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709.323 mensajes • 396.059 usuarios registrados desde el 25/05/2005

peque04

• 08/03/2012 12:07:00.
Mensajes: 60
• Registrado: junio 2010.

Error material y error de hecho.

Hola!

Por favor, alguien podría explicarme brevemente la diferencia entre "error material" y "error de hecho".
Gracias. Un saludo.

2 RESPUESTAS AL MENSAJE

fedor

la mas larga caminata comienza con un paso

• 09/03/2012 13:51:00.
Mensajes: 13
• Registrado: mayo 2011.

RE:Error material y error de hecho.

Hola, pues yo considero que ambos conceptos al igual que los errores aritméticos se refiere a lo mismo, lo dificil a veces es diferenciar éstos de los errores de derecho.
El error de hecho, o material versa sobre un suceso, esto es, sobre una realidad independiente de toda opinión, criterio o calificación, quedando excluido de su ámbito todo aquello que se refiere a cuestiones de derecho, valoraciones de pruebas, interpretaciones de normas y calificaciones jurídicas. un saludiño

peque04

• 09/03/2012 16:02:00.
Mensajes: 60
• Registrado: junio 2010.

RE:Error material y error de hecho.

Muchas gracias, Fedor.

Planteaba la pregunta en el contexto de los actos de la administración.
Osea, que "material" y "de hecho" vendrían significando aproximadamente lo mismo.

He estado indagando y se podría decir que, hay error de hecho en una resolución cuando el órgano administrativo que la dictó apoya su decisión en hechos inexistentes o no pondera otros que son reales y relevantes para lo que había de resolverse.

Frente a esto, hay error de derecho cuando no hay controversia sobre los hechos materiales que tuvo en consideración el órgano administrativo y la polémica está referida a la calificación formal que en un plano normativo haya sido dada a los hechos o a las consecuencias jurídicas que se hayan hecho derivar de esos mismos hechos.


Seguro que tienes mucho que decir, te estamos esperando.


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