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709.308 mensajes • 396.057 usuarios registrados desde el 25/05/2005

raq1978

• 01/09/2008 19:43:00.
Mensajes: 1
• Registrado: agosto 2008.

caso practico sobre patrimonio

el director general de patrimonio del estado ha dictado x desconcentracion del ministro de economio y hacienda resolucion en materia de deslinde. Se pide : indicar los recursos q pueden interponerse y si se alega infraccion de laas normas del procedimiento de competencia
indicar la jurisdccion competente ante la q acudir si se consideran perjudicados en su derecho de propiedad.



m han pasado este caso por no las respuestas.



gracias por la ayuda

6 RESPUESTAS AL MENSAJE

RakelPI

• 02/09/2008 14:52:00.
Mensajes: 23
• Registrado: junio 2008.

RE:caso practico sobre patrimonio

Yo resolvería así el supuesto:

En el ejercicio de la potestad de deslinde, si la administración actúa correctamente, no se puede entablar ninguna acción judicial hasta que se resuelva.

Si el supuesto era respecto a bienes patrimoniales, resuelve el M. Hacienda, si eran demaniales creo que el ministro competente.

Si eran patrimoniales, sólo en el caso de que se hayan infringido normas de competencia o procedimiento, en principio sí se podrá interponer recurso cont.admvo, previo agotamiento de la vía administrativa. En este caso, recurso de alzada ante el Ministro de Hacienda.

Sin embargo, en este caso, no cabe recurso contencioso porque esta jurisdicción no concoce de conflictos de atribuciones entre una misma administración (sólo entre distintas, y sería ante el Tribunal Constitucional).

La ley de patrimonio permite la desconcentración. Si se ha realizado ésta bien (por el Consejo de Ministros) no caben más recursos, puesto que según la ley 30/92 (art. 20) los conflictos de atribuciones entre órganos de una misma administración, no relacionados jerárquicamente, y respecto a asuntos sobre los que no haya finalizado el procedimiento.

Si los bienes hubieran sido demaniales, creo que cabría el recurso de alzada ante Hacienda, y luego ante el Consejo de Ministros, puesto que sería el superior jerárquico común al Ministro de Hacienda y al que hubiera tenido que resolver.

En el caso de que no se hubieran infringido normas de competencia o de procedimiento, habría que esperar a que se resuelva el procedimiento de deslinde, y luego ir a la vía civil, previa reclamación administrativa a la vía civil, que resolvería el Ministro.

Bueno, yo lo resolvería así. ¿a alguién se le ocurre otra cosa?

Gagarin

• 02/09/2008 16:48:00.
Mensajes: 19
• Registrado: junio 2008.

RE:caso practico sobre patrimonio

Rakel, no sé dónde ves ahí un conflicto de atribuciones. En caso de infracción de normas de competencia o procedimiento, creo que sencillamente alzada ante el Ministro de Economía y Hacienda y posterior impugnación en vía contenciosa. En caso de hacer valer el derecho de propiedad, el orden civil previa reclamación, como bien apuntas.

RakelPI

• 02/09/2008 18:20:00.
Mensajes: 23
• Registrado: junio 2008.

RE:caso practico sobre patrimonio

Es cierto. ¡Me he liado yo sola¡ Habría conflicto si hubiera resuelto un director general de hacienda distinto del de patrimonio ¿no? y en ese caso, ¿como se hace? ¿con alzada ante el Ministro? Seguro que esto es una tontería, pero se me ha atravesado.

Primavera08

• 02/09/2008 18:47:00.
Mensajes: 64
• Registrado: mayo 2008.

RE:caso practico sobre patrimonio

No hay conflicto si están relacionados jerárquicamente. Lo habría en caso de que la competencia la tuviera un Director General no perteneciente al Ministerio de Hacienda y siempre y cuando el procedimiento no hubiera terminado. Luego habría que mirar si es un conflicto de competencias positivo o negativo (alguna disposición adicional de la LOFAGE lo explica), en ese caso el órgano incompetente tendría que plantear el conflicto al superior común. Y creo recordar que si el conflicto es entre órganos de distintos ministerios resuelve el Consejo de Ministros. En cuanto al deslinde, es competencia de lo civil y cabría la reclamación previa.

RakelPI

• 02/09/2008 18:53:00.
Mensajes: 23
• Registrado: junio 2008.

RE:caso practico sobre patrimonio

Pero dos directores generales de hacienda no están subordinados jerárquicamente entre ellos ¿no habría posibilidad ahí de conflicto?

Primavera08

• 02/09/2008 20:36:00.
Mensajes: 64
• Registrado: mayo 2008.

RE:caso practico sobre patrimonio

Si, en ese caso sería el superior jerárquico común quien resolviera, Supongo que sería el Secretario de Estado o el Ministro según el ámbito de cada uno. Pero en el caso que nos ocupa sí están relacionados jerárquicamente (el DGPatrimonio depende del Ministro de Hacienda, creo), y en ese caso no habría conflicto.


Seguro que tienes mucho que decir, te estamos esperando.


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