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709.308 mensajes • 396.057 usuarios registrados desde el 25/05/2005

michel15

• 27/02/2010 17:26:00.
Mensajes: 13
• Registrado: enero 2008.

corregimos el examen de agentes?

muy buenas a todos que os parece si entre todos corregimos el examen, a mi me parecio largo y correoso, pero entre todos podemos hacernos una idea

51 RESPUESTAS AL MENSAJE

shamrock

• 27/02/2010 18:06:00.
Mensajes: 2
• Registrado: marzo 2009.

RE:corregimos el examen de agentes?

que tal te ha ido michel15?

Pepegarrafa

• 27/02/2010 18:07:00.
Mensajes: 12
• Desde: Villajoyosa/Vila Joiosa (la).
• Registrado: noviembre 2009.

RE:corregimos el examen de agentes?

si podeis poniendo las preguntas. Podemos intentar hacerlo hasta los q no hemos estado

michel15

• 27/02/2010 18:18:00.
Mensajes: 13
• Registrado: enero 2008.

RE:corregimos el examen de agentes?

no tengo el examen delante, toy en el curro. si alguien tiene el examen y pone las preguntas...
yo creo q me salio regular pero estoy contento porq m dio tiempo de terminarlo

michel15

• 27/02/2010 18:27:00.
Mensajes: 13
• Registrado: enero 2008.

RE:corregimos el examen de agentes?

la primera creo q era responsabilidad solidaria art 42.1.a los q sean causantes o colaboren activamnte en la comision de una infraccion tributaria.....

ameliepoulen

• 27/02/2010 21:39:00.
Mensajes: 18
• Registrado: junio 2008.

RE:corregimos el examen de agentes?

¿cómo coño preguntan las retenciones si no nos sabemos las partidas del IRFP? ¿yo, agente tributario, que coño se que es rendimientos del trabajo personal? ¿es que acaso damos los impuestos?

ojola se pudran!

Pecoamanda

AGENTES? GESTIÓN? ESA ES LA CUESTIÓN.

• 27/02/2010 22:47:00.
Mensajes: 5
• Registrado: enero 2008.

RE:corregimos el examen de agentes?

::: --> Editado el dia : 28/02/2010 20:45:18
::: --> Motivo :

POngo lo que me he copiado que he puesto para tener una base a corregir
APARTADO 1)
A-42.1.A LGT
B-280000
C-62.2LGT

APARTADO 2)
A-42.2 LGT
B deuda, sanciones, Y OLVIDE PONER intereses y recargo de apremio
C-280000

APARTADO 3
A- 42.1 C???
B- A TODO

APARTADO 4
A-43 F LGT
B-120000

apartado 5
A- 6 MESES QUE EXCEDA...
B- CUOTA+INTERESES +25%AMBAS PARTIDAS
C- desde 21 de julio hasta cada vencimientoX4,5%X10000/365
d- APLAZAMIENTO SIN EFECTO INGRESAR EN 62.2 LGT

APARTADO 6
40 LGT ADMITE PAGO ESPECIE Y HE PUESTO QUE SI A LO DEL MINISTERIO DE OOPP, pero creo que no

APARTADO 7
A- TPC DEL 135 LGT
B- SE SUSPENDE EJECUCION DE LA LIQUIDAC

APARTADO 8
A. deseswtimatoria, respuesta liosa la verdad
b- ni idea, he puesto NO al tumtum

APARTADO 9
15% o 7%(DEPENDE)-15%-1%-NO TIENE ACTIV EMPRESARIAL- 7% ARRENDAMITO18%-15%

APARTADO 10
A NI IDEA, PUSE SI
B- SI
C- 3DIAS, 1 MES 6 MESES

APARTADO 11

NO, LOS PACTOS O CONVENIOS ENTRE PARTIC NO TN EFCTO FRENTE A ADMON, ART 17 LGT

APARTADO 12
39 LGT

APARTDO 13
A- SI EL 1 OCT, POR 111 LGT ES VÁLIDA
B-NO, AL MENOS 10 DIAS
C- NI IDEA, SUPONGO QUE SI

APARTADO 14
A-NO SE, INFRACCION DEL 200LGT QUIZA?
B- NINGUNO,

APARTADO 15
A PARCIAL 148 LGT, me equivoque y puse 48 LGT... en fin
B- la AT SI

apartado 16
- no se ni que puse
-puse que las anteriores seran válidas
-ni idea

APARTADO 17
-...
- REDUCCION DEL 30% DESAPARECE

APARTADO 18
A- TEORIA DEL 156 LGT
B-NINGUNO, SI A LA LIQUIDACION QUE DE AHI DERIVE
C-EL INFORME DE LAS A02,LA CONFORMIDAD EXPRESA DE LAS A01... TEORIA

michel15

• 28/02/2010 11:41:00.
Mensajes: 13
• Registrado: enero 2008.

RE:corregimos el examen de agentes?

hola pecoamanda,
En el apartado 2 pregunta c creo q la diligencia de embargo es por 50000 euros. y el citado art 42.2 dice "hasta el valor de los bienes o derechos que se hubieran podido embargar o enajenar. porlo tanto creo q la responsabilidad asciende a 50000

michel15

• 28/02/2010 11:51:00.
Mensajes: 13
• Registrado: enero 2008.

RE:corregimos el examen de agentes?

En el apratado 3 yo conteste lo mismo

En el apartado 4 puse responsabilidad subsidiaria del art 43 no afecta a las sanciones. (no puse cantidads) para q resulte exigible debe declararse fallidos al deudor principal y a los responsables solidarios en su caso.

En el 5 conteste = q pecoamanda pero no calcule los intereses porq son el interes legal cuando se garantice con aval solidario o certificado de seguro de caucion. y en la pregunta C se inicia el periodo ejecutivo al dia siguiente.

michel15

• 28/02/2010 12:01:00.
Mensajes: 13
• Registrado: enero 2008.

RE:corregimos el examen de agentes?

bueno por la tarde sigo

Pecoamanda

AGENTES? GESTIÓN? ESA ES LA CUESTIÓN.

• 28/02/2010 12:19:00.
Mensajes: 5
• Registrado: enero 2008.

RE:corregimos el examen de agentes?

en 2c tienes razón, me equivoqué ayer al copiroslo.son 50 000.
en el 5c, pues tienes razón, no m di cuenta.. en fin..
y en lo de las sanciones de la responsab subsidiaria....
que desastre... sto me pasa por llevarlo tan flojo al creer suspendido el test...
SUERTE!

michel15

• 28/02/2010 18:28:00.
Mensajes: 13
• Registrado: enero 2008.

RE:corregimos el examen de agentes?

En la 6

a) le puse q solo se admite el pago en especie con bienes integrantes del patrimonio historico español pero no estoy mu seguro de esto

b) la compesacion le puse q si es posible ya q se trat de la misma administracion

michel15

• 28/02/2010 18:42:00.
Mensajes: 13
• Registrado: enero 2008.

RE:corregimos el examen de agentes?

En la 7 le puse Valoracion Pericial Contradictoria, pero bueno supongo q esta bien, valoracion, tasacion es lo mismo o no? eso espero.

En la 7b) se suspende la ejecucion si garantizamos la deuda, si no el procedimiento continua hasta la enajenacion de los bienes q se suspende hasta q la deuda sea firme

michel15

• 28/02/2010 18:46:00.
Mensajes: 13
• Registrado: enero 2008.

RE:corregimos el examen de agentes?

LA 8a la tngo mal
La 8b es el articulo 133.2, la AT puede iniciar otro procedimiento de compro respecto del objeto de la verificacion de datos

La 9:

Ayudante el 2% por ser un contrato inferior a 2 años
Fernandez y Hernandez el 15% profesionales
Inmotasaciones el 15%
Jose Martinez el 18%

creo q lo tengo mal no lo he mirado

michel15

• 28/02/2010 19:46:00.
Mensajes: 13
• Registrado: enero 2008.

RE:corregimos el examen de agentes?

14b) contral la diligencia ninguno, contra la resolucion o liquidacion q ponga fin al procedimiento recurso de reposicion o reclamacion econ...........

Pecoamanda

AGENTES? GESTIÓN? ESA ES LA CUESTIÓN.

• 28/02/2010 20:09:00.
Mensajes: 5
• Registrado: enero 2008.

RE:corregimos el examen de agentes?

De acuerdo en casi todo. Ayer es uqe no me estuve a poner aqui todo, pero si, de acuerdo en la 14-b, la 8-b al leer tu respuesta recordé que la puse en algun sitio, he mirado examen he visto que lo puse para explicar el 8-a, pórque no sabia muy bien por donde iban los tiros...
el 7-b estas seguro que hay que garantizartla?. Pense que por ponerTPC o reservase el derecho a ponerla se suspendia ejecuc d ela liquidacion y el plazo para interponer recirsos (sin mas)
Y de la 6-a dude. Puse algo divagando respecto delk patrim hco español, pero en realidad como el artic 40 habla de pago en especie (sin especificar tampoco qué bienes) dude y puse que si qu epodia solicitarlo .Pero con dudas...

michel15

• 28/02/2010 20:20:00.
Mensajes: 13
• Registrado: enero 2008.

RE:corregimos el examen de agentes?

La 7b indique q efectos tiene las POSIBILIDADES DE IMPUGNACION Q LA LGT LE OFRECE AL SEÑOR ZZZ
entiendo q es una pregunta generica no tiene q ver con la tasacion pericial, o yo lo entiendo asi

Seffirot

• 28/02/2010 20:25:00.
Mensajes: 101
• Registrado: mayo 2007.

RE:corregimos el examen de agentes?

Me prometí no corregir el examen pero no lo puedo evitar ;D:

El apartado 6 puse que no se puede compensar el crédito por lo que dice el articulo 55 RGR:"con los créditos reconocidos por aquella" refiriéndose a la H.P. Por tanto, la deuda puede ser de naturaleza pública (no solo deuda tributaria) pero el crédito tiene que ser tributario entiendo.

La 7b) se suspende la ejecución con la solicitud de tasación pericial sin necesidad de garantia (135.1 LGT).

La 8: Se estimará el recurso. No cabe el procedimiento especial del 220 LGT porque no hay una rectificación de un error aritmético, material o de hecho. Lo que procede, contestándo ya al b), es iniciar un procedimiento de comprobación limitada o de inspección que incluya actuaciones de valoración puesto que la verificación de datos no impide la posterior comprobación de la misma (artículo 133 LGT)

La 9:

2% mínimo al empleado.
15% a los profesionales (ya indica que tenía larga trayectoria (no cabe 7%)
1% al de la pintura
Inmotasaciones no hay retención puse.
asesor fiscal 7 % (inicio actividad)
arrendamiento puse el 19% pero es el 18% porque es de 2008

La 10 es el 95LGt aunque la b) la tengo mal creo y la c) ni idea

La 11 es el 17.4LGt

la 12 es el 107 RGAT enterito.

La 13 a) coincido con vosotros
La 13 b) es si (no hace falta darle 10 días)

la 13 c) es el 174 RGAT

La 14 le puse una buena película, como esté bien flipo: puse que si la empresa había comunicado mediante declaración censal donde tiene el domicilio de la dirección y gestión el fallo es de la AEAT por no comprobar el censo y personarse en este domicilio. Si lo ha comunicado entonces la empresa tendrá sanción del 198 LGT. Lo fundamenté en el 7 RGAT. Si os fijais en el supuesto habla del censo. La inspección se persona donde consta en el censo que está el domicilio. y luego se encuentra que los libros están en otro lugar.

El 16 es el 46 LGT y 111RGAT. La a), más jodida, puse que la firma del representante garantiza la autenticidad de la del representado.

la 17 es el 26 del RGRST.

la 17 b) respecto a la ejecución es que se suspende pero no el devengo intereses puesto que el recurso es judicial OJO. Te habla de la ejecución en concreto. Entiendo que no procede hablar de la perdida de la reducción.

La 18 c) puse el 144.2 LGT porque se refiere al contenido.

Saludos.

P.D: examen jodido.

michel15

• 28/02/2010 20:50:00.
Mensajes: 13
• Registrado: enero 2008.

RE:corregimos el examen de agentes?

La 18c) dices que es la 144.2 en unas actas en disconformidad? creo que no

la 17b) no es posible interponer el recurso contencioso sin haber interpuesto previamente reclamacion econ-adm porlo tanto......

Seffirot

• 28/02/2010 21:13:00.
Mensajes: 101
• Registrado: mayo 2007.

RE:corregimos el examen de agentes?

La diferencia entre un acta de conformidad y disconformidad en cuanto al contenido es lo que dice el 144.2 LGT puesto que en el caso del acta de conformidad se aplica dicho artículo al estar conforme con el contenido y en la de disconformidad no se aplica.

Respecto al recurso la pregunta dice claramente que efectos tiene la ejecución de la sanción la presentación dentro de plazo de un recurso CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO. Se da por hecho que ya hubo una resolución de un Tribunal economico-administrativo.

Aprovecho para comentar el apartado 3:

Dude muchísimo si era el 42.1 c) o el 43 . 1 g) o h) porque parecía el 421.c) pero claro luego se hablaba de que la empresa en el año siguiente seguía operando. Ahora más tranquilo creo que es efectivamente el 42.1 c) (el que puse) porque incluso habla del mismo epígrafe del I.A.E. Los supuestos del 43 son casos en la que las empresas "pantalla" no realizan ninguna activdad. La explicación de que luego siga operando al año siguiente es que la tan emrpresa Montajes y Obras SL es eso un Montaje porque no tiene un duro. La empresa solvente es Construcciones XYZ SL. En 2008 Montajes y Obras SL sigue operando aún siendo insolvente por eso le vuelven a derivar responsabilidad a Inmuebles S.S.

Saludos,

Seffirot

• 28/02/2010 21:22:00.
Mensajes: 101
• Registrado: mayo 2007.

RE:corregimos el examen de agentes?

continuo post anterior:

por eso, precisamente, se le deriva responsabilidad subsidiaria a Inmonosecuanto porque previamente a Montajes y Obras S.L se le habrá declarado fallido.

Ahora me voy dando cuenta de lo currado que está el enunciado para meter cuatro supuestos de responsabilidad de forma enrevesada para "tumbarte" y que tengan cierto sentido... vaya con los del tribunal... además, muchos opositores, quizá acertaron los cuatro supuestos pero consumieron mucho tiempo para acabar con el examen. Lo dicho, joder con que intención ponen las preguntas.

Saludos.

Pecoamanda

AGENTES? GESTIÓN? ESA ES LA CUESTIÓN.

• 28/02/2010 21:26:00.
Mensajes: 5
• Registrado: enero 2008.

RE:corregimos el examen de agentes?

el 144? No lo veo yo ahí tampoco... que pinta lo del valor probatorio de las actas?? NO, yo creo que era comparar art 156 con 157 lgt o del 187 y 188 del reglamento,, que una lleva los intereses, la otra no, que una lleva la conformidad expresa, incluso puse lo del informe ampliatorio de las A02... las diferencias que captasemos de lo sabido en esos articulos. Eso creo
Y en el 188LGT habla de no haber puesto recurso o reclamacion, no especifica de qué tipo.

Seffirot

• 28/02/2010 21:37:00.
Mensajes: 101
• Registrado: mayo 2007.

RE:corregimos el examen de agentes?

Lo pinta todo. Para que quiere Hacienda que los contribuyentes firmen en conformidad. No para reducirles la sanción claro sino para que luego lo tengan muy chungo a la hora de recurrir por aplicar el 144.2 LGT. Siento decirte que la 18c) es el 144.2 LGT.

El 188 LGt es muy rebuscado. Te habla de "efectos en la ejecución de la sanción".

No le deis más vueltas. En esas dos preguntas creo que dar en la diana es poner el artículo 144.2 y que se suspende la ejecución pero no el devengo de intereses.

Saludos.

Pecoamanda

AGENTES? GESTIÓN? ESA ES LA CUESTIÓN.

• 28/02/2010 21:54:00.
Mensajes: 5
• Registrado: enero 2008.

RE:corregimos el examen de agentes?

pero el contenido, es el contenido, no los efectos.

Seffirot

• 28/02/2010 22:14:00.
Mensajes: 101
• Registrado: mayo 2007.

RE:corregimos el examen de agentes?

bueno, bueno. A ver Pecoamanda el contenido del acta son los hechos que han acontecido, por ejemplo, no declarar unos ingresos, meter más gasto, etc y su posterior calificación jurídica.

Yo lo entiendo así. Tú te refieres al contenido del que hablán los artículos 153 y 155LGT y 176 RGAT. Podría ir por ahí la pregunta es verdad pero después de haber hecho muchos supuestos intuyo que la pregunta va por el 144.2 LGT ¿porqué? pues porque la diferencia fundamental de firmar o no en conformidad es el 144.2 LGt y la reducción. En muchos supuestos te preguntan por la diferencia cuantitativa (habría que poner el 188.1LGT) o por la diferencia de contenido (144.2LGT).

Ahora que me lo planteo podría ser como tú dices.... no se, no se...

Saludos.

tommy1968

• 01/03/2010 8:55:00.
Mensajes: 10
• Registrado: octubre 2009.

RE:corregimos el examen de agentes?

Buenos dias a todos....
Seffirot, independientemente de que te tengo mucho respeto por tus colaboraciones, creo que no estas en lo cierto respecto a lo de las actas.
Como dice Pecoamanda, el contenido es el contenido.
Creo que se refiere al art 153; en caso de conformidad, hay q incluir los posibles recursos contra la liquidacion derivada de la propuesta; quizas tambien en disconformidad podria incluirse el informe preceptivo, aunque no forme parte estrictamente del contenido; pero creo que van por ahi los tiros, aunque parezca una tonteria.
Estoy de acuerdo contigo en el de responsabilidad; desgastan al opositor en el primero, para que dedique mucho tiempo a ese y se quede con poco tiempo para el resto y con menos energia.
Por otro lado, tambien discrepo contigo en el tema de la comparecencia del obligado en las oficinas publicas; el art 180 de la LGT indica que la comparecencia para acudir a las oficinas publicas no realizada en presencia del obligado, como es este caso puesto que el representante legal esta ausente, requiere un plazo no inferior a 10 dias.
Pero tampoco quiero bucear mas en el examen porque ya son muchos meses de desgaste, y la verdad que el examen fue duro, duro , duro.
Los que obtengan plaza tendran mucho merito, al igual que el resto claro, pero este es un año donde han hecho unos filtros verdaderamente duros; vamos que preguntar sobre los certificados de los articulos 70 y siguientes del reglamento del rd 1065/2007 tiene dolor; y eso sin profundizar en el tema de comprobacion de valores, algo que nunca han tocado, dilaciones en el procedimiento sancionador, etc.
Lo dicho, realmente duro.
Y como decia alguien por aqui, creo que sacaran plaza personas con bastantes errores, no tengo duda; supongo que han querido dentro de este segundo examen descartar de mano muchos opositores, y quedarse con una segunda tanda de personas que tengan un conocimento global de ley y reglamentos, y entre esos estaran los elegidos.
Un saludo a todos los que hicieron el examen y un gran abrazo.

tommy1968

• 01/03/2010 8:59:00.
Mensajes: 10
• Registrado: octubre 2009.

RE:corregimos el examen de agentes?

Perdon cuando digo el art 180 de la LGT.
No es de la LGT, sino del reglamento 1065/2007.
Disculpadme.

Seffirot

• 01/03/2010 10:24:00.
Mensajes: 101
• Registrado: mayo 2007.

RE:corregimos el examen de agentes?

Hola Tommy. Un placer "verte" por aquí por el foro.

No te preocupes que no me importa en absoluto que rebatan mis opiniones, más bien al contrario.

Lo de las actas es muy posible que sea como dices. Simplemente conteste casi por "instinto" lo primero que se me ocurrió (por el tiempo) y no he dudado hasta que lo habéis comentado por aquí.

Lo que no tengo nada claro es lo de los 10 días. Este tema lo hemos hablado varias veces con el preparador que, precisamente trabaja en Inspección. De lo que explicó creí entender que los 10 días se dan en dos supuestos:

- cuando el inicio del procedimiento es mediante comunicación (no personación como en el examen).

- cuando se piden documentos que no deben estar a disposición de la Inspección, como, por ejemplo, un certificado de industria (ejemplo puesto por él)

El artículo 173 RGAT en el apartado 2 regula el caso calcado del examen. Personación sin previo aviso siendo atendida la Inspección por quien no es el Obligado Tributario ni el Representante y dice textualmente "sin perjuicio de que en el mismo momento y lugar se pueda requerir la continuación de las actuaciones EN EL PLAZO QUE SE SEÑALE."

En el mismo sentido el artículo 171. 3 RGAT: 10 días para presentar documentación que no deba estar a disposición de la inspección. Los libros y registros obligatorios deben estar a disposición de la Inspección.

De todos modos, llevas toda la razón: el examen fue tan ambigüo y jodido que podríamos debatir sobre cada pregunta mucho tiempo sin llegar a una solución concreta y, la verdad, que no tengo ya fuerzas.Voy a guardar el examen y a relajarme.


Te deseo mucha suerte a tí y a todos los demás del foro.

Saludos.

estrambotic

• 01/03/2010 10:27:00.
Mensajes: 80
• Registrado: mayo 2008.

RE:corregimos el examen de agentes?

Yo en lo de la diferencia de las actas de conformidad y disconformidad creo que vi claro que se refería al contenido que debían tener conforme a los art. 153 y 155LGT y 176RGAT yo puse el informe, aunque dudo mucho la verdad.
Despues, leyendo el examen con tranquilidad creo que Seffirot está en lo cierto en lo de la responsabilidad solidaria del 42.1.c...Yo tiré por los supuestos del 43.1 g) y h)...
A mi casi no me dio tiempo a terminar el examen. El último supuesto de inspeccion que es lo que mejor me sabía casi ni lo pude leer y lo conteste a las careras...
Suerte a todos

Seffirot

• 01/03/2010 10:32:00.
Mensajes: 101
• Registrado: mayo 2007.

RE:corregimos el examen de agentes?

Amigo Estrambotic. Me he acordado mucho de tí respecto al 43.1 g) y h). Yo salí convencido de que la había cagado....

Respecto al artículo 180 RGAT lo estoy leyendo y parece que es como dice Tommy por lo que está pregunta la tengo también mal.

Pues lo dicho, no debemos desanimarnos porque el examen fue chungo y pasarán opositores que piensen que están fuera. Debemos recordar el test.

Saludos.

estrambotic

• 01/03/2010 10:34:00.
Mensajes: 80
• Registrado: mayo 2008.

RE:corregimos el examen de agentes?

En cuanto al plazo de los diez dias yo puse lo mismo que tommy1968 por el 180 RGAT. Creo que eso está claro.....Es un requerimiento de comparecencia no efectuado en presencia del OT

estrambotic

• 01/03/2010 10:58:00.
Mensajes: 80
• Registrado: mayo 2008.

RE:corregimos el examen de agentes?

En cuanto a la ejecutividad de la sanción en vía contenciosa yo contesté con el art. 212 LGT y 29 RST poniendo que se suspenderán sin necesidad de aportar garantia hasta que el juez tome la decisión pertinente sobre su ejecutividad.

Seffirot

• 01/03/2010 11:15:00.
Mensajes: 101
• Registrado: mayo 2007.

RE:corregimos el examen de agentes?

Pues diste en la diana. Por lo que veo la útlima parte que piensas no te salió tan bien por lo que veo ya has acertado varias preguntas.

Yo también puse el 212LGT y 29 RST pero me falto poner "hasta que el juez tome la decisión pertinente". Lugo añadí lo de los intereses de demora.

En fin, esa la tengo medio bien supongo.

Saludos.

estrambotic

• 01/03/2010 12:17:00.
Mensajes: 80
• Registrado: mayo 2008.

RE:corregimos el examen de agentes?

No si lo que contesté del último supuesto de inspección basicamente lo tengo bien, a excepción de lo del informe que puse como diferencia de las actas de conform y disconform que no me encaja absolutamente nada..El resto bien. Pero lo conteste todo en poco más de 10 minutos..con una letra del culo y de mala manera y así no se puede aprobar...

lasurf

• 01/03/2010 14:18:00.
Mensajes: 3
• Registrado: febrero 2010.

RE:corregimos el examen de agentes?

Una duda / discrepancia de lo que habéis puesto con relacion al apartado4b).
De acuerdo que es responsabilidad del 43f pero yo creo que Inmuebles no responde por el total del iva y retenciones (100.000 + 20.000). En el caso de las retenciones sí porque pone que Montajes trabajó exclusivamente para Inmuebles, pero en el caso del IVA discrepo. Creo que Inmuebles solo sería responsable por la parte del IVA de la factura que Montajes le emitió (707.600-610.000 = 97.600 €), que es una cantidad inferior a la autoliquidación del IVA.

Ya me contareis lo que os parece, pero yo creo que es así.

Un saludo, y muchisima suerte a todos.

estrambotic

• 01/03/2010 14:26:00.
Mensajes: 80
• Registrado: mayo 2008.

RE:corregimos el examen de agentes?

En cuanto al apartado 10 referente a los certificados las respuestas son muy sencillas siempre y cuando se haya mirado...claro.

a) efectivamente art. 95 si previo consentimiento del OT

b)No. La Admón no emitirá el certificado al OT si le consta que ya lo ha enviado a la Admon. correspondiente

c) 20 dias. Se enviará al lugar señalado al efecto por el OT, o en su defecto al domicilio fiscal. La normativa propia de cada certificado puede señalar plazos distintos para su emisión.

La normativa aplicable son los art. 70 a 76 RGAT (lo motivé así porque no supe señalar el art. concreto)

Seffirot

• 01/03/2010 18:06:00.
Mensajes: 101
• Registrado: mayo 2007.

RE:corregimos el examen de agentes?

Respecto al apartado f) no se si será como dice Lasurf pero lo que si que se es que aún que lo hubiera intuido no me habría puesto a pensar en esto y a realizar los calculos a mano porque me cuesta en tiempo más la salsa que el pollo. de todas formas, si es así pocos lo habrán hecho bien.

Respecto al apartado 10 puse el artículo 95 en la a) y en la b) puse que la información se deberá suministrar preferentemente por medios telemáticos y solo si esto no fuese posible la Aministración estaría obligada a aportar el certificado a la señora QQQ. Un desastre de pregunta porque no me he mirado ni una sola vez los artículos 70 y siguientes del Reglamento. Supongo como otros muchos.

Por cierto, la pregunta a) del artículo 10 que creía tenía medio bien pues no la tengo bien porque el artículo 71 RGAT dice que se emitirá certificado si lo dice una ley o presta el consentimiento el OT. Por tanto, en el supuesto ya habla de que la petición está amparada en una ley por lo que no hará falta el consentimiento o autorización del OT.


Saludos.

estrambotic

• 01/03/2010 18:35:00.
Mensajes: 80
• Registrado: mayo 2008.

RE:corregimos el examen de agentes?

Yo la pregunta del 43.1.f) la respondí explicando este artículo junto con el 126 RGR aplicando al caso del supuesto...pero sin hacer cálculo alguno...Solo me faltaba a mi ponerme a hacer numeritos con lo apurao de tiempo que iba

lasurf

• 01/03/2010 18:55:00.
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• Registrado: febrero 2010.

RE:corregimos el examen de agentes?

Estrambotic, seffirot, a mi el examen no es que me haya salido precisamente bien, de hecho me paré mucho en las primeras preguntas y asi llegué como llegué al final y cometí errores por no leer despacio las cosas.
Lo que he escrito es más bien para pediros una opinión, a ver, es como interpreté yo el art. 43.1.f cuando pone "en la parte que corresponda a las obras o servicios objeto de la contratacion". No es que me pusiera a hacer calculos en el examen, pero al darte la base imponible y el total de la factura veías que era inferior a los 100.000 € declarados. Pero como no vi que nadie lo hubiera comentado en el foro, por eso decidí escribir cual era mi opinión, pero no por eso digo que este bien ni mucho menos. Es una duda que tengo y me interesaba vuestra opinion.

Ojalá tengais mucha suerte con las notas. Yo ya os digo, que al final la cagué finamente por no leer bien las cosas.

Un saludo a todos

estrambotic

• 01/03/2010 19:08:00.
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• Registrado: mayo 2008.

RE:corregimos el examen de agentes?

Ojo que yo no digo que tus cálculos sean incorrectos, ni mucho menos. La responsabilidad alcanzará logicamente a la parte de obras o servicios que hayan sido contratados correspondientes a la actividad principal sin haber aportado al pagador el certificado en las condiciones establecidas en el 43.1.f) y 126RGR . Que alomejor había que calcular...que yo no digo que no..lo que pasa yo no doy pa tanto

tommy1968

• 01/03/2010 20:12:00.
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• Registrado: octubre 2009.

RE:corregimos el examen de agentes?

Buenas tardes a todos.
Respondiendo a lasurf, creo que la responsabilidad alcanza al importe total en el iva por lo siguiente:
El articulo 43 habla de la responsabilidad subsidiaria y dice que alcanzara a las retenciones y tributos repercutidos del contratista; es decir el contratante va a responder de las cantidades de iva y retenciones que no ingrese el que realiza las obras y los servicios; por que importe? pues por el importe de las facturas que pague a aquel.
Es decir, en mi opinion, en este caso responde de 100000 por iva y de 20000 por retenciones, que no ingresa montajes y obras sl; de esas cantidades responde con la factura que paga de 707600; todo el iva y retenciones que no ingresara montajes y obras hasta dicho importe, podria derivarse al pagador.
No hay q confundir el iva del contratante, con el iva a ingresar del contratado por asi decirlo.
Espero haberlo aclarado, siempre y cuando tenga razon, que a estas alturas es hasta atrevido.
Un saludo a todos.

Seffirot

• 01/03/2010 20:24:00.
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RE:corregimos el examen de agentes?

Muy bien explicado. El pagador responde con los pagos que haga al contratista pero esos pagos no tienen porque ser de IVA.

Por cierto Tommy ¿Qué tal te salió el examen?

Saludos.

tommy1968

• 01/03/2010 20:37:00.
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• Registrado: octubre 2009.

RE:corregimos el examen de agentes?

Pues que decirte Seffirot sobre el examen.....
Que alucino un poco en colores respecto al nivel de exigencia que piden.
Despues de reflexionar este fin de semana al respecto, creo lo siguiente:
Han puesto un examen duro siendo conscientes de ello. Es decir, preguntar una comprobacion de valores, unos certificados que en la vida aparecieron en un examen, actuaciones con sucesores, responsabilidades varias, y alguna cosita mas por ahi, de las cuales muchas estan en reglamentos, dandole un peso mayor q a la ley en el examen, me parece excesivo.
Mi opinion al respecto del nivel, despues de la masacre del primer examen, es que incluso al tribunal le jode un huevo y parte del otro corregir examenes para 37 plazas; aunque parezca ilogico, comparando con el año pasado, parece que prefieren hacer un examen mas asequible para 600 personas en el 2008, que para 240 en el 2009; lo digo con todo el respeto a los aprobados del año pasado; el termino asequible siempre es relativo en una oposicion y para nada quiero desmerecer a los aprobados del año pasado; pero este año son mas preguntas, mas retorcidas, mas atipicas e incluso menos practicas; por eso llego a la conclusion de que les molesta corregir para solo 37 plazas; es mas , creo que lo hacen para de sopeton tumbar a muchos; es decir de 240 entiendo que se quieren cargar a muchos, simplemente con una lectura superficial del examen de cada uno; a partir de ahi se quedan con los que mas o menos se defendieron; en la ultima fase se quedarian con los que menos fallos cometan.Es mi opinion personal que puede ser hasta paranoica, pero es q es lo q tiene mas logica en mi opinion.
En cuanto a mi examen pues ni contento ni descontento; con varios errores, y con algun desconocimiento de algunas preguntas; es decir, de los certificados ni idea.
Menudo rollo acabo de soltar.
Un abrazo para todos.

lasurf

• 01/03/2010 21:42:00.
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• Registrado: febrero 2010.

RE:corregimos el examen de agentes?

Antes de nada gracias tommy por tu opinión

Mi duda viene por la ultima parte del artículo, cuando dice "por la parte de las obligaciones tributarias objeto de la contratación". En la academia a la que estaba asistiendo por lo menos así me lo han explicado,que era únicamente por la parte de IVA y retenciones correspondientes a las obras realizadas con ese obligado tributario.
No te quito la razón, es eso, que es como siempre me lo habían explicado a mí, por eso me chocó que nadie en el foro lo comentara. Pero si todos opinais lo mismo, a lo mejor los equivocados somos mi preparador y yo.

Un saludo a todos

tommy1968

• 01/03/2010 21:58:00.
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• Registrado: octubre 2009.

RE:corregimos el examen de agentes?

En efecto lasurf es en la parte correspondiente.
Pero mira el supuesto; dice que la empresa contratada trabaja todo el primer trimestre para el contratante; es decir, todo el iva que debe ingresar la empresa contratada, se deriva de trabajos realizados para una sola empresa.
Es por eso que el iva a ingresar, se puede derivar totalmente a la empresa contratante, que va a responder con los pagos que realiza a la primera.
Imaginate que la contratada hubiera trabajado para mas empresas; la cosa entonces cambiaria porque el iva a ingresar resultaria de obras realizadas para varias empresas, y la responsabilidad de cada pagador seria en proporcion al iva a ingresar que el contratado tuviera que realizar por las obras de cada pagador.
Ahi esta el quiz; disculpa el lio de la frase anterior, pero el tema esta en q trabaja solo para una empresa el primer trimestre; por eso todo el iva q tiene q pagar resulta de las obras para un solo pagador.
Un saludo.

Seffirot

• 01/03/2010 22:00:00.
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• Registrado: mayo 2007.

RE:corregimos el examen de agentes?

Pues estoy totalmente de acuerdo contigo Tommy.

Yo de las certificaciones nada. En esa pregunta tendré un 0 salvo que pongan algo por el esfuerzo...

Luego tuve algunos errores.

De todos modos, ahora supongo estamos todos bastante embotados, llevo todo el día dándole vueltas al examen y ya me duele la cabeza, pero a medida que pasa el tiempo me doy cuenta de que el examen era realmente dificil. El más dificil con diferencia de los útlimos años. El efecto ha sido parecido al del test: gente que domina la materia la han "tumbado" con una mezcla "estrategica" de preguntas abiertas o abiertas y jodidas o simplemente jodidas por ser rebuscadas reglamento o por marearte con los datos del supuesto (por ejemplo las de responsabilidad) para contestar en 3 minutos cada una (Y ESTO ES LO DIFICIL -RELACIÓN DIFICULTAD Y DATOS A RETENER CON EL TIEMPO PARA CONTESTAR). Yo creo que la clave para sacar plaza ha sido el que haya controlado muy bien el tiempo y haya contestado lo que le piden lo más acertado posible. El que se haya extendido mucho al principio o se haya hundido por no saber dos o tres preguntas ese habrá hecho peor incluso el resto del examen sabía mejor.

Saludos.

Seffirot

• 05/03/2010 10:32:00.
Mensajes: 101
• Registrado: mayo 2007.

RE:corregimos el examen de agentes?

::: --> Editado el dia : 17/12/2010 21:03:41
::: --> Motivo :

::: -- Editado el dia : 17/12/2010 21:02:17
::: -- Motivo :

Ayer corregimos el examen con el preparador. Descubrí que tenía más respuestas mal de lo que pensaba, vaya desastre.

Os lo voy a poner aquí para quién quiera pegarle un vistazo aunque os prevengo que es casi mejor ni comprobarlo. Cada uno que haga lo que quiera.

APARTADO 1

42.1 A) LGT


APARTADO 2

42.2 LGT


APARTADO 3

a) 42.1c) LGT
b) deuda exigida en periodo voluntario y sanciones. Total: 280.000 euros.

APARTADO 4

43.1 f) LGT

APARTADO 5 (artícuo 48 RGR)

a) 6 meses desde la finalización del último pago.

b) deuda exigida en periodo voluntario, intereses de demora que genere el aplazamiento más un 25 por cien de la suma de ambos conceptos.

c) Será el interes legal no el de demora desde el día 21 de julio de 2008 hasta el vencimiento de cada fracción.

d) El 31 de septiembre finaliza el plazo para formalizar la garantía. Desde el día 1 de octubre se inicia el periodo ejecutivo. El 15 de octubre la deuda estará en ejecutiva.

Desde el 21 de julio hasta el 31 de septiembre se devengarán intereses con independencia de los que se devenguen después (artículo 26LGT)

APARTADO 6

La primera no es admisible porque no son bienes del patrimonio histórico español.

La segunda si porque es una deuda reconocida por la Hacienda Pública al ser de la misma Administración

APARTADO 7 (135. 1 LGT)

a) Tasación pericial contradictoria para corregir la valoración de la Administración.
b) Se suspende la ejecución de la liquidación basada en la valoración con la solicitud de tasación pericial contradictoria.

APARTADO 8

a) El tribunal declarará nulo el procedimiento de rectificación porque no es el procedimiento correcto.

b) 133.2 LGT. La verificación de datos no impide la posterior comprobación del objeto de la misma.


APARTADO 10 (articulos 70 y siguientes RGAT)


APARTADO 11

artículo 17.4 LGT.

APARTADO 12 (39 lgt Y 107 rgat)


APARTADO 13
a) articulo 111. Se entiende notificado el inicio.
b) artículo 180 RGAT no podría. Hay que darle 10 días puesto que la actuación no se realiza con el obligado tributario.
c) Artículo 48.2b): el domicilio fiscal será donde tenga centralizada la dirección de los negocios y la gestión administrativa. Por tanto, la comentencia debería ser la de la Dependencia de Toledo por lo que debería iniciarse procedimiento de comprobación y rectificación del domicilio fiscal.

APARTADO 14
a) No me ha quedado claro todavía.
b)no caben recursos al ser un acto de trámite que no decide directamente o indirectamente sobre el fondo del asunto o no impide continuar el procedimiento (artículo 227 LGT)

APARTADO 15 (148lgt Y 178 rgat)

a) parcial no se comprueban la totalidad de los elementos de la obligación tributaria.
b) La administración si (178.5 LGT) el obligado no.

APARTADO 16 (111RGAT)

APARTADO 17

a) 208 LGT y 26 RGRST. Se renucia en plazo. luego no puede rectificar la renuncia solicitada por lo que el procedimiento sancionador se tramitará conjuntamente con el de inspección.

b) artículo 29 RGAT. Deberá solicitar la suspensión ante el juez y comunicarlo al órgano de recaudación.

APARTADO 18
a) 157 LGT y 188 RGAT: cuando no comparezca, se niegue a firmar el acta y suscriba el acta pero manifeste su disconformidad.
b) recurso de reposición o reclamación economico-administrativa contra la liquidación que se dicte posteriormente. Contra el acta no cabe impugnación (artículo 185RGAT)
c) articulo 156 y157LGT y 187 y 188 RGAT.
- en el acta de conformidad hay que indicar las actuaciones posteriores al acta.
- se entenderá dictada y notificada en un mes a contar.....
el informe y otros contenidos no lo tengo claro todavía.

Saludos.

estrambotic

• 05/03/2010 12:03:00.
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RE:corregimos el examen de agentes?

Seffirot ante todo mil gracias por poner las soluciones de tu academia así podemos contrastar con las que nos den a los demás. Nosotros hasta después de fallas no lo corregiremos.
Estate tranquilo que lo hecho hecho está. Tenemos que estar animado y seguir hasta alcanzar la meta.

En cuanto al apartado 13c y aun a riesgo de que tu profe de inspección me suelte un par de hostias por contradecirle. Pero creo que la inspección se ha presentado en el domicilio fiscal que se indica en la información censal (aunque este no sea correcto) y es en el curso de las actuaciones inspectoras cuando se pone de manifiesto que el domicilio fiscal correcto debería ser el de Toledo por desarrollarse allí la dirección y gestión del negocio. Por tanto yo entiendo que la inspección se ha presentado correctamente en el domicilio fiscal declarado y que obra en censo. Esto sin perjuicio de que se inicie el correspondiente procedimiento para rectificar la situación censal del OT y determinar el d. fiscal correcto. Yo pienso que los órganos de Toledo tendrán la competencia cuando se haya rectificado el domicilio, pero mientras tanto serán competentes los del domicilio que consta en el censo.
Es solo mi opinión, no sé..

estrambotic

• 05/03/2010 12:48:00.
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RE:corregimos el examen de agentes?

...Como base a lo que dije anteriormente el art. 59 RGAT establece que la competencia del órgano actuante al inicio de las actuaciones se mantendrá cuando se inicie un procedimiento de comprobación del domicilio en tanto éste no se resuelva...

Al art.59 RGAT se ve que le dan mucha importancia..Creo recordar que el año pasado también salió.

Seffirot

• 05/03/2010 13:24:00.
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RE:corregimos el examen de agentes?

Mi profe contestó las preguntas de forma genérica. Contestar el 48.2c), el 59RGAT y que se tendría que iniciar procedimiento de comprobación del domicilio fiscal aunque no cambia la competencia es dar en el centro de la diana. Respuestas que se aproximen puntuarán.

Pero yo me fuí por los cerros de Úbeda poniendo el artículo 174 RGAT que no es lo que preguntan. Me pasó lo mismo con el 18c) que puse el 144.2 LGT.

Total que pensaba que no me había salido tan mal el examen y al final tengo 5,25 preguntas enteras mal (siendo algo duro corrigiendo): 1,5 del primer enunciado, 1,5 del segundo enunciado y 2,25 del terecero. Ya veremos.

Saludos.

MICHEL80

• 05/03/2010 13:35:00.
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RE:corregimos el examen de agentes?

No os desanimeis por encontrar mas fallos, eso le pasa a todo el mundo, yo el año pasado al autocorregir el examen me salian unos 3 o 4 apartados a cero, vamos sin puntuar y aprobé, animo para la espera de las notas porque será larga.

estrambotic

• 05/03/2010 13:47:00.
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RE:corregimos el examen de agentes?

Seffirot pero acertaste en en la de la responsabilidad del 42.1c) y yo la cagué bien con el 43.1 h..

Hagamos caso a Michel80 que habla desde la experiencia de estar aprobado ya y no nos torturemos suspendiendonos nosotros mismos...de eso ya se encargará el tribunal.
Ahora toca descansar unos dias y relajarse...


Seguro que tienes mucho que decir, te estamos esperando.


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