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710.543 mensajes • 396.152 usuarios registrados desde el 25/05/2005
• 04/01/2011 18:05:00.
• Mensajes: 21
• Registrado: junio 2010.
Esta mañana en mi oficina ha habido polémica sobre la obligatoriedad de los usuarios de rellenar los acuses de recibo de las cartas que retiran.El jefe de equipo mantiene que son los que recogen la carta los que los rellenan y el director que somos nosotros.¿Existe algo en la reglamentacion al respecto?
??
Pues así de simple. Hay una parte de destinatario o quien recoja la carta que tiene obligación de rellenarlo (nombre , apellidos, DNI y firma). Hay otra para del cartero o personal de oficina que tiene que poner su NIP, firma y rellenar casillas correspondientes.
y ésto es básico saberlo, quizás hayas entendido mal...?
• 04/01/2011 18:27:00.
• Mensajes: 21
• Registrado: junio 2010.
La duda es si el recptor del envío sólo esta obligado a poner su firma,que su nombre y el DNI lo ponemos nosotros si el se niega.
• 04/01/2011 18:40:00.
• Mensajes: 130
• Registrado: noviembre 2007.
Yo tengo la costumbre de rellenarlo todo, me parece más rapido hacerlo así, me dan su dni y lo completo un saludo.
La firma es lo primordial, otra cosa es que no pueda escribir o no sepa , en éste caso sí debes rellenárselo tú.
• 06/01/2011 10:05:00.
• Mensajes: 341
• Registrado: enero 2006.
A falta de un Reglamento que concrete a quien corresponde cada obligación, lo que hago es escribir los datos, salvo que la persona en cuestión dé muestras claras de querer hacerlo ella (normalmente, las personas jóvenes dan muestras de ello enseguida con una actitud clara -algunas llevan su propio bolígrafo-).
Pero nunca lo hago con prisa, un error en la toma de datos te puede ocasionar problemas graves.
Saludos y libertad.
• 07/01/2011 0:50:00.
• Mensajes: 101
• Registrado: julio 2007.
Yo nunca tuve ese problema, a veces lo rellenaba yo y a veces me lo rellenaba el receptor y siempre me lo firman, cosa que el cartero no debe hacer nunca.
Asi que no se cual es el problema porque la obligacion del cartero es que tenga el acuse en condiciones, los datos, el DNI, la fecha, las cruces que no deben faltar y el sello de fechas, sin olvidar poner la relacion del firmante en caso de no ser el destinatario.
Sin prisas pero sin pausa.
Saluditos.
Hola, según la guía de reparto los datos solicitados deberán ser cumplimentados por el destinatario.
[--http://todoamarillo.iespana.es/acuse.jpg--]
• 08/01/2011 20:04:00.
• Mensajes: 221
• Registrado: mayo 2005.
Aunque parezca una pregunta tonta, para qué sirve el Acuse de Recibo?. A vert si alguno de vosotros, me da una explicación válida,grs.
• 08/01/2011 20:06:00.
• Mensajes: 12
• Registrado: junio 2010.
El problema es que hay mucha gente que por diversas circunstancias, apenas es capaz de firmar. Yo tengo por costumbre cumplimentarlo yo. Es mucho mas rápido y se evitan errores. Y si voy con prisa tomo los datos en la hoja de reparto y cuando llego a la oficina, ya con mas calma, relleno el acuse de recibo.
• 08/01/2011 20:09:00.
• Mensajes: 12
• Registrado: junio 2010.
Lamentaciones, aunque parezca una respuesta tonta , el acuse de recibo es la prueba fehaciente de que el producto ha llegado a su destino.
• 08/01/2011 20:19:00.
• Mensajes: 221
• Registrado: mayo 2005.
Dirás, el envoltorio. Aunque parezca mentira, si el envio no se devuelve, esa función , ya está cubierta....¿o no?