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• 26/11/2022 22:21:00.
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Hola, quiero saber si un funcionario que se encuentra de baja de it y tiene derecho, según el artículo. 50.2 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, a disfrutar de sus vacaciones hasta 18 meses después del año al que corresponden los días de vacaciones, si durante esos 18 meses ha estado de nuevo de baja de it, y no ha podido disfrutarlos, si los pierde?
• 28/11/2022 16:45:00.
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Nunca vas a perder vacaciones por haber estado en i.t. si no has tenido tiempo de disfrutarlas.
• 30/11/2022 19:55:00.
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El plazo máximo de i.t es 12 meses prorrogable por 6 meses más Las de 2020 las podrías disfrutar hasta final de 2022
• 30/11/2022 19:57:00.
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Quise decir hasta final de junio de 2022
• 02/12/2022 22:09:00.
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Es cierto que existe la posibilidad de una segunda prórroga después de los 18 meses, pero es realmente improbable, yo trabajo en temas de seguridad social en la c. de Madrid y jamás he visto una prórroga hasta los 2 anos, aunque si es cierto que si se diera el caso podría haber dificultades para disfrutar las vacaciones.