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FOROS OPOSICIONES FORO Oposiciones Correos y Telegrafos
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• 26/04/2013 1:39:00.
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06-10-2012-121006-SSP-Condenan a Correos a indemnizar y a readmitir a una trabajadora en la lista de expectativas.
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SolidaridadPostal.com Noticias Sentencias y tribunales
Condenan a Correos a indemnizar y a readmitir a una trabajadora en la lista de expectativas.
Publicada: 06-10-2012
Correos tendrá que pagar más de 7000 euros a la afectada por el verano del 2008 que estuvo apartada de su puesto.
Más de 7000 euros tendrá que desembolsar la Sociedad Estatal Correos y Telégrafos, S.A.( Correos) para indemnizar a una trabajadora por apartarla indebidamente de su puesto de trabajo durante el verano del 2008, poniendo en su lugar a otro aspirante a la misma plaza que, asistiendo a los mismos exámenes, tenía menos puntuación en las referidas pruebas de acceso, menos méritos y menos antigüedad que la denunciante.
El litigio parte del año 2006, Correos decidió convocar un concurso oposición para cubrir varias vacantes, los aprobados formaban parte de una lista de expectativas previa a la adjudicación de plazas conforme se produjeran las necesidades. Correos se salto el orden de la lista de expectativas y adjudico plazas en el año 2008 excluyendo a la trabajadora, con la excusa de que no había aceptado unas ofertas de la bolsa de empleo.
La disconformidad de la afectada la llevó a denunciar el caso ante los tribunales, quienes finalmente la dieron la razón. Primero el Juzgado de lo Social número 1 de Alicante, más tarde ratificada por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana en sentencia de septiembre del 2012. La sentencia establece una indemnización correspondientes a los salarios que dejó de percibir en el verano del 2008 como fijo discontinuo.
Valoración del Sindicato Solidaridad Postal
El Tribunal Superior de Justicia ha confirmado que Correos se ha saltado la legalidad y los los principios jurídicos aplicables de la Convocatoria de Empleo del 2006 en la adjudicación de plazas del año 2008 y deberá indemnizar a la trabajadora por el año 2008, los posteriores años se sustanciara en futuros procedimientos.
Més información en: [--http://solidaritatpostal.blogspot.com.es/2012/10/1...indemnizar.html--]
• 26/04/2013 1:40:00.
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16-04-2013
[--http://www.solidaridadpostal.com/avala-segunda-ind...os-correos.html--]
SolidaridadPostal.com Noticias Sentencias y tribunales - 16-04-2013
El Supremo avala la segunda indemnización para excluidos de Correos.
El Tribunal Supremo (TS) ha declaró nula la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) que establecía la imposibilidad de una segunda condena a Correos por vulneración de los derechos fundamentales de igualdad y tutela judicial efectiva e indemnización para una trabajadora de Correos, afiliada al Sindicato Solidaridad Postal, excluida de las bolsas de empleo desde el año 2006 a 2008, que ya había obtenido una sentencia firme por los mismos hechos.
El TS afirma que en cuanto a los derechos fundamentales y la indemnización por exclusión de las bolsas de empleo de Correos y Telégrafos, no existe cosa juzgada hasta la total reparación de todos los daños y perjuicios causados.
La sentencia anulada del TSJCV declaro que habiendo existido una primera sentencia firme contra Correos por vulneración de los derechos fundamentales de igualdad y tutela judicial efectiva con indemnización por exclusión de las bolsas de empleo no era posible volver a declarar vulnerados los derechos fundamentales e indemnizar a la trabajadora por el mismo motivo.
El caso analizado por el Tribunal Supremo, a raíz del Recurso de Casación para Unificación de Doctrina interpuesto por el Sindicato Solidaridad Postal en favor de una trabajadora, es el de una empleada temporal de Correos que trabajo durante años con contratos temporales y que fue indemnizada parcialmente por la empresa Correos en una primera sentencia por vulneración de los derechos fundamentales.
La trabajadora reclamaba que fuera nuevamente condenada la empresa por vulneración de los derechos fundamentales de igualdad y tutela judicial efectiva y una segunda indemnización desde que se dictó la primera sentencia hasta que fue repuesta en las bolsas y llamada de nuevo a trabajar, ya que la empresa se retrasó 7 meses en el cumplimiento de la primera sentencia.
Para el Tribunal Supremo esta segunda condena a la empresa si está justificada, ya que la empresa siguió vulnerando los derechos fundamentales de la trabajadora mientras que no cumplió la primera sentencia, por lo que anula la Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Valencia y le devuelve los Autos para que se pronuncie sobre la vulneración de derechos fundamentales y la indemnización que le corresponde a la trabajadora.
• 26/04/2013 1:59:00.
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• 17/05/2013 18:25:00.
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Cuidado con este pseudosindicato y sus abogaditos de madrid, que de tan listos que son se pasan de listillos.
• 04/06/2013 2:19:00.
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• Registrado: febrero 2007.
al sr.correveydiquenoparasadesayunar , estos abogaditos, que por cierto no son de Madrid , serán listillos, pero sacan las castañas a muchos trabajadores de correos y les devuelven sus derechos , no se a que te refieres a los abogaditos de madrid, pero seguro que tú eres mas listillo que esos abogaditos de madrid, espero que te valla la vida bien , y que no caigas en nuestras manos. que en caso que si , te defenderíamos ,como a otro trabajador, ...si pagas , claro.
un saludo y abtente de contestar que no vale la pena.
• 06/06/2013 10:57:00.
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• Registrado: octubre 2006.
¿Que mas voy a decir?
Tu ya lo dices todo para que la gente se haga una idea de lo que hay.
• 03/09/2013 23:34:00.
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130823-SSP-La justicia obliga a Correos a indemnizar con los salarios de un año por saltarse el orden dela bolsa de contratación
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La justicia obliga a Correos a indemnizar con los salarios de un año por saltarse el orden dela bolsa de contratación.
Publicada: 23-08-2013
El Juzgado de lo Social Tres de Alicante ha dado la razón a un trabajador, afiliado al Sindicato Solidaridad Postal, que reclamo a Correos los salarios perdidos por haberse saltado la empresa el orden de la Bolsa de Empleo de la localidad de Guardamar del Segura y adjudicar a otro trabajador un contrato de un año que correspondía al demandante. 82328232En el fallo. el Juzgado de lo Social condena a Correos a abonar todas las cantidades dejadas de percibir por el trabajador demandante por la no formalización de dicho contrato de un año a razon de 49,73 euros día.
Según consta en el relato de hechos probados de la sentencia del Juzgado de lo Social, el día 15 de febrero del 2010 la empresa tuvo la necesidad de formalizar dos contratos uno de tres días y otro de un año, adjudicado el contrato de tres días al trabajador demandante que ocupaba el puesto nº 5 de la bolsa y el contrato de un año al que ocupaba el nº6 de la bolsa.
El punto 9 procedimiento de contratación de la Convocatoria para formar Bolsas de Empleo de Correos obliga a contratar según el orden de preferencia y la Magistrada entiende que las excusas de la empresa en cuanto al carácter de urgencia para formalizar el contrato de un año no son válidas 82328232La Empresa Correos , señala la sentencia, no adjudico el contrato de un año al trabajador demandante saltándose la normas de prelación pactadas en Convenio, por lo que la demanda debe ser estimada al no haberse respetado la preferencia del llamamiento demandante.
Mas información:
[--http://solidaritatpostal.blogspot.com.es/2013/09/1...ga-correos.html--]
[--http://www.rrhhpress.com/index.php?option=com_cont...legalItemid=192--]
[--http://murciaeconomia.com/not/17854/correos_indemn...olsa_de_empleo/--]
• 25/10/2013 1:10:00.
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131024-SSP-Correos tendrá que pagar tasas judiciales.
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Correos tendrá que pagar tasas judiciales.
Publicada: Alicante a 24-10-2013.
La empresa estatal no está exenta del pago de las tasas judiciales previstas en la Ley 10/2012 de 20 de noviembre, por prestar servicio postal universal.
La Sociedad Estatal Correos y Telégrafos deberá pagar tasas judiciales en los diferentes procedimientos judiciales en las que intervenga.
Esta obligación viene avalada por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV), que ha inadmitido un recurso de suplicación presentado por Correos contra un fallo del Juzgado de lo Social Uno de Alicante que estimaba la demanda por despido improcedente de un trabajador. Dicha demanda ha sido promovida por el Sindicato Solidaridad Postal
La sentencia del TSJCV, que ha sido emitida por su Sala de lo Social , responde al recurso de suplicación que Correos elevó después de que el juzgado alicantino estimara en sentencia el despido improcedente de un trabajador con una indemnización de 11.133.39 euros más 11.022,61€ de salarios de tramitación.
El Sindicato Solidaridad Postal se opuso a la posibilidad de que el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana admitiese el recurso de Correos ya que no constaba en autos el pago de las tasas judiciales.
Dichas tasas judiciales cuyo importe alcanzaba los 610,78 euros no fueron abonadas por Correos con la interposición del recurso, ni dentro del plazo de subsanación de 10 días que le concedió el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana antes de dictar sentencia. La Sociedad Estatal se negó a pagar las tasas afirmando que el artículo 22.2 de la Ley 43/2010, de 30 de diciembre, del servicio postal universal le exoneraba de pagar cualquier impuesto al ser designado por el Estado para la prestación del servicio postal universal.
La sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana inadmite el recurso de Correos al considerar que debía haber presentado autoliquidación de pago de tasas por no encontrarse los servicios postales reservados exentos del pago de las tasa judiciales.
Por contra, Correos pretendía la admisión del recurso y la revocación de la sentencia de instancia al entender se vulneraban algunos artículos de la Ley Postal ( artículo 22.2 de la ley 43/2010).
Según el fallo del TSJCV, Correos se acogió a una exención que no está contemplada en la Ley de Tasas Judiciales y que la exención por prestar el servicio postal universal no es aplicable e inadmite el recurso de Correos y le condena al pago de costas.
Valoración del Sindicato Solidaridad Postal.
El SSP considera que la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana es el primera que se produce en España y esperemos que tenga un efecto disuasorio para Correos y su actitud de derivar todos sus problemas de personal a los Juzgados y Tribunales al salirle gratis hasta este momento recurrir los procedimientos hasta el Tribunal Supremo, poniendo a prueba la resistencia económica de sus empleados.
Fuente: [--http://www.solidaridadpostal.com/correos-tendrá-pa...judiciales.html--]
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• 25/10/2013 1:19:00.
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SENTENCIAS GANADAS DESDE EL AÑO 2009 AL 2013 , entre otras sentencias particulares de nuestros Afiliados, con todo esto , estamos totalmente capacitados y demostramos que defendemos los derechos de los trabajadores.
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Nuestro trabajo nos avala con creces, informate en :
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