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FOROS OPOSICIONES FORO Oposiciones Junta de Andalucia Grupo C1000
709.293 mensajes • 396.056 usuarios registrados desde el 25/05/2005
• 29/09/2011 13:11:00.
• Mensajes: 12
• Registrado: agosto 2011.
Buenas, tengo la siguiente duda en el EBEP, pone lo siguiente:
Artículo 59. Personas con discapacidad.
1. En las ofertas de empleo público se reservará un cupo no inferior al siete % de las vacantes para ser cubiertas entre personas con discapacidad, considerando como tales las definidas en el apartado 2 del artículo 1 de la Ley 51/2003, de 2 de diciembre, de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad, siempre que superen los procesos selectivos y acrediten su discapacidad y la compatibilidad con el desempeño de las tareas, de modo que progresivamente se alcance el dos % de los efectivos totales en cada Administración Pública.
La reserva del mínimo del 7 % se realizará de manera que, al menos, el dos % de las plazas ofertadas lo sea para ser cubiertas por personas que acrediten discapacidad intelectual y el resto de las plazas ofertadas lo sea para personas que acrediten cualquier otro tipo de discapacidad.
Sin embargo en el decreto 93/2006, pone el 5%.
Puede ser que el porcentaje de reserva sea distinto con respecto a la comunidad autónoma de Andalucía.
Muchas gracias.
• 29/09/2011 13:57:00.
• Mensajes: 12
• Registrado: agosto 2011.
Pero entonces cual es el porcentaje que se debe reservar para las personas con discapacidad? El 5% o el 7%?
Muchas gracias.
• 29/09/2011 14:12:00.
• Mensajes: 11
• Registrado: agosto 2011.
7%
• 30/09/2011 11:19:00.
• Mensajes: 14
• Desde: Barbate.
• Registrado: junio 2011.
entonces el 5 o el 7
Es el 7%.
Pero si os daís cuenta la verdadera duda se plantea en otro apartado del Decreto 93/2006 en el art.2.2 cuando distingue entre porcentajes, porque acualmente como quedaría si tenemos en cuenta el 7% en vez del 5% y el 2% que se reserva según el EBEP para personas que acrediten discapacidad intelectual ???
::: --> Editado el dia : 30/09/2011 12:07:03
::: --> Motivo :
::: -- Editado el dia : 30/09/2011 12:05:40
::: -- Motivo :
y las personas con retraso mental leve o moderado, dentro de que porcentaje se encuadran??
pues yo creo que no, ha viene mi duda y el jaleo que tengo montao
porque al decir que "el resto es para cualquier tipo de discapacidad", habría que preguntarse quien es discapacitado, y los conceptos de discapacidad se han modificado con la entrada de dicha ley
• 30/09/2011 13:03:00.
• Mensajes: 73
• Registrado: febrero 2008.
En el decreto por el que se aprueba la OEP para el año 2010 tambien pone el 7%
[--http://juntadeandalucia.es/boja/boletines/2010/232/d/2.html--]
"Artículo 4. Reserva de plazas para personas con discapacidad.
1. Del total de plazas que se ofertan, se reserva un 7% para ser cubiertas por personas con discapacidad, con la distribución siguiente: el 6% para personas con discapacidad física, psíquica o sensorial, en los términos que establece el artículo 3.2.a) del Decreto 93/2006, de 9 de mayo, por el que se regula el ingreso, la promoción interna y la provisión de puestos de trabajo de personas con discapacidad en la Función Pública de la Administración General de la Junta de Andalucía, y el 1% para personas que acrediten discapacidad intelectual, en las condiciones que se establecen asimismo en el artículo 12 del Decreto 93/2006, antes mencionado."
Besitos...
pues vale
• 30/09/2011 15:58:00.
• Mensajes: 1459
• Registrado: abril 2007.
Ortega, en esta OEP es el 7%, 1% para personas con discapacidad intelectual y 6% para el resto.
::: --> Editado el dia : 30/09/2011 16:12:30
::: --> Motivo :
haber haber, que si yo lei la cosa ahora las estaís liando mas aún
la modificación del 7% ha sido en agosto2011, y la oep es del 2010, cuadno se público la oferta de empleo 2010, la junta debía convonar un porcentaje destinado a discapacitados no inferior al 5%, y ella lo ha echo del 7% por tanto es correcto, ademas la junta en relación con el decreto 93/2006, opta por reservar ese 1% para los de retraso leve moderado,
a dia de hoy no podeis comparar la oep 2010 con la modficación del 7%
MI DUDA es que con la modificación del 7%, en proximas convocatorias la junta debera reservar un 7% (con las limitaciones que marca el ebep) pero en caso de que opte por reservar 1% para los de leve o moderado, ese 1% estaría dentro del 7% o no.???
Que de aacuerdo con lo que me habeís contestado es qeu sí, auqneu no estoy yo aún muy segura.
(perdonad por las faltas de ortografía)
• 30/09/2011 16:18:00.
• Mensajes: 1459
• Registrado: abril 2007.
Sí, claro, la OEP no tiene nada que ver con esa modificación posterior. El 1% entiendo que está dentro del 7%.
• 30/09/2011 20:45:00.
• Mensajes: 66
• Registrado: septiembre 2007.
::: --> Editado el dia : 30/09/2011 20:48:35
::: --> Motivo :
En las ofertas de empleo público se reservará un cupo no inferior al 7% de las vacantes para ser cubiertas entre personas con discapacidad:
A. En ningun caso
B.siempre que superen los procesos selectivos y acrediten su discapacidad y la compatibilidad con el desempeño de las tareas, de modo que progresivamente se alcance el dos % de los efectivos totales en cada Administración Pública.
C. de manera que, al menos, el 1% de las plazas ofertadas lo sea para ser cubiertas por personas que acrediten discapacidad intelectual y el resto de las plazas ofertadas lo sea para personas que acrediten cualquier otro tipo de discapacidad.
D.siempre que superen los procesos selectivos y acrediten su discapacidad no siendo necesrio acreditar su compatibilidad en la Admnistración de la Junta de Andalucía
Saludos
Cualquier tribunal va a preguntar concretamente de una ley. Por ejemplo ¿qué porcentaje de reserva para discapacitados en las ofertas de empleo público se reconoce en la ley 7/2007 de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público?
Por tanto la respuesta es 7%, 5 para discapacitados físicos y 2 para psíquicos.
En nuestra oferta han colado el 6 + 1 porque es anterior a esta reforma!! Por tanto, sólo estaban sujetos obligatoriamente al 5%. Está bastante mal hecha, por cierto, toda la oferta.
Ojo, el EBEP no se aplica totalmente en ciertas partes en este caso sí, ya que es de aplicación inmediata en la materia de acceso a la función pública (Disposición Final 4ª) y deroga todo lo que contradiga al EBEP. Las nuevas ofertas vendrán así ya.
• 04/10/2011 0:09:00.
• Mensajes: 14
• Desde: Barbate.
• Registrado: junio 2011.
SIEMPRE QUE APAREZCA % DISCAPACIDAD SERA 5% : 4% PARA FISICOS Y 1% PSIQUICOS. NO MAREAR MAS LA PERDIZ POR FAVOR INTENTEMOS DE AYUDAR.GRACIAS
• 04/10/2011 1:47:00.
• Mensajes: 24
• Registrado: julio 2011.
Estoy de acuerdo con último mensaje de jesusblancoid en los porcentajes.
Ya me dolía la cabeza de tantos números y a este ritmo me voy a tener que presentar a ese 1% porque voy a terminar disminuido síquico
• 04/10/2011 11:05:00.
• Mensajes: 1
• Registrado: mayo 2007.
Hola, buenos días. Yo tengo discapacidad psiquica del 42% por Trastorno Obsesivo Compulsivo, ¿Sabeis en que grupo me encuadraría yo? en Discapacidad normal o la reservada al 2% restante?. Yo ya eché la solicitud para la Discapacidad normal, no sé si he metido la pata. Saludos.
• 05/10/2011 19:39:00.
• Mensajes: 9
• Registrado: diciembre 2009.
Los porcentajes del artículo 13 del decreto 93/2006 (4% y 1%) siguen siendo éstos o, ¿también han cambiado?