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711.526 mensajes • 396.229 usuarios registrados desde el 25/05/2005

Antonick

• 07/11/2006 18:56:00.
Mensajes: 1
• Registrado: julio 2006.

Baja por accidente laboral

Buenas a todos, hace tiempo que no pasaba por aquí, pero bueno...
La semana pasada tuve un accidente con la moto (repartiendo en urgentes) y he estado hasta hoy de baja, en total 8 dias.
Mi pregunta es la siguiente:
-¿De quién cobro estos 8 dias?
-¿De Correos?
-¿De la mutua?
Tengo entendido que Correos sólo paga durante el tiempo que tuvieras de contrato (en mi caso el contrato en el momento del accidente era de 4 dias), y el resto de dias que estas de baja te los paga la mutua siempre que lo solicites.
El problema viene en que entonces creo que estoy obligado a hacer declaración de renta, con lo que no sé si me resultaría rentable.
Espero vuestras respuestas.
Un saludito a tod@s

4 RESPUESTAS AL MENSAJE

jenny22

• 07/11/2006 19:15:00.
Mensajes: 25
• Registrado: septiembre 2006.

RE:Baja por accidente laboral

Hola. lo que yo tengo entendido:
Mientras estas contratada te paga la mutua (puesto que ha sido accidente, en caso de enfermedad la seguridad social)
Se te acaba el contrato; si arreglas los papeles te paga la mutua, si no lo arreglas no.
El tema de la renta el pago de la mutua sin contrato tiene consideración de otra empresa. Es decir, como si hubieras trabajado en dos empresas, entonces la obligación de hacer la renta varia.
Para estar obligada hacer la renta si trabajas en una empres el importe por el que estas obligada es uno, y si son dos empresas (este caso) es otro.
TE aconsejo que antes de hacer nada, mires los importes que te digo(www.aeat.es) y mires si te vale la pena arreglar lo de la mutua o no.
Espero que mi explicación te ayude. De todas formas te digo algo a lo largo de la semana. Lo verifico.
Si tienes alguna duda porque no entindes mi explicación, estaré por aquí.
Un saludo

villanueva

• 07/11/2006 19:16:00.
Mensajes: 230
• Registrado: octubre 2005.

RE:Baja por accidente laboral

Hola "Antonick"

Al haberse producido la finalización de tu contrato estando en situación de baja por el accidente de trabajo, el parte de alta supongo que lo habrás entregado en la Mutua y lo habrás comunicado a tu empresa (Correos) para que tengan constancia de tu alta médica.

En cuanto a lo que te pueda afectar el cobro de los 4 días por parte de la Mutua de cara a que te veas obligado a hacer la declaración de la Renta 2006, por haber tenido ingresos de dos pagadores (creo que te refieres a esto) creo que hay un límite exento del segundo pagador fijado en 1.000 euros. O sea que si la cantidad abonada por el segundo pagador en un ejercicio económico no excede de esos 1.000 euros no se aplica la obligatoriedad de declarar por este motivo.

De todos formas ambos aspectos son muy "delicados" y conviene que te informes puntualmente en el departamento de personal de Correos acerca de la tramitación de tu alta de AT, y en Hacienda de la cuestión declaración IRPF.

Saludos y lo importante es que lo del accidente no haya tenido mayor importancia.

jenny22

• 08/11/2006 0:25:00.
Mensajes: 25
• Registrado: septiembre 2006.

RE:Baja por accidente laboral

Antes te hablé como si fueras una mujer, sin darme cuenta.
Creo que eres hombre.
Lo siento.

PAN Y VINCO

clon de expectante 2006 al revés

• 08/11/2006 11:17:00.
Mensajes: 414
• Registrado: julio 2006.

RE:Baja por accidente laboral

buenos dias:

Lleva razón villanueva si el segundo pagador no has cobrado 1000 euros anuales no tienes la obligacion de hacer la declaracion de la renta siempre y cuando cumplas también con los requisitos del primer pagados.

saludos


Seguro que tienes mucho que decir, te estamos esperando.


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