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709.323 mensajes • 396.059 usuarios registrados desde el 25/05/2005
• 11/10/2006 16:38:00.
• Mensajes: 6
• Registrado: mayo 2005.
Cómo se haría si la empresa decide reducir capital social por condonación de dividendo pasivo de 2000 todavía pendiente. Pero se acuerda hacer con cargo a reservas disponibles para evitar la oposición de acreedores? Y los asientos desde la perspectiva del accionista.
Gracias
• 12/10/2006 0:30:00.
• Mensajes: 2
• Registrado: abril 2006.
hola!!bueno draco a ver que opinas...
en la sociedad:
capital social a acc.por des.no exigidos
y para que no se opongan los acreedors, ademas
RV a R.por capital amortizado (por el nominal de la reduccion)
El inversor: tiene que aplicar una consulta del boicac, Boicac num 40,12-1999.
Hay que minorar el precio de adquisicion en la misma proporcion que se reducen los fondos propios.
La consulta es un poco liosa, con numeros es mas facil.
Bueno dime qué opinas y si no queda claro ponemos numeros a ver si nos aclaramos.
chao!
• 12/10/2006 0:38:00.
• Mensajes: 2
• Registrado: agosto 2006.
::: --> Editado el dia : 12/10/2006 0:52:41
::: --> Motivo : ya contestado
.
• 12/10/2006 0:52:00.
• Mensajes: 2
• Registrado: agosto 2006.
Sencillo:
La SOCIEDAD QUE REDUCE CAPITAL, por el importe de la reducción, haría:
Accionistas por desembolsos no exigidos (190)
a Capital social (100)
------- x --------
Reservas voluntarias (117)
a Reserva por capital amortizado (118)
------- x --------
Y habría que tener en cuenta que disminuye el valor nominal de la serie de acciones a las que se le han condonado los dividendos.
Y la SOCIEDAD ACCIONISTA, por el importe pendiente que le ha sido condonado, haría:
Desembolsos pendientes sobre acciones (259) o (549)
a IFP en capital (250) o (540)
------ x -------
Y habría que tener en cuenta que ahora disminuye el precio medio de su cartera de acciones.
Lo que dice Eddy es para la resucción de capital con devolución de aportaciones.
Un saludo.
• 12/10/2006 9:11:00.
• Mensajes: 2
• Registrado: abril 2006.
pero en la consulta pone que cuando se reduzca capital por condonacion de dividiendos pasivos se aplicará el mismo criterio que por devolucion de aportaciones.con lo que se haría lo mismo no?
• 12/10/2006 13:21:00.
• Mensajes: 10
• Registrado: diciembre 2005.
Según la Consulta que dice Eddy cuando se condonan dividendos pasivos deben aplicarse los mismos criterios que cuando hay devolución de aportaciones para reducir el valor de la participación, con lo que puede haber beneficio o pérdida en valores negociables. En el primer supuesto del examen de TAYC había un caso de estos, pero no se podía aplicar la Consulta porque no se sabía el precio de adquisición de los títulos, no? Un beso Quetecuen.
• 12/10/2006 13:44:00.
• Mensajes: 6
• Registrado: mayo 2005.
Gracias por contestar!
Entonces sólo me queda una pequeña duda es que el nuevo valor nominal de las acciones será (Vnominal viejo- condonación) y si se habla después de ampliación por el valor nominal de las antiguas nos referimos al nuevo, ejemplo (100-25) caso del examen de TAC de este año
• 12/10/2006 13:53:00.
• Mensajes: 6
• Registrado: mayo 2005.
Ah!
Sobre el examen de TAC de este año en el supuesto dos. ¿Qué provisiones tendrías en cuenta para determinar su valor contable y así determinar si procede o no crear provisión en la construcción? Gracias