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709.308 mensajes • 396.057 usuarios registrados desde el 25/05/2005

CANGREJA

ES MI SIGNO, PERO INTENTO IR HACIA DELANTE

• 03/10/2017 13:42:00.
Mensajes: 6
• Registrado: julio 2007.

AUXILIARES EN COLEGIOS Y COMEDOR ESCOLAR

¡Buenos días!: Después de muchos años en un Centro al venir un nuevo equipo directivo me están "calentando" con lo de comedor y ya estoy harta. Quiero decirles ,con reglamento o normativa en mano, que si no tenemos más de 300 comensales no es mi trabajo. Antes lo hacía porque era mutua la confianza y buen ambiente. Pero ya no. ¿Alguien sabe dónde puedo encontrar donde dice eso del número de comensales?. Muchas gracias y saludos.

4 RESPUESTAS AL MENSAJE

agapimu

Sonrie, vale la pena ser feliz

• 03/10/2017 21:49:00.
Mensajes: 24
• Registrado: febrero 2013.

RE:AUXILIARES EN COLEGIOS Y COMEDOR ESCOLAR

Hola Cangreja, te copio lo que respondió Acra a otra compañera sobre el tema. La respuesta es del año 2015, pero me imagino que la normativa seguirá vigente. Espero que te sirva de ayuda.

Conocida la problemática que se genera en el tema de la gestión de los comedores en los centros educativos de infantil y primaria, hemos considerado conveniente informar sobre lo que la normativa dice acerca de los mismos en ese aspecto.
Tal y como se recoge en la ORDEN 917/2002, de 14 de marzo, de la Consejería de Educación, por la que se regulan los comedores colectivos escolares en los centros docentes públicos no universitarios de la Comunidad de Madrid (BOCM de 2 de abril del 2002), la organización, coordinación y seguimiento del servicio de comedor escolar es competencia del Consejo Escolar, Director, Jefe de Estudios y Secretario del centro (art. 8), siendo obligatoria la presencia de uno de los miembros del equipo directivo durante la prestación de dicho servicio de comedor.
También se recoge en el mismo artículo, la posibilidad de que, en los centros educativos con más de trescientos comensales, el Consejo Escolar designe un funcionario del centro como apoyo (ORDEN 3028/2005, BOCM de 16 de junio de 2005) a propuesta del Director para “tareas de programación, desarrollo, seguimiento y evaluación del servicio”, siendo competencias de dicho funcionario:
a) Colaborar en la elaboración, desarrollo, seguimiento y evaluación del programa anual del servicio de comedor.
b) Colaborar en la supervisión de las actividades de atención educativa del alumnado.
c) Apoyo en la gestión y coordinación del servicio de comedor.
Los miembros del equipo directivo así como, en su caso, el funcionario de apoyo tendrán derecho a una gratificación por servicios extraordinarios a abonar por una sola vez en cada ejercicio económico o en los plazos que se fijen por la Dirección General de Recursos Humanos, de acuerdo con los días de prestación efectiva del servicio. Esta gratificación no originará ningún derecho de tipo individual respecto a ejercicios posteriores. La gratificación experimentará anualmente la misma variación que el de las retribuciones del personal docente. (ORDEN 9954/2012, de 30 de agosto, por la que se modifica la Orden 917/2002, de 14 de marzo, de la Consejería de Educación, por la que se regulan los comedores colectivos escolares en los centros docentes públicos no universitarios de la Comunidad de Madrid).

Según se desprende de la normativa de la Comunidad relacionada con la gestión de los comedores escolares, únicamente deben asumir tareas relacionadas con este servicio aquel personal de administración que haya sido designado como funcionario de apoyo por el Consejo Escolar. En el resto de los casos, el personal funcionario de las secretarías de centros docentes debe limitarse a actualizar los datos de los comensales en el SICE, ya que toda función fuera de ese cometido excede el ámbito de sus competencias.
Aquellos funcionarios en centros educativos que estén asumiendo funciones de gestión del comedor ajenas a las propias del puesto desempeñado en cuyos centros haya más de trescientos comensales, deberían solicitar al director del centro que presente al Consejo Escolar propuesta de su designación como funcionario de apoyo en la gestión del comedor para que se les abone la gratificación que recoge la orden anteriormente citada.
En el supuesto de que no hubiese ese número de comensales, el funcionario podrá negarse a seguir realizando o a asumir una función que no está recogida dentro de sus funciones tal y como se desprende de la norma que regula la gestión de los comedores escolares. Para ello el procedimiento a seguir sería:
1. Presentar por registro un escrito dirigido al Jefe de Personal no Docente de la Dirección de Área Territorial correspondiente en el que se indique que se deja de realizar o que no se van a asumir dichas funciones propias de la gestión del comedor al amparo de la normativa que regula su funcionamiento (ver modelo adjunto).
2. Pasar por el registro del centro educativo, fotocopia de la copia registrada para que conste en los archivos del mismo y para conocimiento del equipo directivo.

D/Dª ,funcionario del cuerpo de la Administración General de la Comuni-dad de Madrid, con destino en el cen-tro……………………………………………………………, adscrito a la Dirección de Área Territorial……………………………, con domicilio a efecto de notifica-ción………………………………………….

Expone
Que el equipo directivo le ha delegado funciones de gestión del comedor escolar pro-pias del equipo directivo y que exceden el ámbito de sus competencias, según se des-prende de la ORDEN 917/2002, de 14 de marzo, de la Consejería de Educación, por la que se regulan los comedores colectivos escolares en los centros docentes públicos no universitarios de la Comunidad de Madrid y que, al no reunir el centro las carac-terísticas para que sea propuesto ante el Consejo Escolar como funcionario de apoyo (ORDEN 3028/2005, BOCM de 16 de junio de 2005), desde el día de la fecha comuni-co que ceso en la realización de dichas tareas por no entrar dentro de las funciones propias del puesto que desempeño según aparece regulado en las normas anterior-mente citadas.

En …………………………………, a …… de……………………………….. de 201..



Firmado:………………………………………………….

Jefe de Personal no Docente
Dirección de Área Territorial……………………
Consejería de Educación, Juventud y Deporte

patawa

• 04/10/2017 9:32:00.
Mensajes: 6
• Registrado: noviembre 2006.

RE:AUXILIARES EN COLEGIOS Y COMEDOR ESCOLAR

La normativa es clara, pero...una vez que el Consejo Escolar valida la propuesta del Director, cuál es la operativa a seguir para que te paguen la gratificación por hacer funciones relacionadas con el comedor???

Maryusa

Actuar es solo mentir convenciendo

• 05/10/2017 9:26:00.
Mensajes: 260
• Registrado: noviembre 2006.

RE:AUXILIARES EN COLEGIOS Y COMEDOR ESCOLAR

A final de cada curso el/la Secretario/a del colegio, debe solicitarte en el programa informático correspondiente ese plus, igual que lo hacen para el equipo directivo, poniéndote como funcionario de apoyo en la gestión, verán que donde tienen que elegir para quien lo piden, no existe la opción de auxiliar administrativo, tienen que ponerte como profesor, nada más.

CANGREJA

ES MI SIGNO, PERO INTENTO IR HACIA DELANTE

• 05/10/2017 11:06:00.
Mensajes: 6
• Registrado: julio 2007.

RE:AUXILIARES EN COLEGIOS Y COMEDOR ESCOLAR

¡Muchas gracias a tod@s!. Me ha quedado muy claro. Gracias en especial a "agapimu". Suerte y un saludo.


Seguro que tienes mucho que decir, te estamos esperando.


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