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• 05/04/2009 17:26:00.
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• Registrado: noviembre 2007.
Hola a todos estoy con el tema de la expropiación forzosa y quiero saber a ver que opináis sobre el plazo de interposición del recurso de alzada , yo creo que el plazo de interposición y resolución ( 10 y 20 días ) respectivamente que establece el art 22.2 ya no se aplica, sino que se aplica los plazos de la ley 30/92 ( un mes para interponer y tres mes para resolver).Así por lo menos me pone en nota abajo de dicho artículo 22.2 LEF en código de leyes administrativas que dan como derogados implicitamente esos plazos .
Además ya que desde la ley 4/99(que reforma la ley 30/92) se recupera el recurso potestativo de reposición, no tendría sentido que si la expropiación la hiciese una entida local por ejemplo un municipio, como los actos del pleno y del alcalde acaban la vía administrativa, el plazo de interposición del único recurso administrativo posible fuese de un mes; mientras en el caso del Estado Central , como el delegado de gobierno no termina la vía administrativa, el plazo para recurrir administrativamente con el de alzada sólo fuese de diez días ante el ministerio competente.vosotros que pensáis?
Por otro lado en el ámbito local, el órgano generalmente competente es el pleno o el alcalde.En la mayoría de sitios que he encontrado en internet dice que el pleno, pero en otros sitios el alcalde.Yo creo que es según si el proyecto entra dentro de la competencia de uno u otro.Vosotros que opináis?
Bueno un saludo y animo a todos .
• 05/04/2009 23:52:00.
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• Registrado: febrero 2009.
Hola,
son los plazos de la 30/92, recurso en el plazo de 1 mes ante el ministro competente, resolución en tres meses. Art 21 reglamento de expropiación forzosa.
En cuanto a la administración local creo que es el alcalde, pero tengo mis dudas...en algunos sitios aparece el pleno.
un saludo,
• 06/04/2009 10:02:00.
• Mensajes: 7
• Registrado: junio 2007.
Hola. Sí confirmado, son los plazos de la 30/92.