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FOROS OPOSICIONES FORO Oposiciones Inspectores de Hacienda
709.794 mensajes • 396.094 usuarios registrados desde el 25/05/2005
• 07/11/2008 18:53:00.
• Mensajes: 10
• Registrado: junio 2007.
la sociedad A permuta un solar con valor contable 1000, valor de mercado 1500 a cambio de otro solar con valor contable 900 y valor de mercado 1600.
la sociedad A contabiliza el solar recibido por 1000 porque es una permuta no comercial no? y ahora no sé cual es la BI del IVA repercutido y soportado por A, como se hace??
• 07/11/2008 20:54:00.
• Mensajes: 12
• Registrado: mayo 2007.
Efectivamente, es una permuta no comercial, por lo que el valor contable de adquisición será de 1000, procediendo un ajuste contable en el IS de 600, ya que se valora a valor de mercado (art. 15 LIS).
Pero yo creo que a efectos del IVA se tomaría el valor contable (1000) a efectos del cálculo del Iva soportado y repercutido en A, que en éste caso coincide. Pero no estoy muy segura de esto último, ¿álguien sabe si es así?
• 08/11/2008 9:05:00.
• Mensajes: 10
• Registrado: junio 2007.
art 79 LIVA: en las operaciones cuya contraprestación no consista en dinero se toma como BI la q se hubiese acordado en condiciones normales de mercado entre partes independientes..
esto significa q A repercute sobre el valor de mercado del solar q entrega?? entonces no coincidiría con el asiento contable ayuda!!!!
• 08/11/2008 14:19:00.
• Mensajes: 9
• Registrado: agosto 2008.
Exacto, se repercute IVA por el valor de mercado del bien transmitido y se soporta IVA por el valor del mercado del bien recibido. Es la regla de siempre del IVA y es independiente de la contabilidad (el IVA no tiene la relación con la contabilidad que tiene el IS, que determina su base imponible en función de ésta).
• 08/11/2008 15:06:00.
• Mensajes: 36
• Registrado: julio 2005.
Corroboro lo dicho por banega. Ten en cuenta que si en la parte de IVA del dictamen, cae un supuesto de permuta, hay q aplicar lo que diga la ley 37/92, con independencia de lo que establezca el PGC.
• 08/11/2008 15:43:00.
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• Desde: Madrid.
• Registrado: febrero 2007.
BANEGA, repásate tu respuesta. A mi me viene alguien diciendo que ha permutado algo por 10 y se deduce 15, le tiro de las orejas y encima le sanciono por gracioso.
• 08/11/2008 15:44:00.
• Mensajes: 51
• Desde: Madrid.
• Registrado: febrero 2007.
Pero que lo has dicho muy bien, banega
• 08/11/2008 15:46:00.
• Mensajes: 12
• Registrado: mayo 2007.
Mierda, q despiste! Es cierto, art. 79 LIVA, aplicamos valor de mercado. Gracias!