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• 01/10/2011 14:18:00.
• Mensajes: 81
• Desde: Sevilla.
• Registrado: noviembre 2007.
¿Qué órgano es el competente para resolver permutas entre distintas consejerías que no sean de servicios centrales?.
La instrucción 2/1993 de la Secretaría General para la Administración Pública sólo habla de Viceconsejero para permutas de la misma Consejería y Organismo Autónomo y de Director General de RRHH y Función Pública para personal de Servicios Centrales de distintas Consejerías y Organismos Autónomos.
• 02/10/2011 11:11:00.
• Mensajes: 54
• Registrado: enero 2008.
Trabajes en los servicios centrales de una Consejería, o en los servicios periféricos de la misma, el competente para resolver es la misma.
Espero haberte ayudadao
• 03/10/2011 21:15:00.
• Mensajes: 81
• Desde: Sevilla.
• Registrado: noviembre 2007.
...perooo.... es que por la delegación de la Consejería A en Huelva hay un viceconsejero y por la delegación de la Consejería B en Cádiz hay otro... ¿cómo va a ser el mismo si hay 2?
• 03/10/2011 21:31:00.
• Mensajes: 54
• Registrado: enero 2008.
A ver, para permutas dentro de una misma Consejería, esté en servicios centrales o periféricos el competente para resolver es el Viceconsejero de esa Consejería, y entre distintas consejerías, estén los puestos en un servicio central o periférico, es el Director General de RRHH y Función Pública que sólo hay uno.
Tú imagínate que estamos tu y yo trabajando en la Consejería de Educación, tú en la Delegación de Sevilla, en cualquier servicio y yo en la de Huelva, en un instituto, distintas provincias sí, pero misma Consejería con lo cual, el órgano cpte para resolver es el Viceconsejero de Educación.
Ahora imagínate que yo, en vez de en Educación, estoy en Agricultura y Pesca, me da lo mismo en la Delegación de Sevilla, como tú, o en una oficina agraria comarcal que haya en un pueblo X de Jaén, entonces al ser distintas Consejeria, el cpte es el D.G. RRHH /F.P.
Espero haberte ayudado ahora con la explicación y perdona si me cuelo con el nombre de las Consejerías, pq yo soy de otra Comunidad y me puedo colar con los nombres.
Saludos.
• 04/10/2011 16:05:00.
• Mensajes: 81
• Desde: Sevilla.
• Registrado: noviembre 2007.
Ok, gracias. De todas formas si tienes la referencia normativa pásamela porfis pq en la instrucción 2/1993 esa posibilidad es como si no existiera... o yo no la veo.
yo tenia entendido que era el consejero