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709.323 mensajes • 396.059 usuarios registrados desde el 25/05/2005
• 12/07/2020 14:43:00.
• No registrado.
• 13/07/2020 17:58:00.
• Mensajes: 18
• Registrado: diciembre 2013.
En caso de daños de carácter físico o psíquico a las personas, el plazo empezará a computarse desde la curación o la determinación del alcance de las secuelas. Desde dicho momento se computa un año en los términos del artículo 30.4 de la 39/2015
• 14/07/2020 13:51:00.
• Mensajes: 2
• Registrado: octubre 2008.
En mi opinión empezaría a contar desde el 13/07/2019 que es la fecha de la resolución que le deniega el asilo y que a mi entender constituye el acto que motiva la indemnización.
Yo es que entiendo que daño psíquico no es lo mismo que daño moral.
Pero ya te digo que es solo mi opinión de estudiante