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709.323 mensajes • 396.059 usuarios registrados desde el 25/05/2005

RubiaGalega

• 07/04/2009 20:05:00.
Mensajes: 372
• Registrado: septiembre 2008.

CORREOS EN FOMENTO???

Artículo 7. Ministerio de Fomento.
1. Corresponde al Ministerio de Fomento la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de infraestructuras y de transporte terrestre de competencia estatal, aéreo y marítimo, con excepción de las que corresponden en materia de protección en el mar al Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino.
2. El Ministerio de Fomento se estructura en los siguientes órganos superiores:
a) La Secretaría de Estado de Planificación e Infraestructuras.
b) La Secretaría de Estado de Transportes.

A que Secretaría de Estado queda adscrito Correos?

Saludos.

12 RESPUESTAS AL MENSAJE

ocniv y nap

¿Estamos idiotizados o qué?

• 07/04/2009 20:07:00.
Mensajes: 173
• Registrado: enero 2009.

RE:CORREOS EN FOMENTO???

A la del medio rural y marino, tostonera.

Postalycual

• 07/04/2009 20:37:00.
Mensajes: 62
• Registrado: julio 2005.

RE:CORREOS EN FOMENTO???

Desde la Ley 14/2000 Correos no pertenece al Ministerio de Fomento. Correos pertenece
al Ministerio de Hacienda, mas concretamente a la Direccion General de Patrimonio que es el duaño del 100% del capital social.

RubiaGalega

• 07/04/2009 21:05:00.
Mensajes: 372
• Registrado: septiembre 2008.

RE:CORREOS EN FOMENTO???

PostalyCual, perfecto.
La Dirección General del Patrimonio en dueña del 100% de las acciones de Correos.

L@s funcionari@s de Correos también pertenecen a Economía y Hacienda?
Entonces, por qué la web de Fomento ofrece un "enlace" hacia la web de Correos? Por hacer publicidad?
Por qué los datos OFICIALES del personal del Ministerio de Fomento incluye al personal de Correos dentro de su personal?

[--http://www.fomento.es/NR/rdonlyres/FB822B09-E3C3-4...rupofomento.pdf--]

Lo incluye dentro de "Sociedades Estatales"
Que raro que Fomento, haga estadísticas del personal de Hacienda (eso dices tú). no?

Es evidente que me refiero a la adscripción del personal. No me respondan que los funcionarios están adscrit@s al MAP, por favor.
Espero tu respuesta
Saludos.

toreado33

creo que yes

• 07/04/2009 22:15:00.
Mensajes: 14
• Registrado: febrero 2008.

RE:CORREOS EN FOMENTO???

13
larioja.
funcionarios se agrupan en los Cuerpos y Escalas previstos en la Ley de Función Pública
Comunidad Autónoma de La Rioja.
Cuerpos y Escalas se clasifican, de acuerdo con la titulación exigida para el acceso a
mismos, en los grupos y subgrupos que establece el artículo 76 y la Disposición Adicional Séptima
la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.
integrarán en el nuevo grupo B al que se refiere el artículo 76 de la Ley del Estatuto Básico
Empleado Público, aquellos grupos de clasificación que establezca la Ley de Función Pública
Estatal y en las condiciones que en ella se prevean.
funcionarios docentes se agrupan en los siguientes Cuerpos establecidos en la Disposición
Adicional Séptima de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
GRUPO A1
Cuerpo de Catedráticos de Enseñanza Secundaria.
Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria.
Cuerpo de Catedráticos de Artes Plásticas y Diseño.
Cuerpo de Profesores de Artes Plásticas y Diseño.
Cuerpo de Catedráticos de Música y Artes Escénicas.
Cuerpo de Profesores de Música y Artes Escénicas.
Cuerpo de Catedráticos de Escuelas Oficiales de Idiomas.
Cuerpo de Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas.
Cuerpo de Inspectores de Educación.
GRUPO A2
Cuerpo de Maestros.
Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional.
Cuerpo de Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño.

toreado33

creo que yes

• 07/04/2009 22:17:00.
Mensajes: 14
• Registrado: febrero 2008.

RE:CORREOS EN FOMENTO???

la Comunidad Autónoma de la Rioja.
5. Mejora de Empleo.
El personal funcionario de carrera que esté en posesión de la titulación requerida en la
correspondiente convocatoria, podrá acceder como personal funcionario interino a una plaza
distinta de la obtenida en propiedad, con mantenimiento de la reserva de su puesto de trabajo
durante un plazo máximo de 2 años. Será requisito para acceder a la mejora de empleo, estar
incluido en la correspondiente lista de espera y ocupar un puesto base con carácter definitivo,
quedando excluido el personal que ocupe puestos singularizados.
En el caso del personal docente, la reserva del puesto de trabajo lo será durante un plazo máximo
de un curso escolar.
6. Para los funcionarios docentes, el acceso a Cuerpos del grupo superior, a Cuerpos del mismo
grupo y nivel de complemento de destino, así como la adquisición de nuevas especialidades, se
realizará de conformidad con la normativa específica.

toreado33

creo que yes

• 07/04/2009 22:19:00.
Mensajes: 14
• Registrado: febrero 2008.

RE:CORREOS EN FOMENTO???

retribuciones complementarias:
a) El Complemento de Destino, correspondiente al nivel del puesto de trabajo que se
desempeñe.
b) El Complemento Específico, que retribuirá las condiciones singulares de algunos puestos de
trabajo en atención a su especial dificultad técnica, dedicación, responsabilidad,
incompatibilidad, peligrosidad o penosidad. En ningún caso podrá asignarse más de un
complemento específico a cada puesto, ni este será divisible, figurando determinados en las
Relaciones de Puestos de Trabajo. En el supuesto de funcionarios docentes, el complemento
específico podrá tener varios componentes.
c) Las gratificaciones por servicios extraordinarios prestados fuera de la jornada laboral normal
de trabajo que, en ningún caso, podrán ser fijas en su cuantía ni periódicas en su devengo.
4. Las pagas extraordinarias, que serán dos al año, se devengarán en los meses de junio y
diciembre. Para el año 2008, cada una de ellas tendrá un importe equivalente a una mensualidad
de sueldo, trienios, complemento de destino y un 66% del complemento específico. Para el año
2009, cada una de ellas tendrá un importe equivalente a una mensualidad de sueldo, trienios,
complemento de destino y complemento específico.
Artículo 22.- Gratificaciones por servicios extraordinarios.
A las gratificaciones por servicios extraordinarios prestados fuera de la jornada normal de trabajo,
que en ningún caso podrán ser fijas en su cuantía ni periódicas en su devengo, se les aplicará los
criterios establecidos para las horas extraordinarias del personal laboral.
ACUERDO PARA EL PERSONAL FUNCIONARIO 2008/2011
23

toreado33

creo que yes

• 07/04/2009 22:21:00.
Mensajes: 14
• Registrado: febrero 2008.

RE:CORREOS EN FOMENTO???

CAPITULO VII.- JORNADA, HORARIO, VACACIONES, PERMISOS Y LICENCIAS.
Artículo 23.- Jornada.
1. La jornada será de 35 horas semanales de trabajo efectivo, pudiéndose realizar una pausa
durante la misma por un periodo de 20 minutos, siempre que la duración de una jornada exceda
de 6 horas continuadas, que se computará como trabajo efectivo. Esta interrupción no podrá
afectar a la prestación de los servicios.
2. Con independencia de la modalidad de jornada que se realice, el cómputo de días a efectos del
disfrute de vacaciones y permisos retribuidos equivaldrá a la jornada ordinaria diaria de 7 horas.
Artículo 24.- Distribución de la jornada y cómputo anual.
Durante la primera quincena del mes de Octubre de cada año, se reunirá la Comisión Paritaria
para determinar la jornada en cómputo anual y establecer los criterios para su distribución.
Artículo 25.- Horario.
1. La realización de la jornada, con los límites previstos en las normas laborales, se adecuará al
horario que rija con carácter general en la Administración Pública, salvo en aquellos Servicios o
Centros en los que las peculiaridades organizativas o las especiales características del trabajo
permitan o exijan otro distinto.
2. La jornada semanal de trabajo será de 35 horas y se realizará con carácter general de lunes a
viernes, de las 8 a las 15 horas.
3. En los Centros dotados de medios mecánicos de control de horario podrá implantarse un
régimen de horario flexible.
La parte principal del horario, llamado fijo o estable, será de cinco horas diarias, que serán de
obligada concurrencia para todo el personal, entre las 9 y las 14 horas.
La parte variable del horario, que constituye el tiempo de flexibilidad del mismo, será de dos horas
de cómputo y recuperación semanal, que podrán cumplirse de las 7’30 a las 9 horas y de las 14 a misco - siempre con el permiso d la Rubiagallega

Postalycual

• 08/04/2009 0:37:00.
Mensajes: 62
• Registrado: julio 2005.

RE:CORREOS EN FOMENTO???

Rubia:
La empresa es de la Direccion General de Patrimonio: Hacienda.
Los funcionarios pertenecen a Fomento que los tiene adscritos a la Sociedad Estatal Correos y Telegrafos S.A

lamentaciones

• 08/04/2009 0:47:00.
Mensajes: 221
• Registrado: mayo 2005.

RE:CORREOS EN FOMENTO???

Pepiño Branco, intentará quedarse con todo el Patrimonio, que en realidad ya es de Patrimonio. Preferentemente con los Edificios de Pontrevedra (restaurado) y Santiago de Compostela ( en vias de restauración), por ser los más próximos a su ubanización de la Isla de Arosa, donde tiene pensado, instalar centros comerciales de primera línea y oficnas de colocación laboral. Pepiño FOMENTARÁ lo infomentado, tiempo al tiempo.... De momento , toso los edificios que pertenecían a Correso y Telégrafos , HAN VOLADO.

RubiaGalega

• 08/04/2009 19:19:00.
Mensajes: 372
• Registrado: septiembre 2008.

RE:CORREOS EN FOMENTO???

Vale Postal y Cual

RubiaGalega

• 08/04/2009 19:39:00.
Mensajes: 372
• Registrado: septiembre 2008.

RE:CORREOS EN FOMENTO???

lamentaciones, decías que "toso los edificios que pertenecían a Correso y Telégrafos , HAN VOLADO.", no? No siguen perteneciendo a Correos?
No se si te refieres a algún caso concreto.
Hace ños, cuando estuve en Madrid, ya había "polémica" por que el Palacio de Telecomunicaciones dejara de ser de Correos, creo que hoy ya es del Ayuntamiento, no?

Yo les decía que si es mejor que ese edificio sea la sede de una empresa privada (cuando lo privatizen), o es mejor que sea la sede de un Organismo Público (ayuntamiento)?
Qué es mejor?

Y creo que el edificio de la Comunidad de Madrid de la Puerta del Sol se sigue llamando "Real Casa de Correos", no?

Se puede saber de que caso concreto hablas?
Saludos.

lacsif

• 08/04/2009 19:51:00.
Mensajes: 11
• Registrado: noviembre 2008.

RE:CORREOS EN FOMENTO???

Lo que te importará a tí si los edificios vuelan o los dinamitan, metomentodo.


Seguro que tienes mucho que decir, te estamos esperando.


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