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711.017 mensajes • 396.184 usuarios registrados desde el 25/05/2005
• 04/01/2016 20:06:00.
• Mensajes: 4
• Registrado: enero 2016.
Pues siguiendo con la posibilidad de impugnar bases, suelto una que me resta un punto y la cual creo es impugnable 100%: puntuar el carnet A1 mas que el B teniendo este ultimo 3 o mas años.
Si para trafico que es el organismo que regula los permisos de conducción en este pais, el carnet B con tres o mas años de antigüedad tiene toda la validez legal que el permiso A1, por que puntuan uno con 2 puntos y el otro con 1 solamente? Mi permiso de conducir B con los mas de 15 años de experiencia que tengo lo convierten/convalidan a todos los efectos con la misma validez legal y caracteristicas que el permiso A1 (en este pais al menos).
• 04/01/2016 20:24:00.
• Mensajes: 130
• Registrado: noviembre 2007.
Esto lo hacen porque si tienes el A1 o el A se supone que sabes llevar una moto/scooter, teniendo el B no se sabe si sabes llevarla, otra cosa es que sea convalidable.
• 04/01/2016 21:22:00.
• Mensajes: 231
• Desde: Alicante/Alacant.
• Registrado: julio 2014.
Bueno, hay quién tiene el A o A1 y de llevar moto saben bien poco, y viceversa. Es algo muy relativo, como el resto del contenido de las bases.
Sólo se les ha olvidado el carnet de manipulador de alimentos. Por poner otra traba digo yo a quiénes luchan por entrar mediante dicha consolidación.
• 04/01/2016 22:18:00.
• Mensajes: 222
• Registrado: febrero 2015.
Perdona pero entiendo perfectamente que la gente que no lo tiene luche o crea que es lo mismo cosa que el permiso b y el A1 no es lo mismo ni mucho menos . con el carnet b se pueden conducir como mucho motos de 125 cc con muy pocos caballos y con el A1 se pueden conducir hasta 80 caballos que en la realidad son todas las motos excepto las deportivas . Para conseguirlo hay que hacer tres pruebas en mi casa nada mas que lo vi que puntuaba en las bolsas me lo saque .
• 04/01/2016 22:45:00.
• Mensajes: 231
• Desde: Alicante/Alacant.
• Registrado: julio 2014.
Vale, ahora lo pillo, esto por si el reparto en Ibiza se hace por moto acuática, total, caballos son también los caballitos de mar, no? La cosa es tener cuánto más caballos mejor. Apuesto por el 5 a caballo ganador.
Filtro, filtro y más filtro (terminarían antes poniendo la relación de parentesco entre el examinado y alguno de la "elite" como llaman algunos, o de CCOO, entre otros).
• 04/01/2016 22:55:00.
• Mensajes: 602
• Registrado: enero 2009.
A1 no es lo mismo que B, y ya lo pusieron en la base de las bolsas de empleo. Te piden A1 como minimo, para decir que por lo menos has visto una moto en tu vida, hay mucha gente sin carnet de moto, que le da mil vueltas a gente que tiene carnet A o A1, pero ese es otro tema.
• 05/01/2016 8:01:00.
• Mensajes: 13
• Registrado: diciembre 2015.
Entiendo que cada uno se frustre por los méritos que no tiene, pero es comprensible que para las bolsas de reparto en moto se pida el carné de moto especifico.
• 05/01/2016 11:06:00.
• Mensajes: 231
• Desde: Alicante/Alacant.
• Registrado: julio 2014.
A ver pero si nadie dice lo contrario, pero si echas un vistazo al resto de requisitos, no hay por dónde cogerlos.
Una pregunta, ¿a cuántos a los que se les exige el A o A1 se les hace coger furgoneta o coche para reparto u otros menesteres (de dudosa legalidad) según su puesto, y para el cual no había sido especificado, y al final tiene que entrar por el aro frente a las presiones del Jefe de la Unidad, Jefe de Reparto, y Jefe de Área, si no atento a las consecuencias por no hacerlo, y pese a ser ilegal, porque te puedes meter en un lío si no tienes el B, pero claro, como todo eso lo dicen de boquilla, no queda constancia con lo cual, como siempre "paga el de base" si hay accidente o le ocurre algo, dios no quiera.
Ante eso, ¿qué opináis? porque habréis muchos a los que os ha pasado. O simplemente, tu estás en una sección de Pie, dónde no requieres reparto en Moto, tienes que colindar con una sección de moto, pero en los requisitos no te puntuaron al no tener el dichoso A o A1, ahora te mandan a hacer esa tarea, además de no puntuarte, ¿puedes negarte a colindar con dicha sección? Pues al parecer, o lo haces, o ya estás visto para sentencia (entiéndase la metáfora). Y todos conocemos que la realidad es así, así funciona esta casa, y así seguirá funcionando mientras no digamos BASTA a tanto cachondeo (entiéndase mam_oneo).
• 05/01/2016 12:55:00.
• Mensajes: 249
• Registrado: junio 2010.
Si eres enchufado dará igual. Conozco muchos casos en carterias de gente con contrato de moto que como les da "miedo" la moto les dan el carro. Eso sí, son enchufados que como se cobra más de moto ... A cambio, al contratado sin enchufe con contrato de a pie le dan la moto, y cuidado no te niegues, que estás allí para lo que se necesite y si no llaman a Madrid a chivarse de que te has negado a hacer lo que dice el jefe.
• 05/01/2016 13:29:00.
• Mensajes: 231
• Desde: Alicante/Alacant.
• Registrado: julio 2014.
Tú lo has dicho albertosp, si te dan la orden a tí siendo reparto pie, para que cojas la moto, te la dan vía ORAL (válgame la expresión) porque parece que sólo les falta darnos por c. Pero seguro que la comunicación de que te niegas te la hacen por escrito a Madrid, ahí era para decirles, yo? Yo no me he negado, a mí no me ha llegado la notificación por escrito donde se haga explícitamente que tengo la OBLIGACIÓN de colindar o coger la moto (cuándo no era requisito ni para el puesto ni se valoraba como tal) por lo que YO SI ME VEO EN LA OBLIGACIÓN Y DERECHO ANTE TODO DE NEGARME A ACATAR ESA ORDEN QUE CARECE DE FUNDAMENTO, independientemente de las necesidades de la empresa (eso que tanto abunda ahora para hacer lo que les sale de los cojo_nes a más de un listo). Así que como dicen algunos, seguimos siendo los empleados (eso sí si queremos ser más fuertes) la sartén por el mango, que no se les olvide a la "elite" que sin nosotros no son nada.
• 09/01/2016 18:48:00.
• Mensajes: 4
• Registrado: enero 2016.
Ancahezu, no se cuanto hace sacaste el A, A1 o A2, pero con todos mis respetos estas totalmente equivocado.
El carnet A1, al igual que el B con 3 o mas años de experiencia, te permite conducir motos de hasta 125 cc. o 15cw. máximo.
Lo dicho, igual a todos los efectos que el A1.
Alguien sabe a que organismo hay que dirigirse o que pasos hay que dar para impugnar bases????
Mil gracias gente.
• 09/01/2016 22:44:00.
• Mensajes: 602
• Registrado: enero 2009.
Realmente te dejan conducir motos de hasta 125 cc, pero no quiere decir que lo tengas, solo hay que ver, que no aparece reflejado en el carnet y fuera de España no te dejan conducirlas.
• 10/01/2016 1:23:00.
• Mensajes: 222
• Registrado: febrero 2015.
Yo me saque el carnet hace 3 años y claro que tu puedes conducir las motos de 125 con el B con 3 años de experiencia , pero es que con el A1 puedes conducir motos de hasta 80 caballos me parece . Amen de como te dicen arriba en el carnet se ve claramente los permisos que tienes y con el b no te anotan el A1 con lo cual no es lo mismo y lo que te pide correos no es poder conducir motos de 125 si no el carnet A1 o el A .
• 10/01/2016 17:47:00.
• Mensajes: 231
• Desde: Alicante/Alacant.
• Registrado: julio 2014.
Exacto DelSur1975, eso mismo pasa con los tan nombrados títulos, o la titulitis en España, el disponer de un título sea de grado medio o superior no quiere decir que tengas los conocimientos, es más, teniendo en cuenta el nivel tanto de FP como Universitario en Espagna, no siempre es un reconocimiento objetivo, y casi siempre el tiempo es el que posteriormente demuestra que dispones de esos conocimientos y la puesta en práctica.
Del mismo modo, aquí por la situación que todos conocemos, las Jefaturas no siempre están representadas por gente competente, y más si esas jefaturas han sido dadas a dedo, o a ... bueno mejor lo dejamos en, simplemente a dedo, pero no significa que esté cualificado ese/a jefe/a para los requisitos del puesto (que también ha podido o no pasar por los cauces legales y normales, y formalismos para que se oferte como debería).
Dicho esto, es demasiado RELATIVO el disponer del permiso, y más si hace años que no tocas una moto (digo tocas, no por ti, sino generalizando).
• 11/01/2016 10:29:00.
• Mensajes: 4
• Registrado: enero 2016.
Vuelvo a repetir, trafico regula eso, y en ningun momento expecifica que cuando tengas el carnet B mas de tres años debes coger una moto de 125 solamente si sabes llevarla.
Este bien o mal hecho, es trafico quien lo regula y lo hace así.
A1=B con mas de tres años de experiencia, 125CC o 15 caballos maximo. todo ello en territorio español eso sí. Aunque como bien he leido por ahí, capaces son de sacarnos a el extraradio a llevar algún Aliexpress!!! Jajajajjjaja!!
• 11/01/2016 10:55:00.
• Mensajes: 248
• Registrado: abril 2015.
Efectivamente el B con tres años de antigüedad equivale al A1 , esto es como todo , tienes que acostumbrarte a llevar la moto , como al principio de coger el coche ,lo peor es conducir con miedo en cualquier vehículo.
Yo tengo un par de amigos que se sacaron el B de coche ,hace muchos años , y luego prácticamente no conducían y claro llega un momento en el que ese tipo de personas está para examinarse de nuevo , y mucho menos coger una moto.
• 11/01/2016 11:18:00.
• Mensajes: 602
• Registrado: enero 2009.
De ninguna manera equivale el B a A1, si fueran equivalentes, te sellarian el A1 cuando renuevas el carnet de conducir, cosa que no pasa, con el B te dejan conducir motos de hasta 125, cosa que es MUY diferente.
• 11/01/2016 12:15:00.
• Mensajes: 222
• Registrado: febrero 2015.
Totalmente de acuerdo contigo andariego yo no entiendo porque decis tantas tonterias con lo de los carnes no es lo mismo ni parecido si no porque hacen los examenes del A1 . Entiendo que vosotros querais que sea lo mismo para los puntos de la consolidacion pero ya decir que trafico equivale el B con el A1 es mentira simple y llanamente tu con el B como mx puedes conducir motos de 125 y alguien con el A1 de 750 cc si quiere y no pasa de 80 cb asique porfavor no digais tonterias que no son .
• 11/01/2016 14:14:00.
• Mensajes: 4
• Registrado: enero 2016.
Efectivamente amigo Andariego, te dejan conducir motos de hasta 125cc. exactamente igual que con el A1. Al igual que podéis llevar cualquier ciclomotor de 49cc con el carnet B, o me vais a decir que ese tampoco es igual o equivalente???
Respecto a Ancahezu, te has empecinado en algo y esta claro que no tienes conocimiento de ello. Como puedes afirmar tantas veces que con un A1 puedes llevar motos de 750cc o de 80 caballos??? En serio, documentate y cuando lo hagas responde con conocimiento de causa, por que estas asesorando mal al resto de foreros. Te lo vuelvo a repetir, pero por favor búscalo en la misma pagina de trafico si quieres antes de volver a contestar: A1 te permite conducir motos de hasta 125cc o 15 caballos máximo.
Un saludo.
• 11/01/2016 15:30:00.
• Mensajes: 231
• Desde: Alicante/Alacant.
• Registrado: julio 2014.
Bueno a ver chavales, no discutáis, en la moto de 125cc, se invita a comer a los caballos, y dónde comen 3, comen 4, o sea 15 y 80 viene a ser lo mismo. En definitiva es el mismo tipo de cuentas de la vieja que hace la casa para colar a sus amiguísimos, y los sindicalistos.
• 11/01/2016 19:24:00.
• Mensajes: 248
• Registrado: abril 2015.
A ver , no le deis más vueltas al tema , teniendo el B con tres años de antigüedad se pueden llevar motos hasta 125 cms. cúbicos , pero el específico es el A1 y punto.
Con respecto a los cursos , yo creo que está claro que correos quiere gente nueva , por eso valora con 8 puntos los cursos y 1 la fp de grado medio , son bastantes puntos más los carnets , así que valora más eso que la antigüedad en la casa , yo creo que para pagar menos trienios , muchos creen que por llevar muchos años trabajados lo van a tener más fácil y no es así porque puede que entre gente de la calle.