Inicia sesión
FOROS OPOSICIONES FORO Oposiciones Gestión
709.404 mensajes • 396.063 usuarios registrados desde el 25/05/2005
• 03/06/2008 22:33:00.
• Mensajes: 4
• Registrado: noviembre 2007.
buenas noches a todos los foreros .¿me podria alguien que estuviera algo versado que significa la siguiente expresion : "asimismo se podran cancelar las obligaciones mediante pago en formalizacion a conceptos de presupuesto de ingresos y a concepto de pagos no presupuestarios , que no produciran variaciones efectivas de tesoreria " . MUchas gracias , de antemano , y animos a todos que ya nos queda menos .
• 04/06/2008 0:06:00.
• Mensajes: 291
• Registrado: noviembre 2006.
Se refiere a que los anticipos a funcionarios se devuelven con ingresos de formalizacion es decir con descuento en nomina. Estos ingresos se presupuestan ya que son estimativos.En relacion a los gastos dice que no son presupuestarios, porque el credito se crea no por ley sino por modificacion presupuestaria de generacion de credito, a medida que se va devolviendo el dinero de los deudores. saludos
• 04/06/2008 0:27:00.
• Mensajes: 291
• Registrado: noviembre 2006.
Es un circuito en que la tesoreria no varia, euro devuelto euro que se presupuesta para otro.los ingresos se presupuestan en el concepto 381 de ejercicio corriente correspondiente al articulo 38 de reintegro de operaciones corrientes. La modificacion presupuestaria en los gastos se hace en el articulo 83 de prestamos al sector privado, si no falla la memoria. saludos
• 04/06/2008 0:48:00.
• Mensajes: 291
• Registrado: noviembre 2006.
Tal vez sea el ingreso en el concepto 681 de ejercicio corriente del articulo 68 de reintegro de operaciones de capital, quedando el capitulo 3 de ingresos para devoluciones de subvenciones corrientes. Por lo logica operaciones de capital no se puden devolver a ingresos corrientes. saludos
• 05/06/2008 18:54:00.
• Mensajes: 28
• Registrado: agosto 2007.
Hola frjarame.
Si la Administración contrae una obligación con un tercero por un suministro o la prestación de un servicio y éste proveedor o acreedor tiene contraida a su vez una deuda con la Administración (Ejem: el impago de un tributo). La Administración podrá compensar dicha deuda mediante un pago en formalización por la cantidad que se le adeuda. De esa forma solo pagará a ese tercero la diferencia, o no efectuará pago liquido si la deuda del tercero es mayor que la obligación. No efectuandose por tanto ningún movimiento de tesorería.
Espero haber podido contestar tu pregunta.
Saludos y suerte.
• 06/06/2008 21:21:00.
• Mensajes: 6
• Registrado: marzo 2008.
no presupuestario o extrapresupuestario? de donde sacaste la preguntica, ta wena muchacho
• 06/06/2008 22:23:00.
• Mensajes: 28
• Registrado: agosto 2007.
Orden PRE/1576/2002, de 19 de junio, por la que se regula el procedimiento para el pago de obligaciones de la Administración General del Estado.
De ahi está sacado.
Os reitero mucha suerte.
• 07/06/2008 0:36:00.
• Mensajes: 6
• Registrado: marzo 2008.
::: --> Editado el dia : 07/06/2008 1:37:37
::: --> Motivo :
thank u
• 08/06/2008 17:24:00.
• Mensajes: 291
• Registrado: noviembre 2006.
Esta pregunta fue clave para aprobar en promocion interna cierto año y yo sin dar con la legislacion..Por lo tanto cada vez veo mas facil aprobar, porque solo piden un poquito de jurisprudencia, un poquito de ordenes ministeriales, que bien mirado son un monton . Uno que ya controlaba los ingresos en formalizacion, pues ahora hay pagos en formalizacion, claro que como sigamos en el foro, van aparecer un ciento de ordenes ministeriales y alguna que otra resolucion disfrazada de acto administrativo para desesperacion del probre opositor, porque si de una cosa estoy seguro, que todo esto que es basurilla o de menor importancia esta en la agenda de nuestra famosa comision, no para buscar al que sabe si no para fastidiar,ya que ordenes ministeriales en relacion al financiero puede haber miles. Lo minimo que deberia hacer la comision es señalarlas en algun lado, pero claro si esto fuera asi la oposicion seria muy facil o se les acabaria el chollo de sonreir. saludos
• 08/06/2008 17:37:00.
• Mensajes: 291
• Registrado: noviembre 2006.
Mira si es basurilla que posiblemente en todo el año y en toda españa no se produzca ningun pago en formalizacion. Esto en roman paladino es ganas de j........Tan estusiamados estan en estos menesteres que cambia la legislacion y despues de 8 años no se enteran y no tienen la valentia de reconocerlo en el recurso, porque incumpliendo legislacion contestan que el dia del examen no hacia sol o algo parecido. saludos
• 10/06/2008 15:42:00.
• Mensajes: 28
• Registrado: agosto 2007.
Pues si, Moruxo, existen los pagos en formalización y se suelen realizar más a menudo de lo que la gente se piensa.
Suerte en el examen.
• 12/06/2008 13:58:00.
• Mensajes: 291
• Registrado: noviembre 2006.
casar una deuda en euros con sus centimos correspondientes con un credito a cobrar por la misma cantidad, a mi me parece tan imposible como acertar el bonoloto, que claro en toda la union europea simpre hay uno que lo acierta. El que redacto la orden ministerial estaba de coña, y se podia quedar siemplemente en pagos en compensacion. Con este desvario , el tribunal, pues a ver quien distingue entre lo absurdo y lo corriente, como si no hubiera cosas importantes que preguntar, porque en presupuestario aparte de esta orden ministerial, yo las he contado y me quede en 999. saludos
• 14/06/2008 12:08:00.
• Mensajes: 291
• Registrado: noviembre 2006.
Creo que los que escriben ordenes ministeriales y hacen legislacion prodrian ir a la escuela para aprender redaccion. Despues de mil lecturas saco la conclusion que el saldo cero, se refiere a lo que debe cobrar el acreedor del tesoro, de manera que puede haber miles de personas en esta situacion y por tanto util el pago en formalizacion. Esta interpretacion es la que buscaba nuestra famosa comision y claro toto el mundo saldo cero entre lo que se cobra y lo que se debe. lo pongo porque puede salir en el examen. suerte. saludos
• 14/06/2008 12:11:00.
• Mensajes: 291
• Registrado: noviembre 2006.
En otra palabras en acreedor de tesoro debe mas que tiene que cobrar. Se le paga en formalizacion.saludos
• 14/06/2008 13:02:00.
• Mensajes: 28
• Registrado: agosto 2007.
Moruxo, que no es ni tan dificil de comprender ni tan farragoso como tu lo explicas. Es mucho más sencillo. No le busques las tres patas al gato.
• 14/06/2008 13:05:00.
• Mensajes: 28
• Registrado: agosto 2007.
Tan facil como:
a-b=c
Y si ba entonces c=0
Ves como no es tan dificil moruxo.
• 14/06/2008 13:06:00.
• Mensajes: 28
• Registrado: agosto 2007.
Queria decir en mi anterior mensaje que si b es mayor que a, entonces c = 0
• 14/06/2008 13:13:00.
• Mensajes: 291
• Registrado: noviembre 2006.
No te explicas para nada. Lo que esta claro es que la redaccion deja que desear y el tribunal estuvo mareando la perdiz con los opositores y gran parte de ellos contestaron mal, porque el saldo igual a cero confunde. Por otro lado si no se hace documento contable adicional, lo de saldo sobra. Con decir, que cuando un acreedor del tesoro sea a su vez deudor, no se le paga lo que debe, no pasaria esto.Yo he tardado en entenderlo, pero de momento en el examen esta no me la mete nadie, y a otros con ir a preparadores si se la metieron.
• 14/06/2008 13:21:00.
• Mensajes: 28
• Registrado: agosto 2007.
Si te fijas en lo que he puesto en un mensaje más arriba verás que sencillamente decía eso. Ni más ni menos.
Y por si te sirve de algo, yo en mi puesto de trabajo ya he hecho varios pagos en formalización, vamos que no es tanto rollo como tu pones.
Por cierto, no se que rollo te llevas con un tribunal y que si pusieron tal y cual y que si la legislación......... creo que esto no tiene tanta miga y además no creo que salga en el examen.
• 14/06/2008 13:56:00.
• Mensajes: 291
• Registrado: noviembre 2006.
Esto lo han preguntado en la lectura creo que a todo el mundo. Esto de las letras es como la redaccion de la orden. A mi de dices si el ciudano debe 50 y el tesoro debe 20, no se le paga y se hace pago de formalizacion por 20 y sigue quedando a deber el ciudadano 30. No puede ser de otra forma, porque lo contrario es rediculo. Si en le pago no se hace documento contable, que más da llamarle pago en formalizacion que pago en compensacion,. Esto lo que lleva es a perder el tiempo en multiples sitios, empezando por este foro y acabando por una comparecencia ante un tribunal.
• 14/06/2008 14:08:00.
• Mensajes: 291
• Registrado: noviembre 2006.
De que tu has hecho el pago lo pongo en duda, porque o trabajas en la direccion general del tesoro o en pagos de un organismo autonomo. explicate.
• 14/06/2008 16:06:00.
• Mensajes: 28
• Registrado: agosto 2007.
Puede ser que trabaje donde tu dices o quizás no. Estudiate bien quienes pueden realizar pagos en formalización y después saca tus conclusiones. ;)
• 14/06/2008 21:15:00.
• Mensajes: 291
• Registrado: noviembre 2006.
Aqui lo importante es, saber lo que son pagos en formalizacion y nada mas. Tu has puesto una formula de letras y no has dado explicacion a su equivalencia. Yo por el contrario cosas totalmente diferente y tu no dices que esta mal lo mio y que te ratficas en la formula, No es por nada, pero el foro es para aprender y para enseñar al que no sabe pero con razonamiento, que para dogmas de fe, lo tienen las religiones. Si te ratificas deberias dar mas razones y si observas que estoy en lo cierto, decirlo, que lo caballero no quita lo valiente. saludos
• 14/06/2008 22:21:00.
• Mensajes: 28
• Registrado: agosto 2007.
No te piques moruxo. Esas fórmulas no existen, solo era una forma de explicarte lo sencillo que es esto y de decirte que no lies tanto las cosas que no son tan liosas.
• 14/06/2008 23:43:00.
• Mensajes: 291
• Registrado: noviembre 2006.
El gallego soy yo,l pero el que no se sabe si sube o baja, eres tu. Una persona tan preparada y funcionario de gestion me has decepcionado una vez mas y lo siento. El querer saber las cosas no es liarlas,es ese gusto por el saber como es mi caso, porque en el fondo aspiro a poco, como podria ser aprobar y no ejercer. Tu claro, no estas dispuesto a no intervenir ni a equivocarte y parece el limbo de la iglesia catolica., Yo por el contrario no me importa meter la pata 200 veces si consigo aprender una cosay eso es porque no nos parecemos en nada y de lo cual estoy orgulloso. saludos
• 15/06/2008 13:47:00.
• Mensajes: 28
• Registrado: agosto 2007.
La cuestión no es que tu metas la pata o te equivoques 100 veces.
Lo lamentable es que con tus apreciaciones (la mayoría de las veces equivocadas) hagas equivocarse o fallar a otras personas que solo piden ayuda para algo que no comprenden.
A esas personas se la trae al pairo que tu quieras saber mas o menos o que apruebes y no te den la plaza: ellos solo quieren aprobar ellos y por eso no deberías hacer comentarios que les lleven al error.
¿Comprendes?, eso que has puesto muchas veces aqui que contestabas de "memoria" y no "cortando y pegando" para hacer un ejercicio de autoevaluación es una forma muy egocéntrica de intentar ayudar a los demás: los experimentos con gaseosa y en casa.
• 15/06/2008 21:01:00.
• Mensajes: 291
• Registrado: noviembre 2006.
Tu que yo sepa has aportado, si algo pero siempre proximo a cero. Si estas errado la gente no es tonta y todo el mundo busca la solucion. Aunque digas una burrada, hace pensar y solo por eso es positivo. El decir en el foro 3 cosas y bien, pues es proximo al cero. Si dices 100 cosas y 50 mal pues no es proximo al cero, porque has introducido un monton de inquietudes. Tu te que crees que el foro, es un despacho de abogados con previo pago. Las personas que son maliciosas, no dicen lo que piensan, dicen las cosas a medias, intervienen mas desde que aprueban y cosas de este tipo, son las que sobran en el foro, porque son basura. Yo alguna vez e insistido en el error, para que salga el espabilado de turno y mala persona, para que intente dejarme mal, pues yo feliz si he aprendido algo. Ya te lo dije no nos parecemos en nada afortunadamente para mi. de todas formas saludos, y a ver si tenemos suerte y no nos volvemos a cruzar, que claro ya lo dijimos varias veces y al final estamos en esto, pero si al final, hasta con una sola aportacion de una persona todo el mundo gana.
• 15/06/2008 22:44:00.
• Mensajes: 28
• Registrado: agosto 2007.
Entonces para ti, el foro es para decir chorradas y tonterias como las tuyas. Bien chaval, bien.
Por cierto yo no creo que te haya faltado al respeto ni llamado basura. Piensa el ladrón que todos son de su condición.
Te dejo con TU foro y TUS ideas.......... la llevas clara.
• 16/06/2008 16:57:00.
• Mensajes: 291
• Registrado: noviembre 2006.
Yo hago mas aportaciones al foro, con alguna dudilla, en un día que tu en toda la oposicion,de manera que aunque desaparezcas nadie te va echar en falta. Como nunca has aportado, tienes que recocer que has estado a chupar de la canoa y si has intervenido fue para dar sermones y vanogloriarte y escasisima vez para dejarme mal, con tus conocimientos, que no pasan de señalar la norma y nada mas, no sea que la gente se entere o puedas confuir a alguien, que la gente se chupa el dedo y lo que dices tu, se lo chapa y lo pone en el examen tal cual. Yo por contra tengo mas mensajes de apoyo que criticas, como fue siempre en mi vida, y de los menos yo los ignoro o trato de ignorarlos.
• 16/06/2008 16:59:00.
• Mensajes: 291
• Registrado: noviembre 2006.
lo de basura es expresion de otro colega tuyo, que empieza por j y que considera basura al que interviene, al igual que lo consideras tu en el fondo.
• 17/06/2008 23:02:00.
• Mensajes: 28
• Registrado: agosto 2007.
Creo que tantos años de suspender la oposición te ha rallado el cerebro.
Lo siento por ti, eres patético.
P.D. No se que haríamos sin tus "valiosas" aportaciones al mundo administrativo.