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709.308 mensajes • 396.057 usuarios registrados desde el 25/05/2005

Kamus

• 27/11/2010 10:14:00.
Mensajes: 8
• Registrado: febrero 2008.

Duda Contabilidad. Condonacion de deuda a Socios fundadores

En este supuesto de constitución de la sociedad tengo una duda referente a la condonación de una deuda a los socios con bonos de fundador:

La junta constituyente aprueba reembolsar a los promotores, con una reducción del 25%, los gastos en que incurrieron, así como compensarlos con unos bonos de fundador que les permita participar en los beneficios de la sociedad por un período de 10 años.

Los promotores incurren en unos gastos de 600.000 um.

¿Sería en este caso?

600.000 (551) Cuenta corriente con socios y promotores a
(572) Bancos c/c 450.000 (118) Aportaciones de socios 150.000

o como se trata de una condonación de deuda que incluye una contraprestación y un beneficio económico para determinados socios no manteniendo la equivalencia económica entre los socios tendría q computarse la diferencia a ingresos tal como establece el artículo 21.2 del Reglamento del IS. Siendo entonces;

600.000 (551) Cuenta corriente con socios y promotores a
(572) Bancos c/c 450.000 (778) Ingresos extraordinarios 150.000

Gracias de antemano por vuestra ayuda!

4 RESPUESTAS AL MENSAJE

Luscofusco

merece la pena esperar algo mejor

• 27/11/2010 12:49:00.
Mensajes: 184
• Registrado: enero 2008.

RE:Duda Contabilidad. Condonacion de deuda a Socios fundadores

Caray, es una cuestión complicada, ¿de donde sale ese supuesto?

Si fuese una condonación a secas sin bonos a entregar a los fundadores, quedaría contestada con la consulta ICAC 4 BOICAC 79


"De acuerdo con el artículo 1.187 del Código Civil la condonación está sometida a los preceptos que rigen las donaciones. En consecuencia, el tratamiento contable de la operación que se consulta será el previsto en la NRV 18ª del PGC 2007, que a su vez establece un criterio general y otro especial para las donaciones otorgadas por los socios o propietarios"

"debe registrarse por la sociedad donataria directamente en los fondos propios en el epígrafe A-1.VI "Otras aportaciones de socios”."

"No obstante, cuando existan otros socios [...] el exceso sobre dicha participación se contabilizará [....] como un ingreso para la donataria. En la medida en que esta condonación sea de carácter excepcional y cuantía significativa, deberá registrarse como un gasto e ingreso excepcional en la partida de "Otros resultados" que ha de crearse formando parte del resultado de la explotación de acuerdo con la norma 7ª de elaboración de las cuentas anuales del PGC 2007."

Entiendo que sería validos los dos asientos: habría que repartir los 150.000 euros entre la 118 y la 778.

El porcentaje de participación de los socios promotores x 150.000 euros = 118
El porcentaje de participación de los socios no promotores x 150.000 euros = 778

Pero habiendo Bonos del fundador, no estoy seguro de que haya condonación, ¿no sería una novación?, ¿habría que registrar un pasivo por los bonos?

Kamus

• 28/11/2010 17:16:00.
Mensajes: 8
• Registrado: febrero 2008.

RE:Duda Contabilidad. Condonacion de deuda a Socios fundadores

Hola Luscofusco!. Gracias x responder y por TODOS tus aportes!.

El supuesto es de unos ejercicios q le ponen a un amigo en la academia a la que acude, pero como este mes ha faltado a clase pues no tiene las soluciones en este momento.

Lo de la novación no lo había considerado, la verdad, pero no veo como contabilizar los bonos de fundador como pasivo financiero. En todos los manuales que he consultado, la contabilización de los mismos se realiza como gasto a la hora de distribuir beneficios x por el porcentaje correspondiente puesto q sólo comporta una obligación para la empresa cuando se obtiene beneficios y se han satisfecho todas las reservas legales y estatutarias anteriormente, asimismo, son titulos nominativos q carecen de valor nominal, por lo q deben incluirse en la información contenida en la Memoria.

Me parece más acertada la opción q facilitastes basada en la consulta del ICAC, lo malo es que en el supuesto no hay forma de hallar el porcentaje de participación de cada uno de los socios y eso me mosquea un poco. El supuesto entero es éste:

Un grupo de economistas actúan como promotores en la fundación sucesiva de una SA para tal fin, tras cumplir con los requisitos legales, presentan los siguientes datos informativos en el folleto que están obligados a publicar:

-Denominación de la sociedad X SA.
-Capital social de 10.000.000 de um, dividido en 10.000 acciones de 1.000 um de valor nominal, emitidas con una prima del 25%.
-El plazo de suscripción es de dos meses, transcurrido el cual debe estar desembolsado el 25% del valor nominal de cada título y el 100% de la prima.

Transcurrido el plazo se han suscrito 40.000 acciones.

La junta constituyente aprueba reembolsar a los promotores, con una reducción del 25%, los gastos en que incurrieron, así como compensarlos con unos bonos de fundador que les permita participar en los beneficios de la sociedad por un período de 10 años.

Los promotores incurren en unos gastos de 600.000 um.

Una vez otorgada la escritura social e inscrita en el Registro Mercantil, las condiciones estipuladas para los desembolsos pendientes del capital emitido son las siguientes:

-Un dividendo pasivo del 50% a los tres meses de la inscripción registral.
-Un dividendo pasivo del 25% a los seis meses de la inscripción registral.

Luscofusco

merece la pena esperar algo mejor

• 28/11/2010 21:27:00.
Mensajes: 184
• Registrado: enero 2008.

RE:Duda Contabilidad. Condonacion de deuda a Socios fundadores

A lo mejor se puede hacer todo más sencillo:

Como dice que se aprueba reembolsar los gastos, podemos suponer que anteriormente no tenían reconocido los socios el derecho de reembolso y entonces no había ninguna deuda anterior que tengamos que condonar (así nos olvidamos de la consulta ICAC).

Luego cargamos la 113 de reservas voluntarias (como gastos de constitución) y abonamos la 551, todo por el importe de 450.000 euros.

Así quedaría una cosa sencilla, y más habitual para nuestros ojos.

Santacrucero

Querer es poder. Animo!!!

• 30/11/2010 0:56:00.
Mensajes: 11
• Registrado: octubre 2006.

RE:Duda Contabilidad. Condonacion de deuda a Socios fundadores

Hola!

Me imagino que anteriormente se ha realizado una contabilidad prefundacional en el que se viene recogiendo la deuda con los promotores.

Yo creo que realmente es una condonación de deuda en la que la empresa se obliga a determinada prestación condicional que toman forma de bonos fundador. Éstos al ser unos derechos económicos frente a la sociedad parecidos a las acciones sin voto pero como carecen de nominal, no se contabilizan sino devengan gasto no fiscalmente deducible cuando la obligacion existe.

Por tanto, los 150.000 condonados irian a la cuenta (118) Aportaciones de Socios. Fiscalmente, se tributaría por ello como un ingreso, dado que comporta un beneficio económico para determinados socios y supone romper la equivalencia entre los derechos económicos de todos los socios (art 21.2 del RIS). Contablemente, siguiendo el PGC, las donaciones de los socios incrementan el valor del Patrimonio Neto y como dichos socios reciben una contrapentación por ello no es aplicable la consulta del ICAC puesta que ésta no valora donaciones con prestaciones accesorias económicas por parte de la sociedad donataria.

Un saludo!! y gracias por todas tus aportaciones LUSCOFUSCO!


Seguro que tienes mucho que decir, te estamos esperando.


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