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FOROS OPOSICIONES FORO Oposiciones Cuerpos y Fuerzas de Seguridad
709.293 mensajes • 396.056 usuarios registrados desde el 25/05/2005
Hola,
El otro día hice un examen para una convocatoria de auxiliar administrativo. En el examen me plantearon la siguiente pregunta:
La presidencia de una Mancomunidad ha detectado que debe realizarse un gasto que no pueda demorarse en el ejercicio siguiente, y el crédito consignado en el Presupuesto en vigor es no ampliable. ¿Qué modificación de crédito corresponde realizar?
A) Suplemento de crédito
B) Una transferencia de crédito
C) Un crédito extraordinario
En mi caso seleccione la opción C) Crédito extraordinario y han dado por válida la opción A) suplemento de crédito. ¿Si en el enunciado pone que el presupuesto en vigor es no ampliable no se entiende que al no poder suplementar el existente se deberia crear un crédito extraordinario?
Me gustaría impugnar la pregunta pero tengo dudas.
Gracias de antemano a las personas que colaboréis.