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709.293 mensajes • 396.056 usuarios registrados desde el 25/05/2005
• 02/11/2006 10:30:00.
• Mensajes: 13
• Registrado: octubre 2006.
Mi pregunta es: ¿pueden los Administradores dictar la providencia de apremio?
Muchas gracias,
• 02/11/2006 11:17:00.
• Mensajes: 79
• Registrado: mayo 2005.
Son competentes para dictar la providencia de apremio (si no he leido mal la norma) los titulares de las Dependencias Regionales de Recaudación, de las Dependencias de Recaudación y de las Unidades Administrativas Regionales de Recaudación en las Administraciones y en la Delegación Central de Grandes Contribuyentes el titular de la Dependencia de Asistencia y Servicios Tributarios.
Resolución de 26 de diciembre de 2005, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, sobre organización y atribución de competencias en el área de recaudación.
Artículo Tercero
4. Unidades Administrativas Regionales de Recaudación de las Administraciones
4.3 Competencias de los Administradores en su calidad de Coordinadores de Unidades Administrativas Regionales de Recaudación.
En relación con las Unidades Administrativas Regionales de Recaudación que tengan asignadas, corresponden a los Administradores las competencias enumeradas en el apartado Tercero.2.2.5 de la presente Resolución y además, les corresponderá dictar la providencia de apremio de las deudas, ejecutando los procesos informáticos que correspondan y liquidar los recargos que resulten exigibles, así como declarar la prescripción del derecho a realizar tal liquidación.
En los casos de ausencia, vacante o enfermedad, los Administradores serán sustituidos por la persona que designe el titular de la Delegación
Así que sí, los Administradores son competentes para dictar la providencia de apremio.
• 02/11/2006 11:19:00.
• Mensajes: 15
• Registrado: junio 2006.
Yo creo que si, tal y como aparece en el apartado tercero.4.3 de la Resolución de 26 de diciembre de 2005 de la Presidencia de la AEAT sobre atribución y organización de competencias en el área de recaudación.
• 02/11/2006 11:47:00.
• Mensajes: 1
• Registrado: mayo 2005.
La administradora de la administración donde trabajo las dicta todos los días
• 02/11/2006 13:22:00.
• Mensajes: 13
• Registrado: octubre 2006.
Muchas gracias a tod@s por contestarme, es que a veces me lío con las funciones de los Administradores, bueno es que para mi la Resolución es intragable.
• 02/11/2006 17:39:00.
• Mensajes: 79
• Registrado: mayo 2005.
SOCR, estoy contigo, esa resolución es horrenda, anda que podrían haberla hecho un poco más clara... pero no, hay que hacerla así para que nadie se entere de lo que lee...