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709.308 mensajes • 396.057 usuarios registrados desde el 25/05/2005
• 14/04/2009 20:48:00.
• Mensajes: 5
• Registrado: marzo 2007.
Buenas tardes,
A los futuros y a los ya funcionarios quisiera preguntarles qué puedo hacer con una empresa que no me facilita las retenciones de IRPF del año pasado a pesar de habérselo pedido ya varias veces.
Aclarar que ya no trabajo en esa empresa.
Gracias por vuestra ayuda.
• 15/04/2009 10:26:00.
• Mensajes: 80
• Registrado: mayo 2008.
Pues pon una reclamación economico administrativa...Como dices que ya has requerido a la empresa....
• 16/04/2009 12:52:00.
• Mensajes: 184
• Registrado: enero 2008.
por añadir leña al asunto,
hay una infracción en el artículo 206 LGT, por incumplir la obligación de entregar el certificado de retenciones o ingresos a cuenta, dice así:
1. Constituye infracción tributaria el incumplimiento de la obligación de entregar el certificado de retenciones o ingresos a cuenta practicados a los obligados tributarios perceptores de las rentas sujetas a rentención o ingreso a cuenta.
La infracción prevista en este artículo ser LEVE.
2. La SANCIÓN consistirá en multa pecuniaria fija de 150 EUROS.
• 17/04/2009 19:26:00.
• Mensajes: 33
• Registrado: octubre 2008.
¿alguien conoce una empresa sancionada por ese articulo? Yo no.
• 18/04/2009 15:17:00.
• Mensajes: 184
• Registrado: enero 2008.
Me gustaría citar otro párrafo, de la ley IRPF ley 35/2006, del artículo 99.5, me parece muy curioso y relacionado con el hilo:
"Cuando la retención no se hubiera practicado o lo hubiera sido por un importe inferior al debido, por causa imputable al retenedor u obligado a ingresar a cuenta, el perceptor deducirá de la cuota la cantidad que debió ser retenida".
Entiendo:
Si me retuvieron de más, por en la declaración me lo descuento todo, y saldado mi pago a cuenta, pero si me retuvieron de menos, yo me descuento lo que deberían haberme retenido, un importe superior al soportado realmente,y que la Agencia tributaria le reclame al pagador.
Interesante?