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FOROS OPOSICIONES FORO Oposiciones Junta de Andalucia Grupo B11
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• 01/12/2006 1:53:00.
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Alguien podría decirme si la potestad sancinadora es susceptible de delegación o no...La duda surge porque en la 30/92, colgada en la pág. 060 del Ministerio de Administ. Pbca., se acompaña de un par de sentencias del TS, referidas a varios arts. de la misma y, en concreto, una de ellas al caso que aquí nos ocupa. Bajo dicha sentencia la potestad sancionadora no sería delegable, pero claro, se trata de una sentencia basada en un articulado anterior al que hoy está vigente...
Por cierto, yo siempre había creído que no era delegable, ahora me han dicho que sí lo es, después encontré la puñetera sentencia esa, y ahora tengo la picha un lío...
Las competencias en materia sancionadora SÍ se puede delegar (antiguamente no). Espero haberte ayudado.