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709.308 mensajes • 396.057 usuarios registrados desde el 25/05/2005
• 16/08/2008 12:23:00.
• Mensajes: 30
• Registrado: noviembre 2007.
hola a tod@s! alguien sabe cuantos dias de asuntos propios tienen los fijos-discontinuos si el contrato es de 5 meses?y esos con cuanta antelacion hay k pedirlos? y se piden al jefe directamente o hay algun modelo oficial como para las vacaciones?es que no tengo ni idea de como va eso... y si no los piden te lo pagan como las vacaciones que tambien te las pagaran si no las disfrutas no? muchas gracias de antemano
un saludo!!
• 16/08/2008 15:10:00.
• Mensajes: 54
• Registrado: julio 2008.
Teóricamente tendrías derecho a 2, pero otra cosa es que te los den, DEPENDEN DE LAS NECESIDADES DEL SERVICIO. Si has sido contratado para sustituir a gente de vacaciones y, como verás en esta época, incluso no se cubren todos los puestos y los que hay en lista muchas veces no saben nada de Correos, te podrás imaginar que no te los den ya te tu sustitución podría implicar que tu sustituto no tuviera conocimientos ni experiencia, o bien que tu pusto se quedar asin cubrir durante los días de ausencia.
No obstante, si no se te pudieran dar, al finalizar el contrato se te abonan en el finiquito.
• 16/08/2008 15:36:00.
• Mensajes: 54
• Registrado: julio 2008.
Estamos en la recta final de los primeros contratos que se han realizado en Correos bajo la modalidad de fijo-discontinuo, que si bien es una figura contractual nueva en la casa, ya aparece contemplada y regulada en el Estatuto de los Trabajadores en sus artículos 12.3 y 15.8 y ha sido aplicada con habitualidad en otros sectores como la hostelería.
En cuanto a su duración, aquí en Correos, estos contratos han oscilado entre tres y cinco meses(los más afortunados) y fueron anunciados a bombo y platillo por cierto sindicato bajo el lema ¨con los mismos derechos que los laborales fijos¨. Esta afirmación tan esperanzadora para cualquier aspirante a fijo-discontinuo se cae por su propio peso una vez empiezas a analizar derecho por derecho:
-VACACIONES: el derecho por antonomasia junto con el derecho de retribución, y el más esperado. Nuestros fijos-discontinuos no han disfrutado de ellas. ¿Por qué? La respuesta es sencilla, porque chocan frontalmente la naturaleza del contrato con el disfrute del derecho, pues si trabajan es porque se les necesita, como así se ha recogido en numerosas sentencias y citando expresamente una del STSJ de Cataluña 18-10-1999, AS 4390 ¨es práctica habitual que los trabajadores fijo-discontinuos no disfruten las vacaciones, sino que se les compensa económicamente al finalizar la temporada¨. Nos encontramos en un punto en el que bien por desconocimento, bien por desinformación, por desidia o por una conjunción de todas, los trabajadores que optaban a una de estas plazas no fueron debidamente informados de esta peculiaridad por el sindicato mayoritario que tanto y tan festivaleramente festejaba la incorporación de más puestos de trabajo fijo (pero discontinuo); con todos los derechos (menos uno por lo pronto).
-DIAS DE ASUNTOS PROPIOS: otro derecho del que en teoría deberían disfrutar nuestros F.D. pero tampoco es el caso. ¿Por qué un F.D. con un contrato de cinco meses no puede disfrutar in natura de sus dos días y medio a que tiene derecho y sí a ser compensado económicamente? No hay respuestas claras al respecto, no hay un criterio unificado al que agarrarse. Mientras, si necesitas un día solo tienes que pedirlo y por supuesto recuperarlo un sábado. No se parece en nada a los derechos de los laborales fijos.
Así que de momento todos los derechos quedan reducidos a la posibilidad de pedir una plaza de laboral fijo en el concurso de traslados. Una vez resuelto este destacar que no ha habido ningún caso de F.D. que haya cambiado de condición, algo bastante previsible excepto para cierto sindicato que auguraba que la mayoría sufrirían la conversión a laborales fijos.
Por tanto, ¿qué derechos tienen los F.D.? Puede que el derecho a creerse todo lo que los sindicatos mayoritarios les digan, ya sean medias verdades o mentiras enteras, a comprar la moto de turno que les vendan y a protestar poco, o nada.
El 31 de octubre veremos qué pasa con todo esto, porque una vez acabe la temporada estival, F.D. y eventuales de la bolsa de trabajo entraran todos de nuevo en el mismo saco, algo de lo que ningún sindicato ha informado. Y esto es así según STS 6-04-1999 ¨el discontinuo tiene preferencia sobre los eventuales únicamente dentro de las respectivas temporadas, y no alcanza a otras épocas distintas no contempladas convencional ni legalmente¨. Todos iguales aunque a los F.D. ya sabéis que tenéis los mismos derechos que los laborales fijos.
El cartero políticamente incorrecto.
Publicado por C.G.T. Correos Huelva. a las 15:42
• 16/08/2008 15:37:00.
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• Registrado: julio 2008.
¿Me podría informar sobre los contratos fijos discontinuos?. ¿Tienen derecho a antigüedad?. ¿Deben cobrar finiquito?
Eduardo Ostos
Los contratos de fijos discontinuos se caracterizan, fundamentalmente, por su vigencia reiterativa. O, lo que es igual, por ver interrumpida periódicamente su efectividad pero no su duración, en la medida en que la actividad que les provoca no es continua.
De esta básica característica se deduce la peculiaridad mayor: la de tener que ser llamados por la empresa cada vez que se reinicia la actividad, en cada temporada o cuando nuevamente se produce la necesidad. Pero estas interrupciones no desdibujan el carácter de indefinido del contrato. Y esto es igual cuando se trata de indefinidos por fijos discontinuos para realizar trabajos que tengan el carácter de no repetitivos en fechas ciertas, como para el caso de los fijos discontinuos de repetición en fechas ciertas, que se rigen por la regulación del trabajo a tiempo parcial.
Es decir, se trata siempre de contratos indefinidos y que, por lo tanto, cuentan con los mismos derechos de antigüedad que los fijos ordinarios. No obstante, tal como el Estatuto de los Trabajadores reconoce para el caso de los trabajos fijos discontinuos que se repiten en fechas ciertas, cuando un determinado derecho o condición de trabajo esté atribuido en las disposiciones legales o reglamentarias y en los convenios colectivos en función de una previa antigüedad del trabajador, ésta puede que sea concebida, en su cómputo, de manera proporcional, dada su naturaleza estrictamente cuantitativa. Pero habrá de estarse a lo que, al respecto, disponga el convenio colectivo que resulte aplicable, que es tema plenamente dispositivo el de la antigüedad.
Respecto de si procede el finiquito al término de cada campaña, parece ilógico compaginar cómputo de antigüedad con percibo de finiquitos periódicos, si por éste se entiende el documento extintivo del contrato. Se interrumpen los efectos del contrato, no se extingue, puesto que el trabajador mantiene el derecho a ser nuevamente llamado, procediendo la acción de despido si no lo es.
• 16/08/2008 15:42:00.
• Mensajes: 54
• Registrado: julio 2008.
R. Pascual / MADRID (06-08-2005)
El pasado mes de julio el paro registrado aumentó en 14.557 personas. Se trataba de la primera vez que subía el desempleo en ese mes. El Gobierno lo atribuyó a la práctica empresarial de despedir a los trabajadores o no renovarles el contrato en verano y volverles a contratar pasado las vacaciones para ahorrarse las cotizaciones y el salario de esos meses. Sin embargo, nada dijeron los responsables del Ministerio de Trabajo de la fórmula de rotación laboral (constante entrada y salida del mercado laboral) por excelencia: el contrato fijo discontinuo.
En España existen algo más de 200.000 trabajadores con este tipo de contrato indefinido. Se trata de una modalidad que responde a necesidades empresariales de actividades de temporada, que se repiten cada año, más o menos por las mismas fechas. Mientras dura la actividad en cuestión, el trabajador tiene un contrato indefinido y en las épocas de inactividad cobra la prestación por desempleo. A estos trabajadores se les exige la misma cotización que al resto (un año) para poder cobrar el seguro de paro.
Y es aquí donde llega el problema. Según fuentes sindicales, hay empresas que procuran hacer temporadas de once meses y el que queda, que en teoría sería el de vacaciones, el trabajador fijo discontinuo cobra el desempleo de manera absolutamente legal y sin caer en la práctica fraudulenta de despedir o no renovar en verano para ahorrarse los costes de los meses estivales. Pero si la temporada dura ocho o nueve meses, como es el caso de muchas empresas del sector turístico, los fijos discontinuos cobran el desempleo durante tres o cuatro meses y son llamados nuevamente el año siguiente. Otro sector que utiliza masivamente este contrato es la industria alimentaria, en comunidades como Murcia.
El informe sobre el mercado laboral encargado por el Ministerio de Trabajo a ocho expertos critica esta situación que califican de 'sobreprotección' en la cobertura por desempleo.
Las cifras del Ministerio de Trabajo reflejan en cierta forma esta sobreprotección. De hecho las tasas de cobertura de las prestaciones por desempleo (porcentaje de parados que recibe alguna ayuda económica por estar en el desempleo) resultan superiores al 100% en provincias de Cataluña y la Comunidad Valenciana, donde más se usan estos contratos. Esto se explica porque los fijos discontinuos no son legalmente desempleados pero, sin embargo, cobran la prestación por desempleo en los meses de actividad. De ahí que haya más personas cobrando ayudas por desempleo que parados registrados en la provincia.
Siete de cada diez trabajadores con este tipo de contrato son mujeres
Por todo ello, las críticas de los expertos se fundamentan en que a estos trabajadores 'se les otorga una sobreprotección, ya que se les trata como si su contrato se hubiera extinguido a la finalización de cada periodo de actividad, desincentivando así su búsqueda de empleo en periodos de inactividad'.
El colectivo de los fijos discontinuos está fuertemente feminizado, ya que siete de cada diez personas con este contrato son mujeres. Además, casi el 80% de estos trabajadores son del sector servicios, fundamentalmente del turismo y la educación (la mayoría de ellos en el sector público, donde están uno de cada diez fijos discontinuos).
Los expertos aconsejan una reforma del desempleo
El tipo de trabajo fijo discontinuo es único del mercado laboral español y 'sin fácil parangón en otros países del entorno'. Así empieza describiendo este tipo de contratos el informe de los expertos sobre el mercado laboral encargado por el Ministerio de Trabajo para las negociaciones de la próxima reforma que arrancarán en septiembre.
Su particularidad radica en que es un contrato con todos los beneficios de los indefinidos tanto para el empresario como para el trabajador. Así las empresas pueden beneficiarse de las bonificaciones establecidas para los fijos en determinados colectivos de difícil empleabilidad; mientras que el trabajador disfruta, además de la cobertura por desempleo idéntica al resto de trabajadores, de una indemnización por despido improcedente automática como la de un indefinido en el momento en el que el empresario no llame al trabajador una temporada en las fechas previstas.
Pero con lo que se muestran más disconformes los expertos es con el régimen de protección por desempleo. Incluyen a los fijos discontinuos dentro de las situaciones incluidas en este sistema de protección que, a su juicio, 'desde un punto de vista conceptual no pueden considerarse de desempleo'. Los expertos dicen directamente que 'no parece razonable' que el sistema general de protección por desempleo se use para compensar a los trabajadores fijos discontinuos durante su periodo de inactividad.
De su informe se desprende la necesidad de una futura reforma del sistema de desempleo que entre otras muchas situaciones aborde la de los fijos discontinuos.
• 17/08/2008 2:48:00.
• Mensajes: 10
• Registrado: agosto 2008.
Los están denegando, igual que las vacaciones.
Un saludo
• 17/08/2008 8:00:00.
• Mensajes: 123
• Registrado: mayo 2008.
Si os lo están denegando, la verdad es que no sé de que os extrañáis, en esta casa, se promete mucho, se habla de derechos de obligaciones, etc, pero los derechos siempre se los han pasado por el forro de los cojones!
Agradecerles abiertamente a los sindicatos que tanto, os insistieron para que firmaráis como FDs, todo lo que hoy en día os está ocurriendo!
Y una posibilidad que tenéis es llevarlo al Juzgado de lo Social, y aunque para este año no os sirva (ya que te tiras meses pleiteando), por lo menos que siente jurisprudencia y sirva para los demás!
No tenemos más de lo que nos merecemos, principalmente por fiarse de los perros sindicalistas que nos representan y son la escoria de esta casa!
Cuanto nos queda por aprender y por vivir con estos CABRONES!
• 17/08/2008 22:10:00.
• Mensajes: 7
• Registrado: febrero 2008.
el año pasado en el centro que estuve de madrid no se le daban días de ap a los fijos discontinuos, que eran bastantes. un compañero que necesitaba un día porque tenía una competición y necesitaba un día libre tuvo que venir un sábado extra para compensarlo..
por lo que estoy viendo este año están tirando de los fijos discontinuos para cubrir el verano y casi no hay ni para eventuales
• 18/08/2008 9:09:00.
• Mensajes: 414
• Registrado: julio 2006.
Buenos días:
Yo os digo que a los que yo he pedido se les va a conceder vacaciones de una forma u otra.
el año pasado a la que yo pedí se le concedió y este año también ahora si hay gente que no les im porta que se las finiquiten allá ellos.
Por mi parte tengo la seguridad de que se les va a conceder a los que yo he solicita.
Primero .-Porque es un deber el disfrutar de vacaciones y no cobrarlas cuando eres laboral fijo.
Seguno .- Porque es un derecho que está regulado en el Convenio y en el Estatuto.- Y os recuerdo que este personal no sustituye a nadie y por lo tanto tiene que figurar en la petición de vacaciones de la unidad correspondiente `por lo tanto cada Jefe de Unidad tiene que tener en cuenta a la hora de fijar el calendario vacaciones no solamente a los fijos fijos (laborales fijos, eventuales, y funcionarios) sino también a los fijos-discontinuos. Por tanto si cogen en el año a tres fijos discontinuos con contrato de 4 meses cada uno hay que tener en cuenta que en ese total de 12 meses de los 3 fijos discontinuos se tiene derecho a 36 días de vacaciones y asuntos propios . ¿Qué quiere decir esto :
dos cosas:
- o que el jefe de unidad vaa poder dar las vacaciones a todos sus fijos discontinuos dentro del total de los doce meses de contratación.
- o si no va a poderles dar vacaciones y asuntos propios dentro de esos doce meses , lo que se debe de hacer en este caso es que los contratos sean de 4 meses y medio y ese medio mes para cada uno de los fijos discontinuos se utiliza como vacaciones, y, así de sencillo lo demás es com plicarse a lo tonto y denegarlas por denegarlas.
Porque al denegarlas y querer pagárselas se le está perjudicando al propio trabajador porque luego esas vacaciones pagadas al ir al desempleo se las va a descontar el INEM.
Repito cuando se deniegan no las deniega la Administración sino el propio Jefe de Unidad que no ha sabido programar sus propias vacaciones.
Vuelvo a decir que por lo menos los míos van a disfrutar vacaciones y asuntos propios lo siento por los demás si tienen unos Jefes incompetentes.
saludos y adelante.
• 18/08/2008 11:05:00.
• Mensajes: 123
• Registrado: mayo 2008.
Pan y Vino de Rioja, no flipes, nadie mejor que tú sabe, que si alguien consigue vacaciones o aps, con estos contratos, será como tu dices, porque los consigues TÚ, porque aqui, se los están denegando a todos los FDs, y los primeros que no quieren saber nada del tema, son los sindicatos firmantes............Ahora donde dije digo, digo Diego!
Vergonzoso lo de estos individuos, que les vendieron la moto de los Fds y ahora a los compañeros que han firmado, les están dejando con el culo al aire!......TIPICO , por otro lado, no se podia esperar menos de ellos!
• 18/08/2008 18:58:00.
• Mensajes: 1781
• Registrado: marzo 2007.
pan, en la rioja y en los demas sitios que se dan, se dan porque quieran darlos no porque tengan derecho a ello. no estoy en contra de que se den, por supuesto, pero eso se consigue con una negociacion bilateral entre el empleado y el jefe de carteria o como en vuestro caso entre el sindicato y quien corresponda. pero si quien corresponda no lo ve oportuno lo deniega y santas pascuas no hay nada que hacer. A lo mejor los incompetentes son los de ccoo de otras regiones que no consiguen lo que tu en la rioja. En mi opinion donde este una buena negociacion que beneficie a ambas partes que se quiten las normas.
• 19/08/2008 0:09:00.
• Mensajes: 123
• Registrado: mayo 2008.
RESISTENTE, que pan y vino de Rioja aunque dice que no, tb es de los cocoteros, que se le ve cantidad el plumero!
Un saludo
TIO VINOS!
• 19/08/2008 9:41:00.
• Mensajes: 414
• Registrado: julio 2006.
Os digo y os diré siempre que yo he luchado por los fijos discontinuos y ahora mismo acabo de hablar con Zaragoza y en Zaragoza dice que se les prorroga el contrato.
Yo estoy en desacuerdo conque se les prorrogue el contrato pues lo que debe hacerse es el contrato con los días que realmente se necesiten y luego entrar con todos los demás en el sorteo de las vacaciones de la Unidad que realmente les correspondan a cada uno.
Repito yo he luchado en Logroño y seguiré luchando tendré mis enfrentamientos con la División de Oficina con la División de Correo pero seguiré luchando porque es un derecho regulado en el Convenio y en el Estatuto de los Trabajadores.
Y los trabajadores no tienen por qué ir a ningún Sindicato para que les saquen las castañas del fuego si esas castañas ni siquiera queman .
Y al que no se lo concedan que los recurra porque generalamente los que los deniegan son jefecillos que se creen que como ellos no hay ninguno.
Y lo primero que tienen que hacer esos jefecillos es programar las vacaciones teniendo en cuenta al personal que les añaden de fijos discontinuos.
Lo que deben de hacer los FIJOS-DISCONTINUOS es solicitar las vacaciaones como el resto de personal en marzo aunque no estén en activo para que se vayan mojando las respectivas Jefaturas y que luego no se llamen Aldanas.
PATRIciaw con todo cariño soy del Sindicato de Marcelino y no es de Marcelino Camacho.
Seguiremos hablando.
Por los rumores que hay no merece la pena romperse mucho la cabeza con los dias de Ap o de PP porque parece que en breve nos ahorraran ese problemas. al quitarlos Jo JO JO