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FOROS OPOSICIONES FORO Oposiciones Junta de Andalucia Grupo C1000
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• 02/11/2011 19:59:00.
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el articulo 27.3 de la ley 6/1985 que hace referencia a la posibilidad de que el consejero te cese de un puesto de trabajo por desempeño ineficaz ¿es lo mismo que el articulo 42 del decreto 2/2002 que hace referencia a la remocion de un puesto obtenido por concurso.
en el primer caso dice que se te adjudicara provisionalmente puesto para el que cumplas los requisitos exigidos para su desempeño y en la misma localidad. En el caso de remocion del puesto obtenido por concurso habla del mismo municipio y puesto inferior no en mas de dos niveles? Estamos hablando de los mismo no?
Tu misma encontraras la respuesta, solo hay que relacionar lo aprendido (Jerarquía normtativa).
La Ley 6/1985 es una categoría normativa con rango de Ley.
El Decreto 2/2002 apueba EL REGLAMENTO General de Ingreso....., luego el reglamento en una categoría normativa con rango de Reglamento, que tiene como objetivo el desarrollo de la Ley 6/1985, es decir, lo que apunta la Ley, lo desarrolla el reglamento.
El Reglamento en su art. 42, establece los supuestos de remoción de puestos de trabajo y el procedimiento para llevar a cabo la remoción.
Espero que te sirva.
• 03/11/2011 11:23:00.
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gracias si me sirve, entiendo que es en desarrollo a la ley.