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• 07/12/2021 17:09:00.
• Mensajes: 5
• Registrado: noviembre 2021.
Se ha publicado hoy en el BOE Y hay otro pero no lo pongo para no hacer demasiado largo el mensaje.
Resolución de 2 de diciembre de 2021, de la Secretaría General Técnica, por
la que se emplaza a los interesados en el procedimiento 138/2021,
interpuesto ante el Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo,
número 10.
El Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo, número 10, comunica la
interposición por parte de doña Peña Gómez Zamorano, del recurso contencioso-
administrativo seguido contra la Resolución de 26 de mayo de 2021 de la Secretaría de
Estado de Política Territorial y Función Pública, por la que se convocan procesos
selectivos para ingreso, acceso y estabilización de empleo temporal en Cuerpos y
Escalas de la Administración General del Estado y se encarga su realización a la
Comisión Permanente de Selección (BOE de 28 de mayo de 2021), por lo que se
procede mediante la presente resolución a dar cumplimiento al trámite de emplazamiento
a todos aquellos que se encuentren interesados en aquel, disponiendo de un plazo de
nueve días, si a su derecho conviene, para personarse en los autos, a contar desde el
día siguiente a la publicación de esta resolución, ante el órgano jurisdiccional que lo
ordenó, de acuerdo con lo establecido en el artículo 49 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,
reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
¿Te has personado?
• 07/12/2021 17:23:00.
• Mensajes: 5
• Registrado: noviembre 2021.
No. Me he enterado por casualidad esta mañana...y no sé qué se recurre...
• 07/12/2021 18:39:00.
• Mensajes: 9
• Registrado: diciembre 2021.
::: --> Editado el dia : 07/12/2021 18:59:14
::: --> Motivo :
::: -- Editado el dia : 07/12/2021 18:58:40
::: -- Motivo :
::: -- Editado el dia : 07/12/2021 18:57:46
::: -- Motivo :
::: -- Editado el dia : 07/12/2021 18:40:52
::: -- Motivo :
Hola.
A esa pregunta creo que te puedo responder yo.
Esa persona , que (probablemente) sea funcionaria interina (haz una busqueda en google, con su nombre, apellidos, e interinos, y te dara la respuesta), esta recurriendo la Resolución de 26 de mayo de 2021 de la Secretaría de Estado de Política Territorial y Función Pública, por la que se convocan procesos selectivos para ingreso, acceso y estabilización de empleo temporal en Cuerpos y Escalas de la Administración General del Estado y se encarga su realización a la Comisión Permanente de Selección (BOE de 28 de mayo de 2021), por que estan sacando la plaza en la que se encuentra como funcionaria interina.
[--https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2021-20241--]
Creo que los dos que mencionas deben ser los primeros de muchos recursos que se han presentado en este sentido.
Como ya he dicho en otros hilos, en enero se va a anunciar la suspension de los procesos selectivos que se encuentran afectados por el Proyecto de Ley de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, que va a aprobar a finales de diciembre el Senado, ya que se estan sacando plazas que, en cuanto esa normativa este en vigor el 1 de enero, tienen la obligación de sacarlas en concurso de meritos ( si llevan mas de 5 años), o en concurso oposicion ( si llevan mas de tres años, y menos de 5), tal y como recogen las disposiciones adicionales sexta y octava de la citada normativa.
En unas semanas lo veremos.
Un saludo.
• 07/12/2021 19:30:00.
• Mensajes: 167
• Registrado: agosto 2007.
Esta convocatoria es de mayo el icetazo fue en julio donde decidía que los procesos de estabilización seguían los cauces previstos, actualmente esta mención ha desaparecido y es potestativo paralizar lo o no, que el senado lo puede poner que se paralice pero hasta que llegue
• 07/12/2021 19:34:00.
• Mensajes: 15
• Registrado: agosto 2018.
Según mi opinión no creo que se paralice nada. En la universidad de Zaragoza, medicina, edificio B, se va actualizando la reserva de aulas. Primero estaba la ultima actualización a octubre, luego a 29 de noviembre, y hoy que he mirado la última actualización viene a 3 de diciembre, y pone que se solicita al administrador que se abra a las 7 de la mañana, así que tiene pinta de no pararse na.
Un saludo
• 07/12/2021 20:15:00.
• Mensajes: 9
• Registrado: diciembre 2021.
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• 07/12/2021 20:22:00.
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• Registrado: octubre 2008.
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• 07/12/2021 20:35:00.
• Mensajes: 2
• Registrado: octubre 2021.
Chico, para de una vez. Ya nos preocuparemos cuando eso pase, si es que pasa. Pero venir a un foro de opositores a deprimir al personal con tus cantos agoreros me parece bastante rastrero y de mala persona. Bastante duro es estudiar en esta época, sin notas y sin fecha del último examen.
• 07/12/2021 21:22:00.
• Mensajes: 9
• Registrado: febrero 2021.
::: --> Editado el dia : 07/12/2021 21:24:27
::: --> Motivo :
Vamos a aprovechar esta información, para hacer un ejercicio práctico de derecho administrativo. Yo, que soy un ignorante en Derecho, me pregunto, de manera inocente:
1 Si hay un resolución administrativa del 02 de Diciembre, ¿no se debería, en primer lugar, presentar un recurso de reposición o de alzada?
2 ¿Antes de presentar el recurso en el contencioso, no se debe primero anunciar el recurso para que el juez requiera a la abogacía del estado que se persone? Y una vez que se ha personado, presentar el recurso?
3 En cuanto a fechas. Si la Resolución se publica el día 02 de Diciembre, y hoy día 07, parece ser que ya hay hasta número de expediente en el contencioso, debemos suponer que los abogados trabajaron el fin de semana?
4 No sólo los abogados, y qué hacemos con el/la procurador. Cuando se ha realizado el apud acta por parte del demandante? Acaso los juzgados abren en festivo?
Y luego una persona habla ya directamente de una ley que se aprobará en el Senado….Reconozco que no he leído lo que pone…pero digo yo, las leyes, ante qué órgano deben recurrirse? Qué plazo y quienes pueden recurrir dicha ley?
Yo creo que basándonos en este supuesto práctico, que no digo que sea ficticio (ojo, que nadie vea ironía en mi texto), ¿porqué no hacemos un análisis para ver cuales serían las respuestas a éstas y otras preguntas que nos podamos hacer?
Vamos, es una idea, más que nada para ver si sacamos algo de provecho de todo esto. Y si de paso aprendemos un poco, ni tan mal!
Ya, que es una idea estúpida. Pues vale, seguiré estudiando!
Pero que conste en acta, que me ha parecido un supuesto práctico muy interesante e imaginativo! Y luego, de todo eso, relacionarlo con la supresión de procesos selectivos. Eso ya ha sido de nota! Un 10 sobre 10 para su creador!
"Si yo no digo que lo superes, iguálamelo y tienes funcionario para toda la vida, pájaro!" (Jose Mota dixit)
Nota: Ya, que me he inventado las fechas para hacerlo más práctico y pedagogico. Estoy de acuerdo, pero y si si?
• 08/12/2021 11:44:00.
• Mensajes: 77
• Registrado: julio 2020.
::: --> Editado el dia : 08/12/2021 11:54:25
::: --> Motivo :
Leyendoo, dejando aparte que tienes que estudiar mucho (las resoluciones de los secretarios de estado ponen fin a la vía administrativa, el recurso de reposición es potestativo, el senado NO aprueba leyes, las leyes aprobadas por las cortes se recurren ante el Tribunal Constitucional, los plazos mínimos del procedimiento en el contencioso son los que son y están marcados por ley...) deberías hacer honor a tu nick, y leerte bien el primer post de este hilo: La resolución recurrida a la que se hace alusión en ese post no es del 2 de diciembre sino del 26 de mayo.
En fin, antes acabará el procedimiento selectivo que la tramitación judicial del recurso contencioso administrativo al que se hace alusión en este hilo.
• 08/12/2021 12:07:00.
• Mensajes: 77
• Registrado: julio 2020.
Por cierto, las leyes, por defecto, no tienen carácter retroactivo, con lo que dudo que el recurso que haya presentado esa funcionaria tenga algo que ver con la futura ley para reducir la temporalidad: La resolución por la que se convocaban los procesos selectivos tenía que respetar la normativa vigente en el momento de aprobarse esa convocatoria, lo que se apruebe con posterioridad no convierte en nula o anulable dicha convocatoria (aparte que la convocatoria no establece que plazas en concreto se van a ofrecer a los aprobados...).
Mucho troll veo en este foro...
• 08/12/2021 13:20:00.
• Mensajes: 188
• Registrado: noviembre 2010.
usuario151, siendo cierto eso que dices, ya se están produciendo o se están planteando suspensiones vía hechos (diputación de Sevilla) o derecho (ayuntamiento de Getafe) sin necesidad de esperar a la vigencia de la ley. Y sabes porqué?. Porque el lío judicial va a ser morrocotudo. Imagina tres personas reclamando una misma plaza: el que ahora mismo la está ocupando y que lleva muchos años ocupándola, el que resulte adjudicatario en el concurso de traslados paralelo, y el hipotético adjudicatario de las plazas ofertadas en el concurso oposición. En fin, hay gente por ahí que descalifica todo este proceso porque no se da una situación "extraordinaria". Pues si esto no lo es, que venga Dios y lo vea. No recuerdo o no me consta una problemática parecida que afecte a tantísima gente, al menos en los últimos 25 o 30 años.
• 08/12/2021 17:41:00.
• Mensajes: 167
• Registrado: agosto 2007.
Yo siempre he pensado que el problema no es la interinidad sino que hacer con los interinos que no aprueben. Es decir en Gestión hicieron el mismo día y hora que los de libre el ratio presentados plazas es óptimo se presentarían 1300 personas para 400 plazas hay una fase de concurso donde Dan, puntos, muchos interinos aprobarán, a los que suspendan teniendo en cuenta que estamos en un contexto de mucha jubilación, habría que hacer una bolsa de interinos con los suspensos de tal forma que dado el número de jubilaciones estuvieran siempre trabajando hasta la jubilación, eso seria la solución.
• 09/12/2021 9:06:00.
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• Registrado: mayo 2021.
Si a lo que se refiere es a que pueden paralizar los procesos de gestión libre/PI para dar esas plazas a interinos que estén ocupando un puesto, yo no lo veo. Lo más sencillo sería seguir adelante con el proceso y darles la plaza que ocupan u otra que plazas hay. ¿De cuánta gente estamos hablando? No estoy al corriente de este tema pero se supone que son funcionarios interinos que ocupen la misma plaza desde el 01/01/2016 de manera ininterrumpida. Cuando se publica la OEP y luego sale la convocatoria no creo que se haga teniendo en cuenta estas plazas. De hecho, si así fuera no estaríamos en esta situación, ¿no?
A lo que podría afectar sería a las futuras convocatorias y a la movilidad vía concurso si el número de afectados es elevado.
• 09/12/2021 11:33:00.
• Mensajes: 114
• Registrado: noviembre 2021.
Entiendo que esas plazas, en todo caso, serían las de estabilización. Que por otro lado, no logro entender cómo sacan plazas para estabilizar y no restringen la posibilidad de presentarse a gente que sin funcionarios de carrera, es una cuestión que me llama la atención
• 09/12/2021 12:17:00.
• Mensajes: 273
• Registrado: mayo 2021.
A mí lo que me parece increíble es lo poco que se valora la promoción interna. Parece que uno llega a la Administración después de haber aprobado una oposición y ya no cuenta. Según dónde caiga tendrá la posibilidad o no de hacer algún que otro curso de 15 horas que le puede servir para concursar a otro puesto similar y poco más.
De cara a cubrir nuevas plazas en cada grupo lo prioritario sería mirar lo que tienes y ver si puedes cubrir un alto porcentaje de las necesidades que tienes y el resto convocando una oposición libre. Pero no, se negocian unas plazas en cada convocatoria y para ocuparlas te plantan el mismo temario que al que va por el turno libre y te 'favorecen' quitándote un examen.