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709.308 mensajes • 396.057 usuarios registrados desde el 25/05/2005

simplemente30

• 11/04/2019 21:07:00.
Mensajes: 43
• Registrado: marzo 2019.

Si te toca de mesa electoral tienes derecho horas de descanso al dia sigui

Hola, hoy paso algo curioso a un compañero le a tocado de mesa electoral y debatiamos si tiene derecho a horas libres al dia siguiente en su jornada de trabajo, yo se que si estas a jornada completa tienes derecho a hacer solo 5 horas, pero la duda que teniamos es que si trabajando a media jornada por la tarde tambien tiene derecho a tiempo libre????

4 RESPUESTAS AL MENSAJE

Gigolou

• 11/04/2019 21:49:00.
Mensajes: 231
• Registrado: noviembre 2016.

RE:Si te toca de mesa electoral tienes derecho horas de descanso al dia si

Si,y te dan tb un bono descuento del corte inglés....

simplemente30

• 12/04/2019 0:52:00.
Mensajes: 43
• Registrado: marzo 2019.

RE:Si te toca de mesa electoral tienes derecho horas de descanso al dia si

::: --> Editado el dia : 12/04/2019 2:16:06
::: --> Motivo :

:
Bueno pues confirmado, en el sindicato le dicen que tiene derecho al dia libre al igual que los de jornada completa, que tienen descanso al dia siguiente gracias por tu comentario da gusto aportar sin saber , estaria bien tambien el bono y una paga extra verdad?
Bueno pues lo dicho si alguno habeis tenidola suerte de ser mesa contad que os pagaran y encima al dia siguiente descansais.

sigeris

hoy puede ser un gran dia

• 12/04/2019 18:01:00.
Mensajes: 78
• Registrado: mayo 2008.

RE:Si te toca de mesa electoral tienes derecho horas de descanso al dia si

Permisos de trabajadores designados miembros de Mesa
Los trabajadores por cuenta ajena y los funcionarios nombrados Presidente o Vocal de Mesa Electoral tienen derecho a un permiso retribuido de jornada completa durante el día de la votación, si es laboral.

En todo caso, tienen derecho a una reducción de su jornada de trabajo de cinco horas el día inmediatamente posterior.

En el caso de trabajadores con horario nocturno, el turno de noche que comienza el día de la votación se computa como jornada laboral del día electoral, al tiempo que el derecho de reducción de cinco horas de la jornada de trabajo puede ejercerse en el turno de noche siguiente del trabajador, siempre y cuando este turno se inicie el día inmediatamente posterior al de las elecciones.


Seguro que tienes mucho que decir, te estamos esperando.


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