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709.308 mensajes • 396.057 usuarios registrados desde el 25/05/2005
• 12/01/2007 20:05:00.
• Mensajes: 3
• Registrado: octubre 2006.
puede el abogado del detenido solicitar el habeas corpus para su detenido??
gracias de antemano y suerte a todos.
• 12/01/2007 20:31:00.
• Mensajes: 32
• Registrado: septiembre 2006.
Ahora sí puede por jurisprudencia, pero en la Ley del Habeas Corpus no viene recogido, como te ha dicho el compañero. Si te pregunta según la Ley Habeas Corpus no puede.
Saludos.
• 12/01/2007 20:31:00.
• Mensajes: 48
• Registrado: noviembre 2005.
Pues te voy a contradecir,javillera,pero si que puede(segun sentencia del Tribunal Constitucional).
• 12/01/2007 20:32:00.
• Mensajes: 20
• Registrado: septiembre 2005.
Tienen razón javillera,el año pasado cuando iba a la academia nos contó eso mi profesor.
• 12/01/2007 20:34:00.
• Mensajes: 32
• Registrado: septiembre 2006.
Poder, puede. Pero si te preguntan que si según el Habeas Corpus el abogado puede pedirlo para su cliente la respuesta es no.
Saludos.
• 12/01/2007 20:34:00.
• Mensajes: 1
• Registrado: julio 2006.
la solicitud presentada por el abogado de la persona detenida es interpretada por la jurisprudencia como presentada por el privado de libertad, a traves de su representante,
eso pone en mi temario, sí puede
• 12/01/2007 20:35:00.
• Mensajes: 3
• Registrado: octubre 2006.
gracias x contestar xicos,y animo que ya falta pokito ehh!! Suerte a todos.
Si puede segun la jurisprudencia, pero en la ley referida al habeas corpus no. Por tanto si la pregunta de examen fuese ¿Puede el abogado presentar la solicitud de habeas corpus de su cliente? La respuesta debe ser si.
Y si hay que responder que no es porque seran mas concretos en la pregunta. y sera algo asi ¿puede el abogado presentar la solisitud de habeas corpus segun la jurisprudencia? Si ¿o segun la ley de habeas corpus? NO
Menuda paranoia que me montao, espero haberme explicado
• 13/01/2007 5:25:00.
• Mensajes: 39
• Registrado: enero 2006.
porro, cuidao, que te ha caido una china en el pantalon!!!
• 13/01/2007 12:11:00.
• Mensajes: 48
• Registrado: noviembre 2005.
Para mi es como dice porro
Dejad de liaros... si os lo preuntan en el examen poned que no puede y pasad para la suiente pregunta, que como le esteis buscando los 3 pies al gato no acavareis nunca el examen...
hay sentencias del Supremo q aceptan q el abogado presente el habeas corpus, ya que la figura del abogado representa a su cliente.
si vale pues tu pon eso en el examen aver q te dicen... solo es un consejo...
• 14/01/2007 4:26:00.
• Mensajes: 11
• Registrado: marzo 2006.
para mi que estamos un poco perdios, incluido yo claro, este año aprobamos con un 2 en el teorico jajaja
Maderote no me hace falta ponerlo en el examen porq ya hace unos años q aprobé.
el abogado no puede directamente:
"-el privado de libertad,su conyúge o persona unida por analoga relacion de afectividad,descendientes,ascendientes,hermanos,y en su caso,respecto a lo menores y personas incapacitadas,sus representantes legales.
-el ministerio fiscal
-el defensor del pueblo
-Asimismo, de oficio,el juez competente del lugar donde haya sido detenido o del lugar donde se tenga ultimas noticias sobre el paradero del detenido."
pero no el abogado directamente;
saludos
me alegro por tu kalvomix, pero deja de confundir a la gente... Esta bien que nos muestres tu sabiduria, pero eso no nos lo exigen en el examen, lo único que hace es confundirnos...
Vamos a ver Maderote, no tengo porq confundir a nadie, y si me conocieras un poco no es lo mio lo de poner post para confundir a nadie.
Cuando apruebes (si esq apruebas..), y vayas a Ávila alli te dirán lo q hay, y si puede o no.
No te esyoy diciendo que lo hagas a proposito. Y cuando APRUEBE, me alegro de que me lo enseñen en la academia, pero como te dije en el otro post eso no nos lo exigen en la oposición. Asi que el abogado no puede instar directamente el Habeas Corpus de su cliente. Eso es lo que pone el libro, es lo que me ha dicho el inspector jefe de mi academia y es lo que hay que poner y PUNTO FINAL.
Me alegro q estes tan convencido de q vas a aprobar, pero si permites un consejo de alguien q lleva un poco mas q tu en este mundo, un poquito de humildad no viene mal, tanto para aprobar como una vez dentro.
Consejo aceptado.
Saludos!!
• 17/01/2007 5:45:00.
• Mensajes: 15
• Registrado: noviembre 2005.
puede por supuesto.
Según la ley de habeas corpus no,pero si por reiterada jurisprudencia tanto del TS como TC.
Ahora si,lo que decia la sentencia que lei yo, era que el abogado no la podia pedir por cuenta propia,sino que su representado tenia que solicitarla y entonces actuaba el letrado.
En definitiva no se como os lo preguntan a vosotros pq yo los casos para la oposicion que me preparo son supuestos practicos tipo los de la ejecutiva del CNP,y aplicamos todo lo necesario en el proceso...Codigo penal,Lecrim,diversas leyes,emtre ellas la de habeas corpus,jurisprudencia etc...
vamos que si te dicen que presenta la solicitud el abogado,yo diria...actuación correcta por jurisprudencia,si bien no es uno de los extremos recogidos en la ley del habeas corpus
no son competentes para instar el procedimiento de Habeas Corpus ni el abogado ni procurador-