Inicia sesión
FOROS OPOSICIONES FORO Oposiciones Gestión
709.308 mensajes • 396.057 usuarios registrados desde el 25/05/2005
• 04/10/2009 11:45:00.
• Mensajes: 80
• Registrado: mayo 2009.
Hola a todos. Os voy a plantear un problema que se está debatiendo en otro foro, acerca de una pregunta que cayó en Gestión de OOAA y que me hace sentir como el conductor suicida que va por la autopista en dirección contraria y oye por la radio que hay un loco conduciendo al revés y el dice "uno?, si son todoooos?". La pregunta, nos puede servir de cara a los supuestos práctico y es sobre inderogabilidad singular y dice:
¿Puede una autoridad administrativa exceptuar lo dispuesto en un Reglamento emanado de un órgano jerárquicamente inferior a ella?
a) No, en ningún caso
b) Sí, por la superiodidad jerárquica
c) Solamente mediante un Reglamento Singular
d) En todo caso
Bien, vaya por delante que yo puse la a) pero la plantilla pone que es la c) y yo creo que es la correcta porque la inderogabilidad singular, yo entiendo que se refiere a que un acto no puede vulnerar un Reglamento en ningún caso, pero aquí la c) habla de otro Reglamento y al provenir de un órgano superior yo creo que sí que es posible no? Cómo no va a poder con un Reglamento el Pte del Gobierno (Real Decreto de Pte), derogar o modificar otro de un Ministro (orden ministerial)? Bien, pues nadie me da la razón, incluso consultarona un profe del CEF y dice que hay que impugnar, no me importa porque de resultar impugnada me beneficia, tendría una más bien... pero es que creo que la plantilla está bien y tenemos una liada... Así que apelo a vuestra "superior sabiduría" para que me echéis un poco de luz sobre el asunto.
Muchas gracias a todos.
• 04/10/2009 13:07:00.
• Mensajes: 80
• Registrado: mayo 2009.
Venga, debatamos, n4ruta y gracias: a ver lo primero será definir eso de reglamento singular ¿no? yo entiendo singular en el sentido de dictado por un órgano unipersonal, es decir, no es un reglamento singular el emanado del Consejo de Ministros sino el de un Ministro, o el Presidente o el Alcalde... qué entiendes si no, por singular?
• 04/10/2009 14:00:00.
• Mensajes: 80
• Registrado: mayo 2009.
Pues yo creo (creo, no lo sé, la verdad), que eso sería un reglamento particular, no singular, lo que parece desprenderse de la pregunta es que es un reglamento que emana de un sólo sujeto (es más creo recordar que los reglamentos que se referían a casos particulares, tipo funcionarios y tal, se llamaban especiales?? no sé tendría que mirarlo). Es más, recuerda que los reglamentos como norma general tienen un alcance "general" y lo contrario de general no es singular sino particular... Aparte de que no habla la pregunta de que el reglamento que dictó la autoridad inferior (entiendo que un Ministro) tenga un caracter general o particular, ni del contenido de dicha disposición, sino que se centra sólo en de quién proviene...
Así que sigo en "mis trece", ja ja. Yo sigo creyendo que el quid es si un reglamento de un órgano superior puede revocar otro inferior. Gracias por tu interés...
• 04/10/2009 14:27:00.
• Mensajes: 9
• Registrado: abril 2009.
Yo creo que la respuesta c) está mal formulada. Tendría que decir una resolución singular, no un "reglamento singular" que es una figura que no existe, siendo, de este modo, correcta la a).
• 04/10/2009 16:23:00.
• Mensajes: 9
• Registrado: enero 2007.
Hola:
Los Reglamentos singulares sí existen, pero es una figura que sólo puede referirse a cuestiones organizativas y, por supuesto, no contradecir ninguna ley. Lo cual no obsta para que, en algunas ocasiones, se empleen torticeramente con el ánimo de normar supuestos singulares fuera de los ámbitos organizativos, sin embargo tal uso está proscrito.
Por lo tanto, a mi juicio, la correcta es la c).
• 04/10/2009 19:47:00.
• Mensajes: 9
• Registrado: abril 2009.
Pero en ese caso la pregunta tendría que especificar "dentro del ámbito organizativo", por lo que sería impugnable por no haber ninguna correcta.
• 04/10/2009 20:09:00.
• Mensajes: 80
• Registrado: mayo 2009.
Buenooo Rodríguez menos mal que hay alguien que lo ve como yo... Pero vuelvo a la misma pregunta que con N4uta, qué entendéis por Reglamento singular? sinónimo de reglamento independiente por lo que veo? yo creo que son cosas distintas...
• 04/10/2009 20:25:00.
• Mensajes: 80
• Registrado: mayo 2009.
Pues he mirado por internet y sí, tenéis razón un reglamento singular es un reglamento organizativo, es decir, no general... Pero no por ello deja de ser un reglamento ¿no? lo que dice la ley 30 es que no puede ser derogado por una "resolución" (acto adtivo) singular, luego sensu contrario se entiende que sí podrá ser por un "reglamento" singular...
• 05/10/2009 0:58:00.
• Mensajes: 3
• Registrado: septiembre 2009.
Ay por Dios ¿por qué decís que eso lo van a preguntar en el segundo examen?
Yo ya no sé a quien dar la razón con tanta argumentación
• 05/10/2009 1:24:00.
• Mensajes: 80
• Registrado: mayo 2009.
Pero N4uta, de dónde deduces tú que el Reglamento de la autoridad inferior era general? el enunciado no dice nada... yo lo veo tan simple como si un reglamento puede exceptuar a otro... Eso sí, ojalá tengáis razón pues pasaría a tener un punto más... pero no lo acabo de tener claro... en el otro foro han argumentado algo parecido, pues parece que hay jurisprudencia al respecto, pero siempre partiendo de que el reglamento inferior era general y yo creo que la pregunta dice reglamento a secas... ¿qué es, que no podía el Ministro haber dictado un reglamento singular, vamos a pensar, por ejemplo, sobre la organización de su gabinete o de una subdirección general? y viene luego el Presi y se lo carga?
En algo sí que estaremos todos de acuerdo, qué ganas tienen los del tribunal de complicarse la vida y de complicarnosla a nosotros... (¿seguro que no contratarían a nuestro temido Julaca?)
• 05/10/2009 9:59:00.
• Mensajes: 9
• Registrado: enero 2007.
N4nauta:
Efectivamente, concuerdo con tu opinión. Sin embargo una cosa no quita la otra. La respuesta correcta, a mi modo de ver, sería la c) pero al estar mal expuesta cabe la impugnación. Tanto el enunciado como las respuestas deberían haber sido expuestas correctamente para no incitar al error.
• 05/10/2009 20:23:00.
• Mensajes: 80
• Registrado: mayo 2009.
Sí, ya antes de leerte este último mensaje, N4uta, pensaba lo mismo... nos estamos metiendo en berenjenales que no nos corresponden y en efecto en cuanto a lo del Pte, efectivamente no es una cuestión meramente de jerarquía sino de competencia. Pues nada, lo dicho que a ver si cambian la respuesta por la a) y me cojo otro "puntín".
No no me das ningún rollo, al contrario, siempre aprendo algo contigo... Muchas gracias y a seguir estudiando, suerteee a todos!