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FOROS OPOSICIONES FORO Oposiciones Cuerpos y Fuerzas de Seguridad
711.887 mensajes • 396.252 usuarios registrados desde el 25/05/2005
• 18/03/2005 12:52:00.
• No registrado.
Alguien sabe si el robo con fuerza en casa habitada absorbe al allanamiento de morada o es en concurso
espero serte de ayuda aunque tarde,el robo con violencia o intimidacion en casa habitada es el unico supuesto que va en concurso,el resto siempre queda absorbido ya sea en local abierto al publico o con fuerza en las cosas
kieres oir algo gracioso
me he sacado el otro sia un 10 en el examen de codigo penal y no tengo ni idea de ke hablas
jajajaja...
Así serán los exámenes que os ponen en la GC...además creo que eres un mentiroso, el llamarse un GC Pikoleto, no es palabra que les agrade a los compañeros de la GC...
Por lo demás,,estoy con lo expuesto por el compañero, entra en concurso si es con violencia o inimidación.
No es q quede absorbido, es q en el caso de robo con fuerza, hay una agravante, en el artículo 241.1, q consiste en realizar el robo en casa habitada, por eso no pones el allanamiento de morada (estarías violando el principio del "nom bis in idem"). En el caso del robo con violencia, si q tienes q considerarlo.
eso no es verdad, porque se puede dar robo con fuerza en una casa de verano, por ejemplo, q el supremo considera morada a todos los efectos, y si no está habitada, no se aplica la agravante del 242.1 CP en ningún caso. por tanto el robo con fuerza absorbe el allanamiento de morada, en la mayoría de los casos, porq a veces es posible q exista concurso real de delitos, en el caso por ejemplo en que el caco entra a robar y aparte empieza a fisgonear en cajones y a leer cartas íntimas o un diario por ejemplo, y se toma una cerveza y se queda viendo a ver la tele. en ese caso, si se llevara dinero, por un lado atentaria contra el bien juridico de la propiedad, pero el hecho de fisgonear por el mero hecho de hacerlo y luego quedarse a ver la tele en la casa, en este caso se atenta contra la intimidad y por tanto no quedaria subsimudo el delito de allnamiento en el de robo con fuerza en las cosas
Pero que dices BICHO,,,te tengo que decir la definición de allanamineto de morada...
Joderrrrrrrrrrrr
A ver pequeños, un pequeño caso, uno entra en una vivienda con intención de robar, no lo hace, y se le pilla saliendo de la casa, ¿se le podría detener por allanamiento de morada, NORL, robo con fuerza, tentativa, porque la intención del colega era robar, y no los supuestos del allanamiento de morada. no tiene nada que ver una cosa con otra. POR EXPERIENCIA.
pues por experiencia sabrás que los jueces atienden a todas las circunstancias para dictar sentencia. no solo por entrar en una casa y salir de ella sin nada existe tentativa de robo con fuerza en las cosas. hay q atender a todas las circunstancias. asi: 1º) si entra en la casa mediante fuerza, rompiendo una ventana, y no se lleva nada porque le pilla la poli dentro de la casa: sí, en ese caso es tentativa de robo con fuerza; 2º) si entra en la casa mediante fuerza, rompiendo una ventana, y no se lleva nada porque desiste de ello voluntariamente sí que se aplica el delito de allanamiento de morada; 3º) si entra en la casa mediante fuerza, rompiendo una ventana, y no se lleva nada porque le pilla la poli dentro, pero antes habia estado en la casa aprovechándose de lo q tienen los moradores dentro, viendo la tele, usando la ducha, probándose la ropa, se aplicará el concurso entre robo y allanamiento de morada
Claro compañero, simplificando :)