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710.643 mensajes • 396.156 usuarios registrados desde el 25/05/2005
• 31/03/2006 16:21:00.
• Mensajes: 59
• Registrado: agosto 2005.
Hola
Alguien de vosotros tiene autorizacion por escrito de un usuario que recibe muchas multas y desea que nosotros firmemos y se las depositemos en el buzón porque nuestra en casa y recibe montones de multas a diario.
Es válida una autorizacion firmada por el titular y por escrito autorizando a nombre del cartero que le recoja la correspondencia certificada ( ojo ! solamente las multas de tráfico ) no el resto ( notificaciones y demas.. )
que pensais de esto ? lo hariais?
gracias
• 31/03/2006 16:28:00.
• Mensajes: 59
• Registrado: agosto 2005.
Un escrito asi :
"Yo.. fulanito de tal con mi DNI .. AUTORIZO a el Sr o la Sra Cartero/A nombre tal .... DNI ... a que recoja mi correspondencia certificada en mi nombre .. y me la deposite en el buzón.. "
Ese escrito firmado por el usuario y por el cartero/a .. tiene validez legal en caso de que posteriormente el usuario niegue que dió su autorización.
saludos!!
• 31/03/2006 16:34:00.
• Mensajes: 10
• Registrado: marzo 2006.
yo creo que no estas haciendo muy bien mas que nada que luego te puedes comer tu el marron. comentale que las multas si no esta en la segunda pasada le dejas el aviso y si no puede ir a buscarlas(cosa que tienen siete dias,que yo creo que si tanto les interesa que vayan), a las dos semanas mas o menos se las embuzonaras como carta, y asi las tendran igualmente mi opinion que nunca hagas eso por que el cartero no puede firmar a no ser que cojas alguna multa de familiar, vecino................pero fuera de tu trabajo, uin dia de fiesta etc. comentaselo al destinatario que bueno somos todos pero malos tambien hay mucha gente. dirle que te han dicho algo en oficina o algo
• 31/03/2006 16:36:00.
• Mensajes: 59
• Registrado: agosto 2005.
gracias ab
pero a ver .. donde lo dice ?
yo lo pregunto pq no lo sé ..
• 31/03/2006 16:38:00.
• Mensajes: 10
• Registrado: marzo 2006.
tu mismo jefe de reparto te lo puede decir pregutaselo
• 31/03/2006 16:45:00.
• Mensajes: 59
• Registrado: agosto 2005.
gracias ainhoa !
sí el jefe de reparto te dice q tu mismo con tu mecanismo .. q tu veras lo que haces ..
yo no estaba segura .. no pensaba hacerlo pero me apetecía conocer la opinión de los foreros ..
saludos
• 31/03/2006 16:54:00.
• Mensajes: 10
• Registrado: marzo 2006.
acabo de leer el mensaje de lo de servicios complementarios y servicios adicionales. yo tambienestoy estudiando y la semana pasada mismo le hice ese pregunta al profesor me dijo que los servicios complementarios son los que tu ya desde un principio negocias con el comerciante, y SIEMPRE requiere un contrato por medionpara estos tipos de servicios. sin embargo los servicios añadidos son los que no requieren contrato, un cliente normal va a ventenilla a mandar una carta certificada normal y luego te dice que quiere acuse de recibo entonces se lo pones y listo. fue la esplicacion que a mi me dieron. espero que te sirva
• 31/03/2006 17:12:00.
• Mensajes: 11
• Registrado: febrero 2006.
En todo caso de que pueda autorizar al cartero, (yo creo que no se puede), si autoriza a alguien en concreto, tendria que ser con nombre y apellidos de la persona que lo va ha firmar y DNI, PERO OJO , seria de esta forma.
AUTORIZO A DON------- ---------- ------------ CON NUMRO DE DNI,
A RECOGER EN MI NOMBRE, el certificado numero CD939939939, remitido por DON------ ------ --- DE VALENCIA
puede autorizar a retirar cualquier objeto que estime oportuno pero siempre especificando que objeto y con que numero, al saco no vale
• 31/03/2006 19:55:00.
• Mensajes: 4
• Registrado: diciembre 2005.
Antes no se podía, si ahora ha cambiado el reglamento lo desconozco.
Pero si te quieres meter en marrones, ve haciendo favores a la gente, y más con morosos, infractores...como el que me cuentas.
Este tipo de gentes sabe más leyes que el juez Garzon
YO Q TU NO LO HARIA.¿Q PASARIA SI LLUEVE Y SE LE MOJA EL BUZON? ...........O SI ABREN EL BUZON Y SE LAS LLEVAN?COMO ME HA PASADO A MI CON REVISTAS Y ALGUNA Q OTRA CARTA.HAY MUCHOS CHORIZOS Q ABREN BUZONES BUSCANDO TARJETAS DE CREDITO Q CIRCULAN COMO CARTAS ORDINARIAS.Y LA CLAVE VA EN OTRA CARTA ORDINARIA DEL MISMO BANCO,Y TODO ESTO LO CONTROLAN ELLOS. EL DESTINATARIO Q T HA AUTORIZADO SI LE DA LA GANA DECIR Q TU NO HAS DEPOSITADO NADA EN SU BUZON, A VISTA DE LA LEY TUS DATOS FIGURAN EN EL ACUSE DE RECIBO DE REFERIDO CERTIFICADO,Y TU ERES EL RESPONSABLE,Y LOS PLAZOS PARA PAGAR EMPIEZAN A CONTAR A PARTIR DE LA FECHA DE RECOGIDA.
.............SOLO FALTA Q TE DIGAN Q LE LEAS LA CARTA.
• 01/04/2006 1:23:00.
• Mensajes: 2
• Registrado: junio 2005.
Hola Lachus, en el reglamento de correos que todos hemos estudiado lo dice; el cartero no puede firmar nada en nombre del destinatario, aunque éste lo haya autorizado por escrito, siempre tendrá que ser otra persona la autorizada por el destinatario, un saludo.
respondiendo a pacorreos respecto a las autorizaciones, no es cierto que se tenga que especificar el certificado en concreto. Segun el reglamento (lo se porque en la oficina hemos dados muchas vueltas al asunto) existen las autorizaciones "permanentes" de hecho cada oficina esta obligada a tener un archivo con todas ellas, y con validez hasta que el destinatario diga lo contrario. Ya lo de si el cartero puede o no puede.... yo creo que no, aunque mas de uno lo haga.
Saludos
• 01/04/2006 16:00:00.
• Mensajes: 230
• Registrado: octubre 2005.
Hola "Posty" y "zuskita".
Me podriáis decir a qué REGLAMENTO os estáis refiriendo.
Gracias y saludos.
• 01/04/2006 16:41:00.
• Mensajes: 5
• Registrado: junio 2005.
A ver:
Utilicemos el sentido comun ya que el reglamento y el manual de procedimientos parece que no os vale.
¿Veis lógico que la persona encargada de realizar la notificación sea la misma que la recibe?
Recordad que se esta dando fé pública de un acto administrativo.
Yo me doy fe publica a mi mismo ¿?
salu2
• 01/04/2006 16:51:00.
• Mensajes: 230
• Registrado: octubre 2005.
Porfa "korreox", te importaría decirme a que Reglamento te refieres.
Gracias y saludos
• 01/04/2006 20:45:00.
• Mensajes: 230
• Registrado: octubre 2005.
Fenomenal, como siempre, Westin. Era eso lo que quería confirmar.
Es que tengo la impresión de que tanto Posty como zuskita están en clave del anterior Reglamento de los Servicios de Correos, derogado como tú bien sabes por el Real Decreto que citas, des de 1 enero 1999.
En este caso la referencia que hace Mariano de la O también la sitúa en un temario de hace 10 años cuando el Reglamento de los Servicios de Correos estaba vigente.
Cómo sabes ya no hay Reglamento de Correos.
El Real Decreto 1.829/1999, lo que aprobó fue el Reglamento de Prestación de los Servicios Postales, no sólo para Correos sino para todos los operadores.
Gracias de nuevo Westin y saluditos
• 02/04/2006 13:46:00.
• Mensajes: 59
• Registrado: agosto 2005.
Muchas gracias a todos por vuestras respuestas .. y a Westin por el art 32 ..
si ya lo tenia claro que no lo iba a hacer ahora ya con razonamientos legales ..
para Villanueva:
perdona que haya tardado en contestar pero tenia que buscar el texto. Se trata del Manual de Entrega con fecha de ultima revision 30/03/2005, te cito textualmente lo que nos interesa:
Autorizaciones.
"El destinatario puede emitir una autorizacion para que otra persona recoja los envios a el dirigidos. Esta autorizacion podrá ser para un envio concreto o una autorización genérica. (...)
Tambien se puede hacer una autorizaciön genërica para recoger toda la correspondencia dirigida a una persona fïsica o jurïdica: para ello se debe presentar papel normal donde se recojan los siguientes datos:
nombre y direcciön del autorizante
- nombre; direcciön y dni del autorizado
- relaciön de tipo de envios que se autoriza a recoger (certificados; reembolsos; giros...)
- fecha y firma deal destinatario
Este documento se debe presentar en la oficina donde se van a recoger los envios; acompañada de fotocopia de los dni del autorizante y autorizado; quedando archivados en la oficina. El destinatario podra revocar la autorizacion en cualquier momento mediante un escrito donde indique esta circunstancia"
Lo unico que yo queria aclarar en su momento era que existian autorizaciones genericas.
Saludos