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709.308 mensajes • 396.057 usuarios registrados desde el 25/05/2005

marina18

• 19/09/2006 9:51:00.
Mensajes: 2
• Registrado: julio 2006.

VIVIR EN OTRO MUNICIPIO

¿ALGUIEN SABRIA DECIRME SI UN CARTERO FUNCIONARIO QUE TRABAJA EN UNA LOCALIDAD Y RESIDE EN OTRA DIFERENTE DEBE SOLICITARLO? ME HAN COMENTADO QUE SI NO LO HACE Y TIENE UN ACCIDENTE CAMINO DEL TRABAJO NO SE CONSIDERARIA ACCIDENTE LABORAL. GRACIAS

18 RESPUESTAS AL MENSAJE

villanueva

• 20/09/2006 17:56:00.
Mensajes: 230
• Registrado: octubre 2005.

RE:VIVIR EN OTRO MUNICIPIO

Hola "marina18",

Intento situarte un poco en esta cuestión que planteas.

En pleno siglo XXI, los funcionarios todavía están obligados por la ley a residir en la localidad donde trabajan.

En la actualidad, sigue vigente el artículo 77 de la Ley de Funcionarios Civiles del Estado, aprobada por el Decreto 315/1964, que dispone que los funcionarios deben vivir en el término municipal donde radique la oficina, dependencia o lugar donde presten sus servicios y que sólo por causas justificadas el subsecretario de departamento podrá autorizar la residencia en un lugar, siempre y cuando sea compatible con el exacto cumplimiento de las tareas propias del cargo.

Por tanto, la decisión recae en un responsable y puede tener carácter subjetivo o estar condicionada. Si se deniega la posibilidad de traslado, la decisión siempre está respaldada por la ley.

Esta situación ha provocado numerosas quejas de los empleados públicos, que en muchas ocasiones han visto como sus superiores se han remitido a la normativa para impedirles el cambio de residencia.

Muchas de estas reclamaciones han llegado al Defensor del Pueblo, Enrique Múgica.


Junto a esto, el Tribunal Constitucional ha descartado que ese deber de residencia sea contrario al derecho constitucional a elegir libremente la residencia recogido en el artículo 19 de la Carta Magna.

Además, la jurisprudencia del Tribunal Supremo ha rechazado las pretensiones de los empleados públicos recurrentes de residir en otro municipio diferente al del su lugar de trabajo, argumentando que su condición de funcionarios está fundada en un acto voluntario de acceso a la Función Pública que implica asumir las obligaciones derivadas de su Estatuto, entre ellas la de residir en el lugar al que fuese destinado.

Para rematar, la jurisprudencia del Supremo señala que el deber de residencia viene impuesto por la exigencia que implica la prestación de un servicio público, que siempre prevalece a los intereses de los funcionarios públicos.

El Defensor del Pueblo, abrumado por las quejas, reconoce que ante esta situación nos está legitimado para intervenir, si bien ha reclamado al Gobierno y, concretamente, al Ministerio de Administraciones Públicas, que no se siga exigiendo este deber de residencia. Considera que sería suficiente el control de la observancia del exacto cumplimiento del horario; de todas las tareas derivadas del puesto de trabajo; así como de las funciones del cargo.

En cualquier caso, puntualiza que en determinados supuestos es razonable que los funcionarios residan en un municipio concreto, debido a que sus obligaciones consistan por ejemplo en el mantenimiento o conservación de un determinado edificio o en el caso de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, porque la relación con su servicio justificaría determinas restricciones.

La sociedad española ha cambiado mucho de 1964, fecha en la que se redactó la norma y es preciso —asegura el Defensor del Pueblo— que se redacte una ley más acorde con las circunstancias sociales actuales.
Es patente que todo ha cambiado en 40 años, la Administración está abierta a implantar horarios más flexibles y la jornada a tiempo parcial lo que sin duda facilitaría el cumplimiento de horarios —en lo que teóricamente se justificaba la norma— y la conciliación laboral y familiar. Unido a esto ha crecido exponencialmente la red de transporte, al igual que el parque de vehículos privado.

Administraciones Públicas ha aceptado la recomendación del Defensor del Pueblo para que se cambie la legislación, si bien el ministerio cree que el contenido de la misma debería incorporarse al Estatuto del Empleado Público que en la actualidad está en trámite.

Asturias, Extremadura, Murcia y Cataluña se han adelantado publicando leyes que con carácter general autorizan a los funcionarios autonómicos a residir en otro municipio, salvo excepciones.

En el caso concreto que planteas de un cartero, te recomendaría este procedimiento:

Escrito-Solicitud al Presidente de Correos exponiendo las siguientes circunstancias:

1º Distancia del lugar de residencia solicitado al centro de trabajo

2º Medios de transporte disponibles (vehículo propio, autobuses, trenes)

3º Compromiso de no afectar al cumplimiento horario de la jornada de trabajo.

Supongo que la respuesta sería positiva.

Saludos

Xeitosiña

• 20/09/2006 21:19:00.
Mensajes: 2
• Registrado: julio 2006.

RE:VIVIR EN OTRO MUNICIPIO

Desde luego Villanueva eres como "un libro abierto"... mejor dicho una Enciclopedia virtual. FELICITACIONES por tu saber y sobre todo por compartirlo con todos nosotros de forma altruista. De todo corazón: Gracias.

marina18

• 21/09/2006 15:03:00.
Mensajes: 2
• Registrado: julio 2006.

RE:VIVIR EN OTRO MUNICIPIO

muchisimas gracias , eres un solete

villanueva

• 21/09/2006 18:50:00.
Mensajes: 230
• Registrado: octubre 2005.

RE:VIVIR EN OTRO MUNICIPIO

Gracias a los/as tres. Sóis muy amables.

Mientras haya gente como vosotros por aquí, merecerá la pena seguir en el foro. Yo también aprendo.

Saludos.

FJ

Nada Personal

• 21/09/2006 23:09:00.
Mensajes: 15
• Registrado: julio 2005.

RE:VIVIR EN OTRO MUNICIPIO

Es indiscutible que el villanueva sabe mucho, eso no hay que negarlo, pero volvemos a lo de siempre ¿porque niega trabajar en correos?
Una vez mas mete la pata cuando dice:
"El Defensor del Pueblo, abrumado por las quejas, reconoce que ante esta situación nos está legitimado para intervenir..." (NOS ESTA LEGITIMANDO A INTERVENIR).
Si no trabaja en correos y nunca lo ha hecho, ¿Porque dice NOS?

Pero repito, muy informado está. Y eso es indudable.

0302

Dicen q el q canta su mal espanta...

• 22/09/2006 17:42:00.
Mensajes: 18
• Registrado: julio 2006.

RE:VIVIR EN OTRO MUNICIPIO

Marina18? trabajas en la provincia o en la capital?

pixel

• 07/10/2006 23:12:00.
Mensajes: 9
• Registrado: junio 2005.

RE:VIVIR EN OTRO MUNICIPIO

Y si me cambio a otro municipio me dan 2 dias por cambio de domicilio?
Yo creo que seria mejor no decir nada aunque te pierdas los dos dias, a ver si van a decirte que no te puedes cambiar.

FJ

Nada Personal

• 27/10/2009 14:19:00.
Mensajes: 15
• Registrado: julio 2005.

RE:VIVIR EN OTRO MUNICIPIO

¿Alguien puede responder a este compañero?

Hermano Posta

• 27/10/2009 19:30:00.
Mensajes: 7
• Registrado: noviembre 2007.

RE:VIVIR EN OTRO MUNICIPIO

Villanueva, el artículo que comentas, ha sido derogado con el Estatuto de la Función Pública (Ley 7/2007), hoy día, el funcionario puede vivir en otro municipio distinto a su trabajo.

Un accidente in itinere es cuando sucede en el camino de ida o vuelta al trabajo, que no se realicen interrupciones en trayecto y que dicho trayecto se realice por itinerario más corto. Es decir si paras y te desvías para tomar café y tienes un accidente, pueden encontrarte con problemas para que se considere un accidente de trabajo.

Westin

...............

• 27/10/2009 19:34:00.
Mensajes: 169
• Registrado: diciembre 2006.

RE:VIVIR EN OTRO MUNICIPIO

Querido hermano Posta. Villanueva escribió hace tres años.

Intenta abrir un hilo nuevo con fecha actualizada a ver que te responde.


Saluditos.

PAN Y VINCO

clon de expectante 2006 al revés

• 27/10/2009 20:03:00.
Mensajes: 414
• Registrado: julio 2006.

RE:VIVIR EN OTRO MUNICIPIO

VILLANEUVA: Como te haces querer te habrás quedado hueca o no ?.
Mis gracias anticipadas o al menos te la darán aquellos que desconocen estas circunstancias por mi parte también te las doy.

PAN Y VINCO

clon de expectante 2006 al revés

• 27/10/2009 20:06:00.
Mensajes: 414
• Registrado: julio 2006.

RE:VIVIR EN OTRO MUNICIPIO

VILLANEUVA: Como te haces querer te habrás quedado hueca o no ?.
Mis gracias anticipadas o al menos te la darán aquellos que desconocen estas circunstancias por mi parte también te las doy.

HERMANO POSTA: Nos afecta todo el articulado del Estatuto de la Función Pública a los de Correos?

RubiaGalega

• 27/10/2009 22:06:00.
Mensajes: 372
• Registrado: septiembre 2008.

RE:VIVIR EN OTRO MUNICIPIO

"hermano posta"
Por favor, cuando respondas a un mensaje se agradecería que consultes la fecha de dicho mensaje.
Ciertos individuos, periodicamente, se dedican a subir hilos antiguos, a veces con aportaciones interesantes, claro.

Me resulta sorprendente hoy en día (hace 3 años igual), sobre todo con los medios de transporte actuales, se plantee este debate; además teniendo en cuenta que limitar la libertad de residencia sería inconstitucional, (art 19 de la C.E.)

Saludos

Penaltigol

Si lees esto, es que estas vivo y sabes leer.

• 27/10/2009 23:19:00.
Mensajes: 32
• Registrado: julio 2005.

RE:VIVIR EN OTRO MUNICIPIO

Dan Brown en su nueva novela desvela el misterio:

Villanueva = Rubia Gallega. Son la misma persona. Además es un varon y funcionario de Correos.

RubiaGalega

• 28/10/2009 20:41:00.
Mensajes: 372
• Registrado: septiembre 2008.

RE:VIVIR EN OTRO MUNICIPIO

penaltigol
Yo clon de quien? juajauajua te has perdido muchos episodios de la película...

Lee el hilo (si quieres):
[--https://www.buscaoposiciones.com/red/foro/mensaje2.asp?idtitu=4&id=4191841--]
y puedes aclarar si tienes alguna fundamento para afirmar si soy "varón" o sin soy "funcionaria" además de tus criterios subjetivos

Saludos

tufillos

• 30/10/2009 0:03:00.
Mensajes: 22
• Registrado: enero 2009.

RE:VIVIR EN OTRO MUNICIPIO

Se os ha parado el reloj muchachos, hace años que el asunto en cuestión está derogado, se puede vivir dónde se quiera, siempre que a la hora estés en el puesto de trabajo.Ya existe jurisprudencia al respecto en los accidentes in itinere, tanto a favor como en contra, situación juridíca que no se daría si la Ley obligara a vivir en el lugar que se trabaja.

RubiaGalega

• 31/10/2009 9:14:00.
Mensajes: 372
• Registrado: septiembre 2008.

RE:VIVIR EN OTRO MUNICIPIO

Tufillos
En el 2.006 se había derogado ya?
El hilo se inició en el 2.006 y un troll lo subió el otro día...
Saludos

tufillos

• 01/11/2009 11:53:00.
Mensajes: 22
• Registrado: enero 2009.

RE:VIVIR EN OTRO MUNICIPIO

lo tuvo que meter el legislador en la Ley de 2007, efectivamente, pero hasta entonces, algo que era de sentido común por el cambio cultural de este pais: comunicaciones vivienda etc, ocasionó numerosa jurisprudencia en diferentes sectores de la admón con el correspondiente gasto, lo de siempre, mientras haya tontos comerán los listos.


Seguro que tienes mucho que decir, te estamos esperando.


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