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711.017 mensajes • 396.184 usuarios registrados desde el 25/05/2005

diarveinde

• 27/06/2016 16:06:00.
Mensajes: 6
• Registrado: junio 2016.

Licencia sin sueldo/excedencia

Hola a todos. Esta es mi primera intervención.
Solicité una licencia sin sueldo cuidado para el mes de agosto para quedarme con mi hijo de tres años y cuatro meses. Me ha llegado la respuesta hoy. Denegada. Y ahora no sé qué hacer. Me dicen algunos que solicite excedencia por cuidado de familiar porque al ser el niño mayor de tres años no puedo solicitar la de cuidado de hijos. Pero otros me dicen que por cuidado de familiar no me corresponde y me la pueden denegar. Otros me dicen que me acoja a la huelga convocada por la cgt pero no sé.... Un mes entero de huelga.... Tendré luego consecuencias? Estoy como loca porque no tengo familia cercana para que se queden con el niño, mi marido trabaja todo el verano sin posibilidad de que podamos turnarnos en el cuidado del peque. Yo voy a solicitar la excedencia pero tengo miedo de que me la denieguen y no tener posibilidad de buscar alternativas. Las vacaciones las tengo en julio. No tengo opción de llevarlo a campamentos urbanos ni cosas de ese tipo. Alguién más está en esta situación? Porque en mi unidad de reparto nos lo han denegado a las tres que lo habíamos solicitado. Qué se puede hacer? Perdón por el rollo y gracias por vuestra ayuda

25 RESPUESTAS AL MENSAJE

hlw

• 27/06/2016 19:53:00.
Mensajes: 231
• Desde: Alicante/Alacant.
• Registrado: julio 2014.

RE:Licencia sin sueldo/excedencia

No es ningún rollo, no tienes por qué disculparte, además seguro que hay muchas más mujeres y hombres en tu situación.

Lo mejor es asesorarte en personal y que te indiquen qué opciones tienes porque igual en tu unidad no te van a hacer mucho caso, ya se sabe que a veces, se beneficia a según qué personas en contra de la equidad de la unidad y su personal.

El tema está en evaluar las opciones que tiene que ni te perjudiquen en el cuidado de tu pequeño, y tampoco te perjudique a nivel económico por el tipo de solicitud. ¿Qué antigüedad tienes? ¿Has agotado todos los días disponibles?

Espero alguien que haya tenido o conozca de alguna situación similar pueda aportarte lo que necesitas.

diarveinde

• 27/06/2016 21:32:00.
Mensajes: 6
• Registrado: junio 2016.

RE:Licencia sin sueldo/excedencia

Muchas gracias por tu respuesta. Llevo 10 años en correos y de asuntos propios solo me quedan dos porque con un niño tan pequeño y la guardería las enfermedades este invierno nos han costado ya 4 ap. A mi me hace falta todo julio que lo tengo de vacaciones, todo agosto y la primera semana de septiembre que es lo que había pedido de licencia. Lo que digo que me han comentado son compañeros de oídas o experiencias. Mi jefe me dice que lo intente con la excedencia, que seguramente tenga suerte. Pero me da miedo encontrarme a mediados de julio o finales con un burofax que me diga que no me dan la excedencia y no tener ni margen de maniobra para reaccionar

pakeke

• 27/06/2016 21:43:00.
Mensajes: 6
• Registrado: noviembre 2015.

RE:Licencia sin sueldo/excedencia

diarveinde no tengo el convenio a mano pero creo que hasta que tu hijo tenga 12 años tienes derecho a la excedencia para cuidado de menores.Además que hay un matiz importante con respecto a una licencia sin sueldo:es un derecho que no te pueden denegar por necesidad de servicio ni por ninguna otra excusa.
Puedes solicitar hasta 2 años con reserva de puesto y tres sin reserva
Mira el convenio o pregunta a los sindicatos no hagas caso a jefes porque ellos te pueden dar la información que les convenga

hlw

• 27/06/2016 22:24:00.
Mensajes: 231
• Desde: Alicante/Alacant.
• Registrado: julio 2014.

RE:Licencia sin sueldo/excedencia

Verifica todo lo que te comenta pakeke, y sobre todo, lo que hagas todo deja constancia por escrito, que luego ya se sabe. Y más con las fechas a la vuelta de la esquina.

Espero tengas suerte y ánimo! Verás como puedes compaginar.

diarveinde

• 28/06/2016 0:04:00.
Mensajes: 6
• Registrado: junio 2016.

RE:Licencia sin sueldo/excedencia

Gracias a todos de verdad. Lo de los doce años lo he visto con respecto a la reducción de jornada pero no con lo de la excedencia. Mañana voy a consultar a un abogado laboral para que me oriente y me ayude a formular el escrito. Ya os contaré sobre todo por si sirve de ayuda a otros compañeros porque me han dicho que las licencias las están denegando a todo el mundo. Muchísimas gracias

ex rural de madrid

haw haw

• 28/06/2016 15:34:00.
Mensajes: 685
• Registrado: septiembre 2005.

RE:Licencia sin sueldo/excedencia

Lo mejor es irte directamente al Juzgado de lo Social, y que en sede judicial te expliquen los "Juridicos" de Cacacorreos la causa de la denegaciòn......je je y rejeje,tal vez ni se presenten a conciliacion ni a oposiciòn a la demanda,je je y rejeje.

girasoll

• 28/06/2016 16:45:00.
Mensajes: 84
• Registrado: febrero 2013.

RE:Licencia sin sueldo/excedencia

Pues el año pasado si la concedían por cuidado de familiar.....el niño es menor.Pregunta en recursos humanos.puedes llamar por teléfono.está en Conde Peñalver. Mucha suerte

passarella

• 29/06/2016 16:19:00.
Mensajes: 10
• Registrado: octubre 2005.

RE:Licencia sin sueldo/excedencia

Hola
puedes solicitar la licencia sin sueldo pero el criterio para cocederlo es aleatorio, sabes que son 3 meses cada 2
da 2 años a contar desde q se te concede el primer permiso.
Lo mas practico es acogerte a la huelga es asi de facil.
De todas formas vuelve a solicitarlo por si acaso
un saludo

diarveinde

• 29/06/2016 19:53:00.
Mensajes: 6
• Registrado: junio 2016.

RE:Licencia sin sueldo/excedencia

Efectivamente el año pasado me la concedieron y mi hermana lleva como cinco años solicitándola y disfrutándola. Este año dicen en rrhh que lo hemos pedido demasiados, que no miramos por la empresa, que como se nota que ha terminado la crisis y hay dinero y ojalá vuelva y se nos pase la tontería de pedir licencias. Que si solo tenemos niños en verano.... Un sarta de estupideces increíble que le han soltado esta mañana por teléfono a una compañera a la que también se la han denegado y ha llamado para pedir explicaciones. Lo de la huelga, conocéis a alguien que haya hecho algo similar? Simplemente dejo de aparecer por la oficina? Tengo que avisar? Nunca me he visto en una igual.... Mil gracias

postaliño

• 29/06/2016 22:53:00.
Mensajes: 40
• Registrado: enero 2012.

RE:Licencia sin sueldo/excedencia

Otra solución, quizás la mejor, es coger la baja médica. Mismamente por estres y ansiedad.

hlw

• 30/06/2016 18:11:00.
Mensajes: 231
• Desde: Alicante/Alacant.
• Registrado: julio 2014.

RE:Licencia sin sueldo/excedencia

A mí me dice eso uno o una de rrhh y se le quitan las ganas de decir otra gilipoll_ez así. Aquí lo que hay cada vez es menos vergüenza.

Pero lo peor es que se sigue permitiendo que se nos pisen los derechos, mientras ellos hacen y deshacen a su conveniencia en determinados casos.

Que les den

• 01/07/2016 11:51:00.
Mensajes: 30
• Registrado: julio 2007.

RE:Licencia sin sueldo/excedencia

Aquí tienes toda la información oficial. Te pedirá el Usuario y contraseña que uses habitualmente en Correos.

https://conecta.correos.es/personas/Paginas/PermisosYLicencias.aspx

pruiz78

• 06/07/2016 20:52:00.
Mensajes: 1
• Registrado: junio 2015.

RE:Licencia sin sueldo/excedencia

Diarveinde, ¿pudiste solucionar algo? Si alguien más puede asesorarle. Esperemos hayas tenido una solución que no te perjudique en demasía.

Y si no ya sabes, vuelve a plantear tu cuestión que aquí hay personas muy preparadas, incluso mejor que otros que desempeñan puestos de responsabilidad y no saben ni dónde tienen la cara, y podrán asesorarte mucho mejor.

diarveinde

• 12/07/2016 15:22:00.
Mensajes: 6
• Registrado: junio 2016.

RE:Licencia sin sueldo/excedencia

Solicité excedencia por cuidado de familiares junto con un escrito que me hizo el abogado. Me contestaron a los dos días por correo electrónico esta maravilla:

En relación con su solicitud de excedencia por cuidado de familiares informarle que según la documentación que nos aporta, la excedencia tendría que solicitarse como excedencia por cuidado de hijos, y dado que la concesión de dicha excedencia se supedita a que los hijos sean menores de tres años, supuesto que no es el suyo no es posible la tramitación de la misma.

Me quedé alucinada porque es tan absurdo que ni término de creérmelo. Mi abogado redactó una respuesta reiterando mi petición y explicándoles por qué tengo derecho a la misma de forma legal. Mi hijo es un familiar de hasta segundo grado de consanguinidad que por su edad, tres años y tres meses, no puede valerse por sí mismo y no desempeña actividad retribuida (son los requisitos de la excedencia por cuidado de familiares).
A eso aún no me han contestado
Y no sé qué hacer
Si me dicen que no, hacer huelga todo el mes de agosto para pedir jornada reducida a la mitad, trabajar de 7.30 a 11.15 y en ese rato dejarlo con una vecina que se ha ofrecido. No me hace ninguna gracia porque el niño no tiene confianza con ella pero en realidad si se despierta sobre las 10.30 o así, solo estaría despierto con ella 1.30 más o menos. Pero para mi no es una solución porque mi peque no va a estar a gusto. Y además, que tengo derecho a quedarme con mi hijo y para eso hay licencias y excedencias. Y la empresa los vulnera.
Seguramente haga la huelga porque no me quedan muchas más alternativas. Llevármelo a la unidad de reparto y poner un sidecar a la moto mientras reparto, no sé....

hlw

• 12/07/2016 19:38:00.
Mensajes: 231
• Desde: Alicante/Alacant.
• Registrado: julio 2014.

RE:Licencia sin sueldo/excedencia

Joder, esta gente se las quieren dar de que se las saben todas e intentan sacar cualquier resquicio para evitar que se hagan cosas que seguro que ellos lo hacen sin escrito y sin nada. Muchos incluso conocerán casos cercanos.

El "A eso aún no me han contestado" es que quizás ni si quiera sepan dónde tienen la cara. O estén buscando en el libro gordo de petete, entiéndase Convenio Colectivo.

Respecto a la Huelga y otras medidas sopésalas bien antes de que te perjudiquen. Yo de ti, presentaba ambos escritos el primero, y la respuesta, y el que has presentado ante Trabajo a ver que te contestan. Del mismo modo si conoces casos o ve preguntando a personas que hayan tenido casos similares por tu entorno laboral y si das con alguien que sepa de buena tinta que se ha concedido en casos similares ya sabes.

Se trata de responder a esta pared que a veces es flexible para algunos y un muro para otros, los de siempre.

Merceditas1970

• 12/07/2016 21:20:00.
Mensajes: 38
• Registrado: septiembre 2010.

RE:Licencia sin sueldo/excedencia

EXCEDENCIA POR CUIDADO DE FAMILIARES
¿Dónde se encuentra regulada la excedencia por cuidado de familiares?
La excedencia por cuidado de familiares se encuentra regulada en el Art. 46.3 Estatuto de los Trabajadores que establece que "los trabajadores tendrán derecho a un período de excedencia no superior a 3 años para atender el cuidado de cada menor, tanto cuando lo sea por naturaleza, como por adopción, o en los supuestos de acogimiento, tanto permanente como preadoptivo, aunque éstos sean provisionales, a contar desde la fecha de nacimiento o, en su caso, de la resolución judicial o administrativa.
También tendrán derecho a un período de excedencia, de duración no superior a 2 años, salvo que se establezca una duración mayor por negociación colectiva, los trabajadores para atender al cuidado de un familiar, hasta el segundo grada de consanguinidad o afinidad, que por razones de edad, accidente, enfermedad o discapacidad no pueda valerse por sí mismo, y no desempeñe actividad retribuida.
Puede disfrutarse de forma fraccionada. Es un derecho individual del personal laboral de la empresa. No obstante si dos o más trabajadores de la misma empresa generasen este derecho por el mismo sujeto causante, el empresario podrá limitar su ejercicio simultáneo por razones justificadas de funcionamiento de la empresa.
Cuando un nuevo sujeto causante diera derecho a un nuevo período de excedencia, el inicio de la misma dará fin al que, en su caso, se viera disfrutando.
El período de excedencia computa a efectos de antigüedad. Tendrá derecho a la asistencia a cursos de formación profesional, a cuya participación deberá ser convocado por el empresario, especialmente con ocasión de su reincorporación.
Durante el primer año tendrá derecho a la reserva del mismo puesto de trabajo. Transcurrido dicho plazo, la reserva quedará referida a un puesto de trabajo del mismo grupo profesional o categoría equivalente.
En caso de familia numerosa, la reserva de puesto de trabajo se extenderá hasta un máximo de 15 meses cuando se trate de familia numerosa de categoría general, y hasta un máximo de 18 meses si se trata de categoría especial.
¿En qué supuestos se puede solicitar la excedencia por cuidado de familiares?
La excedencia por cuidado de familiares se puede solicitar en los siguientes supuestos:
61607 Por el cuidado de hijos menores de 3 años.
61607 Por el cuidado de un familiar hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, que por razones de edad, accidente, enfermedad o discapacidad no pueda valerse por sí mismo y no desempeñe actividad retribuida.

Merceditas1970

• 12/07/2016 21:21:00.
Mensajes: 38
• Registrado: septiembre 2010.

RE:Licencia sin sueldo/excedencia

¿Cuál es la duración del período de excedencia?
En el supuesto de excedencia por cuidado de hijos la duración máxima son 3 años a contar desde la fecha de nacimiento o, en su caso, de la resolución o acogimiento tanto permanente como preadoptivo, aunque estos sean provisionales.
En los supuestos de excedencia por cuidado de familiar, hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, que por razones de edad, accidente, enfermedad o discapacidad no pueda valerse por sí mismo y no desempeñe actividad retribuida, la duración máxima es de 2 años, salvo que se establezca una duración superior a través de la negociación colectiva.

Merceditas1970

• 12/07/2016 21:22:00.
Mensajes: 38
• Registrado: septiembre 2010.

RE:Licencia sin sueldo/excedencia

¿La excedencia por cuidado de familiares puede fraccionarse o debe ser disfrutada de forma ininterrumpida?
La excedencia tanto por cuidado de hijos como de familiares puede disfrutarse de forma fraccionada, dentro del plazo legal de duración.
¿Puede el padre solicitar la excedencia por cuidado de hijos? ¿Y en caso que la madre no trabaje?
Sí en ambos casos. Ley reconoce que la excedencia por cuidado de hijos es un derecho individual de los trabajadores, hombres y mujeres. Esto significa que cualquiera de los dos progenitores puede solicitar este tipo de excedencia independientemente de la situación laboral del otro progenitor.
¿Cuáles son mis derechos laborales mientras disfruto una excedencia por cuidado de familiares?
Computable a efectos de antigüedad.
Asistencia a los cursos de formación profesional a cuya participación deberá ser convocado por la empresa.
Durante el primer año el trabajador/a tiene derecho a la reserva de su puesto de trabajo. Durante el 2º y 3º año la reserva es de un puesto de trabajo del mismo grupo profesional o categoría equivalente.
En el caso que el trabajador forma parte de una familia numerosa la reserva de su puesto de trabajo se extiende hasta 15 meses, las de categoría general y 18 meses en los casos de familia numerosa de categoría especial.

Merceditas1970

• 12/07/2016 21:23:00.
Mensajes: 38
• Registrado: septiembre 2010.

RE:Licencia sin sueldo/excedencia

¿Puede la empresa denegar el reintegro después de disfrutar la excedencia por cuidado de familiares?
No. A la terminación del primer año de excedencia, el/la trabajador/a puede reincorporarse a su mismo puesto de trabajo, ya que la Ley establece que durante ese período se reservará su puesto de trabajo. Transcurrido dicho plazo el/la trabajador/a excedente conserva también el derecho a la reserva del puesto de trabajo y por tanto el derecho al reingreso, pero en este caso sólo se tiene derecho al reingreso en un puesto de trabajo del mismo grupo profesional o categoría equivalente.
¿La solicitud de excedencia por cuidado de familiares puede hacerse por escrito o es válido que se haga de forma verbal?
La ley no exige que se haga por escrito, pero por razones de seguridad jurídica para la trabajadora/trabajador, es conveniente hacer la petición de la excedencia por escrito. En el escrito hay que hacer constar la duración del período de disfrute de la excedencia, indicando la fecha de inicio y la fecha de finalización del mismo.
¿Hay que utilizar algún modelo oficial para comunicar la solicitud de excedencia?
No, la ley no exige ningún modelo oficial.
¿Existe algún plazo para comunicar la reincorporación al puesto de trabajo con motivo de la finalización del período de excedencia?
La ley no exige que el trabajador manifieste su voluntad de reincorporarse con una determinada antelación, bastando con que solicite el reingreso en cualquier momento anterior a la terminación de la excedencia.
¿Durante la excedencia está obligado el empresario/a a cotizar por el trabajador/a?
Comunicada la solicitud de la excedencia, la empresa debe cursar la baja del trabajador en la Seguridad Social en el plazo de 15 días y no existe obligación de cotizar.

Merceditas1970

• 12/07/2016 21:24:00.
Mensajes: 38
• Registrado: septiembre 2010.

RE:Licencia sin sueldo/excedencia

¿Y cuáles son las consecuencias a efectos de prestaciones de la Seguridad Social en la situación de excedencia por cuidado de familiares?
El primer año de excedencia por cuidado de familiares se considera como cotización efectiva para causar derecho a las prestaciones de jubilación, incapacidad permanente, muerte y supervivencia, maternidad y paternidad.
Y el período de excedencia que exceda por cuidado de familiares que exceda del periodo considerado como de cotización efectiva (1 año), tiene la consideración de situación asimilada al alta a efectos de las prestaciones de la Seguridad Social, salvo para la incapacidad temporal y la maternidad.
¿Me pueden despedir por solicitar y disfrutar una excedencia por cuidado de hijos?
No. Se trataría de un despido nulo por vulneración de derechos fundamentales, frente al que hay que demandar a la empresa antes de que transcurran los 20 días siguientes a la notificación del despido.

Merceditas1970

• 12/07/2016 21:26:00.
Mensajes: 38
• Registrado: septiembre 2010.

RE:Licencia sin sueldo/excedencia

Que tu abogado presente una demanda por prevaricación al funcionario que te denegado la licencia y si es personal laboral que lo denuncie ante el juzgado de lo penal !!

Si no tienes recurso pide un abogado de oficio!!

hlw

• 12/07/2016 21:34:00.
Mensajes: 231
• Desde: Alicante/Alacant.
• Registrado: julio 2014.

RE:Licencia sin sueldo/excedencia

::: --> Editado el dia : 12/07/2016 21:35:16
::: --> Motivo :

Con personas así da gusto trabajar. Gracias Merceditas1970, en nombre de quienes queremos trabajar de forma honrada y honesta.

Agregar, aunque está todo bastante claro, que en caso de que por desgracia procedan como comentas con el despido, además de lo estipulado a la hora de firmar y demás, lo más importante verificar la fecha de la carta de despido, y en tal caso reflejar que la fecha de despido no coincide con el día en el que se le entrega (además de solicitar previamente carta firmada y sellada en todas sus páginas), incluso la presencia de algún delegado sindical, pues suelen jugar con la fecha, especificando una fecha anterior con el fin de que se pasen esos 20 días a la hora de presentar demanda por dicha causa.

FULARES

enchufados que ni siquiera hacen bien su trabajo

• 16/07/2016 19:31:00.
Mensajes: 2
• Registrado: julio 2016.

RE:Licencia sin sueldo/excedencia

Yo estoy en huelga por denegación de licencia sin sueldo cuando NUNCA se han denegado. Espero que dentro de unos dias cuando regrese al puesto de trabajo, las personas que suelen pedir licencias sin sueldo por motivos mas triviales, también se les deniegue porque si se concede solo por amistad o enchufismo, yo lo voy a denunciar.

jlizana

• 18/07/2016 1:26:00.
Mensajes: 2
• Registrado: octubre 2006.

RE:Licencia sin sueldo/excedencia

yo lo tengo super claro, vamos una baja medica y encima cobro ese mes que hulga ni que leches es mas me la hubiera pedido la baja en julio y agosto, para que septiembre pidas las vacaciones asi en lugar de un mes gratis de correos son tres meses, lo tengo super claro.

diarveinde

• 19/07/2016 1:30:00.
Mensajes: 6
• Registrado: junio 2016.

RE:Licencia sin sueldo/excedencia

Muchísimas gracias a todos por las respuestas. Hoy he recibido un burofax en el que de nuevo me vuelven a denegar la excedencia por cuidado de familiares. Mañana lo vuelvo a hablar con mi abogado a ver qué dice.
Lo de la baja estaría bien si mi médico fuera de baja fácil. Cuando estaba embarazada me dieron la baja cuatro días antes de dar a luz porque mi médico decía que no había motivos para darmela antes. Es muy difícil que mi médico de la baja y menos por un mes que es lo que necesito. Creo que sólo me queda la opción de huelga, pero me da miedo. Fulares, me puedes contar algo más de tu experiencia? Es que no conozco a nadie que lo haya hecho. Un saludo y muchas gracias de nuevo


Seguro que tienes mucho que decir, te estamos esperando.


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