciones tenemos que cogernos y cuantos netos nos quedan despues de las vacaciones de semana santa puestes etc...
Alguien lo sabe??? me gustaria hacer planes y saber con que cuento¡¡¡
Charo
• 22/01/2013 18:17:00.
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• Registrado: enero 2012.
Desde enero hasta el 15 de julio son 12 días de vacaciones y 2 moscosos.
Luego depende de cada centro los que te descuente por las vacaciones, puentes....
• 22/01/2013 18:48:00.
• Mensajes: 242
• Registrado: noviembre 2008.
Ojo con el descuento de días no lectivos sobre las vacaciones, sobre todo porque tal y como se indica en el Acuerdo Sectorial, las vacaciones tienen que disfrutarse entre junio y septiembre, pudiéndose únicamente dejar cinco días para otro período del año y que deben de solicitarse seguidos al no poderse solicitar de manera individual. Esto es válido para los que no tenemos un nombramiento por curso completo. En el resto de los casos no hay nada que indique que se deban acumular ni que estén obligados a disfrutarlos en unas fechas concretas, precisamente porque al ser vacaciones únicamente se pueden denegar por necesidades del servicio pero no se puede indicar al funcionario cuándo debe pedirlas en concreto sino que se debe establecer un calendario de vacaciones para todo el personal que allí trabaje y que debe de ser conocido con antelación. Un ejemplo: en un servicio de una consejería con atención al público hay 5 funcionarios y todos quieren irse la segunda 15 de julio, el responsable del servicio hará un cuadrante en el que se indiquen qué períodos se pueden solicitar entre julio y agosto. Luego los funcionarios se adecuarán a esas fechas para solicitarlas dentro de esos meses poniéndose de acuerdo entre ellos. Es parecido a lo que se hace en la empresa privada.
Os pongo lo que figura en el Acuerdo Sectorial sobre las vacaciones
Art. 18, 5º) VACACIONES ANUALES.
a) Los funcionarios tendrán derecho al disfrute en concepto de vacaciones anuales de un mes natural ó 30 días naturales de tomarse en un periodo comprendido entre dos meses. Los funcionarios interinos disfrutarán la parte proporcional de vacaciones correspondiente al tiempo trabajado.
b) Las vacaciones anuales se disfrutarán en el periodo comprendido entre el 1 de julio y el 30 de septiembre. Se excluyen de este periodo aquellos centros u órganos cuya actividad se desarrolle esencialmente en ese periodo (Centros Deportivos, de actividades turísticas o veraniegas y similares, actividades de temporada).
c) Los funcionarios podrán disfrutar una semana de las vacaciones fuera del periodo establecido en este apartado, previa solicitud y condicionado a las necesidades del servicio.
d) En los centros en que la actividad y necesidades sean similares a lo largo de todo el año, las partes planificarán los turnos de vacaciones de forma que quede garantizada la atención y servicios adecuados.
e) La maternidad que tenga lugar una vez iniciado el periodo vacacional que corresponda y durante su disfrute, dará lugar a la interrupción del mismo, continuándose el disfrute de las vacaciones en las fechas inmediatas consecutivas a la finalización del permiso por maternidad.
f) En aquellos centros de trabajo en los que la organización de los servicios lo permita, en los calendarios laborales se podrá acordar un régimen de disfrute de las vacaciones anuales diferente al anteriormente expuesto, conforme a los siguientes criterios:
• La duración será de un mes natural o de 23 días hábiles por año completo de servicio, o del tiempo proporcional correspondiente a los servicios efectivamente prestados.
• Los periodos mínimos de disfrute de vacaciones serán de siete días naturales consecutivos o de 5 días hábiles consecutivos, siempre que los correspondientes periodos vacacionales sean compatibles con las necesidades del servicio. A estos efectos, los sábados no serán considerados hábiles, salvo que, por el tipo de jornada, corresponda trabajar, en cuyo caso, el calendario laboral podrá establecer otra cosa.
• Las vacaciones anuales se podrán disfrutar, a solicitud del funcionario y previa autorización de la respectiva Unidad de Personal, a lo largo de todo el año natural y hasta el 31 de enero del año siguiente.
De todas maneras como este es un tema polémico voy a ver si me informo o busco normativa que impida el que detraígan días de asuntos particulares o vacacionales de manera arbitraria y sin fundamentación jurídica.
Salud
• 23/01/2013 12:08:00.
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• Registrado: marzo 2008.
::: --> Editado el dia : 23/01/2013 12:12:09
::: --> Motivo :
::: -- Editado el dia : 23/01/2013 12:09:48
::: -- Motivo :
De verdad que es FLIPANTE la panda que ronda por los colegios en algunos equipos directivos. QUE MAS LE DARA A TU DIRECTOR que vayas el dia 28 o que no vayas! JODER QUE ES QUE PARECE QUE TU SUELDO SALE DE SU BOLSILLO. El pasara el finde-puente en su pueblo o donde le venga en gana y que saca en claro haciendote ir a ti y al conserje al colegio! Si es que hablando alto y claro A EL TENIA QUE SUDARSELA. Recuerdale que el no se rige por ningun super estatus quo y que tiene 1 mes de vacaciones como todo funcionario (asique el dia 28 tambien se lo descontamos a el verdad?) otra cosa es que la DAT pase y no les haga currar en julio (cosa que antes o despues se la van a poner asique que se vaya haciendo a la idea)
Yo le diria, CON TODO EL MORRO, que igual que en julio estas a disposicion de la DAT y que sino te llaman pues te vas de puente, como su majestad el rey director del centro.
Me hierve la sangre!!! gracias a dios que mis directores, hasta dia de hoy, son personas racionales y buena gente y todas estas barrabasadas ni se les pasa por la cabeza, es mas, cuando vienen de reuniones me cuentan muchas historias que poneis vosotros aqui en los foros, ellos sonrien y se descojonan en su cara haciendoles ver lo malas personas y compañeros de trabajo que son mientras los DIRECTORES-DICTADORES se les quedan mirando preguntandose:"¿ah pero es que tu a tu auxiliar no le haces eso?"
Un saludo
• 23/01/2013 16:13:00.
• Mensajes: 242
• Registrado: junio 2005.
Para algunos directores, el auxiliar es como un criado que les pone la DAT y entonces se creen señoritos de otras épocas.
• 23/01/2013 16:15:00.
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• Registrado: junio 2008.
pepeje pues disfruta tu mientras puedas, pero ya te digo que directores como el tuyo quedan pocos,,, y es más hoy me han comentado la posibilidad de que tengamos que venir aqui todos los dias no lectivos (como por ejemplo el 28 de enero, el 3 de mayo, o los dias no lectivos de semana santa y navidad), y que han tenido o iban a tener una reunion los directores para tratar este asunto,,,asi que me temo que en muchos centros se va aplicar esta medida de abrir los dias no lectivos, y que solo el centro estuviera abierto para el auxiliar y el conserje,,,vamos una cabronada,,,
Lo que yo no entiendo y a fecha de hoy nadie me ha sabido responder,,,es por qué en algunos en algunos centros no se hacen aun las 7 horas y media y en otros sí,,,que criterios hay? que te toque un director cabroncete o uno enrollado? al igual que porque en algunos centros se va a tener que trabajar los dias no lectivos y en otros centros no? o por qué en algunos centros se pueden coger los moscosos y en otros no?
vamos que todo esto debería estar más claro y ser todo más homogéneo, y si la explicación es que todo depende del director,,,es para mear y no echar gota,,,
Ejemplo muy claro y flagrante: cuando ZP bajó el sueldo del 5% a los funcionarios,,,imaginaros que pensariais que en algunos centros si se aplicara la medida de reducción del 5% a todos los empleados y en otros centros no se aplicara,,,y la explicación fuera que es el que el director es muy majo y muy enrollado en esos centros donde no se aplicara la reducción,,,
saludos
• 23/01/2013 17:44:00.
• Mensajes: 23
• Registrado: marzo 2010.
::: --> Editado el dia : 23/01/2013 17:45:14
::: --> Motivo :
Pues en el IES que me ha tocado este año, sí trabajamos los NO lectivos. Y mis compañeras están en Agosto, semana santa (Exceptuando los festivos, etc)
Y cumplimos el horario, debemos ser las más tontas de la cam, eso si, nos llevamos muy muy bien y nos lo pasamos de lo lindo.
Ante todo hay que disfrutar, je je
• 24/01/2013 9:29:00.
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• Registrado: abril 2008.
Hola de nuevo. Lo más flipante de todo el tema del día 28 es que posteriormente me entero de que el conserje no tiene pensado venir ese día a currar. Vamos que tiene muy claro que es no lectivo. O sea que me la han colado. No sé que habrá pasado para el cambio de actitud en el cole porque hasta finales de diciembre jamás me han descontado nada.
Sobre el tema de cumplir el horario yo soy de las pringadas que se reduce jornada por tener niños peques con el descuento de sueldo.............y luego en otros sitios se trabajan menos horas de las que hago yo con reducción incluida. Está claro que depende de los dires...................es una clara discriminación tanto un tema como otro
• 24/01/2013 9:39:00.
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• Registrado: junio 2005.
Pues si no va a ir ni el conserje está clara la cosa.
Lo que no sé es qué pretenden que hagáis un día no lectivo en un colegio. Si el centro es grande hay trabajo pero nada que no se pueda hacer en la jornada normal sin tener que ir esos días. ¿Y cómo os controlan? ¿Fichais en SICE?
• 24/01/2013 11:33:00.
• Mensajes: 8
• Registrado: abril 2008.
Pues no fichamos. Yo lo preferiría para evitar comentarios del tipo : llega la hora y es que sale corriendo..........
Acabo de hablar con el conserje y me dice que no piensa venir y que a las malas se pilla un moscoso.
Yo llevo mi trabajo al día así que no sé que pretendían que hiciera aquí sola toda la mañana.
• 24/01/2013 11:37:00.
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• Registrado: junio 2008.
si si Javidel,,,aquí está todo muy claro,,,faltaría más,,,pero no me queda más remedio que darle la razón a maripi2,,,
• 24/01/2013 12:09:00.
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• Registrado: noviembre 2008.
::: --> Editado el dia : 24/01/2013 12:12:40
::: --> Motivo :
El problema es que la DG de RRHH no entra a regular la situación y permite que cada director se sienta el dueño del cortijo. Sólo cuando alguien reclama directamente alegando sus derechos, la cosa se tambalea un poco. ¿Por qué os creéis si no que es posible el que a muchos auxiliares administrativos en colegios les hayan colado de rondón lo de la jornada escolar cuando ese turno no existe porque en la Comunidad sólo hay turno de mañana, tarde o noche? Pues la respuesta es muy sencilla, mientras el funcionario no se enter de su derecho y no diga nada, dejamos que el director del centro haga y deshaga, ahora bien y nos libramos de tener que solucionar problemas.
Es una lástima que no tengamos un calendario laboral como las escuelas infantiles, donde todo está tan bien regulado que es imposible que un director haga lo que le apetezca y que se den situaciones como las que contáis: en los coles a cumplir el horario a rajatabla como norma (yo también tengo reducida la jornada y el salario en dos horas para poder atender a mi hijo), en los IES lo habitual era que hiciesen unas 6 horas, actualmente unos con el incremento de la media hora, otros no, unos fichan con reloj, otros no... Así nos luce el pelo.
Salud
• 24/01/2013 12:12:00.
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• Registrado: junio 2005.
La verdad es que es una guarrada que os hagan ir el lunes.
Yo curro también en un cole y no se abre ni en Navidades, ni festivos ni no lectivos. Y no se ficha.
Me parece un despropósito la no unificación de criterios, se debería de fichar telemáticamente en TODOS los sitios, y tener todo el mundo los mismos derechos.
Tengo una pregunta para todos/as:
En vuestros centros se tratan las altas y bajas por enfermedades comunes de la misma forma para los directivos, los demás profes y el personal laboral??
Si un profe necesita que le cubran un día porque tenga que ir a buscar al niño por enfermedad y se le cubre por ser afines, y en cambio a profes no afines a la dirección no se les hace lo mismo.... eso se puede reclamar de alguna manera??? Es normal???
Gracias!
• 24/01/2013 12:17:00.
• Mensajes: 242
• Registrado: noviembre 2008.
Pues desgraciadamente eso también depende mucho de cómo sea el equipo directivo. En mi colegio siempre se nos ha tratado por igual al profesorado y a mí (las ausencias del conserje no se intruducen en el SICE), ahora bien, en el caso del equipo directivo había una cierta manga ancha...
En el caso que describes, la única posibilidad de denuncia es que el resto de los profesores enviasen un escrito a la inspección firmado por todos los afectados en que se indicase esa forma arbitaria de actuar y ya sería el inspector el encargado de llamar a capítulo al equipo directivo.
Salud
• 24/01/2013 12:22:00.
• Mensajes: 126
• Desde: Madrid.
• Registrado: junio 2005.
A mí no me afecta en sí, lo único que me cuentan casos y no puedo evitar ponerme de una mala hostia increíble...no soporto los favoritismos ni mamoneos.
Gracias Acra13 :-)
• 24/01/2013 13:26:00.
• Mensajes: 62
• Registrado: marzo 2008.
pues tu misma pero si el conserje no piensa ir yo me plantaba y decia que entre mis obligaciones no esta abrir, custodiar y cerrar un edificio publico. Imaginate que llegan 4 gamberros y saltan la valla y estas tu sola y empiezan a tirar piedras a los cristales y lo rompen.
Como te han dicho llama a la dat a rrhh o inspeccion y que pongan orden porque los mayorales son para los cortijos campestres no de ciudad.
Un saludo
• 24/01/2013 13:51:00.
• Mensajes: 8
• Registrado: abril 2008.
Pues finalmente "me veo obligada" a cogermelo de vacaciones. He transigido, NO TENGO GANAS DE MOVIDAS, el problema es que vienen muchos no lectivos hasta junio. Lo que me fastidia es por qué hasta ahora no me lo han hecho y tras las navidades sí.
• 24/01/2013 16:13:00.
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• Registrado: noviembre 2006.
Hola
Para Acra o quien pueda aclararme algo.
Soy funcionaria interina en educación, y estoy en un CTIF (Centro Territorial de Innovación y Tecnología). Impartimos cursos para los maestros en activo.
Los asesores y el equipo directivo no van a trabajar navidades, semana santa, puentes... pero al personal de administración nos hacen ir (unas veces abrimos solo de mañana, otras todo el día, con menos horas...vamos, según les venga en ganas unos días antes de la fecha señalada).
El centro cierra en agosto y nos obligan a cogerlas en ese mes, porque alegan que somos un centro educativo, pero para otras cuestiones no somos un centro educativo.
¿Hay alguna forma de saber como nos regimos, si como centro educativo o no?
¿Habría alguna diferencia a la hora de que tuvieran que venir también los días no lectivos a trabajar el equipo directivo?
También en cuestión de horario y faltas de menos de 3 días, no es igual para los maestros que para el resto de personal.
Muchas gracias por cualquier aclaración.
• 24/01/2013 21:29:00.
• Mensajes: 242
• Registrado: noviembre 2008.
Veamos: sobre el tema de los centros educativos no hay nada que justifique el que os obligen a coger las vacaciones en agosto y tampoco puede afectaros en todo aquello que está regulado en el Acuerdo Sectorial. Todo el personal funcionario perteneciente a la Administración General, siempre que no exista un calendario laboral para el sector, como ocurre con las escuelas infantiles, se rige por el Acuerdo con independencia de que estés en servicios centrales (consejería, DAT en nuestro caso, o en un centro educativo). Por ello podemos solicitar las vacaciones al igual que el resto de los funcionarios, es decir, entre julio y septiembre, dejando una semana para disfrutarla en cualquier otra ocasión. Si te fijas queda bien claro en el artículo del mismo que te copio:
Art. 18, 5º) VACACIONES ANUALES.
a) Los funcionarios tendrán derecho al disfrute en concepto de vacaciones anuales de un mes natural ó 30 días naturales de tomarse en un periodo comprendido entre dos meses. Los funcionarios interinos disfrutarán la parte proporcional de vacaciones correspondiente al tiempo trabajado.
b) Las vacaciones anuales se disfrutarán en el periodo comprendido entre el 1 de julio y el 30 de septiembre. Se excluyen de este periodo aquellos centros u órganos cuya actividad se desarrolle esencialmente en ese periodo (Centros Deportivos, de actividades turísticas o veraniegas y similares, actividades de temporada).
c) Los funcionarios podrán disfrutar una semana de las vacaciones fuera del periodo establecido en este apartado, previa solicitud y condicionado a las necesidades del servicio.
d) En los centros en que la actividad y necesidades sean similares a lo largo de todo el año, las partes planificarán los turnos de vacaciones de forma que quede garantizada la atención y servicios adecuados.
e) La maternidad que tenga lugar una vez iniciado el periodo vacacional que corresponda y durante su disfrute, dará lugar a la interrupción del mismo, continuándose el disfrute de las vacaciones en las fechas inmediatas consecutivas a la finalización del permiso por maternidad.
f) En aquellos centros de trabajo en los que la organización de los servicios lo permita, en los calendarios laborales se podrá acordar un régimen de disfrute de las vacaciones anuales diferente al anteriormente expuesto, conforme a los siguientes criterios:
• La duración será de un mes natural o de 23 días hábiles por año completo de servicio, o del tiempo proporcional correspondiente a los servicios efectivamente prestados.
• Los periodos mínimos de disfrute de vacaciones serán de siete días naturales consecutivos o de 5 días hábiles consecutivos, siempre que los correspondientes periodos vacacionales sean compatibles con las necesidades del servicio. A estos efectos, los sábados no serán considerados hábiles, salvo que, por el tipo de jornada, corresponda trabajar, en cuyo caso, el calendario laboral podrá establecer otra cosa.
• Las vacaciones anuales se podrán disfrutar, a solicitud del funcionario y previa autorización de la respectiva Unidad de Personal, a lo largo de todo el año natural y hasta el 31 de enero del año siguiente.
Como verás sólo hay una excepeción en el apartado b) y que no nos afecta porque sólo se refiere a aquellos que prestan actividades en esos meses, caso de los "Centros Deportivos, de actividades turísticas o veraniegas y similares, actividades de temporada", lo que no es de aplicación a los centros educativos, sean estos de primaria, secundaria, ciclos, idiomas o CTIF.
Así que os recomiendo que os saquéis una copia del Acuerdo y se lo paséis al equipo directivo para que vean cuál es la normativa por la que os regís y si hay personal laboral que les lleve el convenio colectivo para que lo tengan también.
Sobre los días no lectivos, salvo en el caso de las escuelas oficiales de idiomas, donde sí hay una regulación al respecto, los equipos directivos de los centros educativos no tienen por qué estar allí presentes sino localizables para si surge cualquier incidencia personarse en el recinto, por lo que pueden ausentarse durante esos períodos. Para nosotros son días laborables y el auxiliar de control debe estar para abrir y cerrar el centro dentro de su turno (mañana o tarde)
Respecto al horario: los profesores, y el equipo directivo y los asesores lo constituyen docentes, tienen x horas de obligada permanencia en el centro (6 posiblemente en el caso de los CTIF) y el resto, hasta completar las 37,5 horas semanales fuera del mismo, para corregir exámenes, preparar clases, etc. Los profesores se encuentran también sujetos a ese horario a no ser que estén nombrados por jornada parcial, que puede ser de un tercio de jornada o de media, por lo que puede ocurrir que haya profes que no lleguen a estar las seis hora o que no vayan todos los días.
En el tema de las ausencias menores de 3 días: si están adscritos al régimen de MUFACE, pueden presentar un justificante médico en lugar del parte de baja, porque MUFACE no los da hasta el cuarto día, pero tienen el mismo descuento que nosotros: 50% de salario desde el primer día hasta el cuarto. Sus faltas se deben meter en la aplicación informática que manejéis y enviarse a inspección como en todos los centros educativos, de no hacerlo están incurriendo en una irregularidad que de ser conocida por la inspección puede acarrear una sanción.
Vuelvo a deciros que os bajéis el Acuerdo, es utilísimo tenerlo a mano para defender nuestros derechos y para que, en el caso de que haya una divergencia se aclaren los temas de manera correcta, sobre todo cuando el manual de permisos y licencias no es más que una guía orientativa y tiene errores que contradicen lo que está regulado normativamente por el Acuerdo Sectorial.
Te pongo el enlace
[--http://www.madrid.org/funcion_publica/normativa/ac...opia%281%29.htm--]
Salud
• 25/01/2013 9:31:00.
• Mensajes: 1
• Registrado: octubre 2012.
Pues en mi cole, cuando la dirección vea que arriba pone acuerdo... entre los años 2004 a 2007, seguro que dice que ya no vale.
No sabéis que incompetentes son.
• 25/01/2013 9:40:00.
• Mensajes: 242
• Registrado: noviembre 2008.
Pues demostrarán una gran ignorancia, porque está en ultractividad, como el que tienen ellos comprendía el período 2006-2009 y también está vigente por el mismo concepto. Os pongo el enlace del suyo para que lo podáis ver
[--http://www.madrid.org/wleg/servlet/Servidor?opcion...=4147cdestado=P--]
Salud
• 25/01/2013 16:09:00.
• Mensajes: 15
• Registrado: noviembre 2006.
Muchas gracias Acra
• 25/01/2013 22:13:00.
• Mensajes: 6
• Registrado: octubre 2006.
Hola compañer@s,
Ante la falta de unificación para todos nuestros asuntos y sobre todo por el clasismo recalcitrante de la gran mayoría de los equipos directivos, propongo que, tod@s aquell@s que tengan que ir a trabajar en un día no lectivo y ya que los miembros de los mencionados equipos no tiene que estar presente durante nuestra jornada laboral. llamen a sus directores/as, jefes/as de estudio y secretari@s con cualquier excusa importante, para que tengan que personarse en algún momento de nuestra jornada, verás que pronto se les acaba la "idiotez". Ejemplo: han intentado saltar la vaya un grupo de chavales/as y estáis cagados de miedo. Otro, me he desmayado me voy inmediatamente al médico y dejo esto tal cual, alguien tendrá que cerrar mi ordenador los archivos, etc. (entiendo que esto no puede hacerlo de ninguna manera el conserje) y además si te dicen que no van, directamente se llama a la DAT corespondiente y se explica la situación. Seguro que a vosotr@s se os ocurren muchísimas más situaciones por las que tendrían que ir algun@ de los 3 integrantes del "equipo". Creo compis que está en nuestras manos cambiar su forma de valorarnos. Salud.