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710.378 mensajes • 396.139 usuarios registrados desde el 25/05/2005
• 29/08/2010 23:59:00.
• Mensajes: 4
• Registrado: septiembre 2005.
Una pequeña duda...tengo pedidas vacaciones para la segunda quincena de agosto y la segunda de septiembre...y nada me dijeron que una quincena son 15 dias así k tenia que incorporarme el 31...pero cual es mi sorpresa que mi primo que trabaja en barcelona y tiene las misma vacaciones que yo tiene que incorporarse el dia 1 de septiembre porque segun le ha dicho su jefa al ser la segunda quincena de septiembre de 15 dias no tiene que elegir entre volver 1 dia antes de fin de mes en agosto o septiembre. ¿Sabeis algo de esto?
Muchas gracias
• 30/08/2010 10:00:00.
• Mensajes: 162
• Desde: Calella.
• Registrado: julio 2005.
Me parece que se te han columpiado, hori.
Te pueden exigir que sean quincenas naturales, primeras o segundas, pero serán quincenas en todo caso.
Cuando te tomas un mes disfrutarás los días naturales que tenga ese mes (28, 30 ó 31), ¿verdad que sí? Pues cuando tomes una quincena sucede lo mismo.
A las malas podrían llegar a denegártelas en alguna ocasión por necesidades del servicio, aunque si no eres funcionario lo del servicio no tendría que ir contigo.
Saludos
Napoleón
• 30/08/2010 15:24:00.
• Mensajes: 12
• Registrado: junio 2010.
Los meses van enteros , tengan los dias que tengan . Las quincenas van del 1 al 15 y del 16 al 30. Si disfrutas de la segunda de septiembre te incorporas el 1 de octubre y si son las segundas de julio y agosto te incorporarias los dias 31 de esos meses.
Si tus vacaciones comprenden dos quincenas seguidas en meses diferentes (ejemplo del 15 de julio al 15 de agosto) el dia 31 de julio hay que trabajarlo, en concreto este año ha caido en sabado.Otros años ha caido en dia laborable y aunque en teoria no se puede unir un dia de AP se suele permitir.
No tiene nada que ver con los dias naturales que contempla el estatuto basico del empleado publico , no nos dejan disfrutarlos de esa forma ., ya hay algun sindicato creo que la cgt que lo tiene en los tribunales Solo puedes elegir meses completos quincenas o semanas .
• 30/08/2010 21:36:00.
• Mensajes: 341
• Registrado: enero 2006.
En el Convenio sólo está regulado el supuesto de dos quincenas consecutivas.
En el caso de dos quincenas no consecutivas, terminan con el mes natural, como dice Napo.
Saludos y libertad.
• 30/08/2010 22:57:00.
• Mensajes: 12
• Registrado: junio 2010.
Pues entonces algunos debemos trabajar en otra empresa que no es esta. Saludos, porque la libertad se la gana UNO MISMO.
• 01/09/2010 15:52:00.
• Mensajes: 341
• Registrado: enero 2006.
Conozco casos en los que ha sido de una forma y en otros que ha sido de la otra, tratándose de la misma empresa.
La diferencia entre unos y otros casos siempre ha sido la misma: que la trabajadora afectada haya decidido plantar cara y volver cuando le correspondía las consecuencias, un día más de disfrute de su tiempo LIBRE.
Saludos y libertad.
• 01/09/2010 18:01:00.
• Mensajes: 7
• Registrado: noviembre 2007.
Las vacaciones cuando las disfrutamos por quincenas se corresponden con quince días naturales, es decir si cogemos la segunda quincena de agosto, las vacaciones son del 16 al 30 de agosto, ambos inclusive.
Esto es lo que marca la resolución de 14 de diciembre de 1992, en el Capítulo Primero, punto A.2.3.
• 01/09/2010 18:49:00.
• Mensajes: 44
• Registrado: octubre 2006.
Conozco perfectamente el caso.
Estoy fuera de Correos desde hace un tiempo y desconozco si ha variado algo pero lo que dice el Hermano es lo que se aplicaba en Correos (y en la AGE antes de lo de los días hábiles).
Otra cosa es que el jefe de turno, por ignorancia o por cualquier otro motivo, te diera el día 31.Eso es lo te llevas de gratis pero no pq te corresponda.
• 01/09/2010 23:47:00.
• Mensajes: 162
• Desde: Calella.
• Registrado: julio 2005.
Desconozco si han legislado tan mal como dice Hermano Posta, pero está claro que siendo así las vacaciones no se estarían tomando por quincenas puesto que el 31 de Agosto (laborable, según ese criterio) no pertenece a la primera quincena de Septiembre, sino a la segunda de Agosto.
Se estarían disfrutando por periodos de quince días.
• 02/09/2010 18:13:00.
• Mensajes: 44
• Registrado: octubre 2006.
Evidentemente los días 31 siempre pertenecen a las 2ª quincenas.
La razón que se me daba era que se hacía para evitar que se cogieran dos quincenas de 16 días y resultaran 32 días en total (¿?) , claro que siempre me daban evasivas y pobres argumentaciones cuando yo les mencionaba la 2ª quincena de febrero (ahí no te daban más que los 13 días correspondientes).
Ilógico pero así estaba legislado.
• 03/09/2010 22:31:00.
• Mensajes: 12
• Registrado: julio 2006.
Buenas noches:
-Vacaciones mes completo, empiezan el 1 y terminarn el 30 o el 31 depende de los días que tenga el mes, menos en febrero que si te pides el mes te quedas con 28 ó 29 días,
-Vacaciones empiezan el 16 de un mes y terminan el 15 del mes siguiente, da igual si el mes tiene 30 o 31 días, viene reflejado así, se considera mes completo.
- Vacaciones por quincenas no consecutivas, empiezan el 1 y terminan el 15 o bien empiezan el 16 y terminan el 30, si tiene 31 días ese mes el día 31 tienes que ir a trabajar.
Os recuerdo que en correos no hay calendario laboral, y nadie sabe las horas anuales que tenemos que trabajar.
• 04/09/2010 1:21:00.
• Mensajes: 12
• Registrado: junio 2010.
Un caso lo del calendario laboral. En el primer mes del año tiene que llegar a todos los centros de trabajo. Tiene que llegar pero evidentemente no llega.
• 05/09/2010 22:53:00.
• Mensajes: 101
• Registrado: julio 2007.
El estatuto de los trabajadores dice que las vacaciones a disfrutar son 30 dias naturales.
Cuando son por quincenas 15 dias.
Saludos a repartir.
• 06/09/2010 11:04:00.
• Mensajes: 47
• Registrado: julio 2009.
Coronilla, los funcionarios estamos fuera del estatuto de los trabajadores.
Creo que otro de los colectivos que tambien quedaban fuera, de forma parcial, era el de las empleadas de hogar.
De todas formas, aunque no sabemos la condicion del compañero, tu respuesta es acertada,pero no porque le afecte, si es funcionario, el estatuto de los trabajadores.
Hay funcionarios , que no son de Correos, que les corresponden veintidos dias habiles de vacaciones de verano.
Por suerte para vosotros, los laborales, aun quedan funcionarios en Correos y os podeis aprovechar de las mismas condiciones de trabajo que ellos.
Supongo que ahora que eres laboral fija, te preocupen algo las condiciones de trabajo de TODOS los empleados de Correos, no como antes, que lo unico que te preocupaba era tener acceso a un trabajo en precario, como es el de esta empresa.
Salud
• 06/09/2010 21:12:00.
• Mensajes: 101
• Registrado: julio 2007.
elbuscon...
Por supuesto, es cierto que los funcionarios estan fuera del estatuto, existe para ellos la ley del funcionariado.
Evidentemente acertaste `por cuanto supones.
Un saludo
• 11/09/2010 12:19:00.
• Mensajes: 372
• Registrado: septiembre 2008.
Coronilla
Tienes un convenio colectivo vigente en Correos que dice que las vacaciones es un mes, NO 30 días...
Que es la "ley del funcionariado" ?
Saludos
• 11/09/2010 23:35:00.
• Mensajes: 19
• Registrado: enero 2009.
El convenio de correos reconoce las quincenas como tales y pierde los días 31 del mes. En una ocasión en que me faltaron unos meses para completar el mes de vacaciones me quitaban 2 días y medio por mes. Pues al finalizar el contrato me quitaron casi 60 euros por el día 31 del mes que me había tomado de vacaciones no correspondidas
• 12/09/2010 10:39:00.
• Mensajes: 47
• Registrado: julio 2009.
::: --> Editado el dia : 12/09/2010 10:45:25
::: --> Motivo :
Si no me equivoco, las vacaciones en Correos son de un mes, ya sea de treintaiuno, treinta o veintiocho dias.
Si la divides en quincenas, son de quince dias, independientemente de los dias que tengan esos meses.
Claro, que ya me gustaria a mi saber si pides la segunda quincena de febrero, que como todos sabemos, tiene veintiocho dias, permitirian que cogieras el uno y dos de marzo. Conociendo que clase de jefaturas tenemos, no dudo de que te dijeran que te correspondian trece dias y no quince..
Los funcionarios de la A.G.E. pueden disfrutata veintidos dias habiles.
Salud
Rubia GagàLela,sabes diferenciar entre una relacion contractual y una relaciòn legal,juas juas y rejajuas.....venga,asombranos tù, con tu MEQUETREFIL SAPIENCIA,JUAS JUAS Y REJAJUAS.
• 12/09/2010 20:52:00.
• Mensajes: 101
• Registrado: julio 2007.
::: --> Editado el dia : 12/09/2010 20:54:48
::: --> Motivo :
Por si lo dudais, tambien cobramos por meses de 30 dias, aunque el mes tenga 31, 28 o 29.
Saluditos
• 12/09/2010 21:18:00.
• Mensajes: 101
• Registrado: julio 2007.
Rubia... en el convenio colectivo dice que las vacaciones anuales retribuidas seran de un mes natural....esto significa de 30 dias, sea el mes que sea.
Si el trabajador disfruta la segunda quincena de un mes y la primera del siguiente, las vacaciones se iniciarian desde el dia 16 al 15 del mes siguiente.
Saludos.
• 13/09/2010 17:30:00.
• Mensajes: 372
• Registrado: septiembre 2008.
Coronilla
Tú misma me das la razón, aunque no quieras.
Tu misma reconoces que el vigente convenio colectivo indica que la duración de las vacaciones anuales retribuidas es un mes natural
Y un mes natural es un mes, NO son 30 días un mes natural es del primer día al último, tenga el mes 28, 29, 30 o 31 días bien aclarado por tu parte que si se disfrutan la segunda quincena de un mes, y la primera del posterior es de 16 a 15 (julio - agosto agosto - septiembre)
No entiendo si intentas iniciar una discusión de algo.
Que es la "lay del funcionariado" ?
Saludos
Rubia GagàLela,tu que sabes tanto,dinos a todos los del foro que diferencias hay entre una relaciòn contractual laboral y una relacion legal funcionarial,juas juas y rejajuas
• 14/09/2010 19:38:00.
• Mensajes: 101
• Registrado: julio 2007.
Hola Rubia...
Primero que sepas que no intento discutir, ni intento presumir de soberbia, pero no niego que demuestre mi interes por compartir este tema.
Darte o no la razon no me toca a mi discutirlo, yo tengo mi informacion igual tu la tuya, espero no tengas errores, ya me gustaria a mi como a todos que sea cierto y disfrutar las vacaciones correctamente como asi lo indicas.
En cuanto a la ley del funcionario...no es dificil salir de dudas... buscalo y lo lees por ti mismo.
La ley se refiere a todas las Administraciones del Estado, de las Comunidades Autónomas, así como la Entidades Locales, las Universidades Públicas y los Organismos Públicos, Agencias y demás Entidades de Derecho Público.
LEY 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP).
Por otro lado, el artículo 14.m EBEP recoge el derecho a las vacaciones, descansos, permisos y licencias de los funcionarios públicos. Tales derechos se desarrollan en los artículos 47 a 51.
Un saludo.
• 15/09/2010 21:36:00.
• Mensajes: 341
• Registrado: enero 2006.
Es tan sencillo como leerse el Convenio Colectivo y comprobar que el supuesto de dos quincenas no consecutivas no está contemplado.
El mes natural termina el día anterior al primero del mes siguiente, son habas contadas.
Si tienes dos quincenas no consecutivas y la segunda corresponde a un mes de 31 días, vuelve al trabajo el día 1 y si te descuentan algo, lo reclamas en el Juzgado y sales de dudas.
Insisto en que conozco casos de compañeras que no han cedido en sus pretensiones y han vuelto el día 1 del mes siguiente y no ha pasado nada.
Lo peor que le puede ocurrir a una trabajadora es dejarse llevar por los intereses de sus jefas.
Saludos y libertad.
• 16/09/2010 19:07:00.
• Mensajes: 372
• Registrado: septiembre 2008.
RRR
NO todo es "reclamarlo al juzgado" , pero bueno, si es como tu dices, aunque aquí no lo quieran aplicar, la primera quincena SIEMPRE empieza el día 1 y finaliza el 15 y SIEMPRE la segunda empieza el 16 y finaliza el último día del mes (sea 28, 29, 30 o 31)
Coronilla
Tengo errores, y muchos, solo que yo los suelo reconocer, pero bueno, eso es otro tema.
Un MES NATURAL, lo diga quien lo diga empieza el día 1 y finaliza el último día del mes (sea 28, 29, 30 o 31), en tu unidad, ¿acaso nadie se va de vacaciones en Julio o en Agosto? Y, DVs aparte, se van de vacaciones del día 1 al día 31, ¿o acaso vuelven a trabajar el 31 de julio o el 31 de agosto? por el contrario, si pidieses vacaciones de Febrero (totalmente legal) ¿donde quedarían los 30 días que decías tú?
PUNTO FINAL
Me parece un error, llamar, coloquialmente a l@s emplead@s públicos, funcionari@s, pero bueno, eso es tema tuyo el EBEP habla de empleados públicos, NO de funcionari@s exclusivamente.
Saludos