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709.323 mensajes • 396.059 usuarios registrados desde el 25/05/2005
• 08/03/2012 12:21:00.
• Mensajes: 2
• Registrado: septiembre 2011.
En la pagina web del INAP, ya existe informacion sobre el mismo.
Comienza el 23 de abril.
Un saludo.
• 08/03/2012 13:21:00.
• Mensajes: 23
• Registrado: noviembre 2007.
Jess... podrías poner el enlace? (es que no veo la info en la web...)
• 08/03/2012 13:23:00.
• Mensajes: 8
• Desde: Badajoz.
• Registrado: abril 2011.
[--http://www.inap.es/web/guest/curso-selectivo-de-ge...ivil-del-estado--]
• 08/03/2012 13:29:00.
• Mensajes: 23
• Registrado: noviembre 2007.
Gracias..
• 09/03/2012 10:21:00.
• Mensajes: 25
• Registrado: noviembre 2011.
Haber si he entendido bien, solo hay una semana de clase y otra on-line, despues hay que volver a trabajar y asistir a la clausura el día 25. ¿Las dietas serán solo por la semana presencial de lunes a viernes?
• 09/03/2012 12:11:00.
• Mensajes: 8
• Desde: Badajoz.
• Registrado: abril 2011.
No Bazanedo, son 5 semanas. la 1ª, 3ª, 4ª y 5ª son presenciales en Madrid, y la 2ª on line desde casita. Lo que no sé lo de las dietas si nos darán 5 semanas de dietas o sólo 4, q será lo más lógico.
• 09/03/2012 12:48:00.
• Mensajes: 19
• Registrado: diciembre 2005.
Sí, eso de “las tardes se dedicarán a la realización de trabajos prácticos…” crea un poco de incertidumbre, porque el que tenga que sacar pasaje para volver a casa no sabrá si sacarlo para el viernes por la tarde o dejarlo para el sábado por la mañana.
Alguien sabe como va lo de las dietas, ¿te las pagan al finalizar el curso, antes, semanalmente? ¿Se lo debes comunicar a tu unidad o las paga el Inap directamente?
• 11/03/2012 23:17:00.
• Mensajes: 21
• Registrado: diciembre 2011.
Durante las cinco semanas del curso selectivo no hay que ir a trabajar, somos nombrados funcionarios en prácticas desde el 23/04/2012 al 25/05/2012.
Respecto a las retribuciones durante ese periodo de cinco semanas de funcionarios en prácticas, hay que elegir entre dos opciones (ver normativa). Es más favorable continuar percibiendo las retribuciones del puesto actual.
Cuestión distinta son las indemnizaciones por las comisiones de servicio. Por lógica, habrá dos comisiones de servicio con la consideración de residencia eventual, percibiendo el 80% de dietas y locomoción del cuerpo al que se accede, o sea, unos 100 euros al día, sin necesidad de justificación y autorizadas y liquidadas por tu unidad administrativa. Una comisión de servicios será del 22/04/2012 al 27/04/2012 y la otra del 06/05/2012 al 25/05/2012, mientras que en la semana presencial lo normal es que consideren en tu unidad que te quedas en casita y no habrá comisión de servicio ni indemnización.
Respecto al curso selectivo, yo también creo que se puede intuir que nos van a dar más tarea respecto a otros años, aunque en esencia seguirá siendo un mero trámite, como no podría ser de otra manera. Creo que por las tardes podremos acceder al INAP para conectarnos a internet o juntarnos en un aula para hacer los trabajos en grupo. Y por la noche por fín recuperaremos nuestra condición de persona..., o de drag queen, aunque esto último es cuestión de cada uno si no le da con los 100 euros diarios. :-)
• 12/03/2012 0:13:00.
• Mensajes: 21
• Registrado: diciembre 2011.
Fe de erratas:
donde dice "mientras que en la semana presencial.....no habrá comisión de servicio ni indemnización" quiso decir "mientras que en la semana on-line.....no habrá comisión de servicio ni indemnización"
donde dice "drag queen" podría decir "o dedicarnos a realizar otras actividades artísticas o de otra índole bien remuneradas o no, a saber, y sin entrar en asuntos turbios, controla farolas, contador de estrellas, susurrador de aceras, inspector de la oscuridad", pero no lo dice. No le busquéis un sentido, es humor absurdo.
• 12/03/2012 9:08:00.
• Mensajes: 23
• Registrado: noviembre 2007.
Siento ser cenizo, pero es mejor saberlo:
"el 80%" que dice Amsat en concepto de indeminizacióin por residencia eventual... es con carácter de MÁXIMO... así que no os extrañe que en vuestros centros directivos os empiecen a regatear.
Pasará lo de siempre: que dos funcionarios viniendo desde sitios más o menos cercanos, cobren distintas cuantias como indemnización por residencia eventual...
• 12/03/2012 12:04:00.
• Mensajes: 25
• Registrado: noviembre 2011.
A mi de momento me están mareando, al parecer en mi Unidad (Agencia Estatal de Meteorología) es la primera vez que se les da el caso, porque esta mañana me han dicho que no lo pagaban ellos si no el Ministerio de Medio Ambiente, allí me han dicho que ellos solo pagan las de los cuerpos adscritos a su Ministerio. Tras mucho mareo de un telefono a otro de Administraciones Públicas me han informado que tiene que ser mi unidad y en mi unidad no saben como tienen que hacerlo.
Alguien puede arrojar algo de luz.
• 12/03/2012 23:32:00.
• Mensajes: 21
• Registrado: diciembre 2011.
Estimada compañera de curso bazanedo, no me gustaría encontrarme en tu pellejo. Si bien es cierto que en el caso que apunta janalon, percibir menos del 80%, no nos quedaría más remedio que actuar de drag queen en algún garito para sufragarnos los gastos, en tu caso la supuesta desidia de tus compañeros provocaría que con el dinero que te dieran, cero, tendrías que dormir debajo de un puente.
Hombre, llegado el caso yo podría echarte una mano..., no para subir a la pasarela del puente para poder ir a clase, sino para hacerte la comisión, pero creo que tu compañero de trabajo no se merece tal ahorro de esfuerzo. Yo se que está empeñado en introducirse en el club de las profesiones absurdas (controla farolas, contador de estrellas, susurrador de aceras o inspector de la oscuridad) haciendo méritos extraordinarios en la Agencia Estatal de Meteorología, del tipo "observador y descubridor de formas de animales adoptadas por las nubes", o "sacador del dedo mojado por la ventana para supervisar hacia dónde sopla el viento". Y ello requiere dedicación exclusiva y concentración.
Bromas aparte sobre tu ficticio compañero de trabajo, ya verás como al final se rompe la naturaleza inicial remolona del funcionario y alguien llama a tu Ministerio y se informa de cómo hacerlo.
Pero otra cosa es que lo ejecute a tiempo... así que no te reserves el nombre de tu puente por si alguno al terminar el día de curso decide tirarse vestido de drag queen. No nos va a hacer falta ni el maquillaje de Jekofidel7. Algunos saldrán con los rostros pálidos, y a otros los tendrán negros. Otros saldrán flotando como si llevaran tacones de veinte centímetros, y otros desearán despelotarse nada más salir por la puerta. Es decir, el drag queen perfecto.
• 13/03/2012 14:47:00.
• Mensajes: 25
• Registrado: noviembre 2011.
Ja, ja, ja, la verdad es que no sé si reirme o llorar porque al paso que vamos probablemente nos cobren hasta por dormir debajo de un puente.
Bromas aparte según el Real Decreto la indemnización puede consistir en residencia eventual o en comisión de servicios dependiendo del tiempo.
• 13/03/2012 16:35:00.
• Mensajes: 21
• Registrado: diciembre 2011.
Las comisiones por asistencia a cursos selectivos se consideran siempre residencia eventual aunque duren menos de un mes, no recuerdo dónde lo leí pero es así.
Mira, si se acerca mitad de abril y se da la rocambolesca situación de que no te lo han hecho en tu destino, me comprometo a hacerte yo las dos comisiones de servicio a falta sólo de la firma de tus jefes y de que te lo ingresen todo por anticipado, unos 2000 euros. Dejas por aquí un email y nos ponemos en contacto.
Conciliar el sueño debajo de un puente es duro..., sobre todo cuando a las doce de la noche cuarenta y ocho escandalosas y alborotadas drag queens están encima intentando arrojarse desde la maltrecha barandilla. Tu compañero ficticio de la Agencia de Meteorología estará muy orgulloso de haber descubierto una nube con forma de perrito, pero ello no vale que tú duermas debajo de un puente. No tanto por el hecho en sí, sino porque tu compañero no ha llegado a la fase de conocimiento tal para saber que las nubes se mueven y son efímeras, y que lo que ahora tiene forma de perrito en unos minutos tiene forma por ejemplo de funcionaria irritada. Como digo, en el supuesto de que el perrito fuera una figura permanente descubierta en el fabuloso universo de las nubes, nos encontrariamos en un dilema moral de si mereció la pena quedarte sin tu anticipo, no sin menospreciar la controversia de la titularidad de la valiosa nube. ¿Qué Estado titular podría disfrutar de su explotación turística?. ¿El espacio aéreo es un bien de dominio público? (ver art. 132 de la Constitución). ¿Y si mientras los españoles intentamos atarla burdamente con cuerdas vienen los franceses y la introducen en una aeronave con bandera francesa camino de Disneyland Paris?. Yo creo que nos quedariamos sin nube con forma de perrito y que habrías dormido debajo de un puente en balde.
Así que más vale que tu compañero ficiticio abandone la tarea de "descubridor de nubes con forma de animalitos" y se ponga a mirar lo de tu comisión.
• 14/03/2012 9:08:00.
• Mensajes: 25
• Registrado: noviembre 2011.
Gracias Amsat por tu ofrecimiento, pero no creo que sea necesario porque la cuestión no es que no sepamos cumplimentar una comisión de servicios, yo me refería a que no saben si me lo van a autorizar como dos comisiones de servicio una por la primera semana y otra por las otras tres o como residencia eventual, ni quien va a proponer, ni a autorizar, y por supuesto lo que intentaron es que fuera otro el que pagase en vez de ellos.
De todas formas insisto en que en el artículo 7 del Decreto sobre indemnizaciones por razón del servicio pone que los cursos selectivos para ingreso en Cuerpos o Escalas mediante la superación de pruebas de promoción interna, podrá ser indemnizada, según su duración y el tipo de alojamiento, o como comisión de servicios o como comisión de servicios con la consideración de residencia eventual. En el punto 2 de ese mismo artículo pone que tendrá siempre la consideración de indemnización por residencia eventual, la asistencia a las pruebas selectivas previas al curso selectivo para ingreso en Cuerpos o Escalas por promoción interna. ¿No será ese siempre el que tu has leído?
Desde luego si no vas a dormir en casa de un familiar, amigo o debajo de un puente sale mucho más ventajosa la opción de la comisión de servicios, sobre todo si te pagan menos del 80%
• 14/03/2012 13:54:00.
• Mensajes: 3
• Registrado: enero 2012.
Sabéis cuándo hay que pedir las dietas? y se rellenan los modelos cs1 de los cursos? Tiene q salir la relación de aprobados en el BOE no? ya están saliendo todos menos nosotros... q incertidumbre de plazos. Supongo q en algún sitio tendrán q explicarnos si debemos pedir 2 comisiones de servicio, o residencia eventual, o sólo 1 de 5 semanas no?
En fin, más paciencia, q queda menos...
• 14/03/2012 15:06:00.
• Mensajes: 21
• Registrado: diciembre 2011.
Es siempre residencia eventual si la comisión es por participar en un curso selectivo, aunque la comisión sea de cinco días. Bazanedo, mañana busco dónde lo leí y te lo digo. Recuerdo haberlo leído en otra norma que no es el real decreto de indemnizaciones, quizá una instrucción, mañana te lo confirmo.
Marisaga, saldremos en el BOE próximamente. Es tu unidad la que decidirá hacerte una comisión con la consideración de residencia eventual por las cinco semanas o dos comisiones también con la consideración de residencia eventual, una de una semana y la otra de tres semanas. Lo lógico es que quien lo decida opte por la segunda opción. La mayoría estaremos en ese caso, pero habrá dos o tres que serán la excepción y en sus destinos se las hagan por las cinco semanas completas.
• 14/03/2012 19:01:00.
• Mensajes: 4
• Registrado: julio 2008.
Yo no he tenido problema con lo de las comisiones, no se cuando se hace o se paga, pero pregunté y me dijeron que va a ser el 80% (yo no sabía que eran las cantidades del Cuerpo al que se accede, creí que era del que partes) y si tiene la misma consideración que los cursos, entonces es fácil, como yo tengo normalmente que hacer comisiones con hotel cuando hago un curso en mi Dirección Provincial, lo que se hace es que cuando vuelves haces la Orden de Comisión de Servicio, que firma y autoriza el Director o Presidente Provincial del Organismo y la certificación de la Comisión de servicio, dónde se pone la cantidad real con los gastos (en mi caso de avión), taxi etc y los días de la Comisión. Lo que me queda es preguntar si hay que hacer la Orden de Comisión antes, por ser esta vez de un mes. Normalmente lo hacemos el mismo día, pero en la Orden la fecha es previa. Luego tiene que pasar por la IGAE, y antes se tardaba un par de meses en cobrar, ahora van más deprisa y si todo está correcto se paga al mes siguiente. Si se hace mal (un número mal de algo) y hay algo incorrecto o detecta la IGAE un error vuelve para atrás y otro mes.
Osea que si es así, primero se duerme debajo del puente y lo de los Drag Queen y tal y después, al mes siguiente, en lo que ajustan las nóminas y estamos sin cobrar un mes o dos (como los funcionarios de nueva entrada) pues tenemos lo de la comisión para ir tirando.
A lo mejor te he liado Bazanedo. En tu caso lo que parece como tu dices es que intentan cargar el muerto de la comisión a otro. Como en el mío se lo carguen a mi Dirección Provincial vamos mal, (ahora la Admón no está para lujos) pero este año somos poquitos a los que nos tienen que dar comisiones, yo creo que muchos de los aprobados viven en Madrid, osea que unos 20 comisionistas.
Saludos a todos! lectores que escriben y lectores fantasma que no se manifiestan.
• 14/03/2012 23:00:00.
• Mensajes: 21
• Registrado: diciembre 2011.
La orden de comisión se hace antes, lógicamente, pues es el acto administrativo que te autoriza a realizarla. En mi organismo existe la costumbre de pagar anticipo mediante transferencia bancaria. Una vez terminada la comisión, en los diez días siguientes se hace la liquidación, teniendo en cuenta lo que se te anticipó.
Lo que no es justo es que uno adelante de su bolsillo unos 2.000 euros porque no le hayan hecho un anticipo. Reclamad vuestro anticipo.
• 15/03/2012 8:04:00.
• Mensajes: 23
• Registrado: noviembre 2007.
Yo me uno a ges08 para mandar un saludo a nuestros amigos, "los lectores fantasma", chupópteros del foro y demás aludidos... No sé qué sería el foro sin vosotros.
Siempre nos habéis tenido presentes en vuestras conversaciones ("un notas del foro ese de buscaoposicones dijo...."),
nos habéis animado a preguntar cosas en el foro ("¿por qué no lo preguntas tú en el foro ese?"),
a practicar conocimientos elementarles de informática ("Es que yo no sé de nformática... escribe tú en el foro ese... que controlas más", "¿hiciste ya un excel con las notas?",
y también a ser generosos ("mandame el examen-apuntes-tema a noparticiponunca@melapela.com . Gracias")
Gracias por hacernos mejores personas.
• 15/03/2012 9:30:00.
• Mensajes: 25
• Registrado: noviembre 2011.
Efectivamente Ges08 aquí el problema no es si lo van a hacer como comisión de servicios o como residencia eventual, con qué porcentaje (que lo llevo claro porque están pagando un 30 %), o sí antes o despues. Aquí el problema es que el Delegado de mi Delegación Territorial me dijo que la caja fija no podía hacerse cargo de ese gasto, que me lo pagaran en la central y en la central se inclinan porque lo pague mi Delegación. Así que desde el lunes nadie me da un respuesta.
¿Alguien sabe si es obligatoria la indemnización o pueden negartela y quien tendría la obligación de hacerse cargo?
• 15/03/2012 12:04:00.
• Mensajes: 4
• Registrado: marzo 2012.
Hola, ya veo que estamos todos igual, hice la consulta en personal para confirmar lo del 80% de la residencia eventual y me dicen que sí, que efectivamente, eso es lo que pone en el real decreto, pero que tal y como están las cosas la cosa se complica, palabras textuales, que hay unas instrucciones nuevas en secretaría general que regulan esto, que es Madrid quien autoriza el pago y que los cursos de formación no son residencia eventual. En defnitiva, aún estoy a la espera de que me amplíen esta información por teléfono, ya os comunicaré. En cualquier caso, esto sí que se está complicando y no es justo que haya que pagar casi 2000 euros sin ni siquieresa tener la certeza de que nos lo van a pagar, increíble.
• 15/03/2012 14:50:00.
• Mensajes: 25
• Registrado: noviembre 2011.
Que mal suena eso también. A ver si te contestan pronto. Yo sigo sin noticias, otro día más. Y menudo precio que tienen los apartamentos temporales en Madrid.
• 15/03/2012 22:11:00.
• Mensajes: 21
• Registrado: diciembre 2011.
El derecho a ser indemnizado está claro en el Real Decreto. No es potestativo, es ineludible. A nadie se le va a denegar.
Los cursos selectivos son siempre residencia eventual (art. 7.2 del Real Decreto). No tiene los mismos efectos indemnizatorios en el Real Decreto que un curso de formación.
Son gastos del capítulo 2 y deben ser pagados por el sistema de Caja Fija. La Caja Fija de tu Delegación Territorial tiene dinero seguro, porque lo que gasta se lo reponen desde la Central. Otra cosa es que esos 2.000 euros le haga llegar a tu Delegación Territorial "ahogada" a final de año por sobrepasar el límite de gasto anual que se fije para ella por el sistema de Caja Fija y sepan que desde la Central no le van a autorizar a aumentar este año ese límite. Por eso intentarán evitarlo mediante el pago por la Central y gastarse tus 2.000 euros en otros menesteres.
No es razonable que a unos se les pague el 80% y a otros el 30%. Lo del 30% no me lo creo, pero si así fuera sería aberrante, un cachondeo e inconstitucional. Atentaría contra el principio de igualdad constitucional. Somos todos de la misma Administración. ¿Cómo motivaría tu organismo que te ha pagado sólo el 30% y no el 80% que solicitas?, ¿por falta de disponibilidad en los créditos presupuestarios?. ¿Y para qué están las modificaciones presupuestarias?. No hay motivación alguna para que en la misma Administración se cobren distintos porcentajes.
Es por ello que creo que la Dirección General de Costes de Personal y Pensiones Públicas del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas debería dictar un criterio unificado para todos los ministerios y organismos sobre este asunto. 80% para todos.
• 16/03/2012 7:54:00.
• Mensajes: 23
• Registrado: noviembre 2007.
::: --> Editado el dia : 16/03/2012 8:43:22
::: --> Motivo :
No puedo estar más de acuerdo con Amsat.
En mi opinión se están haciendo los remolones.. y ya puestos, un tanto "victima" del pesimismo antropológico, me atrevo a decir que a alguien de tu Delegación le "jode" sobremanera que hayas aprobado.
Otra opción es el "Como no se cómo se hace.. será que no se puede hacer", y aquí resuelve Madrid "cuando me conviene a mi"
Creo que en cuanto aparezca la publicación en el BOE deberías presentar por escrito la solicitud de "indemnización por residencia eventual" en tu Delegación, advirtiendo para que no te mareen con el tema Madrid/Provincias, lo que dice el art. 20.1 de "nuestra" Ley 30/92:
1. El órgano administrativo que se estime incompetente para la resolución de un asunto remitirá directamente las actuaciones al órgano que considere competente, si éste pertenece a la misma Administración Pública.
... y si no nos vamos al tema de resonsabilidad patrimonial...
Que se enteren que la indemnización la tienen que pagar sí o sí.
Todo va a salir bien y al final esto va a quedar en una anécdota
• 16/03/2012 9:48:00.
• Mensajes: 4
• Registrado: marzo 2012.
Hola, tengo noticias, os copio textualmente lo que me han respondido:
Las comisiones de servicios ocasionadas por la asistencia a cursos de formación serán tramitadas por la Dirección General, a través del Anticipo de Caja Fija de la Subdirección General de Administración Financiera de la Administración Periférica.
La propuesta de comisión será enviada a esta Subdirección General, de acuerdo con el modelo que se adjunta, para su autorización por la Subdirectora General de Personal de la Administración Periférica. La propuesta debe enviarse antes de realizar la acción formativa para la que se solicita la comisión, con la antelación suficiente para la tramitación necesaria para su aprobación y comunicación a la persona de contacto en esa Caja Pagadora, que deberá ser comunicada a esta Subdirección General.
Por lo tanto, ahora no se autorizan en la Subdelegación.
Te envío dos archivos adjuntos para que los cumplimentes y nos los mandes con firma original, para hacer desde aquí la propuesta.
• 16/03/2012 14:50:00.
• Mensajes: 25
• Registrado: noviembre 2011.
Que afortunada, yo sigo sin noticias por escrito, en la sección de dietas de la central me han dicho, que no me preocupe que me las acabaran pagando allí o aquí, pero al parecer hay un pique entre mi Delegado Territorial y los jefes de Madrid, que no quieren que siempre se salga con la suya. Que entienden que es mucho dinero para una caja como la que tenemos en mi Delegación, pero que no darán su brazo a torcer con mucha facilidad, justamente por eso.
Desde luego en cuanto se publicque en el boe, lo solicito por escrito si no he obtenido respuesta.
• 16/03/2012 16:59:00.
• Mensajes: 4
• Registrado: marzo 2012.
Hola de nuevo, ya me han dado las hojas para rellenar, una consiste en poner los datos personales y los bancarios la otra es más peliaguda, porque pese a que se supone que pagan el 80% de la dieta, tengo que poner el importe estimado de alojamiento, manutención y medio de transporte, y anda, ponte a hacer cálculos, que me han salido más de 2000 euros.
Aún no saben si pagarán la dieta como grupo 2 o 3, con el perjuicio que eso ocasionaría, el que pagaran la dieta como de administrativo, unos 77 €, si a eso le pones el 80%, pues unos 61 €, en total, ruinoso todo. Tampoco saben si tengo que hacer 4 hojas para cada semana o una con todas las semanas. He preguntado en personal que sigo sin entender porqué tengo que hacer todo este lío y dicen que en Madrid se han puesto muy estrictos y lo que en un principio no hay que justificar, ahora sí. Vamos, que una compañera de mi trabajo en el 2010 se hospedó en casa de una amiga y sin justificar nada le dieron el 80%. Continuará...
• 16/03/2012 21:11:00.
• Mensajes: 21
• Registrado: diciembre 2011.
Corresponden las dietas del Cuerpo al que se accede, o sea, las del grupo II, que se desglosan en:
- alojamiento 65,97 € al día
- manutención 37,40 € al día
Total de dietas 103,37 € al día. El 80% de las dietas es 82,70 € al día. Sin justificar, lo establece el reglamento.
La locomoción en vehículo particular es 0,19 € x nº kilómetros. Sin justificar, claro.
Puedes justificar los trayectos en metro y te los pagan también como locomoción al liquidar las comisiones una vez realizadas.
Si te hacen cuatro comisiones son 20 días comisionada con la consideración de residencia eventual: Dietas=20 días x 82,70 €=1.654 €
Locomoción= 0,19 €/Km x nº kilómetros de los 8 viajes = ......... €
Si te hacen dos comisiones (una de 1 semana y otra de 3 semanas) son 24 días comisionada con la consideración de residencia eventual:
Dietas=24 días x 82,70 €=1.984,8 €
Locomoción= 0,19 €/Km x nº kilómetros de los 4 viajes = ......... €
Si estás cerca de Madrid te harán cuatro comisiones. Si estás lejos pueden hacerte dos y les sale igual económicamente porque lo que se gastan de más en las dietas de los fines de semana se compensa con el ahorro de la locomoción de cuatro viajes que no haces.
Estos son los cálculos que creo que te corresponde percibir.
• 22/03/2012 10:21:00.
• Mensajes: 3
• Registrado: enero 2012.
Aún no se pueden pedir las dietas no? Estáis ya buscando el hotel y el transporte? u mejor esperarnos a q salga la publicación del BOE? que, por cierto, es ya desesperante la espera...no sé por qué tardan tanto, al final salen antes los de libre...
Gracias y empieza la cuenta atrás de 1 mes!
• 26/03/2012 1:29:00.
• Mensajes: 19
• Registrado: diciembre 2005.
Marisaga yo no esperaría a que saliese publicado en el boletín. Creo haber leído en un foro, que hace unos años se publicó en el BOE cuando ya estaban realizando el curso. Si te sirve de algo, yo ya tengo comprados los billetes de avión.
Una pregunta para Amsat que parece estar muy puesto en el cálculo de dietas, lo de que corresponde al cuerpo al que se accede está recogido en alguna norma o se debe a que como somos funcionarios A2 en prácticas nos corresponde el grupoo II. Gracias.
Hola, aunque un poco tarde, he descubierto la existencia de este foro y lamento no haberlo visto antes porque la oposición ha sido una travesía en solitario, pero nunca es tarde si la dicha es buena.
Respecto a la duda sobre el grupo en el que deben liquidarse las dietas hay un acuerdo de la CECIR (1502/02F) que establece, entre otras cosas algunas de ellas ya modificadas, que el grupo de clasificación de las dietas será el correspondiente al grupo al que se prevé acceder, con independencia de la opción ejercida a efectos de las remuneraciones como funcionarios en prácticas.
• 26/03/2012 12:24:00.
• Mensajes: 3
• Registrado: enero 2012.
Gracias por la respuesta Oroval, pero tengo una duda. Sin la publicación del BOE cómo se piden las dietas? porque me han dicho en contabilidad q se necesita esa publicación para poder solicitarlas, y sobre todo el adelanto, si no debemos correr con todos los gastos hasta q se publique.
Sin el BOE, cómo justifico que voy al curso de formación?
Gracias de nuevo.
• 26/03/2012 16:15:00.
• Mensajes: 1
• Registrado: marzo 2012.
Hola,
Yo las dietas las solicite con la resolución de aprobados y los anexos de la comisión permanente que estan publicados en la sede electronica del inap. Y que yo sepa me las están tramitando con eso. Porque como han dicho por ahí arriba, en la convocatoria del proceso selectivo en ningún momento pone que los aprobados se publicarán en boe. Si se publicará el nombramiento. Lo que dice la convocatoria es que la comunicaciones del proceso selectivo se haran por la sede electrónica del inap.
Saludos.
• 26/03/2012 18:50:00.
• Mensajes: 4
• Registrado: julio 2008.
Bueno, yo creo que sí tiene que salir publicado en el BOE, y por eso estoy de los nervios, mirando todos los días.
Un ejemplo de lo que digo se puede encontrar en la información del INAP sobre el proceso selectivo del año pasado y ahí veréis que en el BOE del 18 de mayo de 2011 se publica la resolución de 12 de mayo por la que se publica la relación definitiva de aspirantes que han aprobado gestión por PI, y se da un plazo para remitir documentos y para remitir el escrito dónde decimos si queremos cobrar como "en prácticas" o como estábamos.
Yo creo que en estas cosas hasta que no sale el BOE no hay nada, pero no es que lo crea es que como podéis ver otros años es así. (bueno, solo tengo datos del año pasado)
Pues eso, la información en la propia página del INAP, lo que es distinto este año es lo que tarda el BOE desde que se publicó la lista en el INAP.
En el BOE está en esta dirección, y se puede seguir la secuencia de cómo fue el año pasado:
[--http://www.boe.es/boe/dias/2011/05/18/pdfs/BOE-A-2011-8642.pdf--]
En cuanto a la dieta como el Cuerpo al que se aspira, yo también lo he visto en una instrucción interna de mi organismo, y las dietas son como C2.
Saludos.
• 26/03/2012 18:56:00.
• Mensajes: 4
• Registrado: julio 2008.
También están las fechas en que en el BOE aparece la lista de opositores aprobados y documentación a aportar de 2008 y 2009. De la convocatoria de 2009 parece que salió antes la lista oficial de aprobados en el BOE que la fecha del curso (osea al revés que este año)
[--http://www.boe.es/boe/dias/2011/05/18/pdfs/BOE-A-2011-8642.pdf--]
• 27/03/2012 13:53:00.
• Mensajes: 25
• Registrado: noviembre 2011.
Yo también creo que tiene que salir el BOE antes de ir al curso y estoy de los nervios mirandolo todos los días porque ya he reservado el alojamiento. En mayo son las fiestas de Madrid y puede costar más encontrar. Las dietas las he solicitado con la Resolución de la Comisión Permanente de Selección, pero no me han firmado todavía la autorización.
• 27/03/2012 15:33:00.
• Mensajes: 21
• Registrado: diciembre 2011.
Marisaga, reserva ya el alojamiento, las fechas del curso las sabes.
Para autorizar la comisión y pagar el anticipo es necesario que se dicte la resolución con los opositores que aprueban la fase de oposición y concurso (la que ges08 dice que se publicó el 18 de mayo del año pasado).
Que las dietas corresponden al grupo de dietas del cuerpo al que se accede ya lo ha respondido 23sasa. Yo puedo buscar dónde lo leí exactamente y contrastarlo con el acuerdo de la CECIR que ha puesto.
• 27/03/2012 19:12:00.
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En unas instrucciones de comisiones de servicio he encontrado la normativa aplicable:
- RD 462/2002, de 24/05/2002 (BOE 30 de mayo)
- Acuerdo CECIR de 24/10/2002 (Ref. 1502/02F)
- Orden de 08/11/1994, apartado 2.2.2., sobre justificación y anticipos de las indemnizaciones por raazón del servicio (boe 11 de noviembre).
- Orden 31/07/85, sobre regulacion de medios de transporte y gastos de viaje (BOE 3 de agosto)
- Resolución de la Secretaría de Hacienda y Presupuestos, sobre importe de dietas de 2 de diciembre de 2005 (BOE 3 de diciembre)
Y debe ser la legislación vigente porque está desde 2009 como vigente sin más cambios.
Yo estoy esperando al BOE para pedirlas y preguntar cómo quieren hacer la comisión.