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• 29/06/2019 12:28:00.
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HOLA Con respecto a la prescripción de infraciones y sanciones el ebep dice 3 años para muy grave 2 años para las faltas graves y 6 meses y un año respectivamente para la leves.
Te vas al reglamento disciplinario de los funcionarios públicos, que en el amito de la AGE , es aplicable si no contradice al EBEP en este caso habla de 6 años, tres años y las leves al mes. ¿esto se considera una contradicción, o que esta operando dentro de los limites de los reglamento, precisando graduando etc?. un saludo
• 29/06/2019 14:03:00.
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Prevalace norma superior a la inferior y en el mismo nivel normativa nueva deroga la anterior.
• 08/07/2019 13:33:00.
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• Registrado: mayo 2019.
Yo también tengo la misma duda, este artículo en cuestión del reglamento no veo que aparezca como derogado, también entiendo que prevalece el EBEP, pero de todas formas al plantear la pregunta indicarán la normativa a la que se refieren me imagino