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• 14/10/2006 13:02:00.
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• Registrado: octubre 2006.
Una preguntilla, a ver si me podeis ayudar a aclarme, ¿la hipoteca especial tiene preferencia para el cobro sobre un acreedor hipotecario en cualquier caso? o sólo si está inscrita antes?
Muchas gracias
• 15/10/2006 10:30:00.
• Mensajes: 7
• Registrado: julio 2006.
La hipoteca especial que refiere el artículo 66 del RGR no es mas que una hipoteca más, lo que pasa es que la define al margen de la hipoteca legal tácita que tiene preferencia conforme a lo establecido en el artículo 1923 del Código Civil. Atendiendo a este último artículo y el 1927 del Código Civil, la preferencia vendrá determinada por la inscripción registral de las mismas y solo respecto a las posteriores.
Espero que te haya aclarado algo. Venga suerte con el segundo, que vamos muy pegados de tiempo. me debes una birra jajajja
• 15/10/2006 13:02:00.
• Mensajes: 13
• Registrado: octubre 2006.
Muchas gracias por la respuesta, la verdad es que me ha quedado muy claro, y mucha suerte a ti también para el segundo!! Hasta otra dudilla, ja ja