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709.308 mensajes • 396.057 usuarios registrados desde el 25/05/2005
A los clientes de apartados se les ofrece rellenar un documento con el cual autorizan al cartero a depositar toda la correspondencia ordinaria y registrada en dicho apartado. Se da la orden desde la jefatura de la oficina de que esa autorización es una obligación para el cartero. Libremente puedes negarte a hacerlo, pero te comentan que exiten muchos compañeros suspendidos de empleo y sueldo, que las órdenes se acatan.
¿Esto es legal?
• 24/02/2010 21:09:00.
• Mensajes: 216
• Registrado: julio 2008.
Al respecto, debes leerte el manuel de productos y procedmientos (creo se llama asía), algo sobre lo que apuntas dice.
• 25/02/2010 15:37:00.
• Mensajes: 216
• Registrado: julio 2008.
Circular del Subdirector de Distribución de 3 de junio de 2008.
4. ENCAMINAMIENTO DE ENVÍOS A LA OFICINA DIRIGIDOS A TITULARES CON APARTADO POSTAL
Cuando el titular de un apartado solicite por escrito a la Unidad de Reparto la entrega en apartados de los envíos ordinarios que lleven consignada la dirección de un domicilio, en lugar del número de apartado, los envíos se separarán por número de apartado, atados en legajos y consignando el número de apartado en el primer envío del atado.
Sí, aquí te dice cómo se debe de hacer, pero no si es con caracter obligatorio o no.
• 25/02/2010 16:33:00.
• Mensajes: 4
• Registrado: junio 2007.
Me imagino que sí es obligado para el cartero depositar el correo de dicha dirección en el apartado ya que para la persona que abre un apartado, sí está obligado a cubrir el impreso correspondiente, en el cual debe facilitar su actual dirección, nombre completo, dni, teléfono....o los datos correspondientes si a una empresa se refiere.
A no ser que el titular del apartado no quiera recibir la correspondencia de su domicilio y sólo precise la que el dirija al apartado.
saludos.
• 25/02/2010 20:37:00.
• Mensajes: 216
• Registrado: julio 2008.
Las circulares, además de explicar como se hacen determinadas cosas, son para cumplir lo que en ellas se dice. En ésta, que es una circular elaborada expresamente para los envíos dirigidos a entornos especiales a los que no se les lleva el correo ordinario, se indica lo que se debe hacer con esos envíos; pero además, hace una meción concreta -que es lo que he puesto más arriba- para los titulares de apartados que por escrito soliciten se les deposite en el mismo todos sus envíos en los que no se consigna el nº del apartado. Obviamente, lo que en las circulares se dice, es para que sea cumplido. Por tanto es algo obligatorio.
No obstante, imagino, que en tu centro de trabajo hay un responsable y él te lo aclarará. Y si este ya te ha dicho que lo separes ¿qué problema tienes?
• 25/02/2010 21:24:00.
• Mensajes: 1
• Registrado: enero 2009.
Elasticgirl,estás en un error pues al cliente que abre el apartado no se le obliga a recibir la correspondencia de su domicilio en su apartado y lo que dice la circular es que solo se enviará a apartados la correspondencia dirigida a domicilio cuando el titular del mismo lo autorice por escrito (escrito dirigido a la unidad de reparto)y se refiere unicamente a la correspondencia ordinaria.
• 25/02/2010 21:55:00.
• Mensajes: 1781
• Registrado: marzo 2007.
al aperturar un apartado en oficina hay que informar al cliente de su funcionamiento y decirle que en el recibira solo el correo que lleve como dirección el numero de apartado, pero que si quiere que se le deje en el apartado también la correspondencia dirigida a su domicilio aunque no lleve el numero de apartado debe autorizarlo por escrito. ese escrito , segun los procesos y circulares debe ir dirigido a cartería y copia del mismo ha de tenerla la oficina junto con la documentación de apertura del apartado. obviamente el cliente puede optar porque se le deje solo lo que lleva numero de apartado. en este caso no debe rellenar autorizacion alguna. tambien hay que informarle de que notificaciones , burofax y telegramas no se le dejaran en el apartado y se le llevaran siempre a domicilio.Como la practica habitual era que se dejara todo en el apartado sin que existiera esa autorizacion desde red se han dado instrucciones para que al renovar los apartados se revise , antes de la renovacion, que toda la documentacion reglamentaria esta completa a efectos de que las auditorias no tengan que señalar esta incidencia.
Notificaciones No,
Burofax, Telegramas, Urgentes... NO
PEX, EMS... No
incluso en ocasiones... Certificados NO,
AUNQUE LO SOLICITE
pero... correo ordinario si, si eso si, si no eres muy malo, malo. Por legajos atadito y bien preparado porque lo ha solicitado.
Y la cara que se le queda al destinatario cuando le llevas el resto de envios. "Pero tu eres tonto, no sabes que tengo apartado y pago... que vengo ahora mismo de recogerlo"
• 26/02/2010 19:40:00.
• Mensajes: 31
• Registrado: noviembre 2009.
“APARTADOS: Son envíos en cuya dirección figura como destino un número de apartado. En algunos supuestos, los clientes destinatarios titulares de apartados autorizan por escrito a la Unidad de Reparto para que sus envíos, en cuya dirección consta sólo el domicilio, sean depositados en los respectivos apartados.
Una copia de la autorización de depósito de entrega en los apartados, debe estar en poder de la Unidad de entrega en oficina.”
Debe obrar en la oficina una copia de todas las autorizaciones de los clientes (destinatarios de envíos con dirección y sin número de Apartado, depositados en los Apartados de la Oficina).
En caso de no disponer de esta copia, se solicitará por escrito a los responsables de Distribución de cada unidad, guardando copia del mismo en la Oficina.
Este es el texto integro remitido a los
Directores/as de Oficina Sucursales, Jefes de Carteria, etz por parte de Gerencia de Oficinas.
En todo caso, el cliente, que es quien paga el envio, es el que manda a donde se tiene que llevar el envio.
Las Notificafiones, Burofax, Telegramas etz. son documentos con efectos legales que se han de respetar obligatoriamente.
Las Normas, son las reglas del juego con las cuales una sociedad, se organiza. En una empresa las normas son para cumplirlas, y las acatamos todos jefes y empleados.