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709.293 mensajes • 396.056 usuarios registrados desde el 25/05/2005

Joseroj

• 28/11/2009 7:36:00.
Mensajes: 31
• Registrado: agosto 2006.

TAC 2009 Exceso de Provisión por desmantelamiento

Hola foreros.

En uno de los supuestos del examen de conta de TAC 2009 se plantea el caso
de que la provisión por desmantelamiento que tenemos constituida supera
el importe de los costes del desmantelamiento. Es decir, los costes estimados del
desmantelamiento que hemos provisionado al final resulta que superan a los costes
reales del mismo.

Dado que en el plan no existe la cuenta de ingresos Exceso de provisión para
desmantelamiento, retiro o rehabilitación del inmovilizado, cómo se registraría?

En el caso de que el inmovilizado no se utilice para la producción de existencias las diferencias entre el coste estimado del desmantelamiento y la provisión constituida se
llevan contra la cuenta de inmovilizado, procediendo a recalcular la cuota de amortización de forma prospectiva (si es una mejor estimación) o retrospectiva (si se trata de un error). Ahora bien, si la vida útil del inmovilizado ha finalizado y ya lo hemos dado de baja, qué hacemos con el exceso de provisión?

Y ya que estamos, que pasa con el exceso de provisión si se trata de un inmovilizado que se utiliza para la producción de existencias?

Gracias anticipadas.

6 RESPUESTAS AL MENSAJE

payoyo

• 28/11/2009 9:27:00.
Mensajes: 25
• Registrado: febrero 2009.

RE:TAC 2009 Exceso de Provisión por desmantelamiento

Si no ha concluido la vida útil del inmovilizado, se incrementa su coste y se ajusta la cuota de amortización. Si el exceso de provisión se pone de manifiesto en el momento de dar de baja al inmovilizado, yo creo que lo más lógico es cargar el importe de provisión y la amortización acumulada del inmovilizado, abonar por el coste del activo y la diferencia a la 671.

Si el activo no se usa para producir existencias, dice la norma que la 143 funciona como la 142, en vez de cargar a cuentas del subgrupo 21, realizas el cargo a cuenta del grupo 6, según la naturaleza del gasto.

Joseroj

• 28/11/2009 20:27:00.
Mensajes: 31
• Registrado: agosto 2006.

RE:TAC 2009 Exceso de Provisión por desmantelamiento

Gracias por la respuesta.

Voy a tratar de simplificar la cuestión: Tengo dotada una provisión por desmantelamiento por importe de 5.000. Finalizada la vida útil del activo, lo doy de baja. Los costes de desmantelamiento importan 4.000.

Cargo la provisión por 5.000 y abono 4.000 por Tesorería (por el pago de los costes de desmantelamiento). El asiento está descuadrado, naturalmente, por que tengo un exceso de provisión.

Si en el Plan existiera la cuenta Exceso de provisión para desmantelamiento el tema estaría resuelto, pero no es el caso. Se han olvidado de crear esta cuenta?

Como salimos de este apuro??

Luscofusco

merece la pena esperar algo mejor

• 28/11/2009 22:09:00.
Mensajes: 184
• Registrado: enero 2008.

RE:TAC 2009 Exceso de Provisión por desmantelamiento

Hola, te voy a dar dos soluciones:

Mi profesor habilita una cuenta de Excesos de provisión por desmantelamiento (795x)

A mi se me ocurre otra solución, improvisando claro, si lees el enunciado dice "las operaciones que se realizan en este momento", por tanto te pide que registres la baja y el desmantelamiento a la vez, ya que coinciden en la misma fecha.

Registra la cancelación de la provisión, ya que al saber el importe exacto y la fecha, no estimado, ya no es una provisión, la diferencia minoras el innmovilizado.

Luego registras la amortización pendiente, según el valor que tienes ahora del inmovilizado y finalmente la baja del inmovilizado contra la amortización acumulada y el valor residual de 200 euros.

La razón que le doy porque no existe Exceso es la siguiente, todas las cuentas de provisión con exceso, se han dotado contra gastos, excepto la 143, por tanto es lógico que las diferencias se ajustes contra ingresos en los primeros casos y en la 143 contra el inmovilizado. Para evitar el problema de la baja del inmovilizado, en este supuesto está fácil, antes registras la cancelación de la provisión y luego la baja, como te pide el enunciado que hagas "las operaciones que se realizan en este momento."

Joseroj

• 29/11/2009 14:03:00.
Mensajes: 31
• Registrado: agosto 2006.

RE:TAC 2009 Exceso de Provisión por desmantelamiento

Gracias Lusco

Hay que tener muy mala leche para poner esto en un examen. Pero mucha!!

En un examen, con las prisas, probablemente lo llevaría a exceso de provisión.

Aunque la solución que apuntas no es mala. Minoras el valor del inmovilizado y recalculas la última cuota de amortización.

Gracias por contestar

Joseroj

• 29/11/2009 14:06:00.
Mensajes: 31
• Registrado: agosto 2006.

RE:TAC 2009 Exceso de Provisión por desmantelamiento

CINIIF 1 aprobada por Reglamento CE/1126/2008

ANTECEDENTES
1.
Muchas entidades tienen la obligación de desmantelar, retirar y restaurar elementos de su inmovilizado material. En esta Interpretación dichas obligaciones se denominan "pasivos por desmantelamiento, restauración y similares". Según la NIC 16, en el coste de un elemento de inmovilizado material se incluirá la estimación inicial de los costes de desmantelamiento y retirada del elemento y la restauración del lugar donde está situado, obligaciones en las que incurre la entidad ya sea cuando adquiere el elemento o a consecuencia de haberlo utilizado durante un determinado periodo, con propósitos distintos de la producción de existencias. La NIC 37 contiene requerimientos sobre cómo valorar los pasivos por desmantelamiento, restauración y similares. Esta Interpretación proporciona directrices para contabilizar el efecto de los cambios en la valoración de pasivos existentes, derivados de las obligaciones de desmantelamiento, restauración y similares.
ALCANCE
2.
Esta Interpretación se aplicará a los cambios en la valoración de cualquier pasivo existente por desmantelamiento, restauración o similares que se haya reconocido:
(a) como parte del coste de un elemento de inmovilizado material de acuerdo con la NIC 16; y
(b) como un pasivo de acuerdo con la NIC 37.
Por ejemplo, puede existir un pasivo por desmantelamiento, restauración o similar por el desmantelamiento de una planta, la rehabilitación de daños ambientales en industrias extractivas, o la retirada de ciertos equipos.
PROBLEMA
3.
Esta Interpretación aborda cómo deben contabilizarse los siguientes hechos, cuyo efecto es un cambio en la valoración de un pasivo existente por desmantelamiento, restauración o similar:
(a) una modificación en la salida estimada de los recursos que incorporan beneficios económicos (esto es de los flujos de efectivo) requeridos para cancelar la obligación;
(b) un cambio en el tipo de descuento actual basado en el mercado, según se define en el párrafo 47 de la NIC 37 (esto incluye tanto a las modificaciones en el valor del dinero en el tiempo, como a los riesgos específicos asociados al pasivo en cuestión); y
(c) un incremento que refleje el paso del tiempo (también denominado reversión del proceso de descuento).
ACUERDO
4.
Los cambios en la valoración de un pasivo existente por desmantelamiento, restauración y similares, que se deriven de cambios en el importe o en la estructura temporal de las salidas de recursos que incorporan beneficios económicos requeridas para cancelar la obligación, o un cambio en el tipo de descuento, se contabilizarán de acuerdo con los párrafos 5 a 7 siguientes.
5.
Si el activo correspondiente se valorase utilizando el modelo del coste:
(a) Los cambios en el pasivo se añadirán o deducirán del coste del activo correspondiente en el ejercicio actual, respetando lo establecido en el apartado (b).
(b) El importe deducido del coste del activo no será superior a su importe en libros. Si la disminución en el pasivo excediese el importe en libros del activo, el exceso se reconocerá inmediatamente en el resultado del ejercicio.
(c) Si el ajuste diese lugar a una adición al coste del activo, la entidad considerará si esto es un indicio de que el nuevo importe en libros del mismo podría no ser completamente recuperable. Si existiese dicho indicio, la entidad realizará una prueba del deterioro del valor estimando su importe recuperable, y contabilizará cualquier pérdida por deterioro del valor del activo de acuerdo con la NIC 36.
6.
Si el activo correspondiente se valorase utilizando el modelo de revalorización:
(a) Los cambios en el pasivo modificarán la revalorización o la devaluación reconocidas previamente en ese activo, de forma que:
(i) una disminución en el pasivo [con sujeción a lo establecido en el apartado (b)] se cargará directamente a la reserva de revalorización en el patrimonio neto, salvo que se haya de reconocer en el resultado del ejercicio, en la medida en que suponga la reversión de un déficit de revalorización en el activo previamente reconocido en el resultado del ejercicio;
(ii) un aumento en el pasivo se reconocerá en el resultado del ejercicio, excepto que deba ser cargado directamente a la reserva de revalorización en el patrimonio neto, en la medida en que existiera saldo en la reserva de revalorización relativa a ese activo.
(b) En el caso de que la disminución del pasivo sea superior al importe en libros que habría sido reconocido si el activo se hubiera contabilizado según el modelo del coste, el exceso se reconocerá inmediatamente en el resultado del ejercicio.
(c) Un cambio en el pasivo es un indicio de que el activo podría tener que ser revalorizado para garantizar que su importe en libros no difiere significativamente del que se habría determinado utilizando el valor razonable en la fecha del balance. Cualquiera de esas revalorizaciones será tenida en cuenta al determinar los importes a incluir en el resultado del ejercicio y en el patrimonio neto de acuerdo con (a). Si fuera necesario llevar a cabo la revalorización, todos los activos de esa clase serán revalorizados.
(d) La NIC 1 exige que se revele, dentro del estado de cambios en el patrimonio neto, cada partida de ingresos o gastos que se haya reconocido directamente en el patrimonio neto. Al satisfacer este requerimiento, el cambio en la reserva de revalorización que surja por la variación en un pasivo, se identificará y revelará por separado.
7.
El importe amortizable ajustado del activo, se amortizará a lo largo de su vida útil. Por lo tanto, una vez que el activo correspondiente haya alcanzado el final de su vida útil, todos los cambios posteriores en el pasivo se reconocerán en el resultado del ejercicio a medida que ocurran. Esto se aplicará tanto para el modelo del coste como para el modelo de revalorización.
8.
La reversión periódica del proceso de descuento se reconocerá en el resultado del ejercicio, como un gasto financiero, a medida que se produzca. El tratamiento alternativo permitido de capitalización, que figura en la NIC 23, no será aplicable en este caso.
FECHA DE VIGENCIA
9.
La entidad aplicará esta Interpretación en los ejercicios anuales que comiencen a partir del 1 de septiembre de 2004. Se recomienda la aplicación anticipada. Si la entidad aplicase la Interpretación en un ejercicio que comenzase con anterioridad al 1 de septiembre de 2004, revelará este hecho.
TRANSICIÓN
10.
Los cambios en las políticas contables se contabilizarán de acuerdo con los requerimientos de la NIC 8 Políticas contables, cambios en las estimaciones contables y errores
Fuente: [--http://www.icac.mineco.es--]

Joseroj

• 29/11/2009 14:08:00.
Mensajes: 31
• Registrado: agosto 2006.

RE:TAC 2009 Exceso de Provisión por desmantelamiento

He colgado la norma anterior por que parece decantarse por la opción de reconocer un ingreso en resultados por el exceso de la provisión.

Saludos a todos


Seguro que tienes mucho que decir, te estamos esperando.


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